LAS
SUBLEVACIONES DE UTRERA Y ARAHAL, Y LAS DE LOJA E IZNÁJAR CON RAFAEL PÉREZ DEL ÁLAMO.
Aunque
en las actas de este año 1862 parece que la vida municipal de Lahiguera
trascurre con toda normalidad, y con cierta actividad política a la vista de
las numerosas actas de este año, que se guardan en el archivo del Ayuntamiento,
no era un fiel reflejo de la realidad dado que desde el año 1857 tuvieron lugar
los sucesos de Utrera y El Arahal. En este año de 1857 se produjeron los
primeros movimientos campesinos de protesta, rápidamente sofocados por las
fuerzas de seguridad, de los que a continuación explicaremos su formación y
evolución, y posteriormente en el año 1861 tuvieron lugar rebeliones campesinas
en Loja, Iznajar , Archidona y otras localidades andaluzas
Por
esta causa dada la extensión que requieren tales asuntos, dividiremos las actas
de este año 1862 en dos partes. En la primera explicaremos ambas rebeliones
junto al estudio de la mitad de las actas, y en una segunda parte continuaremos
con la acta que refiere la visita de la Reina Isabel II a Andújar, con ocasión
de la visita real que la reina Isabel y la familia Real con dos de sus hijos
realizaron por toda Andalucía (excepto Huelva por enfermedad de la Reina) en
este año de 1862, una visita que fue motivada y programada por el Gobierno para
serenar los ánimos de una Andalucía que estaba convulsionada con las rebeliones
campesinas ya aludidas.
Concretamente
la rebelión estuvo cerca de nosotros, como ecos de las rebeliones campesinas en
Loja, Iznajar o Archidona, se produjeron los sucesos de Andújar y La Carolina,
donde unos 60 hombres quemaron el correo en la noche del 24 de Junio de 1861.
Transcurrían
los agitados años finales del reinado de Isabel II, en donde los rescoldos de
las revoluciones liberales que se habían extendido por toda Europa, llegaban a
España, con un tinte político y social.
Ya en 1854, tuvo lugar en España la
primera revolución de carácter social, en donde las masas populares se
levantaron y armaron barricadas, instigadas por agitadores republicanos, progresistas
o demócratas, contrarios al régimen liberal instaurado en el reinado de Isabel
II, que los había condenado al apartamiento impuesto de estos políticos de la
vida pública. A ella le siguieron los sucesos de las revueltas campesinas de la
cuenca del Duero, durante los veranos de 1855 y 1856, en donde se quemaron
incluso las mieses, causando graves pérdidas.
En
1857 tuvieron lugar los sucesos de Utrera y El Arahal; en este año se
produjeron los primeros movimientos campesinos de protesta, y cuatro años
después de produjo la sublevación campesina de Loja, también llamada la
“Revolución del pan y el queso”, que tuvo lugar el 28 de junio de 1861 durante
el reinado de Isabel II de España cuando un numeroso grupo de jornaleros,
encabezados por el veterinario Rafael Pérez del Álamo y al grito de “¡Viva la
República y muera la Reina!” asaltaron el cuartel de la Guardia Civil de
Iznájar, como consecuencia de las pésimas condiciones de trabajo, y ante la
frustración por no poder acceder en sus poblaciones a los beneficios de la
desamortización. El levantamiento tuvo su epicentro en Loja y se extendió a
otros pueblos cercanos como Iznájar o Archidona.
En
general la sublevación tiene sus orígenes en las condiciones penosas del
campesinado andaluz, una situación arrastrada durante siglos, y acrecentada por
la materialización de una ley impulsada por Godoy en el siglo XVIII, y que no
terminaría de aplicarse hasta el primer cuarto de nuestro siglo XX. Es el
llamado proceso de desamortización, impulsado por los liberales durante el
gobierno de Isabel II, que consistía en poner en valor productivo, los bienes y
tierras no productivas, que estaban en manos de dueños que no las explotaban,
como órdenes religiosas y la nobleza. Terrenos de los que se beneficiaban los
campesinos a través de acuerdos de arriendos para los cultivos, compartiendo
los beneficios.
Esta
ley de desamortización intentaba crear una clase media de labradores que no
fueran solo jornaleros, sino también propietarios de las tierras que
trabajaban. Para ello fueron puestas a subasta pública no solamente terrenos
con éstas características, sino también lamentablemente los terrenos o espacios
comunales de los ayuntamientos. Además debido a éstas transacciones el erario
público obtenía unos ingresos de los que estaba muy necesitado, con los que
pretendía amortizar los títulos de deuda pública del estado, de ahí el nombre
de desamortización.
Aunque
estas medidas dieron algunos frutos, sobre todo al Estado recaudador, que se
embolsó una ingesta cantidad de millones de reales, sin embargo entre la
población algunas desigualdades no hicieron sino acrecentarse entre los que
vivían del campo. Los latifundios fueron adquiridos por señores propietarios, a
veces ajenos al sistema productivo agrario, y por tanto el latifundio salió
reforzado, porque las parcelas más pequeñas no interesaban sino a los pequeños
jornaleros, que de paso carecían de recursos para adquirirlas. Muchos ganaderos
y pequeños campesinos se vieron también afectados, porque se pusieron a la
venta terrenos comunales de los municipios, quedando muchos recursos de pasto y
leña también en manos privadas.
Los
virulentos sucesos acaecidos en la villa del Arahal, la noche del treinta de
junio del año de 1857, son fruto de una corriente revolucionaria, que por aquel
entonces comenzaba a despertar en España. En el año 1857 comienzan las primeras
protestas de los campesinos en Utrera y El Arahal, en la provincia de Sevilla,
debido a las malas condiciones de vida de los campesinos, que demandan un
reparto justo de las tierras, y cuyas expectativas con la ley de la
desamortización se estaban frustrando, por no poder acceder a ellas.
En el año 1857 comienzan las primeras protestas de los campesinos en Utrera y El Arahal, en la provincia de Sevilla, debido a las malas condiciones de vida de los campesinos. |
En
el verano de 1857 se produjo en la Campiña sevillana una revuelta insólita. Una
revuelta que podemos catalogar como una masa de campesinos mal dirigidos por
unos lideres con falta de experiencia previa de los revolucionarios, que
determinase el grado de ingenuidad con que se desarrolló la revuelta, con unos
inconsistentes planes de organización del
levantamiento nacional, reclutamiento de insurrectos en el centro de
Sevilla a plena luz del día, la anécdota de unos presos que defendían a los
guardias civiles que los custodian en un traslado, o espectadores que se
aproximaron tanto a los reos en las ejecuciones que acabaron fusilados por
accidente. Estos elementos, y la escalofriante cifra de cien ejecutados,
conforman uno de los episodios más sorprendentes y desconocidos de la historia
contemporánea andaluza (1).
En
este singular levantamiento acaecido en el verano de 1857 en la Campiña
sevillana, con foco en la localidad sevillana de Utrera, convergieron distintas
motivaciones y causas, pues mientras sus líderes pretendían instaurar un
sistema republicano y derribar el gobierno conservador, el proletariado rural,
auténtico protagonista del mismo, manifestó de forma violenta y espontánea su
rechazo a la desamortización y a la pauperización de su permanente estatus
económico.
La
presión por la tierra aumentó durante el siglo XIX, aunque ya Olavide confirmó
en su famoso informe el alto valor de la misma, lo que era revelador de su
escasez. En la década de 1760, promovidos por Pablo de Olavide, se efectúan los
primeros repartos de tierras comunales en Andalucía entre vecinos de extracto
humilde. En Utrera, las dehesas municipales de Palmar Gordo, La Alcaparrosa y
Cerro de las Palmas fueron divididas en suertes de tres o cuatro fanegas de
superficie; pero esta distribución no funcionó porque sus nuevos propietarios
fueron incapaces de sostenerlas. El campesino carecía, por lo general, de
animales que aportasen fuerza tractora para sus cultivos; además, las suertes
eran demasiado pequeñas, y estaban demasiado alejadas de la población para ser
rentables. El resultado fue que, a lo largo del primer tercio del siglo XIX,
progresivamente estos propietarios fueron desprendiéndose de sus lotes mediante
ventas, retroventas o préstamos impagados para su adquisición, hasta el punto
que acabaron en manos de grandes propietarios, quienes las unificaron en un
nuevo latifundio. Un ejemplo de lo dicho es que en 1770, registraban 93
cortijos en Utrera, y un informe gubernamental del año 1845 elevaba el número
de cortijos en Utrera a 105.
Tanto
en la desamortización de Mendizábal como en la de Madoz, la provincia de
Sevilla ocupó el primer puesto en volumen de tierras subastadas y vendidas de
toda España. Entre 1836 y 1895 se vendieron 22.324 fincas, lo que supuso al
Estado unos ingresos de 958 millones de reales.
El
campesino permaneció ajeno a este cambio de manos de la propiedad de las
tierras. De las familias andaluzas que poseían tierras, un 82,9% era
propietaria de menos de diez hectáreas, o lo que es lo mismo: había millón y
medio de personas que vivían en el campo andaluz en situación de insuficiencia.
La eliminación de los mayorazgos en cuanto a las propiedades del campo, el
régimen señorial y la limitación de acceso a los bienes comunales provocó un
empobrecimiento acentuado de los trabajadores del campo.
Plaza de los Duques de Osuna, año 1856. Foto de Charles Clifford. |
Con
la abolición de los mayorazgos en el siglo XIX y las citadas desamortizaciones,
buena parte del patrimonio eclesiástico en su mayoría, y en menor medida el
patrimonio nobiliario pasó a una nueva y pujante burguesía rural. Se dibujaba
así un nuevo panorama, en el que los propietarios de los latifundios comenzaban
a residir en el propio término, circunstancia muy propicia para el surgimiento
del caciquismo en las poblaciones con grandes latifundios, con ello se
revisaron las rentas, y se desechó el tenue carácter hasta paternalista, que
hasta esos años y decenios había regido la relación entre el arrendador y arrendatario, especialmente en las tierras
propiedad del clero, aunque menos en la nobleza. De igual modo, desaparecieron
muchas instituciones de beneficencia y educativas, y numerosas tierras de patronatos, que se arrendaban a bajos
precios, también quedaron bajo el poder de esa nueva burguesía agraria. Con la
concentración de la propiedad surge un nuevo proletariado rural que, en zonas
netamente agrarias como Utrera y otras poblaciones sevillanas y andaluzas,
experimenta un evidente empobrecimiento de sus condiciones socioeconómicas.
Las
faenas agrícolas se concentraban durante determinadas épocas estacionales, las
cosechas de trigo y de aceituna esencialmente, congregándose en las grandes
propiedades agrícolas un elevado número de braceros. Ese estrecho contacto de
los braceros puede servirnos para explicar la rápida toma de conciencia de su
propia situación como colectivo laboral, y su papel fundamental como fuerza de
trabajo de estos campos. La crisis de subsistencia de 1856-1857 y los primeros
efectos de la desamortización llevaron a un mayor deterioro de la condición
campesina en toda Andalucía.
En
1855 y 1856 fueron unas terribles sequías las que arruinaron las sementeras. Un
gran estudioso de este tema, el famoso historiador Sánchez Albornoz, dice que
en el otoño de este último año se perdieron las cosechas de aceitunas del Sur
de España (2).
Por
ello subió el precio de la arroba de aceite, pero más subió el del trigo. El
costo del pan se triplicó entre 1855 y 1857, y las leguminosas multiplicaron su
valor hasta once veces en esas fechas. En Sevilla, Antonio Miguel Bernal
estudió la subida del precio de la fanega de trigo, que ascendió desde los 46
reales en 1855, pasando por los 76 reales en 1856, y llegando a alcanzar los
103 en 1857 (3).
Los
historiadores citados profundizan en señalar que no solo el factor climático
fue el causante de este encarecimiento, sino el contexto internacional de la
Guerra de Crimea, que desde 1854 disparó la especulación por el temor al cierre
de los puertos rusos en dicho conflicto. En años sucesivos, para compensar la
disminución de las importaciones del grano
ucraniano, los ingleses compraron una gran cantidad de trigo español, lo
que contribuyó a la escasez que se fue
extendiendo y tuvo su punto culminante en 1857. Se produjo una falta de
previsión de trigo por los gobiernos liberales, que prohibieron demasiado tarde la exportación de
nuestro grano, cuando la carestía era ya era ya irreversible y devastadora. Eso
sí, como siempre sirvió para enriquecer a unos pocos, que especularon con el
hambre ajena.
Ayuntamiento de El Arahal en los años de 1920. |
A
estas circunstancias se unieron las tradicionales deficiencias de la economía
española, con el atraso en los métodos de explotación agrícolas y en el
transporte y comercialización de los excedentes de las producciones agrícolas.
Así es que paradójicamente, en el siglo de la Revolución Industrial se
producían en la España liberal crisis idénticas a las del Antiguo Régimen, pues
la agricultura seguía teniendo una elevadísima dependencia de las condiciones
atmosféricas, con unos ciclos de sequía que se repiten con cierta
periodicidad.
Ello
ocasionó también, como secuela sanitaria, el brote de una epidemia de cólera
que sufrió la población en esos años. Las medidas paternalistas para paliar la
situación, aunque se tomaron por parte de los Ayuntamientos, la Iglesia o los
mayores contribuyentes, no fueron suficientes para evitar las revueltas que
produjeron.
En
efecto, en Sevilla y sus alrededores debió agravarse la situación por las
causas que hemos referido, cuando un centenar de artesanos, víctimas de la
hambruna y la miseria, decidieron responder a la llamada de levantamiento que
emitieron Sixto Cámara y otros republicanos, cuando salieron a fines de Junio
de 1857 de la capital con dirección a Utrera.
Sixto Cámara. |
La
desesperación llevaría a estos hombres, casi todos jóvenes, a la rebelión, para
sacudirse el hambre, pidiendo la bajada
del precio del pan que les era inalcanzable. Quizás para ellos fuera bastante
el hecho de recibir diez reales diarios al enrolarse en la partida
revolucionaria, tal como nos informa el historiador del siglo XIX Pirala (4).
Estos
diez reales era más del doble del salario medio de los braceros que trabajaban
en los campos, que era de cuatro reales, según podemos ver en la citada obra de
Bernal.
Y
debió de ser más fácil el reclutamiento en los pueblos de Utrera, Arahal y
Paradas, donde engrosaron las filas notablemente los jornaleros, por las
míseras condiciones de vida que sufrían. La comarca a la que pertenecían las
poblaciones anteriores, la Campiña baja, era una zona de alto latifundismo,
donde muchos campesinos malvivían sin acceso a la tierra. Además en Arahal, la
Casa de Osuna acaparaba propiedades en el 62 % de su término, porcentaje solo
superado por el pueblecito serrano de Zahara (en Cádiz) y muy por encima de
otras grandes poblaciones como Osuna (53 %) o Morón (34 %).
Si sería mísera la condición campesina que en
1855 un viajero romántico, Antoine de Latour, secretario del Duque de
Montpensier, cuñado de Isabel II, tuvo que reconocer que “de todas estas
riquezas quienes abren y siembran el surco con sus manos no recogen, cada
tarde, más que una pieza de calderilla y el poco aceite, vinagre, pan y ajo de
que se compone invariablemente el gazpacho, su alimento de todos los días” (5). Tal apreciación la realizó en visita al cortijo de
Valcargado, en el término de Utrera, una de las poblaciones levantadas dos años
después, en 1857.
El
duque arrendaba las 37 grandes fincas de Arahal a muy pocos labradores, con lo
que solo se beneficiaban unos cuantos y el resto estaba hambriento de tierras.
Cinco años después de la sublevación, con motivo de la visita de Isabel II a
Andalucía, se producirá por fin el reparto de algunos arrendamientos, con lo
que se crearon 868 colonos de la Casa nobiliaria, con una media de 5 fanegas
cada uno. Sin duda el duque pensó que era lo mejor para evitar otra revuelta.
En
este punto y coyuntura social, entra en escena un nuevo figurante, que se
convierte en ideólogo de la revuelta, un periodista y político llamado Sixto
Cámara. Éste ideológicamente se declaraba republicano y fourierista convencido
(Charles Fourier fue un francés teórico del socialismo utópico), aunque su
programa pecaba de incoherencias de pensamiento, producto de su escasa
formación intelectual. En 1848 ingresó como secretario en el Partido
Progresista-Democrático, donde estableció vínculos con el círculo más
progresista del mismo, formado por Emilio Castelar, José Ordax, Estanislao
Figueras, Nicolás Rivero y Fernando Garrido.
La noticia de los sucesos de Arahal en el diario político sevillano El Porvenir de fecha 10 de julio de 1857. |
Sixto
Camara era un personaje de temperamento exaltado y conspirador habitual, sus
escritos fueron a menudo censurados por su radicalidad: “La guillotina debía
obrar siempre, y (…) la libertad necesita las cabezas de los traidores que
corrompían el aire que se respiraba”, señala en Escenas contemporáneas. Otro
contemporáneo lo calificaba así: “Sixto Cámara creyó siempre que la democracia debía
imponerse a sangre y fuego, haciendo del patíbulo su Sinaí y del verdugo su
sacerdote”. Sus detractores le acusaban de doble moral, pues “clamaba como un
energúmeno y vivía como un sibarita”, algo que se sigue dando en algunos
políticos ahora también.
Muchos
de sus compañeros terminaron alejándose de Cámara durante el Bienio por su
jacobinismo, aunque su lenguaje incendiario concitaba a no pocos adeptos
seguidores. Encontró el vehículo perfecto para sus proclamas al ser nombrado
director de “La Tribuna del Pueblo” y, a partir de 1855, de “La Soberanía
Nacional”, periódico de corte radical propiedad de José María Orense.
Durante
el Bienio Progresista (1854- 1856) intentó, junto con Ruiz Ponz y Becerra,
organizar una disidencia republicana dentro de la Milicia Nacional, atacando a
los propios progresistas. Fueron aplastados y Sixto Cámara huyó a Lisboa,
donde, junto a otros agitadores exiliados, estableció un círculo que continuó
conspirando, dando como resultado la revuelta de 1857, que ahora comentamos.
Desde
la primavera de ese año, Cámara distribuyó en Sevilla, Zaragoza y Madrid una
serie de panfletos en los que se exigía libertad religiosa y soberanía popular.
A primeros de mayo de 1857 se interceptan en Sevilla proclamas de una Junta
Revolucionaria firmadas por Sixto Cámara. A juzgar por los testimonios
ofrecidos por los sublevados tras su captura, existía un plan consistente en
levantamientos simultáneos en Sevilla y Málaga, que atraerían al ejército hacia
el medio rural, dejando desprotegidas las capitales. En este momento, los
sectores carbonarios, (sociedades secretas de 20 miembros cada una, que no se
conocían entre ellas, pero todas estaban vinculadas a una dirección única) con
un marcado carácter republicano y democrático,
asaltarían los centros de poder de las mismas, asegurando el triunfo
revolucionario.
Los
sublevados sevillanos debían integrarse en un ejército de 30.000 hombres en la
sierra de Ronda, a cuya cabeza se colocaría el propio Cámara. A la vez, se
cortarían las comunicaciones con Madrid en Despeñaperros, gracias a una milicia
creada en Bailén y La Carolina (Jaén). Hay evidencias de que se pretendía un
levantamiento nacional, con grupos preparados para la insurrección en Zaragoza,
Barcelona, Madrid o Valencia, pero no llegó a materializarse.
Plaza de San Francisco de Sevilla en 1857. Foto de J. Laurent. |
En
Sevilla, el grupo republicano estuvo liderado por Manuel María Caro, antiguo
coronel del batallón de Luchana; Gabriel Lallave, un estanquero utrerano de 79
años; Joaquín Serra, antiguo regidor de la ciudad durante la dictadura de
Espartero; Cayetano Morales, artesano; el catedrático de francés Carlos Lomotte
y un agente de negocios apellidado Maestre. Todos tenían en común su pasado en
la Milicia Nacional, donde se habrían conocido.
El
levantamiento de Despeñaperros fue instigado por Bernardo García, uno de los
exiliados en Lisboa. Allí reclutó a un grupo de 60 individuos armados que
interceptaron el correo que había salido de Sevilla el 23 de junio, quemándolo.
Un
destacamento militar acabaría con el levantamiento en los primeros días de
julio. Los sublevados debían proceder engañados, pues se sabe que preguntaban
en las poblaciones por las que pasaban, si habían estallado otras sublevaciones
semejantes en Madrid, Barcelona y Zaragoza, y se mostraban incrédulos cuando se
les aseguraba que en toda España reinaba la mayor tranquilidad.
La
ingenuidad define esta revuelta, pues la descoordinación de los distintos
grupos, producto de su débil estructura organizativa, terminaría certificando
su rápido fracaso. Convencidos de estar participando en un levantamiento
generalizado a nivel nacional, los individuos de la partida salieron de Sevilla
en la noche del 30 de junio de 1857. A una legua en el camino de Utrera les
esperaban fusiles y dos carros con munición.
En
su trayecto encontraron una cuerda de presos que se dirigía hacia Ceuta. Los
insurrectos atacaron a los guardias civiles con la intención de atraerse a los
prisioneros. Sin embargo, los siete presos solicitaron a los guardias que los
desatasen y les proporcionasen armas para defenderse. Siguió un tiroteo de una
hora y media, tras la cual los sublevados se retiraron. Posteriormente, Isabel
II concedería el indulto a los prisioneros por su gesto.
A
las dos de la madrugada la partida penetró en Utrera, sorprendiendo a la
Guardia Civil, que tuvo que refugiarse en su cuartel y terminó rindiéndose, sin
que hubiera heridos. Un número indeterminado de hombres se unió a los
sevillanos, eran los trabajadores del
ferrocarril Sevilla-Jerez y braceros desempleados reclutados por su paisano
Gabriel Lallave. Posteriormente asaltaron el ayuntamiento, del que sacaron el
mobiliario y varias pilas de documentos y los quemaron.
Vista de Arahal. |
Los
gestos de sus cabecillas tenían mucho de retórico: proclamas por la libertad,
la abolición de quintas y armamento del pueblo; en el salón de plenos
apuñalaron el retrato de Isabel II. Saliendo a las afueras se encontraron con
el alcalde, Francisco Pérez Surga, y los pocos hombres que éste había podido
reclutar, produciéndose un nuevo intercambio de disparos sin víctimas. Los
insurrectos se impusieron y exigieron un botín de 8.000 duros, reunidos
mediante una derrama entre los principales contribuyentes.
Las
autoridades sevillanas no tuvieron conocimiento del hecho hasta esa mañana del
1 de julio. A la una de la tarde enviaron dos columnas de caballería y una de
infantería (120 hombres en total) en persecución de los facciosos. A las tres
de la tarde el capitán general de Andalucía, Atanasio Aleson Cobos declaró
Sevilla en estado de sitio. Durante la noche la ciudad estuvo vigilada por
patrullas, puesto que se ignoraba la envergadura del levantamiento.
Postal de Utrera. |
Los
rebeldes abandonaron Utrera a la una de la tarde; la tropa que había salido de
Sevilla iba al paso de la infantería y tardó siete horas en llegar a Utrera,
donde se reforzaron con algunos carabineros y guardias rurales.
Por
su parte, los insurrectos habían continuado hacia el vecino pueblo de Arahal,
donde se desató una mayor violencia: incendiaron tres escribanías, los archivos
del ducado de Osuna y el municipal, y la casa del cura, al que robaron 5.000
duros. De ahí pasaron a la vecina Paradas, uniéndose algunos braceros y
menestrales.
Quema de documentos en Arahal. |
El
día 2 de julio de 1857, la alarma es general en la provincia de Sevilla. La
partida de revolucionarios llega a Morón de la Frontera con el propósito de
dejar allí constituido un ayuntamiento revolucionario, pero encontraron el
pueblo alerta y con sus casas principales cerradas. Tras tres horas sin obtener
botín, continuaron camino hacia la serranía por Pruna, sabiéndose ya
perseguidos. Algunos de los que se agregaron en Utrera desertaron con la misma
facilidad con la que se habían enrolado en la aventura y volvieron a sus casas.
El
final, internados en la sierra, el 3 de julio penetraron en Benaoján, donde
incendiaron varias casas. Caro y Lallave tenían instrucciones de reunirse en la
sierra de Ronda con un ejército de republicanos que se habría levantado en
Málaga, con 30.000 efectivos. Pero, desconcertados por la ausencia de noticias,
estaban ya en franca retirada. En las afueras de Benaoján, las tropas gubernamentales
les dieron caza. No hubo combate como tal; la infantería disparó apenas “cinco
o seis tiros” y los rebeldes, presos del pánico y sin adiestramiento militar,
huyeron en desbandada mientras que la caballería les alcanzaba matando a 20
hombres y capturando a otros 22. “El Diario de Palma” señala: “más bien que a
tiros (…) fueron muertos a lanzazos, a golpes y hasta a trompetazos”. El resto
se dispersó, y muchos de ellos intentando buscar refugio en Gibraltar, pero en
poco tiempo serían atrapados. Al anochecer de 4 de julio, un grupo de 40
individuos que retornaba a Utrera es visto en Puerto Serrano, donde fueron
atacados a pedradas por los vecinos.
El
jefe militar Manuel Caro fue apresado en un cortijo de Utrera. Posteriormente
delataría a Sixto Cámara como organizador del levantamiento, lamentándose de
haber “sido engañado como un niño”; Gabriel Lallave fue atrapado en el cortijo
de La Higuera, también en el término de Utrera, vestido con el uniforme de la
Milicia Nacional.
Noticia del periódico La Esperanza del 8 de julio de 1857, anunciando la captura y muerte de rebeldes en Benaojan, impidiéndoles su huída hacia Gibraltar. |
El
gobierno procedió con una dureza extrema. Narváez expresó en el Congreso que
los prisioneros capturados, “fuese cual fuese su número, serían fusilados”. El
día 9 de julio, el capitán general de Andalucía Atanasio Alesón fue sustituido
por Manuel Lasala, que llevó a cabo una brutal represión con juicios sumarios.
La opinión pública se mostró horrorizada por la contundencia de las condenas.
La propia infanta María Luisa Fernanda y su esposo Don Antonio de Orleans,
(Duque de Montpensier, hijo del rey de Francia y yerno de María Cristina de
Borbón-Dos Sicilias, reina de España, por su matrimonio con su hija María
Luisa, hermana de Isabel II), y ambos residentes en Sevilla, firmaron la
petición de indulto dirigida a su hermana, Isabel II. Para entonces, día 10 de
julio ya se habían producido 53 ejecuciones. La reina se mostró favorable a
conmutar las penas por otras menores, pero Manuel Lasala había adelantado las
ejecuciones y el indulto no llegó hasta agosto, afectando solo a diez
prisioneros.
Noticia el periódico La Época del 13 de julio de 1857, informando de la captura de los cabecillas del motín y su pronta ejecución. |
Manuel
Caro fue fusilado en Sevilla el día 8 de julio. Fue conducido junto con otros
presos hasta el Prado de San Sebastián, donde aguardaba una multitud de
curiosos. Dos de ellos se aproximaron tanto a los sentenciados que resultaron
muertos: un anciano recibió dos tiros en la cabeza y un niño, encaramado en un
árbol, fue atravesado por una bala disparada alta en el fusilamiento.
A
las seis de la mañana del día 12, dos carros con doce presos procedentes de
Sevilla fueron conducidos hasta Utrera. De ellos, ocho eran vecinos de Utrera,
incluyendo a Gabriel Lallave; a las seis de la tarde fueron fusilados, excepto
Francisco Piñol Galves, de 17 años, cuya pena fue conmutada en último momento
atendiendo a su minoría de edad. Dos días después, 14 personas, entre ellas dos
mujeres, fueron ajusticiadas en Arahal.
Noticia de las ejecuciones en el Arahal. |
Respecto
al levantamiento de Jaén, un tribunal de guerra dictó 41 sentencias: cinco
individuos fueron fusilados; 26 fueron desterrados a Filipinas, y otros 10
fueron declarados inocentes.
La
represión gubernamental fue muy criticada, fueron más de 100 ajusticiados,
aunque ninguno de ellos lo fue por penas de sangre. Al respecto, el diario
sevillano “El Porvenir” manifestaba el rechazo de la ciudadanía a la brutalidad
de la represión: “¿Para qué más castigos? ¿Para qué más sangre? La que ya ha
regado el suelo de Andalucía es más que suficiente para alcanzar el objeto que
el gobierno se propone”.
Noticia de La época del 14 de julio de 1857, en la que se informa de detalles de los sucesos de junio, insinuándose posibles culpables de los incendios de Arahal y sus motivos. |
Políticamente,
se produjo cierto abandono de la causa socialista por la alarma suscitada por
los disturbios de Castilla en 1856 y Utrera en 1857, ante el miedo a los
atentados contra la propiedad privada y la anarquía; la llegada al poder de
O’Donnell, con una política de mayor tolerancia, resultó asimismo determinante.
Noticia en el periódico La España del día 21 de julio de 1857 de los fusilamientos de Arahal producidos el 14 y 16 de julio. Se incluyen nombres y pueblos de ajusticiados. |
La
sublevación de 1857 fracasó porque, aunque se preparó como una conspiración
política republicana (organizada con casi total seguridad por Sixto Cámara), al
buscar apoyos en los pueblos de la comarca de la Campiña sevillana adquirió un
contenido social que desvirtuó el proyecto original. Así, no estaban en los
planes de los organizadores los saqueos de las casas de los vecinos más
pudientes, ni los incendios de los archivos, con los que los campesinos
buscaban un reparto de los latifundios, que en esta zona acaparaban casi la
mitad de los términos municipales. Es posible que algunos de los demócratas
implicados se echaran para atrás por miedo al carácter de subversión social que
iba adquiriendo el movimiento.
Escena del Congreso de los Diputados en el siglo XIX. Pintura de Eugenio Lucas Velázquez. |
Retomando
el levantamiento de Loja de 1861, diremos que al parecer el movimiento fue
gestado por una sociedad secreta de carácter liberal y republicano, con fuerte
influencia del Partido Demócrata y seguido masivamente por el campesinado, ante
la carestía de vida y la fuerte desigualdad social presente en el campo
andaluz.
En
Loja ejercía el oficio de albéitar, trabajo propio del mundo rural, semejante
al del actual veterinario, pero enfocado hacia animales de ganadería y del
campo, donde la actividad consistía en herrar los caballos (6).
No
era un nacionalista andalucista a pesar de que siempre se ha admirado su
rebelión como algo propio de Andalucía. Era, en cambio, un convencido patriota
español, con matices progresistas, que veía con orgullo no tanto a los Reyes
Católicos, sino a personas como Bartolomé de las Casas, y a España como la
antigua Hesperia (7).
En
la tensión política local, dominada por el caciquismo y el contexto que hemos
descrito, le llevó a sufrir la represión y la necesidad de alzarse ante los
abusos e injusticias, empujado por el campesinado que veía sus condiciones
empeorando continuamente. Es así como su nombre aparece en toda España, ligado
a la conocida popularmente como la “Revolución del Pan y del Queso” (8), que
se inició entre Loja e Iznájar, y que fracasó posteriormente. Se le asoció a él
y al movimiento como propio de socialismo, pero para entender esto hay que
tener en cuenta las siguientes palabras de Fernando Garrido, que deja claro lo
que entonces se entendía por “socialismo” entre los demócratas:
“La
palabra socialismo se inventó para calificar las doctrinas de ciertos
reformadores modernos, no porque sus sistemas tendiesen a modificar la
sociedad, sino porque estaban basados en el principio de la asociación aplicado
a los elementos libres de la sociedad… A estas escuelas se les ha llamado
socialistas porque eran societarias, porque tenían por base el principio de
Asociación” (9).
Rafael
Pérez del Álamo, estudió veterinaria en Madrid, y estuvo casado con Regina
Ortiz y del matrimonio tuvo cuatro hijos: Baldomero (Médico en Sevilla), Rafael
y dos hijas, que serían María y Concepción.
Rafael Pérez del Álamo, cabeza del levantamiento. |
Cuando
hablamos del levantamiento de Loja, Rafael Pérez del Álamo, cabeza del
levantamiento, nos recuerda que antes de la sublevación, murieron, a causa de
los matones de los caciques, su propio hermano José y un hombre llamado
Francisco Castillo (10),
y que la amenaza permanente a todos los liberales del pueblo lojeño y antiguos
miembros de la Milicia Nacional, les obligó a organizar una Sociedad Secreta en
1856, que tuvo un rotundo éxito y una notable afiliación.
Rafael
Pérez del Álamo nos cuenta en sus Apuntes sobre dos revoluciones andaluzas que
tal Sociedad Secreta tenía un presidente; así como un Consejo que elegía tal
presidente, y tenía un propio secretario así como 3 comisiones: las de
disciplina, armamento y economía; y ya el grueso de la organización estaba
compuesta por secciones de 25 hombres, cada una con un tesorero, un citador, un
cabo y un suplente (11).
La
Sociedad Secreta estaba armada (12), y tenía distintos niveles de sanciones hacia
sus miembros, que normalmente no daban lugar en el caso lojeño, pero
contemplaba la posibilidad de responder ante los actos más graves y dañinos con
el destierro y hasta de cosas que Pérez del Álamo no se atreve a concretar,
dejando a la duda de si eran palizas o hasta la ejecución de sus miembros.
Aunque nunca se dio un caso de lo último, limitándose tan solo a amonestaciones
del primer tipo que cita Pérez del Álamo, esto es, amonestaciones verbales
(13).
El duro trabajo de los segadores. |
Los
abusos de que eran objeto la población lojeña por parte de los caciques hizo
que tal sociedad creciera (14), y tras varias elecciones donde ganaron los demócratas frente a los monárquicos
(15), los ánimos se incendiaron cuando los de Narváez intentaron anular las
elecciones (tras repetirlas, con el resultado de la victoria liberal) y
posteriormente organizar, por medio de influencias, una serie de detenciones
arbitrarias que pondrían en evidencia el armamento de la Sociedad Secreta, pero
no el de los caciques que se habían pasado años amenazándolos. Otro detalle
sumamente importante para comprender su actuación en Loja radica en la enconada
enemistad que profesó a la familia Narváez, que era del mismo pueblo, antipatía
que debió de ser mutua, ya que existió una verdadera persecución o ajuste de
cuentas entre ellos, al socaire de los cambios políticos que favorecían unas
veces a republicanos y liberales y otras a los monárquicos y moderados. Esta
enemistad se hizo patente, sobre todo, entre Rafael Pérez del Álamo y Carlos
Marfori, sobrino de Narváez, que llegó a ser gobernador civil de Madrid e
Intendente de Palacio, gozando de una gran influencia con Isabel II. Se sabe
también, que el veterinario se opuso a que Narváez derribara las casas
contiguas de sus vecinos, para construir en la suya un palacio (16).
Es
posible que el odio que Narváez profesaba al díscolo veterinario de su pueblo
influyera en algunas disposiciones que perjudicaron a la profesión, como fue el
Real Decreto del 5 de noviembre de 1864, firmado por Narváez, por el que los
servicios de cría caballar pasaban al Departamento de Guerra, del que ha sido
después prácticamente imposible desligarlos. De la lectura de su obra se
desprende que Rafael Pérez del Álamo no
era un hombre inculto, ya que su libro está bien escrito y demuestra conocer
con detalle los movimientos políticos de su época y las sublevaciones de aquel
momento. En su obra aparecen frases en latín y menciona a Ovidio, Cervantes,
Lutero, Cronwell, Madame Stael, etc. Está probado que mantuvo correspondencia
con Pérez Galdós y con Castelar, y que conoció a algunos de los personajes
revolucionarios más destacados en la España de su tiempo.
Todo
comenzó a raíz de un inocente folleto, defensor del sistema vigente, que con su
título llevó a confusión, Rafael Pérez del Álamo y otras personas fueron
detenidas e interrogadas. El folleto estuvo escrito por Eugenio García Ruiz y
se titulaba “La Democracia, el Socialismo y el Comunismo, según la Filosofía y
la Historia”, que era anticomunista y prodemócrata, pero no fue leído con
atención por las autoridades y se creyó que era un folleto comunista (17).
Fueron
absueltos tras la aclaración, dada por parte de algunos periódicos importantes,
que sí conocían el folleto y lo defendían.
Más
tarde el Gobierno dio orden de registro domiciliario para encontrar armas y
municiones en determinados domicilios, y no en los de los caciques locales.
Obviamente, la Sociedad Secreta estaba armada, por lo que la tensión creció en
Loja (18).
Vista de Puerta Real en Granada, muy cerca de la calle San Antón, a la derecha el "Suizo" y a la izquierda el edificio del hotel que aun perdura. |
El
Consejo de la Sociedad Secreta se reunió en Granada, en la calle San Antón, con
40 delegados de las provincias de Granada, Jaén y Málaga. Allí se dispuso no
levantarse en armas y mantener la tranquilidad, pero tal disposición adoptada
fue interpretada por el resto de los miembros de la Sociedad Secreta como
cobardía y traición, denunciando al Consejo, por lo que se tuvo que celebrar
una segunda reunión, en Loja, en la casa de un particular, donde sí se acordó
la sublevación y el nombramiento de Rafael Pérez del Álamo como jefe (19).
Para
Pérez del Álamo, aquello era una revolución, pues no aspiraba al cambio de
dirigentes y de cargos, sino de cambios profundos y sociales. Estas eran sus
palabras:
“Antes
de pasar más adelante y con objeto de prevenir que algunos pudieran calificar
de pretenciosa la calificación que me permito dar a los Sucesos de Loja, debo
decir que yo entiendo por revoluciones aquellos movimientos que pacífica o
violentamente, con éxito o sin él, hacen los pueblos para remover obstáculos
que se oponen a la sustitución de un sistema político o social por otro. Y, en
mi entender, son motines o insurrecciones aquellos movimientos violentos que no
tienen otro objeto o resultado que un cambio de personas en la gobernación del
estado. Formuladas estas definiciones, y atendiendo a lo que llevo expuesto y a
lo que aún me queda por exponer, se comprenderá fácilmente que los Sucesos de Loja
tienen el honor de una revolución” (20).
Vista aérea de Mollina (Málaga). |
El
día 21 de Junio de 1861 hubo un choque entre la autoridad local y miembros de
la Sociedad Secreta en Mollina, donde hubo muertos y heridos (21).
El
24 de Junio, Pérez del Álamo fue detenido, pero la reacción de la población de
Loja fue masiva y con absoluta presión contra las autoridades, que se vieron
obligadas a liberarle. El día 27 la Guardia Civil fue al domicilio de Pérez del
Álamo, para llevarle preso, pero aprovechó una distracción para escapar a
caballo. Fue a un lugar conocido como la “Campiña de las Salinas”, que era el
lugar acordado por la Sociedad Secreta para reunir a sus afiliados para la
insurrección (22).
En
poco tiempo llegaron 1000 personas procedentes de Loja, Iznájar, Trabuco, Las
Fuentes y Archidona. De esta forma se dirigen a Iznájar, donde entablan combate
contra la Guardia Civil, que se ve superada, y se rinde. Los rebeldes solo
tienen 5 heridos, aparte de Pérez del Álamo, que fue herido en la cara. Tomado
todo el pueblo, se respetan las propiedades y la integridad física y de opinión
de todos los habitantes (23).
Se
hace la siguiente proclama:
“Ciudadanos:
Todo el que sienta el sagrado amor a la libertad de su patria, empuñe un arma y
únase a sus compañeros: el que no lo hiciere será un cobarde o un mal español.
Tened
presente que nuestra misión es defender los derechos del hombre, tal como los
preconiza la prensa democrática, respetando la propiedad, el hogar doméstico y
todas las opiniones.
En
nombre del Centro Revolucionario: Rafael Pérez del Amo
Iznájar,
28 de junio de 1861.” (24).
A
continuación marchan del pueblo, y en el campo, por la parte de la “Campiña de
Campo-Agro” y “Salinas” se encuentran con las fuerzas del Gobierno, con las que
entablan nuevo combate, donde los rebeldes vuelven a vencer, y reciben la
adhesión de los provinciales que se presentaron con las fuerzas gubernamentales
(25).
Después
de todo aquello, se aproximan a Loja, con ya 6.000 hombres, y como en las
anteriores ocasiones, ponen condiciones de paz a los gubernamentales. En este
caso, aparte del racionamiento de sus tropas, se exigía la evacuación de Loja
por parte de las fuerzas gubernamentales. Estas rechazan la propuesta, pero
cuando el ejército rebelde avanza a tomar la ciudad, los gubernamentales se
retiran. Las fuerzas de Pérez del Álamo entran en Loja pacíficamente y respetan
a la población local, y según algunos testimonios entonan el Himno de Riego y otras
canciones, en un ambiente ciertamente festivo (26).
Dentro
del pueblo organizan barricadas en las vías públicas (27).
Postal de Loja. Estatua de Narváez y el antiguo Ayuntamiento a la derecha. |
El
propio Rafael Pérez del Álamo pide al Ayuntamiento que siga funcionando con
total tranquilidad, pero necesitando él y su gente comida y mantenimiento, que
el pueblo lojeño y el Ayuntamiento les dan. Mientras tanto van recibiendo
refuerzos de las provincias de Málaga, Jaén y Granada, llegando a pedir 28.000
raciones, oscilando el número entre 20.000 a 30.000 luchadores, de los cuales
10.000 estaban armados. Entre ellos hay un gran contingente de gitanos, de
hecho Antonio Arjona Zorrica será conocido como el “capitán de los gitanos”
(28).
Algunos
historiadores hablan del reparto de tierras en Loja, pero debe ser una
confusión con el trabajo que naturalmente harían los sublevados en su
integración natural con la población local, que vivían la temporada de la siega
y la necesidad de abastecer a una gran cantidad de personas nuevas. En un periódico
se recoge un supuesto testimonio de un hacendado, que se le presenta la mujer
de su capataz informándole, que su marido está repartiendo las tierras; pero
que él se puede quedar por haber sido un buen amo (29).
Durante
la estancia, los rebeldes recibieron muchos ataques de los gubernamentales,
pero la acción más peligrosa fue la del día 2, con un combate de 8 horas, donde
los gubernamentales fueron vencidos y tuvieron que retroceder 2 leguas. Con
posterioridad a los hechos, la prensa, concretamente El Correo de Andalucía,
reproducirá en su número del 9 de Agosto de 1861, una supuesta carta que Pérez
del Álamo dirigió a los mandos militares isabelinos, que resulta algo dudosa
para más de un historiador, pero creemos que podría corresponder al espíritu de
tensión que vivía por entonces, así como un tono desafiante y provocador,
mezclado con un alto sentido de justicia, que tanto vemos con frecuencia en sus
textos. Respetamos las faltas de ortografía que presentó, según la prensa:
“Señores
que componen la Comisión Militar de Loja. –
Para
la inteligencia de los señores que componen la Comisión Militar de Loja. La
primera de las virtudes, es la humanidad, digo esto porque no abiendo más que
un delito y un delincuente y que el delito lo promoví yo y el delincuente soi
yo. Se están asiendo las mayores injusticias, tengan entendido que por cada uno
que peresca haré perecer un general, y por cada mujer que insulten haré perecer
a un ministro, y por cada pariente mío un príncipe de sangre real. La reina le
concedo merced, del mismo beneficio gozará S.A.R. Don Alfonso.”
El
día 4 el brigadier Serrano del Castillo comenzó a preparar la artillería para
asediar y asaltar Loja, y la población, asustada, rogó a los rebeldes que se
rindieran o retiraran. Rafael Pérez del Álamo decidió abandonar Loja, y para
ello preparó una magnífica maniobra militar contra las tropas gubernamentales
(30).
Así
lo describe:
“Las
fuerzas del gobierno estaban escalonadas el día 4 alrededor de la ciudad en las
direcciones de Málaga y Granada, ocupando la carretera que une estos dos puntos
y que atraviesa por Loja, impidiendo así que se me unieran más comprometidos.
Yo ocupaba la ciudad y las sierras de Loja y del Hacho que miran,
respectivamente, al este y al oeste. Era necesario ocultar al brigadier Serrano
del Castillo mi movimiento de retirada para que no lo impidiese apoderándose de
las sierras, arrojándome a la llanura y acuchillando a mis gentes con su
caballería. Al efecto hice desplegar en guerrillas a un batallón ante las
fuerzas del brigadier Serrano; y éste, creído de que yo le iba a atacar, hizo
un movimiento de concentración hacia la carretera, debilitando así las fuerzas
que vigilaban las sierras. Entonces efectué mi retirada por las cañadas del
Confín y del Torilejo, ordenando a las guerrillas que habían causado aquella
feliz diversión al enemigo que se replegaran sobre mi retaguardia, y así lo
hicieron brava y serenamente. En vano pretendió el jefe realista cortar mi
retirada apoderándose del cerro del Fraile: nuestro fuego nutrido y certero le
obligó a desistir de su intento.” (31).
Loja, calle La Carrera. |
Sin
embargo, tras la salida de Loja, se fue reduciendo gravemente el número de
comprometidos en la Sublevación. Pérez del Álamo, tras pasar por “Safarralla”
(Zafarraya), Las Ventas, Alhama de Granada y Las Pilas, decide marchar a
Granada capital para reanimar el movimiento y crear un gran bastión popular.
Pero son interceptados por las tropas gubernamentales y se libra una última
lucha, donde esta vez los rebeldes son derrotados, que se retiran y dispersan
(32).
El
día 3 de julio de 1861 la Comandancia General de Granada desplazó hasta Loja un
ejército de fuerzas armadas, desarrollándose en la localidad una batalla a
fuego e hierro. Durante todo el día corrió la sangre por las calles de la
localidad, pereciendo muchos, otros huyendo, pero un gran número de los
sublevados se dirigieron con redoblado ímpetu hacia la capital de provincia,
Granada, donde esperaban el amparo de otros combatientes. A medio camino, en la
localidad granadina de Las Pilas, este grupo fue emboscado y capturado, no
llegando a cubrir sus objetivos.
Al
día siguiente, 4 de julio de 1861, la rebelión en Loja fue totalmente sofocada,
y ese mismo día se ajusticiaron por el método del fusilamiento sumarísimo, a
cerca de 120 combatientes según datos del registro oficial, mientras que otros
fueron deportados, y el resto capturados y mandados a prisión. El cabecilla,
Rafael Pérez del Álamo, pudo escapar hasta la capital de reino, Madrid, donde
posteriormente fue apresado. La reina Isabel II fue forzada al exilio en
Francia tras la revolución llamada la Gloriosa, de 1868, y tuvo que abdicar en
favor de su hijo Alfonso XII el 25 de junio de 1870. Un año después de los
acontecimientos de Loja, durante una visita a Andalucía, la reina amnistió a
todos los implicados en la sublevación de 1861, incluido el cabecilla Rafael
Pérez del Álamo.
Finalizada
la revuelta se procedió al ajusticiamiento por procedimiento sumarísimo de los
cabecillas de los sublevados, fusilándose, según datos oficiales, a ciento
dieciséis de ellos, a excepción de Pérez del Álamo que había conseguido huir a
Madrid, mientras que unos cuatrocientos eran deportados.
Los
consejos de guerra que se sucedieron inmediatamente después de sofocada la
sublevación, condenaron a 59 iznájeños, con penas que iban desde dos a veinte
años de cárcel, una de cadena perpetua y otra de muerte.
Fueron
sentenciados a la pena máxima cuatro participantes en la revuelta; un vecino de
Loja, otro del Salar, uno de Periana y el iznajeño D. Joaquín Narváez Ortiz,
uno de los hombres más ricos del pueblo, su padre era médico, estaba casado en
segundas nupcias con la maestra del pueblo. Tenían ocho hijos fruto de sus dos
matrimonios. Aunque no tuvo una participación directa en los hechos fue
ejecutado a garrote, en el patíbulo levantado en el Calvario el día 6 de Agosto
de 1.862. Así lo contaba El Correo Español en sus páginas:
“Hoy
a las once de la mañana, ha sufrido en Iznájar la pena de garrote el reo
Joaquín Narváez, uno de los principales jefes de la revolución de Loja. Parece
que ha dejado hechas importantes declaraciones.”
Doce
fueron los condenados a cadena perpetua: seis de Loja, uno de Iznájar, otro de
Salar, tres de Periana y otro de Zagra.
A
20 años: trece de Loja, tres de Iznájar, seis de Salar, cuatro de Algarinejo,
cinco de Periana, cuatro de Zagra, uno de Zafarraya y otro de Alhama.
Las
cadenas de cinco años fueron: dos de Loja, diecinueve de Iznájar, doce de las
Fuentes de Cesna.
Los
sentenciados a doce años: cinco de Loja, tres de Iznájar, 32 de las Fuentes de
Cesna, cinco de Salar, 11 de Zagra y cinco de Huétor Tájar.
Sentenciados
a 10 años: dos de Loja y uno de Huétor.
De
ocho años de presidio: dos de Loja, veintidós de Iznájar, dos del Salar y
cuatro de Periana.
A
cuatro años de prisión: uno de Iznájar y cinco de Loja.
Sentenciados
a dos años, nueve de Iznájar.
Según
“El Correo Español” hasta un total 226, participantes o no, fueron
sentenciados.
Los
condenados ingresaron en los presidios de Baleares, Canarias, Granada y Sevilla
donde cumplieron las penas hasta que al año siguiente fueron indultados,
gracias a un Real Decreto, firmado por
la reina Isabel II, el 3 de Septiembre de 1.862, con motivo de un viaje de la
familia real por Andalucía.
Al
año siguiente, durante un viaje por Andalucía y Murcia de Isabel II, propiciado
para fortalecer la posición de la monarquía, debilitada por los levantamientos
sufridos, se decretó la amnistía para todos los implicados, incluido Rafael
Pérez del Álamo.
Rafael Pérez del Álamo, puso en jaque durante una semana a las autoridades del país. |
Rafael
Pérez del Álamo, al frente de un extenso puñado de jornaleros se sublevó contra
el despotismo de la reina Isabel II (regente entre 1833 y 1868) y su brazo
ejecutor fue el militar natural de la misma localidad de Loja, y Presidente del
Gobierno, General Narváez.
Así
termina la Sublevación de Loja y comienza la aventura de Pérez del Álamo en
esconderse en diversos puntos, hasta que le dan la amnistía el 5 de septiembre
de 1862. Tuvo suerte, a diferencia de muchos que fueron hechos prisioneros, y
algunos de ellos, fusilados (33).
A
partir de este momento pasa a ser un fugitivo. La mayoría de sus hombres se
dispersan o se entregan y se someten a los rigores de la justicia gubernativa
que, al decir de Pérez del Álamo, les hizo objeto de una dura represión. El día
6, el Gobierno de la provincia de Granada lanza un Boletín Oficial
extraordinario con instrucciones a los Alcaldes para que, con los vecinos,
combatan a los rebeldes divididos.
Para
ello debían establecer vigías en los pueblos y nada más se divisaran grupos de
sublevados deberían tocar a rebato, agruparse en la plaza del pueblo con sus
armas y ponerse a las órdenes del juez municipal. El día 7 se mandó a todos los
alcaldes que convocaran a los vecinos e hicieran una relación de los que
poseían armas para armarles si no de alguna manera. Al divisar cualquier grupo
enemigo avisarían a toque de campana y tan pronto alejaran o vencieran a los
revolucionarios deberían regresar a sus respectivos pueblos.
Es
interesante una de las normas del bando que dice: “Como este servicio no debe
ser más que momentáneo y no deben prestarlo los jornaleros a menos que vayan
por orden de sus amos, no puede temerse que pueda perjudicar intereses de
ningún género”. En realidad la supresión de los jornaleros se debía a que
temían que se unieran o pudieran auxiliar a los rebeldes, por ser ellos quienes
defendían su causa.
Fotografía costumbrista de Charles Clifford de 1854. Colección de Manuel Castellano. |
Los
facciosos que fueran prendidos, seguía diciendo el bando, debían ser entregados
a la fuerza militar para ser juzgados por una Comisión. Asimismo, se hacían
responsables a los alcaldes del feliz cumplimiento de estas normas y deberían
diariamente dar parte al Gobierno de las incidencias, prisioneros y armas
recogidas, etc.
Los
días 6 y 7, Rafael Pérez dice que los pasó entre las brañas, hambriento y
ocultándose. Aprovechando la oscuridad de la noche penetra el día 8
clandestinamente en Loja y se refugia primero en casa de un amigo y luego de
una hermana, pero, para no comprometerla, se marcha enseguida a las sierras de
Fornes y Agrón.
A
partir de ahora comienza para él una etapa de peripecias, huyendo de sus
perseguidores y además indocumentado. En el monte de Pera, permaneció 19 días
entre las matas y alimentándose con lo que le proporcionaba un pastor llamado
el tío Fraile y su yerno, que era guarda de una dehesa. Pero la llegada de la
estación de las tormentas le obliga a refugiarse en una cortijada de Pera en
casa de un amigo, antiguo Comandante de Rusares. Debió de haber algún indicio
de su presencia, ya que sometieron la casa a un minucioso registro, del que
pudo pasar desapercibido gracias a que se refugió en un agujero tapado con
leña, de donde le sacaron medio asfixiado. De aquí huye a Gabia la Chica y
retorna a Pera y, el 28 de julio, se traslada a Madrid disfrazado, según se
cree, de cura. Durante su estancia en Madrid no sabemos nada, ni él tampoco
aclara quienes fueron sus amigos y protectores en esta ocasión. Pérez Galdós
escribe que desapareció y se habló de su huida a Portugal. Tanto Bernaldo de
Quirós, como del Moral, dicen que fue apresado e indultado, pero el veterinario
no asegura en sus apuntes revolucionarios que así fuera.
El
día 16 de julio, reunida la Municipalidad de Loja, acordó enviar el testimonio
de adhesión del Municipio a la Reina, que firmaron el Alcalde y concejales.
El
día 5 de septiembre se promulga un indulto y él es uno de los favorecidos,
quizás debido, en parte, a su comportamiento caballeresco durante la
revolución. Una semana más tarde regresa a Loja. No acabarían aquí las
desgracias y peripecias del díscolo veterinario. Había salvado la vida, pero
comenzaría ahora contra él una campaña de difamación y de peticiones de
responsabilidades que serían tan amargas o más que la vida de fugitivo en la
sierra.
Al
año siguiente de ocurridos los sucesos, es cuando Marfori presionó al
veterinario de su pueblo para que desmintiera públicamente, con una carta, los
hechos del levantamiento de Loja, que habían relatado hacía poco Tubino (34).
en
el diario La Andalucía, propuesta a la que se negó el fallido revolucionario.
Por otra parte, como consecuencia de su levantamiento armado y de los gastos
ocasionados y material pedido en calidad de préstamo, el juez de Loja le
exigió, a petición y denuncia de dos de los llamados moderados, “el pago de los
intereses gastados en el alzamiento”. La situación se hizo para el vencido y
procesado verdaderamente insostenible, a causa de esta reclamación, de la salud
de su mujer, gravemente enferma, de sus hijos abandonados" y de mi
profesión, que a tantas burlas ha dado lugar, como si estuviéramos en tiempos
de oficios infames o viles” (35).
En
ese año de 1862, la reina Isabel II que había pasado el verano en Santander,
hizo un viaje a Granada el 14 de octubre. El pueblo andaluz la hizo objeto de
un gran recibimiento y Pérez del Álamo se avistó con el Ministro de Fomento, a
quien agradeció el indulto, sin que por ello cambiara “de bandera”. La única
versión que tenemos de su indulto es la que nos ofrece Bernaldo de Quirós,
quien asegura que fue salvado gracias a “la generosidad del Marqués de la Vega
de Armijo, Ministro de la Gobernación con la Unión Liberal de Q'Donnell” (36).
Marfori,
sobrino de Narváez y uno de los -71- hombres influyentes de la Corte de Isabel
II, a la que siguió años más tarde en su destierro, utilizó toda su influencia
en aniquilar a su enemigo personal en el pueblo. Tal fue la persecución, que
Pérez del Álamo le desafió por calumnia, pero Marfori no aceptó el duelo, según
decía “por respeto a la ley y por respeto a su decoro”. La polémica entre los
dos hombres se publicó en La Discusión y es aquí donde el veterinario hizo una
valiente y emotiva defensa de su profesión, de la que dice estar orgulloso y
satisfecho.
Uno
de los republicanos de Loja, don Ramón Calvo Giménez, en cuya casa se decidió
el levantamiento, con otros también de su facción, intentaron asesinarle por lo
que hubo un proceso que le costó sus pesetas. El tal Calvo fue premiado, por su
traición, con un puesto de policía en Madrid, estando Narváez en el poder.
Pero
no quedarían aquí las cosas: el Alcalde de Loja le denuncia al Gobierno el 16
de diciembre de 1862, según escrito que reproduce el mismo Rafael Pérez del
Álamo. Por si fuera poco, le recayó sentencia acusatoria en el pleito con
Marfori. En total le arruinaron con los pleitos, le desterraron y fue
sentenciado al pago de una fuerte multa, que en total ascendía a 14.064 reales.
Para pagar las fianzas y multas dice que tuvo que malvender algunos bienes y
fincas y aun así tuvo que suplir el resto con cárcel. Hubo personas que, aun no
siendo de sus ideas, quisieron ayudarle, y cita incluso sus nombres, pero con
la honradez y dignidad que le caracterizaba les dio las gracias y les dijo que
sólo aceptaría la ayuda de sus correligionarios. Algunos amigos aportaron la
cantidad necesaria para evitarle la prisión. Entre ellos estaba Federico Rubio,
a quien, en agradecimiento, dedicó su libro.
Los
levantamientos de 1866 hicieron que preventivamente el gobernador Auñón le
detuviera durante 38 días. Dos años más tarde tiene lugar la revolución de
septiembre de 1868, en la que participa activamente y cuyas incidencias relata
con detalles en su libro.
Conociendo
sus aptitudes de mando, el Duque de la Torre le dio el cometido, al frente de
dos mil hombres, de ocupar el puente de Córdoba y el Campo de la Verdad, cuando
las acciones en Andalucía. Su comportamiento hizo que el General Izquierdo, por
orden de Prim, le propusiera el destino de coronel que rechazó, como él dice,
por ser consecuente con sus opiniones.
Al
instaurarse la República, Pérez del Álamo se sacó la espina e hizo a la familia
de Narváez y Marfori la reclamación de sus bienes. Temiendo éstos mayores males
le indemnizaron “amistosa y extrajudicialmente” mediante el pago de 20.000
escudos, según documento que publicó en su libro con fecha 17 de diciembre de
1868.
Al
año siguiente no quiso participar, por desacuerdo, en los sucesos de octubre de
1869 y cuyos motivos expone en su libro e intenta confirmar con una carta de
Castelar.
No
tenemos ya más datos de su vida en los años que transcurren hasta su asentamiento
como veterinario en Arcos de la Frontera. Hemos de sospechar que la vida se le
hizo imposible en Loja y creyó oportuno abandonar el feudo de la familia
Narváez, que volvería a perseguirle llegado el momento de la revancha.
Por
la fecha en que publicó su libro de Apuntes históricos sobre dos revoluciones,
debió de vivir algún tiempo en Sevilla. Después se sabe que pasó a la
localidad de Arcos de la Frontera, donde regentó un potro de curas y herraje
que había pertenecido a un colega fallecido, llamado Revuelta. Por los datos
que aparecen en la partida de defunción, no vivió con su familia, ya que su
mujer debió de haber muerto y los hijos estar casados. Con los ingresos
producidos por el ejercicio de la clínica y el sueldo de Inspector municipal de
carnes del Ayuntamiento, Pérez del Álamo mantuvo la familia de su colega
Revuelta, con la que vivió, y a la que protegió en una situación difícil, ya
que la pobre viuda y otro miembro de la familia eran ciegos. La inquietud
político-social que siempre le acompañó, se mostró una vez más en estos años
difíciles en que además era ya avanzada su edad. En Arcos de la Frontera
organizó entre los obreros un seguro para socorrer a los enfermos y parados.
Cobraba treinta céntimos semanales, que todos pagaban de buen grado, sabiendo
el destino social de aquel dinero y sabiendo también que contaban con el
abnegado ejemplo de su fundador, cuyo sueldo pasaba íntegro a la familia que
protegía.
Durante
estos años de principio de siglo fue cuando mantuvo la citada correspondencia
con Pérez Galdós, que tanto ha servido para popularizar su nombre.
El 13 de enero de 1911 muere en Arcos de la Frontera (Cádiz) el granadino Rafael Pérez del Álamo, lider de la sublevación campesina de Loja en junio del año 1861. |
Así
transcurrió el período más gris y difícil de su vida, olvidado de muchos,
atacado por más, y en lucha constante contra una situación económica apurada,
que se vio agravada por la triste competencia de curanderos e intrusos, así
hasta el día 15 de enero de 1911 en que, tal como dice el certificado de
defunción, murió a consecuencia de una pulmonía gripal en su casa de la calle Sagasta nº 7, donde vivió en
Arcos de la Frontera.
Su
muerte no debió pasar, sin embargo, tan desapercibida, ya que el Heraldo de
Madrid le dedicó el día 18 de ese mes de enero de 1911 una semblanza, que cae
en los anteriores tópicos de definirle como un hombre “inculto, tosco,
caótico”, al que se le reconoce, sin embargo sus cualidades organizadoras que
le llevaron a ser caudillo de la revolución de Loja de 1861. El periódico
reproducía un retrato suyo “con un tipo apostólico, acentuado por la edad y la
actitud de la cabeza, levantada hacia el cielo (37).
Después
de su muerte se colocaron carteles con su retrato en los lugares más
frecuentados, allí en su tierra, por los obreros.
Parece
ser que el día de su entierro asistió toda la Corporación Municipal de Arcos de
la Frontera y se le donó el nicho donde sería enterado por diez años. Al
cumplirse el período de caducidad los obreros lo adquirieron por suscripción
popular. Allí, en el cementerio de San Miguel, extramuros de la población, en
el nicho nº 93, fila 3, existe una sencilla lápida que recuerda el nombre de
este veterinario romántico y aventurero.
D.
E. P.
RAFAEL
PÉREZ DEL ÁLAMO
Caudillo
del Primer Movimiento
Obrero
Andaluz
La
Sociedad Arcobricense “Fraternidad Obrera”
15
enero 1911
El
movimiento de la sublevación de Loja causó honda impresión en toda España y una
admiración por su disciplina y respeto hacia las vidas y propiedades de la
gente. En muchos sentidos, fue una rebelión popular, a pesar de las calumnias
de la prensa. Más tarde el historiador Joaquín Guichot escribió una Historia de
Andalucía relatando los hechos, de tal manera que no fue muy del agrado de
Pérez del Álamo, que decidió escribir su libro en gran parte para responder a
Guichot (38),
incluido cuando se refiere a su persona, que lo hace con gran admiración, pues
le hace responsable de ser tan buen líder al demostrar controlar a la chusma
que le seguía, tan tendente al desorden y al saqueo. Pérez del Álamo responde
que él no tuvo que hacer esfuerzo, porque el grueso de los rebeldes eran
personas honradas y nobles (39).
Es
inevitable establecer paralelismos entre la revuelta de Utrera y la sublevación
de Pérez del Álamo en Loja de 1861 como hitos dentro del movimiento social en
la Andalucía decimonónica.
¿Hasta
qué punto coincidían en objetivos, forma de organización y criterios políticos?
Políticamente compartían unas consignas elementales: republicanismo,
anticlericalismo y democracia. Un dato interesante es que Rafael Pérez del
Álamo poseía contactos con destacados socialistas madrileños, antiguos
compañeros del ya fallecido Sixto Cámara; de hecho, tanto Nicolás María Rivero
como Francisco Garrido ejercían como abogados de Pérez del Álamo en los
múltiples pleitos que este mantenía en la corte con Narváez, natural de Loja.
El
alzamiento popular de 1857 pretendía formar parte de una estrategia a nivel
nacional, que fracasó debido a su frágil estructura; no así el de 1861 que fue
obra de un iluminado. Los movimientos previos a ambos movimientos no pasaron
desapercibidos. En Sevilla los preparativos se hacen con una publicidad
pasmosa, a pesar de la que las autoridades no tomaron ninguna medida. Por su
parte, Pérez del Álamo se reunió varias veces con sus seguidores en Granada.
Vigilado por el gobierno, fue hecho prisionero para terminar escapándose y
levantarse en armas.
En
cuanto al reclutamiento, ambas comparten un elaborado ritual de juramento, muy
al estilo de las sociedades secretas. En 1857, año de hambrunas, hubo numerosos
jornaleros y menestrales que se alistaron voluntariamente, a cambio del jornal
de 10 reales diarios. En el caso de Loja funcionó la coacción. En ella se
integraban algunos capataces de cortijos que, siguiendo instrucciones,
rechazaban contratar braceros a menos que se alistasen.
En
número de efectivos no hay comparación posible. La sublevación de Utrera reunió
a 180-200 hombres, mientras que la de 1861 atrajo a 30.000 personas de Loja y
pueblos cercanos. Probablemente debido a ese elevado número de efectivos, las
tropas enviadas a sofocar la revuelta de Loja no se atrevieron a atacar. Los
dos levantamientos contaron con una mayoría de gente joven. En Loja, muchos no
pasaban de 20 años.
Además,
ambas revueltas comparten un mismo mecanismo: la inspiración o el diseño del
plan, en el caso de Utrera, corre a cargo de revolucionarios que no participan
en los hechos activamente. A continuación, se pronuncian líderes locales
republicanos de similar extracción (artesanos, comerciantes, rangos medios del
ejército) y finalmente sucumben ante la presión de la masa jornalera, que se
hace con el control del movimiento. Asimismo desarrollan estrategias endebles,
como cortar las comunicaciones, exigencias a los ayuntamientos de dinero en
metálico; la masa revolucionario desvirtúa el movimiento de lo político
(republicanismo, anticlericalismo) a lo social (ocupación de tierras, saqueos,
violencia contra los terratenientes); a su fracaso, se impone la huida hacia la
sierra, donde son capturados por la Guardia Civil.
En
cuanto a las consecuencias, en los dos casos la represión fue brutal: en 1857
fueron algo más de 100 los ajusticiados; en Loja, se detuvieron a 500
individuos, de los que 116 fueron ejecutados y unos 400 deportados. No
obstante, si en Utrera sus líderes fueron condenados a muerte, Pérez del Álamo
consiguió la amnistía.
Como
comentario final, hay que señalar que Sixto Cámara se declaró completamente
ajeno a la sublevación de Utrera en un escrito enviado a varios periódicos.
Pero siguió ideando quiméricos planes de revolución. En 1859 cruzó la frontera
en Badajoz para intentar un nuevo alzamiento en Olivenza, consumando otro fracaso.
Perseguido, el 9 de julio huyó hacia Portugal a pie. La sed y la fatiga le
produjeron la muerte cerca de la frontera. Poco después, la izquierda lo
reivindicaría como un mártir de republicanismo; sus restos fueron trasladados
de Badajoz a Madrid y desde el progresismo se solicitó a O’Donnell una estatua
en su honor, que jamás llegó a hacerse.
A
continuación pasamos a transcribir la mitad de las actas correspondientes al año
1862. En artículo aparte prestaremos atención al resto de las actas y a la
visita que la familia Real realizó por Andalucía en el año 1862.
Anotado
a lápiz aparece en el folio que sirve de portada:
Nº 22 1862
Escrito
a tinta a modo de Portada aparece el texto:
Libro Capitular de 1862
Hasta
el folio 7º vienen numerados en el ángulo superior derecho, después hasta los
26 aparecen sin numerar.
Acta primera del año 1862, que continúa en el reverso de la página. |
ACTA
DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL
AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 5 DE ENERO DE 1862.
En
esta primera acta del año el orden del día viene dado por la llegada al concejo
de la Circular y Reglamento correspondiente a las medidas que desde el cabildo
se tienen que tomar para evitar la propagación de la Palomilla de la leña del
olivo, y la creación de la Junta que previene crearse a tal fin. Los miembros
de la Junta creada son miembros de la corporación municipal, (con el Alcalde y
los cinco restantes regidores o concejales), y un propietario de entre los
vecinos de la villa.
He
tomado la decisión de subrayar en nombre de nuestra villa en cada una de las
actas. Podemos comprobar que a lo largo de las mismas se denomina a nuestra
villa con variados nombres, siendo la primera vez que después del habitual nombre
de La Higuera cerca de Arjona, aparece con Higuera de Arjona tras un escrito
del Gobernador y en otros casos con el nombre de La Higuera.
“Sesión
ordinaria…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona
en cinco días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos, se
reunió el Ayuntamiento previa citación
vajo la Presidencia del Sor Alcalde, y por dicho Sor. se dio cuenta de la
Circular y Reglamento inserto en el Boletín oficial de la Provincia del
Miércoles 1º del actual Nº 1º relativo a las medidas que se tienen que tomar
para evitar la Palomilla por el hacinamiento de la leña de Olivo, y después de
haverse enterado el Ayuntamiento se acordó su esacto cumplimiento y que se
nombre la Junta que previene el artículo 9º del mismo, cuyo nombramiento se
hizo por unanimidad en las personas siguientes=
Indibiduos de la Junta
D.
José Barragán Alcalde y Presidente
D.
Domingo Sebastián Fuentes Regidor
D.
José Calero y Martínez Red (supongo
Regidor)
D.
Felipe Martínez Cortes Propietario
D.
Manuel Pérez Ruano Red
D.
Manuel Mercado Cano Red
D.
Hipólito Martínez Red
Y
concluido este nombramiento se acordó por el Ayuntamiento que se haga saber a
los individuos nombrados las atribuciones que los mismos tienen, y que al mismo tiempo se hagan conocer al
público insertándose para conocimiento del mismo desde el artículo 1º hasta el
8º de dicho reglamento. Así lo acordaron mandaron y firmaron de que yo el Serio
interino del Ayuntamiento Certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Juan Pérez Serrano. Francisco Martínez. Domingo S. Fuentes. José Calero
Martínez. Manuel Clemente Pérez.
Raro
es el hombre que en algún momento de la vida no se interesa por sus orígenes:
quiénes eran sus bisabuelos, a qué se dedicaban, de dónde eran... Cuando este
interés se lleva más allá de unas pocas generaciones empieza a crecer un
frondoso árbol que, a menudo, nos saca de nuestra comarca para extenderse por
las vecinas, otras provincias, y aun países y continentes distintos. Como en
alguna que otra ocasión, de nuevo sale en estas actas la persona de Juan Pérez
Serrano, bisabuelo de mi padre, y por tanto mi tatarabuelo. Invito con ello a
los lectores higuereños a que por la similitud de nombres heredados y por los
apellidos indagen sobre sus antepasados.
Con un poco de suerte, consultando los archivos civiles y eclesiásticos,
los españoles pueden remontar su genealogía, en muchas de sus ramas, hasta el
siglo XVI. Y en el caso de familias nobles, a veces hasta la Baja Edad Media.
En la página de la izquierda arriba final del acta primera del año 1862, a continuación acta segunda que prosigue en la página de la derecha. |
ACTA
DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL
AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 5 DE ENERO DE 1862.
Esta
segunda acta tenía en su orden del día el nombramiento del Regidor Síndico de
la villa, cargo para el que parecía nominado el regidor primero D. Manuel
Clemente Pérez, que había ejercido el mismo cargo el año 1861. A continuación
se planteó la conveniencia de nombrar Guardas de campo encargados de vigilar los
sembrados y arbolado de la villa y vigilar el término municipal, y de dar parte
a la autoridad de cualquier persona sospechosa encontrada en el término. El
sueldo asignado era la tercera parte de las multas puestas a los dañadores de
las fincas de la villa, con lo cual debían asegurarse el celo en la guardería
para disponer de fondos para cobros entre los guardas. Quedaron elegidos seis
vecinos con los siguientes nombres: Jacovo
Garrido, Yldefonso Calero, Diego Calero, Manuel Gavilán, Juan Chillaron, y Tomás
Fernández. En el
año 1861 los guardas de campo habían sido tres: Juan
Chillaron, Manuel Gavilán, y Francisco García Noguera.
“Sesión
ordinaria…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona a los once días del mes de Enero
de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma vajo la Presidencia del Sor. Alcalde se trató del
nombramiento para este año del Regidor Síndico, en conformidad á lo prevenido
en el artículo (Se ha
dejado espacio para poner el número de referencia pero no se ha puesto) de la Ley vigente de Ayuntamientos, y en
su virtud fue nombrado á pluralidad de votos el regidor 1º D. Manuel Clemente
Pérez que ha desempeñado este mismo cargo en el año anterior, mandando los
espresados SS. se dé cuenta de este nombramiento al Sor Gobernador de esta
Provincia en observancia a lo dispuesto sobre este particular en el artículo (De
nuevo hay un espacio en blanco por el mismo motivo anterior) de la citada Ley.
Enseguida
se trató de la necesidad y conveniencia general de nombrar guardas de campo,
sin otra remuneración que la tercera parte de las multas en los dañadores para
que estos no solamente guardaran los sembrados y Arbolados, si no también
vigilaran el término, y dieran parte de cualquier persona sospechosa que en él
encontraran, y de presentarla ha esta autoridad para proceder á lo que hubiera
lugar, para los que fueron nombrados los vecinos y personas siguientes.
Jacovo
Garrido
Yldefonso
Calero
Diego
Calero
Manuel
Gavilán
Juan
Chillaron
Tomás
Fernández
Con
lo que se concluyó esta sesión, acordando, que las anteriores personas
nombradas se den ha conocer al público como tales guardas de campo. Así lo
acordaron y firmaron de que yo el Serio interino
del Ayuntamiento Certifico =
Aparecen
las firmas de los señores siguientes:
José
Barragán Francisco Martínez. Domingo S.
Fuentes. José Calero Martínez.
Serio
Interino Luis Pérez
En a página de la izquierda arriba final del acta segunda y a continuación comienzo del acta extraordinaria de fecha dieciocho de enero de 1862. |
ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 18 DE ENERO DE 1862.
Es
la tercera reunión del Cabildo Municipal de este año. Esta reunión
extraordinaria era casi habitual cuando por parte del Gobernador Provincial
como máxima autoridad, que controlaba todos los aspectos económicos, sanidad, y
todos los servicios públicos, encontraba por medio de los funcionarios a su
cargo en Jaén, cualquier problema de ajuste dinerario en los presupuestos
municipales. Un asunto del que pedía explicaciones y que era atendido por los
ayuntamientos con la máxima celeridad. La referencia a la presencia en el
Ayuntamiento de los Máximos Contribuyentes era debida, a que según lo
establecido, los déficits presupuestarios tenían que ser asumidos por los
mayores contribuyentes de la villa. Los asistentes a la reunión como mayores
contribuyentes fueron: D. Manuel
y D. Pedro Mercado, D. Hipólito Martínez, D. Manuel Pérez Ruano, Bonoso de
Lara, Juan Ramón Barragán y José Calero.
“Sesión…
En
la Villa de la Higuera Cerca de
Arjona a diez y ocho días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos
reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi
asistencia, y como mayores Contribuyentes Dn. Manuel y D. Pedro Mercado, Dn.
Hipólito Martínez Dn. Manuel Pérez Ruano, Bonoso de Lara, Juan Ramón Barragán y
José Calero con objeto de celebrar sesión extraordinaria, la que habierta por
el Sor. Presidente, se dio cuenta de la orden del Sor Gobernador Civil de la
Provincia de diez y seis del actual, que ha sido presentada por el Comisionado
D. Nicolás Cabrera, relativa, al déficit que resulta en el presupuesto
Municipal del año actual, consistente en la Cantidad de seis mil ochocientos
siete reales con sesenta y dos céntimos, y en su vista, y discutido
suficientemente este particular, se acordó que no pudiéndose recargar la Contribución
Territorial ni la Industrial, por estarlo con los recargos que la ley previene,
y que en el repartimiento de la de Inmuebles del año procsimo pasado, resultan
recargados sus cupos con el 10% y no con el 5 como dice en la citada orden,
resulta que de los espresados 6.807 reales 62 céntimos que resultan de déficit,
hay que rebajar dos mil quinientos sesenta y cinco reales que se repartieron en
dicha Contribución y aparece que los
arbitrios que deben proponerse para cubrirlos, deben ser de cuatro mil
doscientos cuarenta y dos reales con sesenta y dos Céntimos y para cubrirlos
propusieron los medios siguientes=
Sobre
la Contribución de Consumo del corriente año a saber.
Sobre
el Vino ----------------------------------------------1200.
Sobre
el Aguardiente -------------------------------------1500.
Sobre
el Vinagre ---------------------------------------------37...50.
Sobre
el Aceite de oliba --------------------------------1900.
4237...50.
Nota: Hago constar que la suma
correspondiente a tales cantidades es de 4637…50
De
modo que resulta una diferencia de menos, de cinco reales con doce céntimos,
que podrá cubrirse, con cualquier economía, que en sus gastos haga el
Ayuntamiento, quedando por consiguiente grabados por esta causa, los referidos
artículos de las especies de Consumo en una mitad de las cuotas del Tesoro, el
del vino y aceite en una tercera parte, el del vinagre, y en una cuota igual,
el del Aguardiente, con lo que se dio por terminada esta sesión, acordando
dichos SS. se remita por duplicado esta propuesta al Sor Gobernador con el espresado Comisionado, a
los fines prevenidos; y lo firman todos los SS. concurrentes, de que Certifico
=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Juan Pérez Serrano. Francisco Martínez. Domingo S. Fuentes. Manuel Clemente
Pérez. José Calero Martínez. Pedro Mercado. Hipólito Martínez. Bonoso de Lara. Manuel Mercado. Ramón Barragán. José Calero Navarro. Manuel Pérez.
Luis
Pérez Secretario Interino.
ACTA
DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA
DE FECHA 20 DE ENERO DE 1862.
La
última de las actas del año anterior (25 de noviembre de 1861) la firmaba
Manuel Pérez, en este año de 1861 las actas en muchos de los casos no aparecen
firmadas por el alcalde, ni regidores, y tampoco por el secretario del cabildo
que certificaba los acuerdos tomados. En otras aparecen las firmas de los
componentes del gobierno municipal sin la constancia de la firma del
secretario.
Esta
tercera sesión ordinaria del concejo municipal tiene como orden del día la del
nombramiento de un nuevo secretario de la corporación, dado que el anterior
secretario había fallecido en Jaén el día veintiocho del mes anterior, o sea
diciembre de 1861.
En
esta reunión se nombra como secretario interino a Luís Pérez, que asumió el
cargo de secretario desde la fecha 21 de septiembre de 1861, por enfermedad del
anterior secretario, durante la cual quedó acreditada su idoneidad para desempeñar
el cargo. Desconocemos la relación familiar que Luis Pérez podía tener con
Manuel Pérez, suponemos que una relación familiar muy directa.
Después
aparece como secretario interino el concejal D. José Calero Martínez, poco
antes del nombramiento de D. Francisco Cardeña y Arcediano, por lo que cesa el
secretario interino al haberse completado el proceso de nombramiento del nuevo
secretario del concejo y así haberlo comunicado el señor Gobernador y ordenado
el cese del anterior y el nombramiento del definitivo. D. Francisco Cardeña y
Arcediano, nuevo secretario del ayuntamiento, aparece en actas posteriores de
este mismo año como médico nombrado por la corporación municipal para atender
las necesidades sanitarias de la villa,
“Acuerdo…
En la Villa de la Higuera cerca de Arjona á veinte días del mes de Enero
de mil ochocientos sesenta y dos. Reunido el Ayuntamiento en sesión ordinaria
con asistencia de los Sres. anotados al margen (aparecen
relacionados al margen izquierdo del texto los siguientes señores citados sólo
por su apellido: Barragán, Serrano, Pérez, Martínez, Fuentes, Molina, Fernández.
Son por este orden el Alcalde, Teniente y cinco regidores más incluido el
Síndico) bajo la
presidencia del Sor Alcalde se hizo presente por dicho Sor. el fallecimiento
del Secretario de Ayuntamiento en la Capital de esta Provincia acaecido el
Veinte y ocho del mes anterior, y en su vista y mientras que se instruye por el
Sor. Alcalde el espediente necesario para su provisión, por no poder quedar
abandonado un puesto de tanta importancia, se acordó el nombramiento de
Secretario interino, y reconociendo en D. Luis Pérez que con carácter de
interinidad ha estado desempeñando desde 21 de Septiembre último que se fue
enfermo á la ciudad de Jaén el fallecido, la aptitud necesaria para el
desempeño de este cargo, lo indica a la Corporación, cerciorado además que hará
a esta el obsequio de servirla ínterin se provee la plaza. El Ayuntamiento
atendiendo la indicación del Sor. Presidente y reconociendo en el espresado D. Luis Pérez aptitud para el
Servicio que se le va a confiar acuerda nombrarlo como le nombra para servir
interina la Secretaría. Y no habiendo otro asunto de que ocuparse se levantó la
sesión que firman los Señores de que el Secretario interino nombrado Certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Juan Pérez Serrano. Manuel Clemente Pérez. Francisco Martínez. Domingo S. Fuentes. Dice:
La X es del Regidor Dn. Manuel
Pérez Molina. Dice:
La X es del Regidor Francisco Fernández.
Luis
Pérez Secretario Interino.
Final del acta de la sesión extraordinaria y al final de página comienzo de la cuarta sesión del año 1862. |
ACTA
DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 20 DE ENERO DE 1862.
Una
de las funciones ordenadas según ley era que el ayuntamiento controlara las
bulas que en sus diferentes modalidades: de vivos, de difuntos, de lacticinios
de tercera y cuarta clase para clérigos, y de indulto. Se le hizo entrega de
ellas al vecino de la villa D. Francisco García, para que realizase la
predicación y venta de las mismas durante el presente año. Para más información
sobre el tema de los depositarios de bulas recomiend0 la lectura del enlace
siguiente: https://lahiguerajaen.blogspot.com/2016/11/don-feliciano-garrido-receptor-de-bulas.html
“Higuera cerca de Arjona 20 de
Febrero de 1862
En
el día de la fecha se le han entregado a Dn. Francisco García Vecino de esta
villa y receptor nombrado de las Bulas, para la Predicación del corriente año
los sumarios siguientes.
De
vivos ciento cincuenta= De Difuntos veinte = Lacticinios de 3ª clase una= ídem
de 4ª dos y de Indulto de 3º clase cincuenta= cuyos referidos sumarios les
fueron entregados bajo de su responsabilidad, y lo firma de que Certifico=
El
Alcalde Constitucional José Barragán. El
espendedor Francisco García.
El
Secretario Interino Luis Pérez.
Final de la sesión de la cuarta acta con las firmas de los asistentes y comienzo del acta quinta. Al final comienzo del acta sexta. |
ACTA
DE LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 1862.
En
otro artículo anterior hacía mención y explicaba la catastrófica situación en
que había quedado el cementerio municipal tras haberse derribado las paredes y
hundido las tumbas dejando los cadáveres al descubierto. Véase el enlace:
Después
de más de cinco años de estar el cementerio en estas condiciones, sin haberse
acometido las obras que rehiciesen las paredes de todo el perímetro, de nuevo
encontramos en esta acta la misma reivindicación del cabildo, que de nuevo
vuelve a hacer una descripción de la situación más que dantesca y catastrófica
con el siguiente texto:
“Los
señores que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi
asistencia y la de un número duplo de los mayores Contribuyentes de esta
Población, fueron reunidos y convocados, con el laudable y piadoso objeto de
tratar sobre la necesidad de hacer presente el Señor Gobernador Civil de esta Provincia, la construcción del
Cementerio en el lugar y sitio donde se halla, para poder enterrar los
cadáveres sin verse expuestos como frecuentemente se fue, a ser pacto de los
animales los que se estén enterrando, porque arruinado en sus muros hace más de
cinco años, se está enterrando todo este tiempo en aquel sitio libre y
desembarazado para que los animales, mutilen sus cuerpos, y siembran con sus
restos los campos. En este conflicto, y del que no había igual ejemplar en el
Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión de los mayores Contribuyentes
que se haga así presente a dicha Superior autoridad, para que se digne acordar
la formación del oportuno Expediente para que pueda llevarse acabo la indicada
obra que demanda la Caridad y la Justicia, cuyo conste (coste) que podrá
ascender a cuatro mil reales. Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales
de bestias, verán con sumo placer el Ayuntamiento y su vecindario, que los
restos mortales de sus familiares y amigos se sepulten en lugar seguro”.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona en veinte y siete días del mes de
Febrero de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el
Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia y la de un número
duplo de los mayores Contribuyentes de esta Población, fueron reunidos y
convocados, con el laudable y piadoso objeto de tratar sobre la necesidad de
hacer presente el Sor. Gobernador Civil
de esta Provincia, la construcción del Cementerio en el lugar y sitio donde se
halla, para poder enterrar los cadáveres sin berse espuestos como
frecuentemente se fue, a ser pacto de los animales los que se estén enterrando,
porque arruinado en sus muros hace más de cinco años, se está enterrando todo
este tiempo en aquel sitio libre y desembarazado para que los animales, mutilen
sus cuerpos, y siembran con sus restos los campos; En este conflito, y del que
no había igual ejemplar en el Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión
de los mayores Contribuyentes que se haga así presente a dicha Superior
autoridad, para que se digne acordar la formación del oportuno Espediente para
que pueda llebarse acabo la indicada obra que demanda la Caridad y la Justicia,
cuyo conste (coste) que podrá ascender a cuatro mil reales.
Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales de bestias, berán con sumo
placer el Ayuntamiento y su vecindario, que los restos mortales de sus
familiares y amigos se sepulten en lugar seguro.
Aparecen
las firmas e los siguientes señores:
José
Barragán. Juan Pérez Serrano. José Calero Martínez. Manuel Mercado. Francisco Martínez.
Final de lacta quinta y comienzo del acta sexta, que concluye al final de la página de la derecha. |
Esta
acta de fecha veintisiete del mes de Febrero de mil ochocientos sesenta y dos,
reunidos los señores concejales que componían el Ayuntamiento Constitucional de
la villa con la asistencia del Alcalde, presidente del Concej0 y la de un número duplo de los mayores
Contribuyentes de esta Población, fueron reunidos y convocados, con el laudable
y piadoso objeto de tratar sobre la necesidad de hacer presente el Sor.
Gobernador Civil de esta Provincia, la
construcción del Cementerio en el lugar y sitio donde se halla, para poder
enterrar los cadáveres sin verse expuestos como frecuentemente fue, a ser pacto
de los animales los cadáveres que se estaban enterrando, porque arruinado en
sus muros hace más de cinco años, se está enterrando todo este tiempo en aquel
sitio libre y desembarazado para que los animales, mutilen sus cuerpos, y
siembran con sus restos los campos; En este conflicto, y del que no había igual
ejemplar en el Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión de los mayores
Contribuyentes, y que se haga así presente a dicha superior autoridad, para que
se digne acordar la formación del oportuno Expediente para que pueda llevarse
acabo la indicada obra que demanda la Caridad y la Justicia, cuyo coste podría
ascender a cuatro mil reales. Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales
de bestias, con lo que verán con sumo placer el Ayuntamiento y su vecindario,
que los restos mortales de sus familiares y amigos se sepulten en lugar seguro.
Con
tal precedente, puesto de manifiesto desde las actas del año 1855, hablaremos
brevemente de los cementerios, y para ello empezaré por uno de los epitafios
más bonitos que he leído, es el que cuelga en la pared de la iglesia de San Román
de Hornija y que le dedicó el rey Chindasvinto a su joven esposa Reciberga, que
comienza así:
“SI SE
PUDIESE EVITAR LA MUERTE DANDO JOYAS Y ORO
NINGÚN MAL
PODRÍA ACABAR CON LA VIDA DE LOS REYES.
PERO, COMO
LA SUERTE GOLPEA POR IGUAL A TODOS LOS MORTALES, NI EL DINERO SALVA A LOS
REYES, NI EL LLANTO A LOS POBRES.
DESDE
AQUÍ, ESPOSA, PORQUE NO PUDE VENCER AL DESTINO, CONCLUIDO TU FUNERAL, TE
ENCOMIENDO A LA PROTECCIÓN DE LOS SANTOS…”
Ahora
vamos a contar muy sucintamente como comenzaron los cementerios en España a
finales del siglo XVII, concretamente a partir del año 1787, reinando en España
el rey Carlos III.
La
obligación de construir cementerios por parte de los Ayuntamientos fue un largo
proceso que se inicia a finales del cercano siglo XVIII, y que hasta bien
entrado el XIX no se materializó definitivamente en todas las poblaciones de
nuestro país.
Los
prolegómenos que desembocaron en la Real Cédula de 3 de abril de 1787, que
tenía por título “Restablecimiento de la Disciplina de la Iglesia en el uso y
construcción de cementerios, según el Ritual Romano”, y que en
tiempo de Carlos III impulsaron los ministros ilustrados con Floridablanca a la
cabeza. Estos primeros pasos de la aplicación de la Real Cédula fueron motivo
de una larga y áspera polémica, pues en la cuestión de la creación de
cementerios intervinieron argumentos políticos, científicos y religiosos, y
también económicos, pues la iglesia, mediante los enterramientos, obtenía
buenos ingresos, dado que más pagaba la
familia del difunto cuanto más cerca del altar se le enterrara su familiar
difunto. Además, los más ricos pagaban por construir capillas anejas a la nave
central de las iglesias, donde enterraban a sus familiares difuntos.
Muchos
fueron los prejuicios y las supersticiones que había que vencer, porque se
consideraba que al enterrar los cadáveres en el suelo de los recintos sagrados,
el difunto quedaba bajo la protección divina y, además, era el punto de unión
del muerto con sus deudos. El problema era que, con frecuencia, ni el espeso
humo de las velas ni el aroma del incienso, llegaban a disimular el hedor que
producían los cadáveres en descomposición depositados en tierra bajo las losas
de los templos. En esas condiciones, las iglesias, decían los médicos
higienistas, eran lugares insalubres.
Para
poder llevar adelante esta trascendental iniciativa era necesaria la
colaboración de los municipios, y aún tendrían que pasar muchos años para que
en todas las poblaciones se construyeran cementerios y únicamente en ellos se
enterrara a los difuntos. De hecho no fue hasta 1833 que el gobierno de España
ya obligó tajantemente a enterrar en cementerios fuera de las iglesias y las
poblaciones.
Tuvo
que ponerse serio el Gobierno de la Nación, para que los municipios terminaran
por hacer caso a las órdenes de construir cementerios, debido a que en muchos
casos los regidores iban demorándose en la aplicación de la ley tanto por
razones económicas como por no buscarse enfrentamientos con el poder del clero.
En el primer tercio del siglo XIX, se conminó por parte de las autoridades a la
construcción de cementerios, en los pueblos que todavía no lo tuvieran, y a que
cesara el enterramiento de cadáveres en las iglesias, que había sido la costumbre
desde siglos anteriores.
Hasta
que se generalizó la construcción de camposantos, los enterramientos se hacían
en el interior de las iglesias y sus cementerios anejos, o en los cementerios
de los hospitales. Y bastante les costó al Gobierno de la Nación y a los
regidores municipales adquirir la completa titularidad de los cementerios, pues
la Iglesia católica disputó enconadamente con las autoridades civiles, para no
perder la hegemonía en los asuntos de la muerte y el más allá, dado que el giro
que imprimió Carlos III a las viejas prácticas funerarias, supuso que el Estado,
delegando en los ayuntamientos, se arrogaba un derecho que la Iglesia
consideraba que era exclusivamente suyo. Para la Iglesia, la secularización de
los cementerios tuvo la consideración de como si de un expolio de su exclusiva propiedad
se tratase. Las disputas entre el poder civil y la iglesia no quedaron
definitivamente resueltas, y se reavivaron con frecuencia.
El
cementerio de Lahiguera, que los mayores conocimos, y que hoy es parte del
parque y jardines que hay camino de la Piscina Municipal, sería construido
sobre la tercera decena de años del siglo XIX, un cementerio hecho con paredes
de tapial, que sucumbió en sus paredes y tumbas en el gran temporal, que
padeció nuestra comarca en invierno del año 1855. En este temporal cayo parte
de un templo de Arjona.
Esta
acta es una prueba del estado de abandono en que quedó nuestro cementerio,
donde los perros hambrientos encontraron el medio de satisfacer sus necesidades
físicas de alimentación, sacando los cadáveres de sus tumbas, y esparciendo los
restos mortales de los difuntos en los sembrados de los alrededores del mismo.
ACTA
DE LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
El
orden del día de esta reunión ordinaria viene forzado por la necesidad de tratar
del Nombramiento de una persona que en nombre y representación del Municipio,
gestionase en las oficinas generales de la Corte en Madrid, la remisión de las
láminas intransferibles que corresponden a la misma, procedentes de los
bienes vendidos a este Pueblo, por virtud de la Ley de desamortización de 1º de
Mayo de 1855 y después de quedar enterado el Ayuntamiento al mismo tiempo de la
utilidad y ventaja que reporta estas medidas, se acordó por unanimidad en
nombrar a D. Manuel Romero vecino de la Villa y Corte de Madrid, sito en Calle
de la Magdalena Nº 34, 2º Izquierda, designándole como premio el 1 por ciento sobre
el capital nominal de las expresadas láminas. Desconocemos el objeto de la
venta a que se refiere y que fue hecho en tiempo de la Desamortización
de 1º de Mayo de 1855, pero suponemos sería
unos bienes que le fueron retirados al Concejo del Municipio y de los cuales
ahora se intenta recuperar la parte de su valor, que por ley le correspondiese.
Resulta un tanto intrigante pensar a que se refería ese valor de las
“expresadas láminas”.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona a primero de Marzo de mil
ochocientos sesenta y dos, se reunió el Ayuntamiento Constitucional de la misma
en sus Salas Capitulares, vajo la Presidencia del Sor. D. José Barragán Alcalde
y Presidente y de mí el infrascrito
Secretario Interino con el objeto de
tratar del Nombramiento de una persona que en nombre y representación de
este Municipio, gestione en las oficinas generales de la Corte, la remisión de
las láminas intransferibles que corresponden a la misma, procedentes de los
bienes vendidos a este Pueblo, por virtud de la Ley de desamortización de 1º de
Mayo de 1855 y después de quedar enterado el Ayuntamiento al mismo tiempo que
de la utilidad y ventaja que reporta estas medidas, se acordó por unanimidad en
nombrar a D. Manuel Romero vecino de la Villa y Corte de Madrid, designándole
como premio el 1 por ciento sobre el
capital nominal de las espresadas láminas , y para que lo pueda hacer constar,
y le sirba como poder especial esta autorización se sacará Certificado de la
presente acta, y se remitirá al espresado D. Manuel Romero, la que sellada y
visada por el Sor. Alcalde se le
remitirá a la Calle de la Magdalena Nº 34=2º Izquierda, y lo firman de que yo
el Serio. Interino Certifico =
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.
Juan Pérez Serrano. José Calero
Martínez. Manuel Clemente Pérez.
ACTA
DE LA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA
DE FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
Los
acuerdos de esta séptima acta pueden gustar a ciertos familiares, de la antigua
calle Pelayos y la calle Nueva, como ha llegado a alegrarme a mí la referencia
a un antepasado mío, tatarabuelo, Pedro Galán, que aparece citado como
propietario de un solar en la Calle Pelayos, entonces en manos de sus herederos
por fallecimiento del mismo. Otra autorización de obras es dada para la
construcción de una casa en la Calle Nueva, que por entonces se iba conformando
poco a poco. El texto es bien preciso:
“El
Ayuntamiento de esta Villa acordó darle licencia a Manuel Mercado Montoro de
estos vecinos para obrar unas Casas en la Calle de Pelayos según lo tiene
solicitado en el terreno vacante y que linda con Juan Agudo por poniente y por
saliente con solar de los herederos de Pedro Galán; y a Catalina Molina,
Viuda de Juan García Garrido, en la Calle Nueva para obrar otra lindante con
otras de Manuel Cubilla Barragán y acera del Norte.”
“Día
veinte y cuatro de Febrero de mil ochocientos sesenta y dos, el Ayuntamiento de
esta Villa acordó darle licencia a Manuel Mercado Montoro de estos vecinos para
obrar unas Casas en la Calle de Pelayos según lo tiene solicitado en el terreno
bacante y que linda con Juan Agudo por poniente y por saliente con solar de los herederos de Pedro Galán;
y a Catalina Molina Biuda de Juan García Garrido, en la Calle Nueva para obrar
otra lindante con otras de Manuel Cuvilla Barragán y acera del Norte, y para
que conste se pone por diligencia que firma este Sor. Alcalde de que Certifico
=
El
A.C. (Alcalde Constitucional)
Luis
Pérez Secretario Interino.
ACTA
DE LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
Otra
prueba de la expansión de nuestra villa por la recién creada calle Nueva es la
concesión de licencia para otra construcción de casas en la calle Nueva. En
este caso la autorización se concede a Manuel Calero Almansa para obrar unas
Casas para su habitación en la Calle Nueva en esta Población, en el término que
hay vacante por encima de casas de Manuel Cubillas Barragán y lindante con
otras que trata de hacer Catalina Molina, Viuda de Juan García Garrido
“Día
ocho de Marzo del corriente año se acordó darle licencia a Manuel Calero
Almansa en estos vecinos, para obrar unas Casas para su habitación en la Calle
Nueva en esta Población, en el término que hay vacante por encima de casas de
Manuel Cuvillas Barragán y lindante con otras que trata de hacer Catalina
Molina Viuda de Juan García Garrido, según consta del Espediente original
entregado a este interesado y la firma el or
Alcalde de que Certifico
El A.C.
(Alcalde Constitucional)
Luis
Pérez Secretario Interino.
ACTA
DE LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
En
esta nona acta es en la que se hace referencia al nombramiento del secretario
del ayuntamiento, que hasta ese momento había
sido atendido interinamente el servicio por Luis Pérez y después por el
concejal D. José Calero Martínez.
El
texto es el siguiente: Debía procederse al nombramiento de Secretario en razón a que en el día
anterior había expirado el plazo de treinta días que se fijan en el Boletín
oficial de la Provincia, dando así mismo cuenta de las solicitudes que se
habían presentado por los aspirantes a ella, los que examinados detenidamente
se consideró nombrar, como más apto para el desempeño de este cargo a D.
Francisco Cardeña y Arcediano por resultar justificado en los documentos que
acompaña los extremos de que deben estar adornados los aspirantes, quedando así
mismo acordado se dé cuenta al Señor Gobernador de la Provincia en cumplimiento
a las órdenes vigentes, así como al interesado para que a la mayor brevedad se
persone en esta a tomar posesión de su destino.
Con
todo lo cual y con el acuerdo de que como Secretario interino autorizara este
D. José Calero Martínez como concejal por no haber quien desempeñara este cargo.
“Acuerdo…
En
la villa de la Higuera cerca de Arjona á siete de Marzo del mil
ochocientos sesenta y dos reunidos en su mayor parte los Sres. que componen el
Ayuntamiento Constitucional dela misma bajo la presidencia del Sor Alcalde D.
José Barragán por cuyo Sor. se declaró abierta la sesión, manifestando devía
procederse al nombramiento de Secretario
en razón a que en el día anterior había espirado el plazo de treinta días que
se fijan en el Boletín oficial dela Provincia, dando así mismo cuenta delas
solicitudes que se habían presentado por los aspirantes á ella, los que
examinados detenidamente se consideró nombrar, como más apto para el desempeño
de heste cargo a Dn. Francisco Cardeña y Arcediano por resultar justificado
enlos documentos que acompaña los estremos de que deven hestar adornados los
aspirantes, quedando así mismo acordado se dé cuenta al Sor. Governador dela
Provincia en cumplimiento á las órdenes vigentes así como al interesado para
que á la mayor brevedad se persone en hesta á tomar posesión de su destino.
Con
todo lo cual y con el acuerdo de que como Secretario interino autorizara heste
D. José Calero Martínez como concejal por no haber quien desempeña heste cargo;
dándose por terminado el acto que firman los Señores que saben conmigo el Serio
interino de que certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Juan Pérez Serrano. Concejal José Calero Martínez. Francisco
Martínez. Secretario interino José
Calero Martínez.
Nota:
Aparee el texto del Oficio de respuesta a la comunicación al Sor Gobernador
Provincial del nombramiento del Secretario del Ayuntamiento
Aparece
en tamaño de Cuartilla un escrito del Gobernador con un membrete con corona
real y escudo con dos castillos y leones colocados en diagonal y abajo una
granada, con la leyenda GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JAEN a su alrededor. No se
puede aseverar que la figura que ocupa el centro del escudo sea una
representación del Santo Rostro. Debajo aparece manuscrito: Ayuntamientos
Sección 3ª
El
escrito dice textualmente:
“Quedo
enterado del acuerdo de ese Ayuntamiento nombrando Srio. del mismo á D.
Francisco Cardeña Arcediano, y apruebo dicha resolución.
Dios guarde a V. (abreviatura ilegible)
Jaén 21 de Marzo de 1862
Antonio Hurtado.
Al
final del espacio de la cuartilla aparece el escrito dirigido al Ayuntamiento
con el siguiente texto:
Sor
Alcalde de Higuera de Arjona.”
En
esta fecha de 21 de Marzo de 1862, es la primera vez que aparece el
nombre de nuestro pueblo como Higuera de Arjona, en toda la revisión de las
actas realizada e iniciada con las correspondientes al año 1833. Aunque ya en
el artículo anterior , referido al año 1861, aparece el nombre de Higuera de
Arjona, en la pequeña relación de poblaciones que con un sueldo de 2.500
reales, indicaba las condiciones y circunstancias para la ocupación de la plaza
del maestro de Instrucción Primaria en nuestra villa.
Hasta
ahora todas las actas y referencias de la hoy Lahiguera vienen encabezadas con
el nombre del pueblo como Villa de la Higuera cerca de Arjona; pero a partir de
esta fecha del escrito del Señor Gobernador Provincial, que se dirige al Señor
Alcalde de Higuera de Arjona, se comienza a hacer más frecuente el uso del
nombre del pueblo como la Higuera de Arjona, dándose el caso de que a veces
queda entre las actas de los años siguientes alguna encabezada como la Higuera
cerca de Arjona que progresivamente va eliminando la palabra “cerca” en las
actas siguientes me parece que en las de los años 1865 y 1867 ya todas figuran
en su encabezamiento como la Higuera de Arjona.
En
acta del 30 de mayo de este año 1862 aparece sólo con el nombre de la Higuera.
En todas las quince actas de 1864 en todas figura Higuera de Arjona excepto en
una que sigue denominando al pueblo la Higuera cerca de Arjona.
ACTA
DE LA DÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 9 DE MAYO DE 1862.
En
esta acta se cesa oficialmente al hasta ese momento Secretario Interino D. Luis
Pérez y se le da posesión a D. Francisco
Cardeña y Arcediano quien aceptó el encargo prometiendo cumplir fiel y
lealmente su cometido, como lo tiene de antiguo acreditado en los puntos donde
ha estado ejerciendo, por lo que dio las gracias a la Corporación de esta
medida en vista de la confianza y preferencia que en su persona habíase tenido.
Poco después se nombra al citado D. Francisco Cardeña y Arcediano, que en esta
acta comenzaba su trabajo como secretario, como Cirujano y persona acreditada
en los puntos donde ha ejercido por espacio de diez y seis años, con la
dotación anual de dos mil quinientos reales pagados por trimestres del
presupuesto municipal donde se fijará la mencionada cantidad, debiendo
principiar el contrato desde primeros de Julio próximo venidero, con la
condición de asistir a todos los pobres de solemnidad reconocimiento de quintas
y Causas criminales como igualmente a todos los vecinos que lo necesiten por la
retribución que entre ellos estipulen.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona á nueve de Mayo de mil
ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma bajo la presidencia del Sr. Alcalde en el local
acostumbrado con objeto de celebra sesión extraordinaria, por dicho Sr. Se
manifestó hallarse en esta Villa el Srio. nombrado por la espresada
Municipalidad D. Francisco Cardeña y Arcediano y en su virtud acordaron darle
posesión inmediatamente de su destino y que de hecho cesar al interino D. Luis
Pérez lo que se efectuó en el acto, hallándose presente el D. Francisco Cardeña
y Arcediano quien aceptó el encargo prometiendo cumplir fiel y lealmente su
cometido como lo tiene de antiguo acreditado en los puntos donde ha estado
ejerciendo por lo que dio las gracias a la Corporación de esta medida en vista
de la confianza y preferencia que en su persona habíase tenido.
Así
lo acordaron referidos Señores Concejales que firmaran y señalaran como
acostumbran hacerlo de lo que yo el Secretario Certifico =
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. José Calero Martínez. Dice:
La X es del Regidor Francisco
Fernández. Francisco Martínez.
P.
A. D. A. C. Francisco Cárdena y Arcediano Secretario.
Acta de la sesión extraordinaria de fecha 18 de mayo de 1862. |
ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 18 DE MAYO DE 1862.
Es
la undécima reunión anual del Ayuntamiento. Esta acta trae de nuevo la
comunicación de respuesta del señor Gobernador Provincial, en esta sesión se
dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador Civil de esta Provincia de
nueve de Abril último relativa al déficit, que resulta en el presupuesto
Municipal del año actual, consistente en mil quinientos veinte y siete Reales
doce Céntimos, y en su vista discutido suficientemente el particular se acordó
que no pudiéndose recargar la Contribución Territorial y de Subsidio por
estarlo con los que previene la Ley es necesario verificarlo sobre las especies
de Consumo desde primeros de Julio hasta fin de Diciembre próximo venidero o
sea un 50 por % por los seis meses marcados según se indica en dicha Superior
disposición cuya propuesta se hace de la manera siguiente:
Sobre
el Vino -------------------------------------------------600.
Sobre
el Aguardiente ----------------------------------------325.
Sobre
el Vinagre -----------------------------------------------37.50.
Sobre
el aceite Oliva -----------------------------------------750.
Sobre
Javón blando -------------------------------------------75.
Sobre
Carnes y Tocino -------------------------------------- 912.50
Total 2750.
De
modo que resulta una diferencia de más de mil ciento setenta y dos Reales y
ocho Céntimos, que podrán servir para pago de lo que la Corporación adeuda a
los propietarios de la Junta de propios, vendida y que indebidamente se les
cobró su renta el año pasado de mil ochocientos sesenta y uno, o bien para
cubrir la parte que faltará en el producto de propios por haberse graduado mal
en el presupuesto ordinario últimamente formado, sin tener en cuenta el menor
ingreso de la suerte vendida, como debía haberse rebajado la parte proporcional
a cada uno.
“Acuerdo…
y
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona a diez y ocho de Mayo de mil
ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma con mi asistencia y con los mayores Contribuyentes
D. Felipe Martínez Marín, D. Bonoso de Lara, D. Juan Ramón Barragán, D.
Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro, D. Pedro Mercado, D. Bartolomé
Catalán y D. Domingo Sebastián de Fuentes con objeto de celebrar Sesión
estraordinaria la que abierta por el Sr Presidente se dio cuenta de una
comunicación del Sr. Gobernador Civil de esta Provincia de nueve de Abril último
relativa al déficit que resulta en el presupuesto Municipal del año actual
consistente en mil quinientos veinte y siete Reales doce Céntimos y en su vista
discutido suficientemente el particular se acordó que no pudiéndose recargar la
Contribución Territorial y de Subsidio por estarlo con los que previene la Ley
es necesario verificarlo sobre las especies de Consumo desde primeros de Julio
hasta fin de Diciembre provsimo venidero o sea un 50 por % por los seis meses
marcados según se indica en dicha Superior disposición cuya propuesta se hace de
la manera siguiente:
Sobre
el Vino ---------------------------------------------600.
Sobre
el Aguardiente ------------------------------------325.
Sobre
el Vinagre ------------------------------------------37.50.
Sobre
el aceite Oliva ------------------------------------750.
Sobre
Javón blando --------------------------------------75.
Sobre
Carnes y Tocino ---------------------------------912.50
2750.
De
modo que resulta una diferencia de más de mil ciento setenta y dos Reales y
ocho Céntimos que podrán servir para pago de lo que la Corporación adeuda a los
propietarios de la Junta de propios vendida y que indevidamente se les cobró su
renta el año pasado de mil ochocientos sesenta y uno ó bien para cubrir la
parte que faltará en el producto de propios por haberse graduado mal en el
presupuesto ordinario últimamente formado sin tener en cuenta el menor ingreso
de la suerte vendida como debía haberse rebajado la parte proporcional á cada
uno, por lo que se dio por terminada la sesión acordándose á la vez dichos SS.
se remita duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador á los fines prevenidos y
lo firman los SS. concurrentes que saben hacerlo de que Certifico =
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Francisco Martínez. José Calero
Martínez. Dice:
La X es del Regidor Francisco Fernández.
Felipe Martínez. Bonoso de
Lara. Hipólito Martínez. Bartolomé Catalán.
P.
A. D. A. C. Francisco Cárdena y Arcediano Secretario
A
continuación viene el texto:
Nota:
y
Careciendo
de asuntos de que ocuparse no hubo sesión lo que se estampa por diligencia que
firmo en la Higuera cerca de Arjona á veinte y dos de Mayo de mil ochocientos
Sesenta y dos=
Francisco
Cárdena y Arcediano.
ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE FECHA 30 DE MAYO
DE 1862.
En
esta acta aparece por primera vez el nombre de la Higuera sólo como nombre de
nuestro pueblo.
El
orden del día de la reunión tiene como único punto el nombramiento, del
recientemente nombrado secretario como cirujano. El Alcalde manifestó la
necesidad que había de establecer en esta Villa una plaza de Facultativo
Titular para la asistencia en sus dolencias a los pobres de Solemnidad, quintas
y reconocimiento de Causas Criminales, con la dotación que se le asignase por
un servicio tan necesario, y de todo suyo humanitario según se halla prevenido
por diferentes Reales Órdenes vigentes. En su virtud discutido detenidamente el
particular, y convencidos de la necesidad de que se establezca el Titular que
se expresa anteriormente, y para el desempeño de ella acordaron nombrar al
Cirujano D. Francisco Cárdena y Arcediano, persona acreditada en los puntos donde ha
ejercido por espacio de diez y seis años, con la dotación anual de dos mil
quinientos reales pagados por trimestres del presupuesto municipal donde se
fijará la mencionada cantidad, debiendo principiar el contrato desde primeros
de Julio próximo venidero, con la condición de asistir a todos los pobres de
solemnidad, reconocimiento de quintas y Causas criminales, como igualmente a todos
los vecinos que lo necesiten por la retribución que entre ellos estipulen, y
estando presente el D. Francisco Cárdena y Arcediano acepta el nombramiento y
quedó en su más escueto cumplimiento.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera a treinta de Mayo de
mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma en el local de costumbre bajo la presidencia de D.
José Barragán Alcalde y de un número igual de mayores contribuyentes con objeto
de celebrar sesión estraordinaria por lo que dicho Sr. manifestó la necesidad
que había de establecer en esta Villa una plaza de Facultativo Titular para la
asistencia en sus dolencias á los pobres de Solemnidad, quintas y
reconocimiento de Causas Criminales con la dotación que se le asigne por un
servicio tan necesario y de todo suyo humanitario según se halla prevenido por
diferentes Reales Órdenes vigentes. En su virtud discutido detenidamente el
particular y convencidos de la necesidad de que se establezca el Titular que se
espresa anteriormente y para el desempeño de ella acordaron nombrar al Cirujano
D. Francisco Cárdena y Arcediano y persona acreditada en los puntos donde ha
ejercido por espacio de diez y seis años con la dotación anual de dos mil quinientos
reales pagados por trimestres del presupuesto municipal donde se fijará la
mencionada cantidad, debiendo principiar el contrato desde primeros de Julio
próximo venidero con la condición de asistir a todos los pobres de solemnidad
reconocimiento de quintas y Causas criminales como igualmente á todos los
vecinos que lo necesiten por la retribución que entre ellos estipulen y estando
presente el D. Francisco Cárdena y Arcediano acepta el nombramiento y quedó en
su más escueto cumplimiento. Así lo acordaron y firman referidos SS. de que yo
el Secretario interino Certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. José Calero Martínez. Bonoso de Lara. Francisco Martínez.
Francisco
Cárdena y Arcediano Secretario.
ACTA
DE LA UNDÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE
FECHA 30 DE JUNIO DE 1862.
En
esa reunión se trata de dar respuesta a la circular del Gobernador Civil, en la
que se previene se observen puntualmente los preceptos de la ley, no sólo en
los trámites de la formación de las listas para la elección de los individuos
de Ayuntamiento, sino en las partes que
deben darse al expresado Gobernador de quedar hecha las operaciones que se
marcan en el Capítulo 1º de la ley de 8 de Enero de 1845, a cuya disposición y
demás que se insertan en dicho reglamento sobre el particular, se dio lectura
por su mandato e instruidos del contenido del contenido de la misma acordaron
por unanimidad dar el debido cumplimiento a cuanto en ella se previene,
nombrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º para la formación
de dichas listas a los Concejales D. José Calero Martínez y D. Francisco Martínez y como mayores Contribuyentes a D.
Felipe Martínez y D. Hipólito Martínez y
suplente al Concejal D. Francisco Fernández y mayor Contribuyente a D. Juan
Ramón Barragán para que asociados al Sr. Alcalde formen las listas de electores
y elegibles, a quienes se les hará saber este nombramiento, a fin de que con
presencia de cuantos datos se requieran, proceder a la formación de las
expresadas listas para su exposición al público en los días que determina el
artículo 13 de la ley, tomando por base los 77 electores que en la ya citada
circular se fijan a esta Villa, quedando así cumplimentada la primera diligencia
que sobre este asunto se ordena.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera de Arjona á treinta de Junio de mil ochocientos
sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de
la misma en su Sala Capitular bajo la presidencia de D. José Barragán Alcalde
Constitucional de ella por cuyo Sor. se declaró abierta la Sesión y dando
cuenta de una Circular del Sr. Gobernador Civil fecha seis del actual inserto
en el Boletín oficial del lunes nueve del mismo en la que se previene se observen
puntualmente los preceptos de la ley no sólo en los trámites de la formación de
las listas para la elección de los individuos de Ayuntamiento, sino en las partes que deben darse al espresado
Governador de quedar hecha las operaciones que se marcan en el Capítulo 1º de
la ley de 8 de Enero de 1845 á cuya disposición y demás que se insertan en
dicho reglamento sobre el particular se dio lectura por su mandato e instruidos
del contenido del contenido de la misma acordaron por unanimidad dar el debido cumplimiento
a cuanto en ella se previene, nombrando de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3º para la formación de dichas listas á los Concejales D. José Calero
Martínez y D. Francisco Martínez y como mayores Contribuyentes a D. Felipe Martínez
y D. Hipólito Martínez y suplente al
Concejal D. Francisco Fernández y mayor Contribuyente a D. Juan Ramón Barragán
para que asociados al Sr. Alcalde formen las listas de electores y elegibles a
quienes se les hará saber este nombramiento á fin de que con presencia de
cuantos datos se requieran proceder á la formación de las espresadas listas
para su esposición al público en los días que determina el artículo 13 de la
ley tomando por base los 77 electores que en la ya citada circular se fijan á
esta Villa, quedando así cumplimentada la primera diligencia que sobre este
asunto se ordena. Todo así lo acordaron dichos Señores que firman los que saben
hacerlo conmigo el Srio. Interino de que Certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. José Calero Martínez. Francisco Martínez. Dice: Señal X del Regidor Francisco
Fernández. Dice: Señal
X del Regidor Manuel Pérez Molina.
P.
A. D. A. C. Francisco Cardeña y
Arcediano.
ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE
FECHA 16 DE JULIO DE 1862.
Es
la duodécima reunión del año de este Ayuntamiento.
Una
vez más esta sesión extraordinaria tiene por objeto concretar aspectos
relacionados con los presupuestos, que se preparan para el año próximo de 1863.
Por ello el Alcalde hizo saber el déficit que resulta en el presupuesto
municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y tres, el cual
consiste en diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales con cincuenta céntimos.
En su vista y discutido suficientemente el particular se acordó proponer los
recargos ordinarios siguientes:
Diez
por ciento sobre la Contribución Territorial ---------5159.
Quince
por ciento sobre la de Subsidio -----------------------132.
Cincuenta
por ciento sobre los ramos de Consumo -------5500.
Total-10.791.
De
modo que resulta una diferencia de menos para cubrir los gastos del presupuesto
Municipal de dicho año de siete mil setecientos treinta y ocho reales cincuenta
céntimos, que podrá nivelarse con un recargo extraordinario sobre el bien a la
Contribución Inmueble o Territorial, para cuyo fin se formará por separado la
propuesta correspondiente, por lo que se dio por concluida la Sesión, acordando
entre dichos Señores se remita por duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador
Civil de esta Provincia para su superior aprobación.
“Sesión
extraordinaria de 16 de Julio…
En
la Villa de la Higuera de Arjona á diez y seis de Julio de mil
ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma con mi asistencia y como mayores Contribuyentes D. Felipe
Martínez, D. Felipe Martínez Cortes, D. Bonoso de Lara, D. Juan Ramón Barragán,
D. Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro, D. Bartolomé Catalán, D. Francisco Garrido Cubillas, y D.
Domingo Sebastián Fuentes con objeto de celebrar se sesión extraordinaria la
que abierta por el Sr. Presidente se hizo saber el déficit que resulta en el
presupuesto municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y
tres, el cual consiste en diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales
Cincuenta Céntimos. En su vista y discutido suficientemente el particular se
acordó proponer los recargos ordinarios siguientes=
Diez
por ciento sobre la Contribución Territorial ---------5159.
Quince
por ciento sobre la de Subsidio -----------------------132.
Cincuenta
por ciento sobre los ramos de Consumo ----------5500.
Total----------------10.791.
De
modo que resulta una diferencia de menos para cubrir los gastos del presupuesto
Municipal de dicho año de siete mil setecientos treinta y ocho reales cincuenta
Céntimos que podrá nivelarse con un recargo extraordinario sobre el bien á la
Contribución Inmueble ó Territorial para cuyo fin se formará por separado la
propuesta correspondiente, por lo que se dio por concluida la Sesión acordando
entre dichos SS. se remita por duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador Civil
de esta Provincia para su superior aprobación y firman todos los concurrentes
que saben hacerlo de que certifico =
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Francisco Martínez. José Calero Navarro. José Calero Martínez. Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández. Felipe Martínez. Bonoso de Lara. Bartolomé Catalán. Hipólito Martínez.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 16 DE JULIO DE 1862.
Otra
sesión extraordinaria se celebró este día con el tema de los presupuestos. En
ella el Alcalde manifestó la necesidad que había de proponer un recargo
extraordinario sobre la Contribución Territorial, para cubrir el déficit de
diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales cincuenta céntimos, que
resultaba en el presupuesto Municipal del año próximo venidero de mil
ochocientos sesenta y tres, por no ser suficiente los ordinarios, ya propuestos,
que importan diez mil setecientos noventa y un reales, por lo que resulta una
falta de siete mil setecientos treinta y ocho reales, y discutido
suficientemente el particular, dichos señores acordaron proponer un recargo
extraordinario de quince por ciento sobre el bien a la Contribución Territorial
del año inmediato, y con ello quedarían cubiertas del todo las obligaciones de
mencionado presupuesto de mil ochocientos sesenta y tres.
“Otra
del mismo día 16 de Julio…
En
la Villa de la Higuera cerca de Arjona a diez y seis de Julio de mil
ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma con mi asistencia en el local acostumbrado y como
mayores Contribuyentes D. Felipe Martínez, D. Felipe Martínez Cortes, D. Bonoso
de Lara, D. Juan Ramón Barragán, D. Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro,
D. Bartolomé Catalán, D. Francisco Garrido Cubillas y D. Domingo Sebastián
Fuentes con objeto de celebrar sesión extraordinaria la que fue abierta por el
Sr. Presidente se manifestó la necesidad que había de proponer un recargo
extraordinario sobre la Contribución Territorial para cubrir el déficit de diez
y ocho mil quinientos veinte y nueve reales cincuenta céntimos que resulta en
el presupuesto Municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y
tres por no ser suficiente los ordinarios ya propuestos que importan diez mil
setecientos noventa y un reales por lo que resulta una falta de siete mil
setecientos treinta y ocho reales y discutido suficientemente el particular
dichos SS. acordaron proponer un recargo extraordinario de quince por ciento
sobre el bien á la Contribución Territorial del año inmediato y con ello
quedaran cubierta de un todo las obligaciones de mencionado presupuesto de mil
ochocientos sesenta y tres, acordando á la vez los espresados SS. se remita por
duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador Civil de esta Provincia para su
aprobación y demás efectos consiguientes con lo que se dio por terminado el
acto que firman los SS. concurrentes que saben de que Certifico=
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. Francisco Martínez. José Calero Navarro. José Calero Martínez. Dice: Señal X del Regidor Francisco
Fernández. Hipólito Martínez. Bonoso de Lara. Bartolomé Catalán. Felipe Martínez.
P.
A. D. A. C. Francisco Cardeña y
Arcediano.
ACTA DE LA DUODÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 20 DE JULIO DE 1862.
En
esta reunión el Alcalde D. José Barragán manifestó la necesidad que había de
nombrar un agente en la Capital para que evacue con prontitud cuantos negocios
puedan ocurrirle a la Municipalidad a virtud a no haber ninguna persona
designada. En su consecuencia la expresada Corporación acordó, nombrar a D.
José Moreno para agente suyo por ser sujeto de probidad y de toda la
satisfacción de la misma con la asignación anual de trescientos reales, de cuya
medida se le expedirá el oportuno nombramiento.
“Acuerdo…
En
la Villa de Higuera de Arjona á veinte de Julio de mil ochocientos
sesenta y dos, reunido en sesión los SS. que componen el Ayuntamiento de la
misma, bajo la presidencia de su Alcalde D. José Barragán con mí asistencia,
por dicho Sr. se manifestó la necesidad que había de nombrar un ajente en la
Capital para que evacue con prontitud cuantos negocios puedan ocurrirle á la
Municipalidad a virtud á no haber ninguna persona designada. En su consecuencia
la espresada Corporación acordó, nombrar á D. José Moreno para ajente suyo por
ser sujeto de probidad y de toda la satisfacción de la misma con la asignación
anual de trescientos reales, de cuya medida se le espedirá el oportuno
nombramiento. Así lo acordaron referidos SS. que firmarán y señalarán como
acostumbran de que el Srio. Certifico=
Aparecen
las firmas de los señores siguientes:
José
Barragán. José Calero Martínez. Francisco Martínez. Dice: Señal X del Regidor Francisco
Fernández.
P.
A. D. A. C. Francisco Cardeña y
Arcediano.
ACTA
DE LA DÉCIMOTERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE
ARJONA DE FECHA 27 DE JULIO DE 1862.
En
esta reunión el Alcalde D. José Barragán dio cuenta de haberse terminado los
presupuestos ordinarios de gasto e ingresado para el año próximo de mil
ochocientos sesenta y tres, los cuales ya fueran votados y aprobados por la
misma. En su virtud la Municipalidad acordó se remitiesen al Sr. Gobernador de
la Provincia para su aprobación.
“Acuerdo…
En
la Villa de la Higuera de Arjona a veinte y siete de Julio de mil
ochocientos sesenta y tres reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento
Constitucional de la misma en el local de costumbre bajo la presidencia del Sr.
Alcalde D. José Barragán con mí asistencia por dicho Sr. se dio cuenta de
haberse terminado los presupuestos ordinarios de gasto e ingresado para el año
próximo de mil ochocientos sesenta y tres los cuales ya fueran votados y
aprobados por la misma. En su virtud la Municipalidad acordó se remitiesen al
Sr. Gobernador de la Provincia para su aprobación. Así lo acordaron y firman
referidos SS. señalando los que saben de que yo el Srio. Certifico=”
Aparecen
las firmas de los siguientes señores:
José
Barragán. José Calero Martínez. Francisco Martínez. Dice: Señal X del Regidor Francisco
Fernández.
P.
A. D. A. C. Francisco Cardeña y
Arcediano.
A
continuación vienen reflejadas las siguientes notas:
Nota…
y
Careciendo
de asuntos de que ocuparse no hubo sesión hoy tres de Agosto de mil ochocientos
Sesenta y dos de que certifico=
Francisco
Cardeña y Arcediano.
Otra…
y
Se anota de no haber asuntos de que ocuparse y
por consiguiente no hubo sesión hoy diez de Agosto de mil ochocientos sesenta y
dos de que Certifico=
Francisco Cardeña y Arcediano.
Granada 19
de octubre de 2019.
Pedro
Galán Galán
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2 comentarios:
Me has fusilado el artículo de la revuelta de Utrera, lo que me parece bien, pero deberías haberme puesto en la bibliografía, ¿no?
Atentamente, José Andrés Otero.
José Andrés, disculpa, ha sido un lapsus, se maneja tanta bibliografía que por ello ocurren estas circunstancias de hechos. Me encantó tu trabajo y por ello te felicito, colega. Ya podrás comprobar que quedas citado en la bibliografía con la siguiente referencia a tu publicación:
Otero Campos, José Andrés: La revuelta de Utrera de 1857: Los sucesos de Arahal y Utrera, en Andalucía en su historia. Sevilla: Centro de Estudios Andaluces. Año XIII, número 47 (enero-marzo, 2015), páginas 60-64.
Muy agradecido por tu comentario, así he saldado mi omisión, ¡¡¡ Gracias!!!
Cordiales saludos.
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