PROLOGO

Se pretende que sea éste un espacio dedicado a entretener y deleitar (... a través de la fotografía fundamentalmente) ... a dar a conocer (...o traer al recuerdo) ciertos monumentos o espacios situados en el término o cercanías de Lahiguera. ...a llamar la atención por el estado de abandono y deterioro de muchos de ellos, ...y si llegara el caso, a remover la conciencia de todos los que somos "herederos" de tales monumentos y espacios, y que con nuestra aportación ayudásemos a la conservación de los mismos.

sábado, 19 de octubre de 2019

EL AÑO 1862 EN LA HIGUERA CERCA DE ARJONA VISTO A TRAVÉS DE LAS ACTAS DEL AYUNTAMIENTO.


LAS SUBLEVACIONES DE UTRERA Y ARAHAL, Y LAS DE LOJA E IZNÁJAR CON RAFAEL PÉREZ DEL ÁLAMO.
Aunque en las actas de este año 1862 parece que la vida municipal de Lahiguera trascurre con toda normalidad, y con cierta actividad política a la vista de las numerosas actas de este año, que se guardan en el archivo del Ayuntamiento, no era un fiel reflejo de la realidad dado que desde el año 1857 tuvieron lugar los sucesos de Utrera y El Arahal. En este año de 1857 se produjeron los primeros movimientos campesinos de protesta, rápidamente sofocados por las fuerzas de seguridad, de los que a continuación explicaremos su formación y evolución, y posteriormente en el año 1861 tuvieron lugar rebeliones campesinas en Loja, Iznajar , Archidona y otras localidades andaluzas
Por esta causa dada la extensión que requieren tales asuntos, dividiremos las actas de este año 1862 en dos partes. En la primera explicaremos ambas rebeliones junto al estudio de la mitad de las actas, y en una segunda parte continuaremos con la acta que refiere la visita de la Reina Isabel II a Andújar, con ocasión de la visita real que la reina Isabel y la familia Real con dos de sus hijos realizaron por toda Andalucía (excepto Huelva por enfermedad de la Reina) en este año de 1862, una visita que fue motivada y programada por el Gobierno para serenar los ánimos de una Andalucía que estaba convulsionada con las rebeliones campesinas ya aludidas.
Concretamente la rebelión estuvo cerca de nosotros, como ecos de las rebeliones campesinas en Loja, Iznajar o Archidona, se produjeron los sucesos de Andújar y La Carolina, donde unos 60 hombres quemaron el correo en la noche del 24 de Junio de 1861.
Transcurrían los agitados años finales del reinado de Isabel II, en donde los rescoldos de las revoluciones liberales que se habían extendido por toda Europa, llegaban a España,  con un tinte político y social. Ya en 1854,  tuvo lugar en España la primera revolución de carácter social, en donde las masas populares se levantaron y armaron barricadas, instigadas por agitadores republicanos, progresistas o demócratas, contrarios al régimen liberal instaurado en el reinado de Isabel II, que los había condenado al apartamiento impuesto de estos políticos de la vida pública. A ella le siguieron los sucesos de las revueltas campesinas de la cuenca del Duero, durante los veranos de 1855 y 1856, en donde se quemaron incluso las mieses, causando graves pérdidas.
En 1857 tuvieron lugar los sucesos de Utrera y El Arahal; en este año se produjeron los primeros movimientos campesinos de protesta, y cuatro años después de produjo la sublevación campesina de Loja, también llamada la “Revolución del pan y el queso”, que tuvo lugar el 28 de junio de 1861 durante el reinado de Isabel II de España cuando un numeroso grupo de jornaleros, encabezados por el veterinario Rafael Pérez del Álamo y al grito de “¡Viva la República y muera la Reina!” asaltaron el cuartel de la Guardia Civil de Iznájar, como consecuencia de las pésimas condiciones de trabajo, y ante la frustración por no poder acceder en sus poblaciones a los beneficios de la desamortización. El levantamiento tuvo su epicentro en Loja y se extendió a otros pueblos cercanos como Iznájar o Archidona.
En general la sublevación tiene sus orígenes en las condiciones penosas del campesinado andaluz, una situación arrastrada durante siglos, y acrecentada por la materialización de una ley impulsada por Godoy en el siglo XVIII, y que no terminaría de aplicarse hasta el primer cuarto de nuestro siglo XX. Es el llamado proceso de desamortización, impulsado por los liberales durante el gobierno de Isabel II, que consistía en poner en valor productivo, los bienes y tierras no productivas, que estaban en manos de dueños que no las explotaban, como órdenes religiosas y la nobleza. Terrenos de los que se beneficiaban los campesinos a través de acuerdos de arriendos para los cultivos, compartiendo los beneficios.
Esta ley de desamortización intentaba crear una clase media de labradores que no fueran solo jornaleros, sino también propietarios de las tierras que trabajaban. Para ello fueron puestas a subasta pública no solamente terrenos con éstas características, sino también lamentablemente los terrenos o espacios comunales de los ayuntamientos. Además debido a éstas transacciones el erario público obtenía unos ingresos de los que estaba muy necesitado, con los que pretendía amortizar los títulos de deuda pública del estado, de ahí el nombre de desamortización.

Aunque estas medidas dieron algunos frutos, sobre todo al Estado recaudador, que se embolsó una ingesta cantidad de millones de reales, sin embargo entre la población algunas desigualdades no hicieron sino acrecentarse entre los que vivían del campo. Los latifundios fueron adquiridos por señores propietarios, a veces ajenos al sistema productivo agrario, y por tanto el latifundio salió reforzado, porque las parcelas más pequeñas no interesaban sino a los pequeños jornaleros, que de paso carecían de recursos para adquirirlas. Muchos ganaderos y pequeños campesinos se vieron también afectados, porque se pusieron a la venta terrenos comunales de los municipios, quedando muchos recursos de pasto y leña también en manos privadas.

Los virulentos sucesos acaecidos en la villa del Arahal, la noche del treinta de junio del año de 1857, son fruto de una corriente revolucionaria, que por aquel entonces comenzaba a despertar en España. En el año 1857 comienzan las primeras protestas de los campesinos en Utrera y El Arahal, en la provincia de Sevilla, debido a las malas condiciones de vida de los campesinos, que demandan un reparto justo de las tierras, y cuyas expectativas con la ley de la desamortización se estaban frustrando, por no poder acceder a ellas.
En el año 1857 comienzan las primeras protestas de los campesinos en Utrera y El Arahal, en la provincia de Sevilla, debido a las malas condiciones de vida de los campesinos.

En el verano de 1857 se produjo en la Campiña sevillana una revuelta insólita. Una revuelta que podemos catalogar como una masa de campesinos mal dirigidos por unos lideres con falta de experiencia previa de los revolucionarios, que determinase el grado de ingenuidad con que se desarrolló la revuelta, con unos inconsistentes planes de organización del  levantamiento nacional, reclutamiento de insurrectos en el centro de Sevilla a plena luz del día, la anécdota de unos presos que defendían a los guardias civiles que los custodian en un traslado, o espectadores que se aproximaron tanto a los reos en las ejecuciones que acabaron fusilados por accidente. Estos elementos, y la escalofriante cifra de cien ejecutados, conforman uno de los episodios más sorprendentes y desconocidos de la historia contemporánea andaluza (1).

En este singular levantamiento acaecido en el verano de 1857 en la Campiña sevillana, con foco en la localidad sevillana de Utrera, convergieron distintas motivaciones y causas, pues mientras sus líderes pretendían instaurar un sistema republicano y derribar el gobierno conservador, el proletariado rural, auténtico protagonista del mismo, manifestó de forma violenta y espontánea su rechazo a la desamortización y a la pauperización de su permanente estatus económico.

La presión por la tierra aumentó durante el siglo XIX, aunque ya Olavide confirmó en su famoso informe el alto valor de la misma, lo que era revelador de su escasez. En la década de 1760, promovidos por Pablo de Olavide, se efectúan los primeros repartos de tierras comunales en Andalucía entre vecinos de extracto humilde. En Utrera, las dehesas municipales de Palmar Gordo, La Alcaparrosa y Cerro de las Palmas fueron divididas en suertes de tres o cuatro fanegas de superficie; pero esta distribución no funcionó porque sus nuevos propietarios fueron incapaces de sostenerlas. El campesino carecía, por lo general, de animales que aportasen fuerza tractora para sus cultivos; además, las suertes eran demasiado pequeñas, y estaban demasiado alejadas de la población para ser rentables. El resultado fue que, a lo largo del primer tercio del siglo XIX, progresivamente estos propietarios fueron desprendiéndose de sus lotes mediante ventas, retroventas o préstamos impagados para su adquisición, hasta el punto que acabaron en manos de grandes propietarios, quienes las unificaron en un nuevo latifundio. Un ejemplo de lo dicho es que en 1770, registraban 93 cortijos en Utrera, y un informe gubernamental del año 1845 elevaba el número de cortijos en Utrera a 105.

Tanto en la desamortización de Mendizábal como en la de Madoz, la provincia de Sevilla ocupó el primer puesto en volumen de tierras subastadas y vendidas de toda España. Entre 1836 y 1895 se vendieron 22.324 fincas, lo que supuso al Estado unos ingresos de 958 millones de reales.
El campesino permaneció ajeno a este cambio de manos de la propiedad de las tierras. De las familias andaluzas que poseían tierras, un 82,9% era propietaria de menos de diez hectáreas, o lo que es lo mismo: había millón y medio de personas que vivían en el campo andaluz en situación de insuficiencia. La eliminación de los mayorazgos en cuanto a las propiedades del campo, el régimen señorial y la limitación de acceso a los bienes comunales provocó un empobrecimiento acentuado de los trabajadores del campo.
Plaza de los Duques de Osuna, año 1856. Foto de Charles Clifford.
Con la abolición de los mayorazgos en el siglo XIX y las citadas desamortizaciones, buena parte del patrimonio eclesiástico en su mayoría, y en menor medida el patrimonio nobiliario pasó a una nueva y pujante burguesía rural. Se dibujaba así un nuevo panorama, en el que los propietarios de los latifundios comenzaban a residir en el propio término, circunstancia muy propicia para el surgimiento del caciquismo en las poblaciones con grandes latifundios, con ello se revisaron las rentas, y se desechó el tenue carácter hasta paternalista, que hasta esos años y decenios había regido la relación entre el arrendador y  arrendatario, especialmente en las tierras propiedad del clero, aunque menos en la nobleza. De igual modo, desaparecieron muchas instituciones de beneficencia y educativas, y numerosas tierras  de patronatos, que se arrendaban a bajos precios, también quedaron bajo el poder de esa nueva burguesía agraria. Con la concentración de la propiedad surge un nuevo proletariado rural que, en zonas netamente agrarias como Utrera y otras poblaciones sevillanas y andaluzas, experimenta un evidente empobrecimiento de sus condiciones socioeconómicas.
Las faenas agrícolas se concentraban durante determinadas épocas estacionales, las cosechas de trigo y de aceituna esencialmente, congregándose en las grandes propiedades agrícolas un elevado número de braceros. Ese estrecho contacto de los braceros puede servirnos para explicar la rápida toma de conciencia de su propia situación como colectivo laboral, y su papel fundamental como fuerza de trabajo de estos campos. La crisis de subsistencia de 1856-1857 y los primeros efectos de la desamortización llevaron a un mayor deterioro de la condición campesina en toda Andalucía.
En 1855 y 1856 fueron unas terribles sequías las que arruinaron las sementeras. Un gran estudioso de este tema, el famoso historiador Sánchez Albornoz, dice que en el otoño de este último año se perdieron las cosechas de aceitunas del Sur de España (2).
Por ello subió el precio de la arroba de aceite, pero más subió el del trigo. El costo del pan se triplicó entre 1855 y 1857, y las leguminosas multiplicaron su valor hasta once veces en esas fechas. En Sevilla, Antonio Miguel Bernal estudió la subida del precio de la fanega de trigo, que ascendió desde los 46 reales en 1855, pasando por los 76 reales en 1856, y llegando a alcanzar los 103 en 1857 (3).
Los historiadores citados profundizan en señalar que no solo el factor climático fue el causante de este encarecimiento, sino el contexto internacional de la Guerra de Crimea, que desde 1854 disparó la especulación por el temor al cierre de los puertos rusos en dicho conflicto. En años sucesivos, para compensar la disminución de las importaciones del grano  ucraniano, los ingleses compraron una gran cantidad de trigo español, lo que contribuyó a la  escasez que se fue extendiendo y tuvo su punto culminante en 1857. Se produjo una falta de previsión de trigo por los gobiernos liberales, que  prohibieron demasiado tarde la exportación de nuestro grano, cuando la carestía era ya era ya irreversible y devastadora. Eso sí, como siempre sirvió para enriquecer a unos pocos, que especularon con el hambre ajena.
Ayuntamiento de El Arahal en los años de 1920.
A estas circunstancias se unieron las tradicionales deficiencias de la economía española, con el atraso en los métodos de explotación agrícolas y en el transporte y comercialización de los excedentes de las producciones agrícolas. Así es que paradójicamente, en el siglo de la Revolución Industrial se producían en la España liberal crisis idénticas a las del Antiguo Régimen, pues la agricultura seguía teniendo una elevadísima dependencia de las condiciones atmosféricas, con unos ciclos de sequía que se repiten con cierta periodicidad.    

Ello ocasionó también, como secuela sanitaria, el brote de una epidemia de cólera que sufrió la población en esos años. Las medidas paternalistas para paliar la situación, aunque se tomaron por parte de los Ayuntamientos, la Iglesia o los mayores contribuyentes, no fueron suficientes para evitar las revueltas que produjeron.

En efecto, en Sevilla y sus alrededores debió agravarse la situación por las causas que hemos referido, cuando un centenar de artesanos, víctimas de la hambruna y la miseria, decidieron responder a la llamada de levantamiento que emitieron Sixto Cámara y otros republicanos, cuando salieron a fines de Junio de 1857 de la capital con dirección a Utrera. 
Sixto Cámara.

La desesperación llevaría a estos hombres, casi todos jóvenes, a la rebelión, para sacudirse el hambre, pidiendo la  bajada del precio del pan que les era inalcanzable. Quizás para ellos fuera bastante el hecho de recibir diez reales diarios al enrolarse en la partida revolucionaria, tal como nos informa el historiador del siglo XIX Pirala (4).

Estos diez reales era más del doble del salario medio de los braceros que trabajaban en los campos, que era de cuatro reales, según podemos ver en la citada obra de Bernal. 

Y debió de ser más fácil el reclutamiento en los pueblos de Utrera, Arahal y Paradas, donde engrosaron las filas notablemente los jornaleros, por las míseras condiciones de vida que sufrían. La comarca a la que pertenecían las poblaciones anteriores, la Campiña baja, era una zona de alto latifundismo, donde muchos campesinos malvivían sin acceso a la tierra. Además en Arahal, la Casa de Osuna acaparaba propiedades en el 62 % de su término, porcentaje solo superado por el pueblecito serrano de Zahara (en Cádiz) y muy por encima de otras grandes poblaciones como Osuna (53 %) o Morón (34 %).
Si  sería mísera la condición campesina que en 1855 un viajero romántico, Antoine de Latour, secretario del Duque de Montpensier, cuñado de Isabel II, tuvo que reconocer que “de todas estas riquezas quienes abren y siembran el surco con sus manos no recogen, cada tarde, más que una pieza de calderilla y el poco aceite, vinagre, pan y ajo de que se compone invariablemente el gazpacho, su alimento de todos los días” (5). Tal apreciación la realizó en visita al cortijo de Valcargado, en el término de Utrera, una de las poblaciones levantadas dos años después, en 1857.

El duque arrendaba las 37 grandes fincas de Arahal a muy pocos labradores, con lo que solo se beneficiaban unos cuantos y el resto estaba hambriento de tierras. Cinco años después de la sublevación, con motivo de la visita de Isabel II a Andalucía, se producirá por fin el reparto de algunos arrendamientos, con lo que se crearon 868 colonos de la Casa nobiliaria, con una media de 5 fanegas cada uno. Sin duda el duque pensó que era lo mejor para evitar otra revuelta.

En este punto y coyuntura social, entra en escena un nuevo figurante, que se convierte en ideólogo de la revuelta, un periodista y político llamado Sixto Cámara. Éste ideológicamente se declaraba republicano y fourierista convencido (Charles Fourier fue un francés teórico del socialismo utópico), aunque su programa pecaba de incoherencias de pensamiento, producto de su escasa formación intelectual. En 1848 ingresó como secretario en el Partido Progresista-Democrático, donde estableció vínculos con el círculo más progresista del mismo, formado por Emilio Castelar, José Ordax, Estanislao Figueras, Nicolás Rivero y Fernando Garrido.
 
La noticia de los sucesos de Arahal en el diario político sevillano El Porvenir de fecha 10 de julio de 1857.


Sixto Camara era un personaje de temperamento exaltado y conspirador habitual, sus escritos fueron a menudo censurados por su radicalidad: “La guillotina debía obrar siempre, y (…) la libertad necesita las cabezas de los traidores que corrompían el aire que se respiraba”, señala en Escenas contemporáneas. Otro contemporáneo lo calificaba así: “Sixto Cámara creyó siempre que la democracia debía imponerse a sangre y fuego, haciendo del patíbulo su Sinaí y del verdugo su sacerdote”. Sus detractores le acusaban de doble moral, pues “clamaba como un energúmeno y vivía como un sibarita”, algo que se sigue dando en algunos políticos ahora también.
Muchos de sus compañeros terminaron alejándose de Cámara durante el Bienio por su jacobinismo, aunque su lenguaje incendiario concitaba a no pocos adeptos seguidores. Encontró el vehículo perfecto para sus proclamas al ser nombrado director de “La Tribuna del Pueblo” y, a partir de 1855, de “La Soberanía Nacional”, periódico de corte radical propiedad de José María Orense.
Durante el Bienio Progresista (1854- 1856) intentó, junto con Ruiz Ponz y Becerra, organizar una disidencia republicana dentro de la Milicia Nacional, atacando a los propios progresistas. Fueron aplastados y Sixto Cámara huyó a Lisboa, donde, junto a otros agitadores exiliados, estableció un círculo que continuó conspirando, dando como resultado la revuelta de 1857, que ahora comentamos.
Desde la primavera de ese año, Cámara distribuyó en Sevilla, Zaragoza y Madrid una serie de panfletos en los que se exigía libertad religiosa y soberanía popular. A primeros de mayo de 1857 se interceptan en Sevilla proclamas de una Junta Revolucionaria firmadas por Sixto Cámara. A juzgar por los testimonios ofrecidos por los sublevados tras su captura, existía un plan consistente en levantamientos simultáneos en Sevilla y Málaga, que atraerían al ejército hacia el medio rural, dejando desprotegidas las capitales. En este momento, los sectores carbonarios, (sociedades secretas de 20 miembros cada una, que no se conocían entre ellas, pero todas estaban vinculadas a una dirección única) con un marcado carácter republicano y democrático,  asaltarían los centros de poder de las mismas, asegurando el triunfo revolucionario.
Los sublevados sevillanos debían integrarse en un ejército de 30.000 hombres en la sierra de Ronda, a cuya cabeza se colocaría el propio Cámara. A la vez, se cortarían las comunicaciones con Madrid en Despeñaperros, gracias a una milicia creada en Bailén y La Carolina (Jaén). Hay evidencias de que se pretendía un levantamiento nacional, con grupos preparados para la insurrección en Zaragoza, Barcelona, Madrid o Valencia, pero no llegó a materializarse.
Plaza de San Francisco de Sevilla en 1857. Foto de J. Laurent.
En Sevilla, el grupo republicano estuvo liderado por Manuel María Caro, antiguo coronel del batallón de Luchana; Gabriel Lallave, un estanquero utrerano de 79 años; Joaquín Serra, antiguo regidor de la ciudad durante la dictadura de Espartero; Cayetano Morales, artesano; el catedrático de francés Carlos Lomotte y un agente de negocios apellidado Maestre. Todos tenían en común su pasado en la Milicia Nacional, donde se habrían conocido.
El levantamiento de Despeñaperros fue instigado por Bernardo García, uno de los exiliados en Lisboa. Allí reclutó a un grupo de 60 individuos armados que interceptaron el correo que había salido de Sevilla el 23 de junio, quemándolo.
Un destacamento militar acabaría con el levantamiento en los primeros días de julio. Los sublevados debían proceder engañados, pues se sabe que preguntaban en las poblaciones por las que pasaban, si habían estallado otras sublevaciones semejantes en Madrid, Barcelona y Zaragoza, y se mostraban incrédulos cuando se les aseguraba que en toda España reinaba la mayor tranquilidad.
La ingenuidad define esta revuelta, pues la descoordinación de los distintos grupos, producto de su débil estructura organizativa, terminaría certificando su rápido fracaso. Convencidos de estar participando en un levantamiento generalizado a nivel nacional, los individuos de la partida salieron de Sevilla en la noche del 30 de junio de 1857. A una legua en el camino de Utrera les esperaban fusiles y dos carros con munición.
En su trayecto encontraron una cuerda de presos que se dirigía hacia Ceuta. Los insurrectos atacaron a los guardias civiles con la intención de atraerse a los prisioneros. Sin embargo, los siete presos solicitaron a los guardias que los desatasen y les proporcionasen armas para defenderse. Siguió un tiroteo de una hora y media, tras la cual los sublevados se retiraron. Posteriormente, Isabel II concedería el indulto a los prisioneros por su gesto.
A las dos de la madrugada la partida penetró en Utrera, sorprendiendo a la Guardia Civil, que tuvo que refugiarse en su cuartel y terminó rindiéndose, sin que hubiera heridos. Un número indeterminado de hombres se unió a los sevillanos, eran los  trabajadores del ferrocarril Sevilla-Jerez y braceros desempleados reclutados por su paisano Gabriel Lallave. Posteriormente asaltaron el ayuntamiento, del que sacaron el mobiliario y varias pilas de documentos y los quemaron.
Vista de Arahal.
Los gestos de sus cabecillas tenían mucho de retórico: proclamas por la libertad, la abolición de quintas y armamento del pueblo; en el salón de plenos apuñalaron el retrato de Isabel II. Saliendo a las afueras se encontraron con el alcalde, Francisco Pérez Surga, y los pocos hombres que éste había podido reclutar, produciéndose un nuevo intercambio de disparos sin víctimas. Los insurrectos se impusieron y exigieron un botín de 8.000 duros, reunidos mediante una derrama entre los principales contribuyentes.

Las autoridades sevillanas no tuvieron conocimiento del hecho hasta esa mañana del 1 de julio. A la una de la tarde enviaron dos columnas de caballería y una de infantería (120 hombres en total) en persecución de los facciosos. A las tres de la tarde el capitán general de Andalucía, Atanasio Aleson Cobos declaró Sevilla en estado de sitio. Durante la noche la ciudad estuvo vigilada por patrullas, puesto que se ignoraba la envergadura del levantamiento.
Postal de Utrera.

Los rebeldes abandonaron Utrera a la una de la tarde; la tropa que había salido de Sevilla iba al paso de la infantería y tardó siete horas en llegar a Utrera, donde se reforzaron con algunos carabineros y guardias rurales.

Por su parte, los insurrectos habían continuado hacia el vecino pueblo de Arahal, donde se desató una mayor violencia: incendiaron tres escribanías, los archivos del ducado de Osuna y el municipal, y la casa del cura, al que robaron 5.000 duros. De ahí pasaron a la vecina Paradas, uniéndose algunos braceros y menestrales.
Quema de documentos en Arahal.

El día 2 de julio de 1857, la alarma es general en la provincia de Sevilla. La partida de revolucionarios llega a Morón de la Frontera con el propósito de dejar allí constituido un ayuntamiento revolucionario, pero encontraron el pueblo alerta y con sus casas principales cerradas. Tras tres horas sin obtener botín, continuaron camino hacia la serranía por Pruna, sabiéndose ya perseguidos. Algunos de los que se agregaron en Utrera desertaron con la misma facilidad con la que se habían enrolado en la aventura y volvieron a sus casas.

El final, internados en la sierra, el 3 de julio penetraron en Benaoján, donde incendiaron varias casas. Caro y Lallave tenían instrucciones de reunirse en la sierra de Ronda con un ejército de republicanos que se habría levantado en Málaga, con 30.000 efectivos. Pero, desconcertados por la ausencia de noticias, estaban ya en franca retirada. En las afueras de Benaoján, las tropas gubernamentales les dieron caza. No hubo combate como tal; la infantería disparó apenas “cinco o seis tiros” y los rebeldes, presos del pánico y sin adiestramiento militar, huyeron en desbandada mientras que la caballería les alcanzaba matando a 20 hombres y capturando a otros 22. “El Diario de Palma” señala: “más bien que a tiros (…) fueron muertos a lanzazos, a golpes y hasta a trompetazos”. El resto se dispersó, y muchos de ellos intentando buscar refugio en Gibraltar, pero en poco tiempo serían atrapados. Al anochecer de 4 de julio, un grupo de 40 individuos que retornaba a Utrera es visto en Puerto Serrano, donde fueron atacados a pedradas por los vecinos.
Noticia del periódico La Época del 7 de julio de 1857, contando los derroteros de la columna rebelde, y como iban siendo apresados. En el texto se puede comprobar como Arahal fue un lugar más a su paso.

El jefe militar Manuel Caro fue apresado en un cortijo de Utrera. Posteriormente delataría a Sixto Cámara como organizador del levantamiento, lamentándose de haber “sido engañado como un niño”; Gabriel Lallave fue atrapado en el cortijo de La Higuera, también en el término de Utrera, vestido con el uniforme de la Milicia Nacional.
Noticia del periódico La Esperanza del 8 de julio de 1857, anunciando la captura y muerte de rebeldes en Benaojan, impidiéndoles su huída hacia Gibraltar.

El gobierno procedió con una dureza extrema. Narváez expresó en el Congreso que los prisioneros capturados, “fuese cual fuese su número, serían fusilados”. El día 9 de julio, el capitán general de Andalucía Atanasio Alesón fue sustituido por Manuel Lasala, que llevó a cabo una brutal represión con juicios sumarios. La opinión pública se mostró horrorizada por la contundencia de las condenas. La propia infanta María Luisa Fernanda y su esposo Don Antonio de Orleans, (Duque de Montpensier, hijo del rey de Francia y yerno de María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, reina de España, por su matrimonio con su hija María Luisa, hermana de Isabel II), y ambos residentes en Sevilla, firmaron la petición de indulto dirigida a su hermana, Isabel II. Para entonces, día 10 de julio ya se habían producido 53 ejecuciones. La reina se mostró favorable a conmutar las penas por otras menores, pero Manuel Lasala había adelantado las ejecuciones y el indulto no llegó hasta agosto, afectando solo a diez prisioneros.
Noticia el periódico La Época del 13 de julio de 1857, informando de la captura de los cabecillas del motín y su pronta ejecución.

Manuel Caro fue fusilado en Sevilla el día 8 de julio. Fue conducido junto con otros presos hasta el Prado de San Sebastián, donde aguardaba una multitud de curiosos. Dos de ellos se aproximaron tanto a los sentenciados que resultaron muertos: un anciano recibió dos tiros en la cabeza y un niño, encaramado en un árbol, fue atravesado por una bala disparada alta en el fusilamiento.

A las seis de la mañana del día 12, dos carros con doce presos procedentes de Sevilla fueron conducidos hasta Utrera. De ellos, ocho eran vecinos de Utrera, incluyendo a Gabriel Lallave; a las seis de la tarde fueron fusilados, excepto Francisco Piñol Galves, de 17 años, cuya pena fue conmutada en último momento atendiendo a su minoría de edad. Dos días después, 14 personas, entre ellas dos mujeres, fueron ajusticiadas en Arahal.
Noticia de las ejecuciones en el Arahal.

Respecto al levantamiento de Jaén, un tribunal de guerra dictó 41 sentencias: cinco individuos fueron fusilados; 26 fueron desterrados a Filipinas, y otros 10 fueron declarados inocentes.

La represión gubernamental fue muy criticada, fueron más de 100 ajusticiados, aunque ninguno de ellos lo fue por penas de sangre. Al respecto, el diario sevillano “El Porvenir” manifestaba el rechazo de la ciudadanía a la brutalidad de la represión: “¿Para qué más castigos? ¿Para qué más sangre? La que ya ha regado el suelo de Andalucía es más que suficiente para alcanzar el objeto que el gobierno se propone”.
Noticia de La época del 14 de julio de 1857, en la que se informa de detalles de los sucesos de junio, insinuándose posibles culpables de los incendios de Arahal y sus motivos.


Políticamente, se produjo cierto abandono de la causa socialista por la alarma suscitada por los disturbios de Castilla en 1856 y Utrera en 1857, ante el miedo a los atentados contra la propiedad privada y la anarquía; la llegada al poder de O’Donnell, con una política de mayor tolerancia, resultó asimismo determinante.
Noticia en el periódico La España del día 21 de julio de 1857 de los fusilamientos de Arahal producidos el 14 y 16 de julio. Se incluyen nombres y pueblos de ajusticiados.
La sublevación de 1857 fracasó porque, aunque se preparó como una conspiración política republicana (organizada con casi total seguridad por Sixto Cámara), al buscar apoyos en los pueblos de la comarca de la Campiña sevillana adquirió un contenido social que desvirtuó el proyecto original. Así, no estaban en los planes de los organizadores los saqueos de las casas de los vecinos más pudientes, ni los incendios de los archivos, con los que los campesinos buscaban un reparto de los latifundios, que en esta zona acaparaban casi la mitad de los términos municipales. Es posible que algunos de los demócratas implicados se echaran para atrás por miedo al carácter de subversión social que iba adquiriendo el movimiento.
Escena del Congreso de los Diputados en el siglo XIX. Pintura de Eugenio Lucas Velázquez.
Retomando el levantamiento de Loja de 1861, diremos que al parecer el movimiento fue gestado por una sociedad secreta de carácter liberal y republicano, con fuerte influencia del Partido Demócrata y seguido masivamente por el campesinado, ante la carestía de vida y la fuerte desigualdad social presente en el campo andaluz.
En Loja ejercía el oficio de albéitar, trabajo propio del mundo rural, semejante al del actual veterinario, pero enfocado hacia animales de ganadería y del campo, donde la actividad consistía en herrar los caballos (6).
No era un nacionalista andalucista a pesar de que siempre se ha admirado su rebelión como algo propio de Andalucía. Era, en cambio, un convencido patriota español, con matices progresistas, que veía con orgullo no tanto a los Reyes Católicos, sino a personas como Bartolomé de las Casas, y a España como la antigua Hesperia (7).
En la tensión política local, dominada por el caciquismo y el contexto que hemos descrito, le llevó a sufrir la represión y la necesidad de alzarse ante los abusos e injusticias, empujado por el campesinado que veía sus condiciones empeorando continuamente. Es así como su nombre aparece en toda España, ligado a la conocida popularmente como la “Revolución del Pan y del Queso” (8), que se inició entre Loja e Iznájar, y que fracasó posteriormente. Se le asoció a él y al movimiento como propio de socialismo, pero para entender esto hay que tener en cuenta las siguientes palabras de Fernando Garrido, que deja claro lo que entonces se entendía por “socialismo” entre los demócratas:
“La palabra socialismo se inventó para calificar las doctrinas de ciertos reformadores modernos, no porque sus sistemas tendiesen a modificar la sociedad, sino porque estaban basados en el principio de la asociación aplicado a los elementos libres de la sociedad… A estas escuelas se les ha llamado socialistas porque eran societarias, porque tenían por base el principio de Asociación” (9).
Rafael Pérez del Álamo, estudió veterinaria en Madrid, y estuvo casado con Regina Ortiz y del matrimonio tuvo cuatro hijos: Baldomero (Médico en Sevilla), Rafael y dos hijas, que serían María y Concepción.
Rafael Pérez del Álamo, cabeza del levantamiento.
Cuando hablamos del levantamiento de Loja, Rafael Pérez del Álamo, cabeza del levantamiento, nos recuerda que antes de la sublevación, murieron, a causa de los matones de los caciques, su propio hermano José y un hombre llamado Francisco Castillo (10), y que la amenaza permanente a todos los liberales del pueblo lojeño y antiguos miembros de la Milicia Nacional, les obligó a organizar una Sociedad Secreta en 1856, que tuvo un rotundo éxito y una notable afiliación.
Rafael Pérez del Álamo nos cuenta en sus Apuntes sobre dos revoluciones andaluzas que tal Sociedad Secreta tenía un presidente; así como un Consejo que elegía tal presidente, y tenía un propio secretario así como 3 comisiones: las de disciplina, armamento y economía; y ya el grueso de la organización estaba compuesta por secciones de 25 hombres, cada una con un tesorero, un citador, un cabo y un suplente (11).
La Sociedad Secreta estaba armada (12), y tenía distintos niveles de sanciones hacia sus miembros, que normalmente no daban lugar en el caso lojeño, pero contemplaba la posibilidad de responder ante los actos más graves y dañinos con el destierro y hasta de cosas que Pérez del Álamo no se atreve a concretar, dejando a la duda de si eran palizas o hasta la ejecución de sus miembros. Aunque nunca se dio un caso de lo último, limitándose tan solo a amonestaciones del primer tipo que cita Pérez del Álamo, esto es, amonestaciones verbales (13).
El duro trabajo de los segadores.
Los abusos de que eran objeto la población lojeña por parte de los caciques hizo que tal sociedad creciera (14), y tras varias elecciones donde ganaron los demócratas frente a los monárquicos (15), los ánimos se incendiaron cuando los de Narváez intentaron anular las elecciones (tras repetirlas, con el resultado de la victoria liberal) y posteriormente organizar, por medio de influencias, una serie de detenciones arbitrarias que pondrían en evidencia el armamento de la Sociedad Secreta, pero no el de los caciques que se habían pasado años amenazándolos. Otro detalle sumamente importante para comprender su actuación en Loja radica en la enconada enemistad que profesó a la familia Narváez, que era del mismo pueblo, antipatía que debió de ser mutua, ya que existió una verdadera persecución o ajuste de cuentas entre ellos, al socaire de los cambios políticos que favorecían unas veces a republicanos y liberales y otras a los monárquicos y moderados. Esta enemistad se hizo patente, sobre todo, entre Rafael Pérez del Álamo y Carlos Marfori, sobrino de Narváez, que llegó a ser gobernador civil de Madrid e Intendente de Palacio, gozando de una gran influencia con Isabel II. Se sabe también, que el veterinario se opuso a que Narváez derribara las casas contiguas de sus vecinos, para construir en la suya un palacio (16).
General Ramón María Narváez y Campos, conocido como el espadón de Loja. Foto de Disdéri

Es posible que el odio que Narváez profesaba al díscolo veterinario de su pueblo influyera en algunas disposiciones que perjudicaron a la profesión, como fue el Real Decreto del 5 de noviembre de 1864, firmado por Narváez, por el que los servicios de cría caballar pasaban al Departamento de Guerra, del que ha sido después prácticamente imposible desligarlos. De la lectura de su obra se desprende que  Rafael Pérez del Álamo no era un hombre inculto, ya que su libro está bien escrito y demuestra conocer con detalle los movimientos políticos de su época y las sublevaciones de aquel momento. En su obra aparecen frases en latín y menciona a Ovidio, Cervantes, Lutero, Cronwell, Madame Stael, etc. Está probado que mantuvo correspondencia con Pérez Galdós y con Castelar, y que conoció a algunos de los personajes revolucionarios más destacados en la España de su tiempo.

Todo comenzó a raíz de un inocente folleto, defensor del sistema vigente, que con su título llevó a confusión, Rafael Pérez del Álamo y otras personas fueron detenidas e interrogadas. El folleto estuvo escrito por Eugenio García Ruiz y se titulaba “La Democracia, el Socialismo y el Comunismo, según la Filosofía y la Historia”, que era anticomunista y prodemócrata, pero no fue leído con atención por las autoridades y se creyó que era un folleto comunista (17). 

Fueron absueltos tras la aclaración, dada por parte de algunos periódicos importantes, que sí conocían el folleto y lo defendían.

Más tarde el Gobierno dio orden de registro domiciliario para encontrar armas y municiones en determinados domicilios, y no en los de los caciques locales. Obviamente, la Sociedad Secreta estaba armada, por lo que la tensión creció en Loja (18).
Vista de Puerta Real en Granada, muy cerca de la calle San Antón, a la derecha el "Suizo" y a la izquierda el edificio del hotel que aun perdura.

El Consejo de la Sociedad Secreta se reunió en Granada, en la calle San Antón, con 40 delegados de las provincias de Granada, Jaén y Málaga. Allí se dispuso no levantarse en armas y mantener la tranquilidad, pero tal disposición adoptada fue interpretada por el resto de los miembros de la Sociedad Secreta como cobardía y traición, denunciando al Consejo, por lo que se tuvo que celebrar una segunda reunión, en Loja, en la casa de un particular, donde sí se acordó la sublevación y el nombramiento de Rafael Pérez del Álamo como jefe (19).

Para Pérez del Álamo, aquello era una revolución, pues no aspiraba al cambio de dirigentes y de cargos, sino de cambios profundos y sociales. Estas eran sus palabras:

“Antes de pasar más adelante y con objeto de prevenir que algunos pudieran calificar de pretenciosa la calificación que me permito dar a los Sucesos de Loja, debo decir que yo entiendo por revoluciones aquellos movimientos que pacífica o violentamente, con éxito o sin él, hacen los pueblos para remover obstáculos que se oponen a la sustitución de un sistema político o social por otro. Y, en mi entender, son motines o insurrecciones aquellos movimientos violentos que no tienen otro objeto o resultado que un cambio de personas en la gobernación del estado. Formuladas estas definiciones, y atendiendo a lo que llevo expuesto y a lo que aún me queda por exponer, se comprenderá fácilmente que los Sucesos de Loja tienen el honor de una revolución” (20).
Vista aérea de Mollina (Málaga).

El día 21 de Junio de 1861 hubo un choque entre la autoridad local y miembros de la Sociedad Secreta en Mollina, donde hubo muertos y heridos (21).

El 24 de Junio, Pérez del Álamo fue detenido, pero la reacción de la población de Loja fue masiva y con absoluta presión contra las autoridades, que se vieron obligadas a liberarle. El día 27 la Guardia Civil fue al domicilio de Pérez del Álamo, para llevarle preso, pero aprovechó una distracción para escapar a caballo. Fue a un lugar conocido como la “Campiña de las Salinas”, que era el lugar acordado por la Sociedad Secreta para reunir a sus afiliados para la insurrección (22).

En poco tiempo llegaron 1000 personas procedentes de Loja, Iznájar, Trabuco, Las Fuentes y Archidona. De esta forma se dirigen a Iznájar, donde entablan combate contra la Guardia Civil, que se ve superada, y se rinde. Los rebeldes solo tienen 5 heridos, aparte de Pérez del Álamo, que fue herido en la cara. Tomado todo el pueblo, se respetan las propiedades y la integridad física y de opinión de todos los habitantes (23).

Se hace la siguiente proclama:
“Ciudadanos: Todo el que sienta el sagrado amor a la libertad de su patria, empuñe un arma y únase a sus compañeros: el que no lo hiciere será un cobarde o un mal español.
Tened presente que nuestra misión es defender los derechos del hombre, tal como los preconiza la prensa democrática, respetando la propiedad, el hogar doméstico y todas las opiniones.
En nombre del Centro Revolucionario: Rafael Pérez del Amo
Iznájar, 28 de junio de 1861.” (24).
A continuación marchan del pueblo, y en el campo, por la parte de la “Campiña de Campo-Agro” y “Salinas” se encuentran con las fuerzas del Gobierno, con las que entablan nuevo combate, donde los rebeldes vuelven a vencer, y reciben la adhesión de los provinciales que se presentaron con las fuerzas gubernamentales (25).
Después de todo aquello, se aproximan a Loja, con ya 6.000 hombres, y como en las anteriores ocasiones, ponen condiciones de paz a los gubernamentales. En este caso, aparte del racionamiento de sus tropas, se exigía la evacuación de Loja por parte de las fuerzas gubernamentales. Estas rechazan la propuesta, pero cuando el ejército rebelde avanza a tomar la ciudad, los gubernamentales se retiran. Las fuerzas de Pérez del Álamo entran en Loja pacíficamente y respetan a la población local, y según algunos testimonios entonan el Himno de Riego y otras canciones, en un ambiente ciertamente festivo (26).
Dentro del pueblo organizan barricadas en las vías públicas (27).
Postal de Loja. Estatua de Narváez y el antiguo Ayuntamiento a la derecha.
El propio Rafael Pérez del Álamo pide al Ayuntamiento que siga funcionando con total tranquilidad, pero necesitando él y su gente comida y mantenimiento, que el pueblo lojeño y el Ayuntamiento les dan. Mientras tanto van recibiendo refuerzos de las provincias de Málaga, Jaén y Granada, llegando a pedir 28.000 raciones, oscilando el número entre 20.000 a 30.000 luchadores, de los cuales 10.000 estaban armados. Entre ellos hay un gran contingente de gitanos, de hecho Antonio Arjona Zorrica será conocido como el “capitán de los gitanos” (28).
Algunos historiadores hablan del reparto de tierras en Loja, pero debe ser una confusión con el trabajo que naturalmente harían los sublevados en su integración natural con la población local, que vivían la temporada de la siega y la necesidad de abastecer a una gran cantidad de personas nuevas. En un periódico se recoge un supuesto testimonio de un hacendado, que se le presenta la mujer de su capataz informándole, que su marido está repartiendo las tierras; pero que él se puede quedar por haber sido un buen amo (29).
Durante la estancia, los rebeldes recibieron muchos ataques de los gubernamentales, pero la acción más peligrosa fue la del día 2, con un combate de 8 horas, donde los gubernamentales fueron vencidos y tuvieron que retroceder 2 leguas. Con posterioridad a los hechos, la prensa, concretamente El Correo de Andalucía, reproducirá en su número del 9 de Agosto de 1861, una supuesta carta que Pérez del Álamo dirigió a los mandos militares isabelinos, que resulta algo dudosa para más de un historiador, pero creemos que podría corresponder al espíritu de tensión que vivía por entonces, así como un tono desafiante y provocador, mezclado con un alto sentido de justicia, que tanto vemos con frecuencia en sus textos. Respetamos las faltas de ortografía que presentó, según la prensa:
“Señores que componen la Comisión Militar de Loja. –
Para la inteligencia de los señores que componen la Comisión Militar de Loja. La primera de las virtudes, es la humanidad, digo esto porque no abiendo más que un delito y un delincuente y que el delito lo promoví yo y el delincuente soi yo. Se están asiendo las mayores injusticias, tengan entendido que por cada uno que peresca haré perecer un general, y por cada mujer que insulten haré perecer a un ministro, y por cada pariente mío un príncipe de sangre real. La reina le concedo merced, del mismo beneficio gozará S.A.R. Don Alfonso.”
El día 4 el brigadier Serrano del Castillo comenzó a preparar la artillería para asediar y asaltar Loja, y la población, asustada, rogó a los rebeldes que se rindieran o retiraran. Rafael Pérez del Álamo decidió abandonar Loja, y para ello preparó una magnífica maniobra militar contra las tropas gubernamentales (30).
Así lo describe:

“Las fuerzas del gobierno estaban escalonadas el día 4 alrededor de la ciudad en las direcciones de Málaga y Granada, ocupando la carretera que une estos dos puntos y que atraviesa por Loja, impidiendo así que se me unieran más comprometidos. Yo ocupaba la ciudad y las sierras de Loja y del Hacho que miran, respectivamente, al este y al oeste. Era necesario ocultar al brigadier Serrano del Castillo mi movimiento de retirada para que no lo impidiese apoderándose de las sierras, arrojándome a la llanura y acuchillando a mis gentes con su caballería. Al efecto hice desplegar en guerrillas a un batallón ante las fuerzas del brigadier Serrano; y éste, creído de que yo le iba a atacar, hizo un movimiento de concentración hacia la carretera, debilitando así las fuerzas que vigilaban las sierras. Entonces efectué mi retirada por las cañadas del Confín y del Torilejo, ordenando a las guerrillas que habían causado aquella feliz diversión al enemigo que se replegaran sobre mi retaguardia, y así lo hicieron brava y serenamente. En vano pretendió el jefe realista cortar mi retirada apoderándose del cerro del Fraile: nuestro fuego nutrido y certero le obligó a desistir de su intento.” (31).
Loja, calle La Carrera.

Sin embargo, tras la salida de Loja, se fue reduciendo gravemente el número de comprometidos en la Sublevación. Pérez del Álamo, tras pasar por “Safarralla” (Zafarraya), Las Ventas, Alhama de Granada y Las Pilas, decide marchar a Granada capital para reanimar el movimiento y crear un gran bastión popular. Pero son interceptados por las tropas gubernamentales y se libra una última lucha, donde esta vez los rebeldes son derrotados, que se retiran y dispersan (32).

El día 3 de julio de 1861 la Comandancia General de Granada desplazó hasta Loja un ejército de fuerzas armadas, desarrollándose en la localidad una batalla a fuego e hierro. Durante todo el día corrió la sangre por las calles de la localidad, pereciendo muchos, otros huyendo, pero un gran número de los sublevados se dirigieron con redoblado ímpetu hacia la capital de provincia, Granada, donde esperaban el amparo de otros combatientes. A medio camino, en la localidad granadina de Las Pilas, este grupo fue emboscado y capturado, no llegando a cubrir sus objetivos.

Al día siguiente, 4 de julio de 1861, la rebelión en Loja fue totalmente sofocada, y ese mismo día se ajusticiaron por el método del fusilamiento sumarísimo, a cerca de 120 combatientes según datos del registro oficial, mientras que otros fueron deportados, y el resto capturados y mandados a prisión. El cabecilla, Rafael Pérez del Álamo, pudo escapar hasta la capital de reino, Madrid, donde posteriormente fue apresado. La reina Isabel II fue forzada al exilio en Francia tras la revolución llamada la Gloriosa, de 1868, y tuvo que abdicar en favor de su hijo Alfonso XII el 25 de junio de 1870. Un año después de los acontecimientos de Loja, durante una visita a Andalucía, la reina amnistió a todos los implicados en la sublevación de 1861, incluido el cabecilla Rafael Pérez del Álamo.

Recordatorio de la revolución en la Plaza Nueva de Iznájar.

Finalizada la revuelta se procedió al ajusticiamiento por procedimiento sumarísimo de los cabecillas de los sublevados, fusilándose, según datos oficiales, a ciento dieciséis de ellos, a excepción de Pérez del Álamo que había conseguido huir a Madrid, mientras que unos cuatrocientos eran deportados.

Los consejos de guerra que se sucedieron inmediatamente después de sofocada la sublevación, condenaron a 59 iznájeños, con penas que iban desde dos a veinte años de cárcel, una de cadena perpetua y otra de muerte.

Fueron sentenciados a la pena máxima cuatro participantes en la revuelta; un vecino de Loja, otro del Salar, uno de Periana y el iznajeño D. Joaquín Narváez Ortiz, uno de los hombres más ricos del pueblo, su padre era médico, estaba casado en segundas nupcias con la maestra del pueblo. Tenían ocho hijos fruto de sus dos matrimonios. Aunque no tuvo una participación directa en los hechos fue ejecutado a garrote, en el patíbulo levantado en el Calvario el día 6 de Agosto de 1.862. Así lo contaba El Correo Español en sus páginas:

“Hoy a las once de la mañana, ha sufrido en Iznájar la pena de garrote el reo Joaquín Narváez, uno de los principales jefes de la revolución de Loja. Parece que ha dejado hechas importantes declaraciones.”

Doce fueron los condenados a cadena perpetua: seis de Loja, uno de Iznájar, otro de Salar, tres de Periana y otro de Zagra.

A 20 años: trece de Loja, tres de Iznájar, seis de Salar, cuatro de Algarinejo, cinco de Periana, cuatro de Zagra, uno de Zafarraya y otro de Alhama.

Las cadenas de cinco años fueron: dos de Loja, diecinueve de Iznájar, doce de las Fuentes de Cesna.

Los sentenciados a doce años: cinco de Loja, tres de Iznájar, 32 de las Fuentes de Cesna, cinco de Salar, 11 de Zagra y cinco de Huétor Tájar.

Sentenciados a 10 años: dos de Loja y uno de Huétor.
De ocho años de presidio: dos de Loja, veintidós de Iznájar, dos del Salar y cuatro de Periana.
A cuatro años de prisión: uno de Iznájar y cinco de Loja.
Sentenciados a dos años, nueve de Iznájar.
Según “El Correo Español” hasta un total 226, participantes o no, fueron sentenciados.
Los condenados ingresaron en los presidios de Baleares, Canarias, Granada y Sevilla donde cumplieron las penas hasta que al año siguiente fueron indultados, gracias a un Real Decreto,  firmado por la reina Isabel II, el 3 de Septiembre de 1.862, con motivo de un viaje de la familia real por Andalucía.
Al año siguiente, durante un viaje por Andalucía y Murcia de Isabel II, propiciado para fortalecer la posición de la monarquía, debilitada por los levantamientos sufridos, se decretó la amnistía para todos los implicados, incluido Rafael Pérez del Álamo.
Rafael Pérez del Álamo, puso en jaque durante una semana a las autoridades del país.
Rafael Pérez del Álamo, al frente de un extenso puñado de jornaleros se sublevó contra el despotismo de la reina Isabel II (regente entre 1833 y 1868) y su brazo ejecutor fue el militar natural de la misma localidad de Loja, y Presidente del Gobierno, General Narváez.
Así termina la Sublevación de Loja y comienza la aventura de Pérez del Álamo en esconderse en diversos puntos, hasta que le dan la amnistía el 5 de septiembre de 1862. Tuvo suerte, a diferencia de muchos que fueron hechos prisioneros, y algunos de ellos, fusilados (33).
A partir de este momento pasa a ser un fugitivo. La mayoría de sus hombres se dispersan o se entregan y se someten a los rigores de la justicia gubernativa que, al decir de Pérez del Álamo, les hizo objeto de una dura represión. El día 6, el Gobierno de la provincia de Granada lanza un Boletín Oficial extraordinario con instrucciones a los Alcaldes para que, con los vecinos, combatan a los rebeldes divididos.
Para ello debían establecer vigías en los pueblos y nada más se divisaran grupos de sublevados deberían tocar a rebato, agruparse en la plaza del pueblo con sus armas y ponerse a las órdenes del juez municipal. El día 7 se mandó a todos los alcaldes que convocaran a los vecinos e hicieran una relación de los que poseían armas para armarles si no de alguna manera. Al divisar cualquier grupo enemigo avisarían a toque de campana y tan pronto alejaran o vencieran a los revolucionarios deberían regresar a sus respectivos pueblos.
Es interesante una de las normas del bando que dice: “Como este servicio no debe ser más que momentáneo y no deben prestarlo los jornaleros a menos que vayan por orden de sus amos, no puede temerse que pueda perjudicar intereses de ningún género”. En realidad la supresión de los jornaleros se debía a que temían que se unieran o pudieran auxiliar a los rebeldes, por ser ellos quienes defendían su causa.
Fotografía costumbrista de Charles Clifford de 1854. Colección de Manuel Castellano.


Los facciosos que fueran prendidos, seguía diciendo el bando, debían ser entregados a la fuerza militar para ser juzgados por una Comisión. Asimismo, se hacían responsables a los alcaldes del feliz cumplimiento de estas normas y deberían diariamente dar parte al Gobierno de las incidencias, prisioneros y armas recogidas, etc.
Los días 6 y 7, Rafael Pérez dice que los pasó entre las brañas, hambriento y ocultándose. Aprovechando la oscuridad de la noche penetra el día 8 clandestinamente en Loja y se refugia primero en casa de un amigo y luego de una hermana, pero, para no comprometerla, se marcha enseguida a las sierras de Fornes y Agrón.
A partir de ahora comienza para él una etapa de peripecias, huyendo de sus perseguidores y además indocumentado. En el monte de Pera, permaneció 19 días entre las matas y alimentándose con lo que le proporcionaba un pastor llamado el tío Fraile y su yerno, que era guarda de una dehesa. Pero la llegada de la estación de las tormentas le obliga a refugiarse en una cortijada de Pera en casa de un amigo, antiguo Comandante de Rusares. Debió de haber algún indicio de su presencia, ya que sometieron la casa a un minucioso registro, del que pudo pasar desapercibido gracias a que se refugió en un agujero tapado con leña, de donde le sacaron medio asfixiado. De aquí huye a Gabia la Chica y retorna a Pera y, el 28 de julio, se traslada a Madrid disfrazado, según se cree, de cura. Durante su estancia en Madrid no sabemos nada, ni él tampoco aclara quienes fueron sus amigos y protectores en esta ocasión. Pérez Galdós escribe que desapareció y se habló de su huida a Portugal. Tanto Bernaldo de Quirós, como del Moral, dicen que fue apresado e indultado, pero el veterinario no asegura en sus apuntes revolucionarios que así fuera.
El día 16 de julio, reunida la Municipalidad de Loja, acordó enviar el testimonio de adhesión del Municipio a la Reina, que firmaron el Alcalde y concejales.
El día 5 de septiembre se promulga un indulto y él es uno de los favorecidos, quizás debido, en parte, a su comportamiento caballeresco durante la revolución. Una semana más tarde regresa a Loja. No acabarían aquí las desgracias y peripecias del díscolo veterinario. Había salvado la vida, pero comenzaría ahora contra él una campaña de difamación y de peticiones de responsabilidades que serían tan amargas o más que la vida de fugitivo en la sierra.
Al año siguiente de ocurridos los sucesos, es cuando Marfori presionó al veterinario de su pueblo para que desmintiera públicamente, con una carta, los hechos del levantamiento de Loja, que habían relatado hacía poco Tubino (34).
en el diario La Andalucía, propuesta a la que se negó el fallido revolucionario. Por otra parte, como consecuencia de su levantamiento armado y de los gastos ocasionados y material pedido en calidad de préstamo, el juez de Loja le exigió, a petición y denuncia de dos de los llamados moderados, “el pago de los intereses gastados en el alzamiento”. La situación se hizo para el vencido y procesado verdaderamente insostenible, a causa de esta reclamación, de la salud de su mujer, gravemente enferma, de sus hijos abandonados" y de mi profesión, que a tantas burlas ha dado lugar, como si estuviéramos en tiempos de oficios infames o viles” (35).
La Alhambra de Granada vista desde Los Martires. Foto de Charles Clifford (1858-1862).
En ese año de 1862, la reina Isabel II que había pasado el verano en Santander, hizo un viaje a Granada el 14 de octubre. El pueblo andaluz la hizo objeto de un gran recibimiento y Pérez del Álamo se avistó con el Ministro de Fomento, a quien agradeció el indulto, sin que por ello cambiara “de bandera”. La única versión que tenemos de su indulto es la que nos ofrece Bernaldo de Quirós, quien asegura que fue salvado gracias a “la generosidad del Marqués de la Vega de Armijo, Ministro de la Gobernación con la Unión Liberal de Q'Donnell” (36).
Marfori, sobrino de Narváez y uno de los -71- hombres influyentes de la Corte de Isabel II, a la que siguió años más tarde en su destierro, utilizó toda su influencia en aniquilar a su enemigo personal en el pueblo. Tal fue la persecución, que Pérez del Álamo le desafió por calumnia, pero Marfori no aceptó el duelo, según decía “por respeto a la ley y por respeto a su decoro”. La polémica entre los dos hombres se publicó en La Discusión y es aquí donde el veterinario hizo una valiente y emotiva defensa de su profesión, de la que dice estar orgulloso y satisfecho.
Uno de los republicanos de Loja, don Ramón Calvo Giménez, en cuya casa se decidió el levantamiento, con otros también de su facción, intentaron asesinarle por lo que hubo un proceso que le costó sus pesetas. El tal Calvo fue premiado, por su traición, con un puesto de policía en Madrid, estando Narváez en el poder.
Pero no quedarían aquí las cosas: el Alcalde de Loja le denuncia al Gobierno el 16 de diciembre de 1862, según escrito que reproduce el mismo Rafael Pérez del Álamo. Por si fuera poco, le recayó sentencia acusatoria en el pleito con Marfori. En total le arruinaron con los pleitos, le desterraron y fue sentenciado al pago de una fuerte multa, que en total ascendía a 14.064 reales. Para pagar las fianzas y multas dice que tuvo que malvender algunos bienes y fincas y aun así tuvo que suplir el resto con cárcel. Hubo personas que, aun no siendo de sus ideas, quisieron ayudarle, y cita incluso sus nombres, pero con la honradez y dignidad que le caracterizaba les dio las gracias y les dijo que sólo aceptaría la ayuda de sus correligionarios. Algunos amigos aportaron la cantidad necesaria para evitarle la prisión. Entre ellos estaba Federico Rubio, a quien, en agradecimiento, dedicó su libro.
Los levantamientos de 1866 hicieron que preventivamente el gobernador Auñón le detuviera durante 38 días. Dos años más tarde tiene lugar la revolución de septiembre de 1868, en la que participa activamente y cuyas incidencias relata con detalles en su libro.
Conociendo sus aptitudes de mando, el Duque de la Torre le dio el cometido, al frente de dos mil hombres, de ocupar el puente de Córdoba y el Campo de la Verdad, cuando las acciones en Andalucía. Su comportamiento hizo que el General Izquierdo, por orden de Prim, le propusiera el destino de coronel que rechazó, como él dice, por ser consecuente con sus opiniones.
Al instaurarse la República, Pérez del Álamo se sacó la espina e hizo a la familia de Narváez y Marfori la reclamación de sus bienes. Temiendo éstos mayores males le indemnizaron “amistosa y extrajudicialmente” mediante el pago de 20.000 escudos, según documento que publicó en su libro con fecha 17 de diciembre de 1868.
Al año siguiente no quiso participar, por desacuerdo, en los sucesos de octubre de 1869 y cuyos motivos expone en su libro e intenta confirmar con una carta de Castelar.
No tenemos ya más datos de su vida en los años que transcurren hasta su asentamiento como veterinario en Arcos de la Frontera. Hemos de sospechar que la vida se le hizo imposible en Loja y creyó oportuno abandonar el feudo de la familia Narváez, que volvería a perseguirle llegado el momento de la revancha.
Por la fecha en que publicó su libro de Apuntes históricos sobre dos revoluciones, debió de vivir algún tiempo en Sevilla. Después se sabe que pasó a la localidad de Arcos de la Frontera, donde regentó un potro de curas y herraje que había pertenecido a un colega fallecido, llamado Revuelta. Por los datos que aparecen en la partida de defunción, no vivió con su familia, ya que su mujer debió de haber muerto y los hijos estar casados. Con los ingresos producidos por el ejercicio de la clínica y el sueldo de Inspector municipal de carnes del Ayuntamiento, Pérez del Álamo mantuvo la familia de su colega Revuelta, con la que vivió, y a la que protegió en una situación difícil, ya que la pobre viuda y otro miembro de la familia eran ciegos. La inquietud político-social que siempre le acompañó, se mostró una vez más en estos años difíciles en que además era ya avanzada su edad. En Arcos de la Frontera organizó entre los obreros un seguro para socorrer a los enfermos y parados. Cobraba treinta céntimos semanales, que todos pagaban de buen grado, sabiendo el destino social de aquel dinero y sabiendo también que contaban con el abnegado ejemplo de su fundador, cuyo sueldo pasaba íntegro a la familia que protegía.
Durante estos años de principio de siglo fue cuando mantuvo la citada correspondencia con Pérez Galdós, que tanto ha servido para popularizar su nombre.
El 13 de enero de 1911 muere en Arcos de la Frontera (Cádiz) el granadino Rafael Pérez del Álamo, lider de la sublevación campesina de Loja en junio del año 1861.
Así transcurrió el período más gris y difícil de su vida, olvidado de muchos, atacado por más, y en lucha constante contra una situación económica apurada, que se vio agravada por la triste competencia de curanderos e intrusos, así hasta el día 15 de enero de 1911 en que, tal como dice el certificado de defunción, murió a consecuencia de una pulmonía gripal en su casa  de la calle Sagasta nº 7, donde vivió en Arcos de la Frontera.

Su muerte no debió pasar, sin embargo, tan desapercibida, ya que el Heraldo de Madrid le dedicó el día 18 de ese mes de enero de 1911 una semblanza, que cae en los anteriores tópicos de definirle como un hombre “inculto, tosco, caótico”, al que se le reconoce, sin embargo sus cualidades organizadoras que le llevaron a ser caudillo de la revolución de Loja de 1861. El periódico reproducía un retrato suyo “con un tipo apostólico, acentuado por la edad y la actitud de la cabeza, levantada hacia el cielo (37).

Después de su muerte se colocaron carteles con su retrato en los lugares más frecuentados, allí en su tierra, por los obreros.

Parece ser que el día de su entierro asistió toda la Corporación Municipal de Arcos de la Frontera y se le donó el nicho donde sería enterado por diez años. Al cumplirse el período de caducidad los obreros lo adquirieron por suscripción popular. Allí, en el cementerio de San Miguel, extramuros de la población, en el nicho nº 93, fila 3, existe una sencilla lápida que recuerda el nombre de este veterinario romántico y aventurero.

D. E. P.
RAFAEL PÉREZ DEL ÁLAMO
Caudillo del Primer Movimiento
Obrero Andaluz
La Sociedad Arcobricense “Fraternidad Obrera”
15 enero 1911

El movimiento de la sublevación de Loja causó honda impresión en toda España y una admiración por su disciplina y respeto hacia las vidas y propiedades de la gente. En muchos sentidos, fue una rebelión popular, a pesar de las calumnias de la prensa. Más tarde el historiador Joaquín Guichot escribió una Historia de Andalucía relatando los hechos, de tal manera que no fue muy del agrado de Pérez del Álamo, que decidió escribir su libro en gran parte para responder a Guichot (38), incluido cuando se refiere a su persona, que lo hace con gran admiración, pues le hace responsable de ser tan buen líder al demostrar controlar a la chusma que le seguía, tan tendente al desorden y al saqueo. Pérez del Álamo responde que él no tuvo que hacer esfuerzo, porque el grueso de los rebeldes eran personas honradas y nobles (39).



Es inevitable establecer paralelismos entre la revuelta de Utrera y la sublevación de Pérez del Álamo en Loja de 1861 como hitos dentro del movimiento social en la Andalucía decimonónica.

¿Hasta qué punto coincidían en objetivos, forma de organización y criterios políticos? Políticamente compartían unas consignas elementales: republicanismo, anticlericalismo y democracia. Un dato interesante es que Rafael Pérez del Álamo poseía contactos con destacados socialistas madrileños, antiguos compañeros del ya fallecido Sixto Cámara; de hecho, tanto Nicolás María Rivero como Francisco Garrido ejercían como abogados de Pérez del Álamo en los múltiples pleitos que este mantenía en la corte con Narváez, natural de Loja.

El alzamiento popular de 1857 pretendía formar parte de una estrategia a nivel nacional, que fracasó debido a su frágil estructura; no así el de 1861 que fue obra de un iluminado. Los movimientos previos a ambos movimientos no pasaron desapercibidos. En Sevilla los preparativos se hacen con una publicidad pasmosa, a pesar de la que las autoridades no tomaron ninguna medida. Por su parte, Pérez del Álamo se reunió varias veces con sus seguidores en Granada. Vigilado por el gobierno, fue hecho prisionero para terminar escapándose y levantarse en armas.

En cuanto al reclutamiento, ambas comparten un elaborado ritual de juramento, muy al estilo de las sociedades secretas. En 1857, año de hambrunas, hubo numerosos jornaleros y menestrales que se alistaron voluntariamente, a cambio del jornal de 10 reales diarios. En el caso de Loja funcionó la coacción. En ella se integraban algunos capataces de cortijos que, siguiendo instrucciones, rechazaban contratar braceros a menos que se alistasen.

En número de efectivos no hay comparación posible. La sublevación de Utrera reunió a 180-200 hombres, mientras que la de 1861 atrajo a 30.000 personas de Loja y pueblos cercanos. Probablemente debido a ese elevado número de efectivos, las tropas enviadas a sofocar la revuelta de Loja no se atrevieron a atacar. Los dos levantamientos contaron con una mayoría de gente joven. En Loja, muchos no pasaban de 20 años.

Además, ambas revueltas comparten un mismo mecanismo: la inspiración o el diseño del plan, en el caso de Utrera, corre a cargo de revolucionarios que no participan en los hechos activamente. A continuación, se pronuncian líderes locales republicanos de similar extracción (artesanos, comerciantes, rangos medios del ejército) y finalmente sucumben ante la presión de la masa jornalera, que se hace con el control del movimiento. Asimismo desarrollan estrategias endebles, como cortar las comunicaciones, exigencias a los ayuntamientos de dinero en metálico; la masa revolucionario desvirtúa el movimiento de lo político (republicanismo, anticlericalismo) a lo social (ocupación de tierras, saqueos, violencia contra los terratenientes); a su fracaso, se impone la huida hacia la sierra, donde son capturados por la Guardia Civil.

En cuanto a las consecuencias, en los dos casos la represión fue brutal: en 1857 fueron algo más de 100 los ajusticiados; en Loja, se detuvieron a 500 individuos, de los que 116 fueron ejecutados y unos 400 deportados. No obstante, si en Utrera sus líderes fueron condenados a muerte, Pérez del Álamo consiguió la amnistía.

Como comentario final, hay que señalar que Sixto Cámara se declaró completamente ajeno a la sublevación de Utrera en un escrito enviado a varios periódicos. Pero siguió ideando quiméricos planes de revolución. En 1859 cruzó la frontera en Badajoz para intentar un nuevo alzamiento en Olivenza, consumando otro fracaso. Perseguido, el 9 de julio huyó hacia Portugal a pie. La sed y la fatiga le produjeron la muerte cerca de la frontera. Poco después, la izquierda lo reivindicaría como un mártir de republicanismo; sus restos fueron trasladados de Badajoz a Madrid y desde el progresismo se solicitó a O’Donnell una estatua en su honor, que jamás llegó a hacerse.
 

A continuación pasamos a transcribir la mitad de las actas correspondientes al año 1862. En artículo aparte prestaremos atención al resto de las actas y a la visita que la familia Real realizó por Andalucía en el año 1862.
Anotado a lápiz aparece en el folio que sirve de portada:
         Nº 22                                             1862
Escrito a tinta a modo de Portada aparece el texto:
Libro Capitular de 1862

Nota: Aparece en la parte superior de cada uno de los 26 folios el llamado Sello de Oficio ya descrito con el texto: SELLO 9º AÑO 1862.  2 Rs. y a su izquierda otro sobreimpresionado como a presión.

Hasta el folio 7º vienen numerados en el ángulo superior derecho, después hasta los 26 aparecen sin numerar.
Acta primera del año 1862, que continúa en el reverso de la página.

ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA  DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 5 DE ENERO DE 1862.
En esta primera acta del año el orden del día viene dado por la llegada al concejo de la Circular y Reglamento correspondiente a las medidas que desde el cabildo se tienen que tomar para evitar la propagación de la Palomilla de la leña del olivo, y la creación de la Junta que previene crearse a tal fin. Los miembros de la Junta creada son miembros de la corporación municipal, (con el Alcalde y los cinco restantes regidores o concejales), y un propietario de entre los vecinos de la villa.
He tomado la decisión de subrayar en nombre de nuestra villa en cada una de las actas. Podemos comprobar que a lo largo de las mismas se denomina a nuestra villa con variados nombres, siendo la primera vez que después del habitual nombre de La Higuera cerca de Arjona, aparece con Higuera de Arjona tras un escrito del Gobernador y en otros casos con el nombre de La Higuera.
“Sesión ordinaria…
En la Villa de la Higuera cerca de Arjona  en cinco días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos, se reunió el Ayuntamiento  previa citación vajo la Presidencia del Sor Alcalde, y por dicho Sor. se dio cuenta de la Circular y Reglamento inserto en el Boletín oficial de la Provincia del Miércoles 1º del actual Nº 1º relativo a las medidas que se tienen que tomar para evitar la Palomilla por el hacinamiento de la leña de Olivo, y después de haverse enterado el Ayuntamiento se acordó su esacto cumplimiento y que se nombre la Junta que previene el artículo 9º del mismo, cuyo nombramiento se hizo por unanimidad en las personas siguientes=
Indibiduos de la Junta
D. José Barragán Alcalde y Presidente
D. Domingo Sebastián Fuentes Regidor
D. José Calero y Martínez Red (supongo Regidor)
D. Felipe Martínez Cortes Propietario
D. Manuel Pérez Ruano Red
D. Manuel Mercado Cano Red
D. Hipólito Martínez Red
Y concluido este nombramiento se acordó por el Ayuntamiento que se haga saber a los individuos nombrados las atribuciones que los mismos tienen, y  que al mismo tiempo se hagan conocer al público insertándose para conocimiento del mismo desde el artículo 1º hasta el 8º de dicho reglamento. Así lo acordaron mandaron y firmaron de que yo el Serio interino del Ayuntamiento Certifico=
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  Francisco Martínez.  Domingo S. Fuentes. José Calero Martínez.  Manuel Clemente Pérez.
Raro es el hombre que en algún momento de la vida no se interesa por sus orígenes: quiénes eran sus bisabuelos, a qué se dedicaban, de dónde eran... Cuando este interés se lleva más allá de unas pocas generaciones empieza a crecer un frondoso árbol que, a menudo, nos saca de nuestra comarca para extenderse por las vecinas, otras provincias, y aun países y continentes distintos. Como en alguna que otra ocasión, de nuevo sale en estas actas la persona de Juan Pérez Serrano, bisabuelo de mi padre, y por tanto mi tatarabuelo. Invito con ello a los lectores higuereños a que por la similitud de nombres heredados y por los apellidos indagen sobre sus antepasados.  Con un poco de suerte, consultando los archivos civiles y eclesiásticos, los españoles pueden remontar su genealogía, en muchas de sus ramas, hasta el siglo XVI. Y en el caso de familias nobles, a veces hasta la Baja Edad Media.
En la página de la izquierda arriba final del acta primera del año 1862, a continuación acta segunda que prosigue en la página de la derecha.
ACTA DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA  DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 5 DE ENERO DE 1862.

Esta segunda acta tenía en su orden del día el nombramiento del Regidor Síndico de la villa, cargo para el que parecía nominado el regidor primero D. Manuel Clemente Pérez, que había ejercido el mismo cargo el año 1861. A continuación se planteó la conveniencia de nombrar Guardas de campo encargados de vigilar los sembrados y arbolado de la villa y vigilar el término municipal, y de dar parte a la autoridad de cualquier persona sospechosa encontrada en el término. El sueldo asignado era la tercera parte de las multas puestas a los dañadores de las fincas de la villa, con lo cual debían asegurarse el celo en la guardería para disponer de fondos para cobros entre los guardas. Quedaron elegidos seis vecinos con los siguientes nombres: Jacovo Garrido, Yldefonso Calero, Diego Calero, Manuel Gavilán, Juan Chillaron, y Tomás Fernández. En el año 1861 los guardas de campo habían sido tres: Juan Chillaron, Manuel Gavilán, y Francisco García Noguera.

“Sesión ordinaria…

En la Villa de la Higuera cerca de Arjona a los once días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma vajo la Presidencia del Sor. Alcalde se trató del nombramiento para este año del Regidor Síndico, en conformidad á lo prevenido en el artículo (Se ha dejado espacio para poner el número de referencia pero no se ha puesto) de la Ley vigente de Ayuntamientos, y en su virtud fue nombrado á pluralidad de votos el regidor 1º D. Manuel Clemente Pérez que ha desempeñado este mismo cargo en el año anterior, mandando los espresados SS. se dé cuenta de este nombramiento al Sor Gobernador de esta Provincia en observancia a lo dispuesto sobre este particular en el artículo (De nuevo hay un espacio en blanco por el mismo motivo anterior)  de la citada Ley.

Enseguida se trató de la necesidad y conveniencia general de nombrar guardas de campo, sin otra remuneración que la tercera parte de las multas en los dañadores para que estos no solamente guardaran los sembrados y Arbolados, si no también vigilaran el término, y dieran parte de cualquier persona sospechosa que en él encontraran, y de presentarla ha esta autoridad para proceder á lo que hubiera lugar, para los que fueron nombrados los vecinos y personas siguientes.

Jacovo Garrido

Yldefonso Calero

Diego Calero

Manuel Gavilán

Juan Chillaron

Tomás Fernández

Con lo que se concluyó esta sesión, acordando, que las anteriores personas nombradas se den ha conocer al público como tales guardas de campo. Así lo acordaron y firmaron de que yo el Serio interino del Ayuntamiento Certifico =

Aparecen las firmas de los señores siguientes:

José Barragán Francisco Martínez.  Domingo S. Fuentes.  José Calero Martínez. 

Serio Interino Luis Pérez
En a página de la izquierda arriba final del acta segunda y a continuación comienzo del acta extraordinaria de fecha dieciocho de enero de 1862.



ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 18 DE ENERO DE 1862.
Es la tercera reunión del Cabildo Municipal de este año. Esta reunión extraordinaria era casi habitual cuando por parte del Gobernador Provincial como máxima autoridad, que controlaba todos los aspectos económicos, sanidad, y todos los servicios públicos, encontraba por medio de los funcionarios a su cargo en Jaén, cualquier problema de ajuste dinerario en los presupuestos municipales. Un asunto del que pedía explicaciones y que era atendido por los ayuntamientos con la máxima celeridad. La referencia a la presencia en el Ayuntamiento de los Máximos Contribuyentes era debida, a que según lo establecido, los déficits presupuestarios tenían que ser asumidos por los mayores contribuyentes de la villa. Los asistentes a la reunión como mayores contribuyentes fueron: D. Manuel y D. Pedro Mercado, D. Hipólito Martínez, D. Manuel Pérez Ruano, Bonoso de Lara, Juan Ramón Barragán y José Calero.
“Sesión…
En la  Villa de la Higuera Cerca de Arjona a diez y ocho días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia, y como mayores Contribuyentes Dn. Manuel y D. Pedro Mercado, Dn. Hipólito Martínez Dn. Manuel Pérez Ruano, Bonoso de Lara, Juan Ramón Barragán y José Calero con objeto de celebrar sesión extraordinaria, la que habierta por el Sor. Presidente, se dio cuenta de la orden del Sor Gobernador Civil de la Provincia de diez y seis del actual, que ha sido presentada por el Comisionado D. Nicolás Cabrera, relativa, al déficit que resulta en el presupuesto Municipal del año actual, consistente en la Cantidad de seis mil ochocientos siete reales con sesenta y dos céntimos, y en su vista, y discutido suficientemente este particular, se acordó que no pudiéndose recargar la Contribución Territorial ni la Industrial, por estarlo con los recargos que la ley previene, y que en el repartimiento de la de Inmuebles del año procsimo pasado, resultan recargados sus cupos con el 10% y no con el 5 como dice en la citada orden, resulta que de los espresados 6.807 reales 62 céntimos que resultan de déficit, hay que rebajar dos mil quinientos sesenta y cinco reales que se repartieron en dicha Contribución y aparece  que los arbitrios que deben proponerse para cubrirlos, deben ser de cuatro mil doscientos cuarenta y dos reales con sesenta y dos Céntimos y para cubrirlos propusieron los medios siguientes=
Sobre la Contribución de Consumo del corriente año a saber.
Sobre el Vino ----------------------------------------------1200.
Sobre el Aguardiente -------------------------------------1500.
Sobre el Vinagre ---------------------------------------------37...50.
Sobre el Aceite de oliba  --------------------------------1900.
                                               4237...50.
Nota: Hago constar que la suma correspondiente a tales cantidades es de 4637…50
De modo que resulta una diferencia de menos, de cinco reales con doce céntimos, que podrá cubrirse, con cualquier economía, que en sus gastos haga el Ayuntamiento, quedando por consiguiente grabados por esta causa, los referidos artículos de las especies de Consumo en una mitad de las cuotas del Tesoro, el del vino y aceite en una tercera parte, el del vinagre, y en una cuota igual, el del Aguardiente, con lo que se dio por terminada esta sesión, acordando dichos SS. se remita por duplicado esta propuesta al Sor  Gobernador con el espresado Comisionado, a los fines prevenidos; y lo firman todos los SS. concurrentes, de que Certifico =
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
 José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  Francisco Martínez.  Domingo S. Fuentes.  Manuel Clemente Pérez.  José Calero Martínez.  Pedro Mercado.  Hipólito Martínez.  Bonoso de Lara.  Manuel Mercado.  Ramón Barragán.  José Calero Navarro.  Manuel Pérez. 
Luis Pérez Secretario Interino.

ACTA DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 20 DE ENERO DE 1862.
La última de las actas del año anterior (25 de noviembre de 1861) la firmaba Manuel Pérez, en este año de 1861 las actas en muchos de los casos no aparecen firmadas por el alcalde, ni regidores, y tampoco por el secretario del cabildo que certificaba los acuerdos tomados. En otras aparecen las firmas de los componentes del gobierno municipal sin la constancia de la firma del secretario.
Esta tercera sesión ordinaria del concejo municipal tiene como orden del día la del nombramiento de un nuevo secretario de la corporación, dado que el anterior secretario había fallecido en Jaén el día veintiocho del mes anterior, o sea diciembre de 1861.
En esta reunión se nombra como secretario interino a Luís Pérez, que asumió el cargo de secretario desde la fecha 21 de septiembre de 1861, por enfermedad del anterior secretario, durante la cual quedó acreditada su idoneidad para desempeñar el cargo. Desconocemos la relación familiar que Luis Pérez podía tener con Manuel Pérez, suponemos que una relación familiar muy directa.
Después aparece como secretario interino el concejal D. José Calero Martínez, poco antes del nombramiento de D. Francisco Cardeña y Arcediano, por lo que cesa el secretario interino al haberse completado el proceso de nombramiento del nuevo secretario del concejo y así haberlo comunicado el señor Gobernador y ordenado el cese del anterior y el nombramiento del definitivo. D. Francisco Cardeña y Arcediano, nuevo secretario del ayuntamiento, aparece en actas posteriores de este mismo año como médico nombrado por la corporación municipal para atender las necesidades sanitarias de la villa,

“Acuerdo… En la Villa de la Higuera cerca de Arjona á veinte días del mes de Enero de mil ochocientos sesenta y dos. Reunido el Ayuntamiento en sesión ordinaria con asistencia de los Sres. anotados al margen (aparecen relacionados al margen izquierdo del texto los siguientes señores citados sólo por su apellido: Barragán, Serrano, Pérez, Martínez, Fuentes, Molina, Fernández. Son por este orden el Alcalde, Teniente y cinco regidores más incluido el Síndico) bajo la presidencia del Sor Alcalde se hizo presente por dicho Sor. el fallecimiento del Secretario de Ayuntamiento en la Capital de esta Provincia acaecido el Veinte y ocho del mes anterior, y en su vista y mientras que se instruye por el Sor. Alcalde el espediente necesario para su provisión, por no poder quedar abandonado un puesto de tanta importancia, se acordó el nombramiento de Secretario interino, y reconociendo en D. Luis Pérez que con carácter de interinidad ha estado desempeñando desde 21 de Septiembre último que se fue enfermo á la ciudad de Jaén el fallecido, la aptitud necesaria para el desempeño de este cargo, lo indica a la Corporación, cerciorado además que hará a esta el obsequio de servirla ínterin se provee la plaza. El Ayuntamiento atendiendo la indicación del Sor. Presidente y reconociendo  en el espresado D. Luis Pérez aptitud para el Servicio que se le va a confiar acuerda nombrarlo como le nombra para servir interina la Secretaría. Y no habiendo otro asunto de que ocuparse se levantó la sesión que firman los Señores de que el Secretario interino nombrado Certifico=

Aparecen las firmas de los siguientes señores:

José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  Manuel Clemente Pérez.  Francisco Martínez.  Domingo S. Fuentes.  Dice: La X es del Regidor Dn. Manuel Pérez Molina.  Dice: La X es del Regidor Francisco Fernández.

Luis Pérez Secretario Interino.
Final del acta de la sesión extraordinaria y al final de página comienzo de la cuarta sesión del año 1862.


ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 20 DE ENERO DE 1862.
Una de las funciones ordenadas según ley era que el ayuntamiento controlara las bulas que en sus diferentes modalidades: de vivos, de difuntos, de lacticinios de tercera y cuarta clase para clérigos, y de indulto. Se le hizo entrega de ellas al vecino de la villa D. Francisco García, para que realizase la predicación y venta de las mismas durante el presente año. Para más información sobre el tema de los depositarios de bulas recomiend0 la lectura del enlace siguiente: https://lahiguerajaen.blogspot.com/2016/11/don-feliciano-garrido-receptor-de-bulas.html

“Higuera cerca de Arjona 20 de Febrero de 1862
En el día de la fecha se le han entregado a Dn. Francisco García Vecino de esta villa y receptor nombrado de las Bulas, para la Predicación del corriente año los sumarios siguientes.
De vivos ciento cincuenta= De Difuntos veinte = Lacticinios de 3ª clase una= ídem de 4ª dos y de Indulto de 3º clase cincuenta= cuyos referidos sumarios les fueron entregados bajo de su responsabilidad, y lo firma de que Certifico=
El Alcalde Constitucional José Barragán.  El espendedor Francisco García.
El Secretario Interino Luis Pérez.
Final de la sesión de la cuarta acta con las firmas de los asistentes y comienzo del acta quinta. Al final comienzo del acta sexta.
ACTA DE LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 1862.
En otro artículo anterior hacía mención y explicaba la catastrófica situación en que había quedado el cementerio municipal tras haberse derribado las paredes y hundido las tumbas dejando los cadáveres al descubierto. Véase el enlace:
Después de más de cinco años de estar el cementerio en estas condiciones, sin haberse acometido las obras que rehiciesen las paredes de todo el perímetro, de nuevo encontramos en esta acta la misma reivindicación del cabildo, que de nuevo vuelve a hacer una descripción de la situación más que dantesca y catastrófica con el siguiente texto:
Los señores que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia y la de un número duplo de los mayores Contribuyentes de esta Población, fueron reunidos y convocados, con el laudable y piadoso objeto de tratar sobre la necesidad de hacer presente el Señor Gobernador  Civil de esta Provincia, la construcción del Cementerio en el lugar y sitio donde se halla, para poder enterrar los cadáveres sin verse expuestos como frecuentemente se fue, a ser pacto de los animales los que se estén enterrando, porque arruinado en sus muros hace más de cinco años, se está enterrando todo este tiempo en aquel sitio libre y desembarazado para que los animales, mutilen sus cuerpos, y siembran con sus restos los campos. En este conflicto, y del que no había igual ejemplar en el Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión de los mayores Contribuyentes que se haga así presente a dicha Superior autoridad, para que se digne acordar la formación del oportuno Expediente para que pueda llevarse acabo la indicada obra que demanda la Caridad y la Justicia, cuyo conste (coste) que podrá ascender a cuatro mil reales. Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales de bestias, verán con sumo placer el Ayuntamiento y su vecindario, que los restos mortales de sus familiares y amigos se sepulten en lugar seguro”.

“Acuerdo…

En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en veinte y siete días del mes de Febrero de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia y la de un número duplo de los mayores Contribuyentes de esta Población, fueron reunidos y convocados, con el laudable y piadoso objeto de tratar sobre la necesidad de hacer presente el Sor. Gobernador  Civil de esta Provincia, la construcción del Cementerio en el lugar y sitio donde se halla, para poder enterrar los cadáveres sin berse espuestos como frecuentemente se fue, a ser pacto de los animales los que se estén enterrando, porque arruinado en sus muros hace más de cinco años, se está enterrando todo este tiempo en aquel sitio libre y desembarazado para que los animales, mutilen sus cuerpos, y siembran con sus restos los campos; En este conflito, y del que no había igual ejemplar en el Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión de los mayores Contribuyentes que se haga así presente a dicha Superior autoridad, para que se digne acordar la formación del oportuno Espediente para que pueda llebarse acabo la indicada obra que demanda la Caridad y la Justicia, cuyo conste (coste) que podrá ascender a cuatro mil reales. Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales de bestias, berán con sumo placer el Ayuntamiento y su vecindario, que los restos mortales de sus familiares y amigos se sepulten en lugar seguro.

Aparecen las firmas e los siguientes señores:

José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  José Calero Martínez.  Manuel Mercado.  Francisco Martínez. 
Final de lacta quinta y comienzo del acta sexta, que concluye al final de la página de la derecha.

Esta acta de fecha veintisiete del mes de Febrero de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los señores concejales que componían el Ayuntamiento Constitucional de la villa con la asistencia del Alcalde, presidente del Concej0  y la de un número duplo de los mayores Contribuyentes de esta Población, fueron reunidos y convocados, con el laudable y piadoso objeto de tratar sobre la necesidad de hacer presente el Sor. Gobernador  Civil de esta Provincia, la construcción del Cementerio en el lugar y sitio donde se halla, para poder enterrar los cadáveres sin verse expuestos como frecuentemente fue, a ser pacto de los animales los cadáveres que se estaban enterrando, porque arruinado en sus muros hace más de cinco años, se está enterrando todo este tiempo en aquel sitio libre y desembarazado para que los animales, mutilen sus cuerpos, y siembran con sus restos los campos; En este conflicto, y del que no había igual ejemplar en el Orbe Cristiano, acordó el Ayuntamiento en unión de los mayores Contribuyentes, y que se haga así presente a dicha superior autoridad, para que se digne acordar la formación del oportuno Expediente para que pueda llevarse acabo la indicada obra que demanda la Caridad y la Justicia, cuyo coste podría ascender a cuatro mil reales. Contribuyendo estos vecinos con algunos jornales de bestias, con lo que verán con sumo placer el Ayuntamiento y su vecindario, que los restos mortales de sus familiares y amigos se sepulten en lugar seguro.

Con tal precedente, puesto de manifiesto desde las actas del año 1855, hablaremos brevemente de los cementerios, y para ello empezaré por uno de los epitafios más bonitos que he leído, es el que cuelga en la pared de la iglesia de San Román de Hornija y que le dedicó el rey Chindasvinto a su joven esposa Reciberga, que comienza así:

“SI SE PUDIESE EVITAR LA MUERTE DANDO JOYAS Y ORO

NINGÚN MAL PODRÍA ACABAR CON LA VIDA DE LOS REYES.

PERO, COMO LA SUERTE GOLPEA POR IGUAL A TODOS LOS MORTALES, NI EL DINERO SALVA A LOS REYES, NI EL LLANTO A LOS POBRES.

DESDE AQUÍ, ESPOSA, PORQUE NO PUDE VENCER AL DESTINO, CONCLUIDO TU FUNERAL, TE ENCOMIENDO A LA PROTECCIÓN DE LOS SANTOS…”

Ahora vamos a contar muy sucintamente como comenzaron los cementerios en España a finales del siglo XVII, concretamente a partir del año 1787, reinando en España el rey Carlos III.

La obligación de construir cementerios por parte de los Ayuntamientos fue un largo proceso que se inicia a finales del cercano siglo XVIII, y que hasta bien entrado el XIX no se materializó definitivamente en todas las poblaciones de nuestro país.

Los prolegómenos que desembocaron en la Real Cédula de 3 de abril de 1787, que tenía por título “Restablecimiento de la Disciplina de la Iglesia en el uso y construcción de cementerios, según el Ritual Romano”,   y que en tiempo de Carlos III impulsaron los ministros ilustrados con Floridablanca a la cabeza. Estos primeros pasos de la aplicación de la Real Cédula fueron motivo de una larga y áspera polémica, pues en la cuestión de la creación de cementerios intervinieron argumentos políticos, científicos y religiosos, y también económicos, pues la iglesia, mediante los enterramientos, obtenía buenos  ingresos, dado que más pagaba la familia del difunto cuanto más cerca del altar se le enterrara su familiar difunto. Además, los más ricos pagaban por construir capillas anejas a la nave central de las iglesias, donde enterraban a sus familiares difuntos.

Muchos fueron los prejuicios y las supersticiones que había que vencer, porque se consideraba que al enterrar los cadáveres en el suelo de los recintos sagrados, el difunto quedaba bajo la protección divina y, además, era el punto de unión del muerto con sus deudos. El problema era que, con frecuencia, ni el espeso humo de las velas ni el aroma del incienso, llegaban a disimular el hedor que producían los cadáveres en descomposición depositados en tierra bajo las losas de los templos. En esas condiciones, las iglesias, decían los médicos higienistas, eran lugares insalubres.

Para poder llevar adelante esta trascendental iniciativa era necesaria la colaboración de los municipios, y aún tendrían que pasar muchos años para que en todas las poblaciones se construyeran cementerios y únicamente en ellos se enterrara a los difuntos. De hecho no fue hasta 1833 que el gobierno de España ya obligó tajantemente a enterrar en cementerios fuera de las iglesias y las poblaciones.

Tuvo que ponerse serio el Gobierno de la Nación, para que los municipios terminaran por hacer caso a las órdenes de construir cementerios, debido a que en muchos casos los regidores iban demorándose en la aplicación de la ley tanto por razones económicas como por no buscarse enfrentamientos con el poder del clero. En el primer tercio del siglo XIX, se conminó por parte de las autoridades a la construcción de cementerios, en los pueblos que todavía no lo tuvieran, y a que cesara el enterramiento de cadáveres en las iglesias, que había sido la costumbre desde siglos anteriores.
Hasta que se generalizó la construcción de camposantos, los enterramientos se hacían en el interior de las iglesias y sus cementerios anejos, o en los cementerios de los hospitales. Y bastante les costó al Gobierno de la Nación y a los regidores municipales adquirir la completa titularidad de los cementerios, pues la Iglesia católica disputó enconadamente con las autoridades civiles, para no perder la hegemonía en los asuntos de la muerte y el más allá, dado que el giro que imprimió Carlos III a las viejas prácticas funerarias, supuso que el Estado, delegando en los ayuntamientos, se arrogaba un derecho que la Iglesia consideraba que era exclusivamente suyo. Para la Iglesia, la secularización de los cementerios tuvo la consideración de como si de un expolio de su exclusiva propiedad se tratase. Las disputas entre el poder civil y la iglesia no quedaron definitivamente resueltas, y se reavivaron con frecuencia.
El cementerio de Lahiguera, que los mayores conocimos, y que hoy es parte del parque y jardines que hay camino de la Piscina Municipal, sería construido sobre la tercera decena de años del siglo XIX, un cementerio hecho con paredes de tapial, que sucumbió en sus paredes y tumbas en el gran temporal, que padeció nuestra comarca en invierno del año 1855. En este temporal cayo parte de un templo de Arjona.
Esta acta es una prueba del estado de abandono en que quedó nuestro cementerio, donde los perros hambrientos encontraron el medio de satisfacer sus necesidades físicas de alimentación, sacando los cadáveres de sus tumbas, y esparciendo los restos mortales de los difuntos en los sembrados de los alrededores del mismo.

ACTA DE LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
El orden del día de esta reunión ordinaria viene forzado por la necesidad de tratar del Nombramiento de una persona que en nombre y representación del Municipio, gestionase en las oficinas generales de la Corte en Madrid, la remisión de las láminas intransferibles que corresponden a la misma, procedentes de los bienes vendidos a este Pueblo, por virtud de la Ley de desamortización de 1º de Mayo de 1855 y después de quedar enterado el Ayuntamiento al mismo tiempo de la utilidad y ventaja que reporta estas medidas, se acordó por unanimidad en nombrar a D. Manuel Romero vecino de la Villa y Corte de Madrid, sito en Calle de la Magdalena Nº 34, 2º Izquierda, designándole como premio el 1 por ciento sobre el capital nominal de las expresadas láminas. Desconocemos el objeto de la venta a que se refiere y que fue hecho en tiempo de la Desamortización de 1º de Mayo de 1855, pero suponemos sería unos bienes que le fueron retirados al Concejo del Municipio y de los cuales ahora se intenta recuperar la parte de su valor, que por ley le correspondiese. Resulta un tanto intrigante pensar a que se refería ese valor de las “expresadas láminas”.

“Acuerdo…

En la Villa de la Higuera cerca de Arjona a primero de Marzo de mil ochocientos sesenta y dos, se reunió el Ayuntamiento Constitucional de la misma en sus Salas Capitulares, vajo la Presidencia del Sor. D. José Barragán Alcalde y Presidente y de mí el infrascrito  Secretario Interino con el objeto de  tratar del Nombramiento de una persona que en nombre y representación de este Municipio, gestione en las oficinas generales de la Corte, la remisión de las láminas intransferibles que corresponden a la misma, procedentes de los bienes vendidos a este Pueblo, por virtud de la Ley de desamortización de 1º de Mayo de 1855 y después de quedar enterado el Ayuntamiento al mismo tiempo que de la utilidad y ventaja que reporta estas medidas, se acordó por unanimidad en nombrar a D. Manuel Romero vecino de la Villa y Corte de Madrid, designándole como premio el 1 por ciento  sobre el capital nominal de las espresadas láminas , y para que lo pueda hacer constar, y le sirba como poder especial esta autorización se sacará Certificado de la presente acta, y se remitirá al espresado D. Manuel Romero, la que sellada y visada por el Sor. Alcalde  se le remitirá a la Calle de la Magdalena Nº 34=2º Izquierda, y lo firman de que yo el Serio. Interino Certifico =

Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  José Calero Martínez.  Manuel Clemente Pérez. 
 

ACTA DE LA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
Los acuerdos de esta séptima acta pueden gustar a ciertos familiares, de la antigua calle Pelayos y la calle Nueva, como ha llegado a alegrarme a mí la referencia a un antepasado mío, tatarabuelo, Pedro Galán, que aparece citado como propietario de un solar en la Calle Pelayos, entonces en manos de sus herederos por fallecimiento del mismo. Otra autorización de obras es dada para la construcción de una casa en la Calle Nueva, que por entonces se iba conformando poco a poco. El texto es bien preciso:
“El Ayuntamiento de esta Villa acordó darle licencia a Manuel Mercado Montoro de estos vecinos para obrar unas Casas en la Calle de Pelayos según lo tiene solicitado en el terreno vacante y que linda con Juan Agudo por poniente y por saliente con solar de los herederos de Pedro Galán; y a Catalina Molina, Viuda de Juan García Garrido, en la Calle Nueva para obrar otra lindante con otras de Manuel Cubilla Barragán y acera del Norte.”
“Día veinte y cuatro de Febrero de mil ochocientos sesenta y dos, el Ayuntamiento de esta Villa acordó darle licencia a Manuel Mercado Montoro de estos vecinos para obrar unas Casas en la Calle de Pelayos según lo tiene solicitado en el terreno bacante y que linda con Juan Agudo por poniente y por saliente  con solar de los herederos de Pedro Galán; y a Catalina Molina Biuda de Juan García Garrido, en la Calle Nueva para obrar otra lindante con otras de Manuel Cuvilla Barragán y acera del Norte, y para que conste se pone por diligencia que firma este Sor. Alcalde de que Certifico =
El A.C. (Alcalde Constitucional)                                    
Luis Pérez Secretario Interino.
ACTA DE LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
Otra prueba de la expansión de nuestra villa por la recién creada calle Nueva es la concesión de licencia para otra construcción de casas en la calle Nueva. En este caso la autorización se concede a Manuel Calero Almansa para obrar unas Casas para su habitación en la Calle Nueva en esta Población, en el término que hay vacante por encima de casas de Manuel Cubillas Barragán y lindante con otras que trata de hacer Catalina Molina, Viuda de Juan García Garrido

“Día ocho de Marzo del corriente año se acordó darle licencia a Manuel Calero Almansa en estos vecinos, para obrar unas Casas para su habitación en la Calle Nueva en esta Población, en el término que hay vacante por encima de casas de Manuel Cuvillas Barragán y lindante con otras que trata de hacer Catalina Molina Viuda de Juan García Garrido, según consta del Espediente original entregado a este interesado y la firma el or  Alcalde de que Certifico

El  A.C. (Alcalde Constitucional)

Luis Pérez Secretario Interino.

ACTA DE LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA PRIMERO DE MARZO DE 1862.
En esta nona acta es en la que se hace referencia al nombramiento del secretario del ayuntamiento, que hasta ese momento había  sido atendido interinamente el servicio por Luis Pérez y después por el concejal  D. José Calero Martínez.
El texto es el siguiente: Debía procederse al nombramiento  de Secretario en razón a que en el día anterior había expirado el plazo de treinta días que se fijan en el Boletín oficial de la Provincia, dando así mismo cuenta de las solicitudes que se habían presentado por los aspirantes a ella, los que examinados detenidamente se consideró nombrar, como más apto para el desempeño de este cargo a D. Francisco Cardeña y Arcediano por resultar justificado en los documentos que acompaña los extremos de que deben estar adornados los aspirantes, quedando así mismo acordado se dé cuenta al Señor Gobernador de la Provincia en cumplimiento a las órdenes vigentes, así como al interesado para que a la mayor brevedad se persone en esta a tomar posesión de su destino.
Con todo lo cual y con el acuerdo de que como Secretario interino autorizara este D. José Calero Martínez como concejal por no haber quien desempeñara este cargo.
“Acuerdo…
En la villa de la Higuera cerca de Arjona á siete de Marzo del mil ochocientos sesenta y dos reunidos en su mayor parte los Sres. que componen el Ayuntamiento Constitucional dela misma bajo la presidencia del Sor Alcalde D. José Barragán por cuyo Sor. se declaró abierta la sesión, manifestando devía procederse al nombramiento  de Secretario en razón a que en el día anterior había espirado el plazo de treinta días que se fijan en el Boletín oficial dela Provincia, dando así mismo cuenta delas solicitudes que se habían presentado por los aspirantes á ella, los que examinados detenidamente se consideró nombrar, como más apto para el desempeño de heste cargo a Dn. Francisco Cardeña y Arcediano por resultar justificado enlos documentos que acompaña los estremos de que deven hestar adornados los aspirantes, quedando así mismo acordado se dé cuenta al Sor. Governador dela Provincia en cumplimiento á las órdenes vigentes así como al interesado para que á la mayor brevedad se persone en hesta á tomar posesión de su destino.
Con todo lo cual y con el acuerdo de que como Secretario interino autorizara heste D. José Calero Martínez como concejal por no haber quien desempeña heste cargo; dándose por terminado el acto que firman los Señores que saben conmigo el Serio interino de que certifico=
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Juan Pérez Serrano.  Concejal José Calero Martínez. Francisco Martínez.  Secretario interino José Calero Martínez.
Nota: Aparee el texto del Oficio de respuesta a la comunicación al Sor Gobernador Provincial del nombramiento del Secretario del Ayuntamiento
Aparece en tamaño de Cuartilla un escrito del Gobernador con un membrete con corona real y escudo con dos castillos y leones colocados en diagonal y abajo una granada, con la leyenda GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JAEN a su alrededor. No se puede aseverar que la figura que ocupa el centro del escudo sea una representación del Santo Rostro. Debajo aparece manuscrito: Ayuntamientos Sección 3ª
El escrito dice textualmente:

“Quedo enterado del acuerdo de ese Ayuntamiento nombrando Srio. del mismo á D. Francisco Cardeña Arcediano, y apruebo dicha resolución.

Dios guarde a V. (abreviatura  ilegible)

Jaén 21 de Marzo de 1862

Antonio Hurtado.

Al final del espacio de la cuartilla aparece el escrito dirigido al Ayuntamiento con el siguiente texto:

Sor Alcalde de Higuera de Arjona.”

En esta fecha de 21 de Marzo de 1862, es la primera vez que aparece el nombre de nuestro pueblo como Higuera de Arjona, en toda la revisión de las actas realizada e iniciada con las correspondientes al año 1833. Aunque ya en el artículo anterior , referido al año 1861, aparece el nombre de Higuera de Arjona, en la pequeña relación de poblaciones que con un sueldo de 2.500 reales, indicaba las condiciones y circunstancias para la ocupación de la plaza del maestro de Instrucción Primaria en nuestra villa.
Hasta ahora todas las actas y referencias de la hoy Lahiguera vienen encabezadas con el nombre del pueblo como Villa de la Higuera cerca de Arjona; pero a partir de esta fecha del escrito del Señor Gobernador Provincial, que se dirige al Señor Alcalde de Higuera de Arjona, se comienza a hacer más frecuente el uso del nombre del pueblo como la Higuera de Arjona, dándose el caso de que a veces queda entre las actas de los años siguientes alguna encabezada como la Higuera cerca de Arjona que progresivamente va eliminando la palabra “cerca” en las actas siguientes me parece que en las de los años 1865 y 1867 ya todas figuran en su encabezamiento como la Higuera de Arjona.  

En acta del 30 de mayo de este año 1862 aparece sólo con el nombre de la Higuera. En todas las quince actas de 1864 en todas figura Higuera de Arjona excepto en una que sigue denominando al pueblo la Higuera cerca de Arjona.
ACTA DE LA DÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA  9 DE MAYO DE 1862.

En esta acta se cesa oficialmente al hasta ese momento Secretario Interino D. Luis Pérez y se le da posesión a D. Francisco Cardeña y Arcediano quien aceptó el encargo prometiendo cumplir fiel y lealmente su cometido, como lo tiene de antiguo acreditado en los puntos donde ha estado ejerciendo, por lo que dio las gracias a la Corporación de esta medida en vista de la confianza y preferencia que en su persona habíase tenido. Poco después se nombra al citado D. Francisco Cardeña y Arcediano, que en esta acta comenzaba su trabajo como secretario, como Cirujano y persona acreditada en los puntos donde ha ejercido por espacio de diez y seis años, con la dotación anual de dos mil quinientos reales pagados por trimestres del presupuesto municipal donde se fijará la mencionada cantidad, debiendo principiar el contrato desde primeros de Julio próximo venidero, con la condición de asistir a todos los pobres de solemnidad reconocimiento de quintas y Causas criminales como igualmente a todos los vecinos que lo necesiten por la retribución que entre ellos estipulen.

“Acuerdo…

En la Villa de la Higuera cerca de Arjona á nueve de Mayo de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma bajo la presidencia del Sr. Alcalde en el local acostumbrado con objeto de celebra sesión extraordinaria, por dicho Sr. Se manifestó hallarse en esta Villa el Srio. nombrado por la espresada Municipalidad D. Francisco Cardeña y Arcediano y en su virtud acordaron darle posesión inmediatamente de su destino y que de hecho cesar al interino D. Luis Pérez lo que se efectuó en el acto, hallándose presente el D. Francisco Cardeña y Arcediano quien aceptó el encargo prometiendo cumplir fiel y lealmente su cometido como lo tiene de antiguo acreditado en los puntos donde ha estado ejerciendo por lo que dio las gracias a la Corporación de esta medida en vista de la confianza y preferencia que en su persona habíase tenido.

Así lo acordaron referidos Señores Concejales que firmaran y señalaran como acostumbran hacerlo de lo que yo el Secretario Certifico =

Aparecen las firmas de los siguientes señores:

José Barragán.  José Calero Martínez.   Dice: La X es del Regidor Francisco Fernández. Francisco Martínez. 

P. A. D. A. C. Francisco Cárdena y Arcediano Secretario.
Acta de la sesión extraordinaria de fecha 18 de mayo de 1862.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA  18 DE MAYO DE 1862.

Es la undécima reunión anual del Ayuntamiento. Esta acta trae de nuevo la comunicación de respuesta del señor Gobernador Provincial, en esta sesión se dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador Civil de esta Provincia de nueve de Abril último relativa al déficit, que resulta en el presupuesto Municipal del año actual, consistente en mil quinientos veinte y siete Reales doce Céntimos, y en su vista discutido suficientemente el particular se acordó que no pudiéndose recargar la Contribución Territorial y de Subsidio por estarlo con los que previene la Ley es necesario verificarlo sobre las especies de Consumo desde primeros de Julio hasta fin de Diciembre próximo venidero o sea un 50 por % por los seis meses marcados según se indica en dicha Superior disposición cuya propuesta se hace de la manera siguiente:

Sobre el Vino -------------------------------------------------600.

Sobre el Aguardiente ----------------------------------------325.

Sobre el Vinagre -----------------------------------------------37.50.

Sobre el aceite Oliva -----------------------------------------750.

Sobre Javón blando -------------------------------------------75.

Sobre Carnes y Tocino -------------------------------------- 912.50

                                                                    Total                      2750.

De modo que resulta una diferencia de más de mil ciento setenta y dos Reales y ocho Céntimos, que podrán servir para pago de lo que la Corporación adeuda a los propietarios de la Junta de propios, vendida y que indebidamente se les cobró su renta el año pasado de mil ochocientos sesenta y uno, o bien para cubrir la parte que faltará en el producto de propios por haberse graduado mal en el presupuesto ordinario últimamente formado, sin tener en cuenta el menor ingreso de la suerte vendida, como debía haberse rebajado la parte proporcional a cada uno.

“Acuerdo… y

En la Villa de la Higuera cerca de Arjona a diez y ocho de Mayo de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia y con los mayores Contribuyentes D. Felipe Martínez Marín, D. Bonoso de Lara, D. Juan Ramón Barragán, D. Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro, D. Pedro Mercado, D. Bartolomé Catalán y D. Domingo Sebastián de Fuentes con objeto de celebrar Sesión estraordinaria la que abierta por el Sr Presidente se dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador Civil de esta Provincia de nueve de Abril último relativa al déficit que resulta en el presupuesto Municipal del año actual consistente en mil quinientos veinte y siete Reales doce Céntimos y en su vista discutido suficientemente el particular se acordó que no pudiéndose recargar la Contribución Territorial y de Subsidio por estarlo con los que previene la Ley es necesario verificarlo sobre las especies de Consumo desde primeros de Julio hasta fin de Diciembre provsimo venidero o sea un 50 por % por los seis meses marcados según se indica en dicha Superior disposición cuya propuesta se hace de la manera siguiente:

Sobre el Vino ---------------------------------------------600.

Sobre el Aguardiente ------------------------------------325.

Sobre el Vinagre ------------------------------------------37.50.
Sobre el aceite Oliva ------------------------------------750.
Sobre Javón blando --------------------------------------75.
Sobre Carnes y Tocino ---------------------------------912.50
                                                                       2750.
De modo que resulta una diferencia de más de mil ciento setenta y dos Reales y ocho Céntimos que podrán servir para pago de lo que la Corporación adeuda a los propietarios de la Junta de propios vendida y que indevidamente se les cobró su renta el año pasado de mil ochocientos sesenta y uno ó bien para cubrir la parte que faltará en el producto de propios por haberse graduado mal en el presupuesto ordinario últimamente formado sin tener en cuenta el menor ingreso de la suerte vendida como debía haberse rebajado la parte proporcional á cada uno, por lo que se dio por terminada la sesión acordándose á la vez dichos SS. se remita duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador á los fines prevenidos y lo firman los SS. concurrentes que saben hacerlo de que Certifico =
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Francisco Martínez.  José    Calero Martínez.   Dice: La X es del Regidor Francisco Fernández.  Felipe Martínez.  Bonoso de Lara.  Hipólito Martínez.  Bartolomé Catalán. 
P. A. D. A. C. Francisco Cárdena y Arcediano Secretario
A continuación viene el texto:
Nota: y
Careciendo de asuntos de que ocuparse no hubo sesión lo que se estampa por diligencia que firmo en la Higuera cerca de Arjona á veinte y dos de Mayo de mil ochocientos Sesenta y dos=
Francisco Cárdena y Arcediano.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE FECHA 30 DE MAYO DE 1862.

En esta acta aparece por primera vez el nombre de la Higuera sólo como nombre de nuestro pueblo.

El orden del día de la reunión tiene como único punto el nombramiento, del recientemente nombrado secretario como cirujano. El Alcalde manifestó la necesidad que había de establecer en esta Villa una plaza de Facultativo Titular para la asistencia en sus dolencias a los pobres de Solemnidad, quintas y reconocimiento de Causas Criminales, con la dotación que se le asignase por un servicio tan necesario, y de todo suyo humanitario según se halla prevenido por diferentes Reales Órdenes vigentes. En su virtud discutido detenidamente el particular, y convencidos de la necesidad de que se establezca el Titular que se expresa anteriormente, y para el desempeño de ella acordaron nombrar al Cirujano D. Francisco Cárdena y Arcediano,  persona acreditada en los puntos donde ha ejercido por espacio de diez y seis años, con la dotación anual de dos mil quinientos reales pagados por trimestres del presupuesto municipal donde se fijará la mencionada cantidad, debiendo principiar el contrato desde primeros de Julio próximo venidero, con la condición de asistir a todos los pobres de solemnidad, reconocimiento de quintas y Causas criminales, como igualmente a todos los vecinos que lo necesiten por la retribución que entre ellos estipulen, y estando presente el D. Francisco Cárdena y Arcediano acepta el nombramiento y quedó en su más escueto cumplimiento.

Acuerdo…

En la Villa de la Higuera a treinta de Mayo de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma en el local de costumbre bajo la presidencia de D. José Barragán Alcalde y de un número igual de mayores contribuyentes con objeto de celebrar sesión estraordinaria por lo que dicho Sr. manifestó la necesidad que había de establecer en esta Villa una plaza de Facultativo Titular para la asistencia en sus dolencias á los pobres de Solemnidad, quintas y reconocimiento de Causas Criminales con la dotación que se le asigne por un servicio tan necesario y de todo suyo humanitario según se halla prevenido por diferentes Reales Órdenes vigentes. En su virtud discutido detenidamente el particular y convencidos de la necesidad de que se establezca el Titular que se espresa anteriormente y para el desempeño de ella acordaron nombrar al Cirujano D. Francisco Cárdena y Arcediano y persona acreditada en los puntos donde ha ejercido por espacio de diez y seis años con la dotación anual de dos mil quinientos reales pagados por trimestres del presupuesto municipal donde se fijará la mencionada cantidad, debiendo principiar el contrato desde primeros de Julio próximo venidero con la condición de asistir a todos los pobres de solemnidad reconocimiento de quintas y Causas criminales como igualmente á todos los vecinos que lo necesiten por la retribución que entre ellos estipulen y estando presente el D. Francisco Cárdena y Arcediano acepta el nombramiento y quedó en su más escueto cumplimiento. Así lo acordaron y firman referidos SS. de que yo el Secretario interino Certifico=

Aparecen las firmas de los siguientes señores:

José Barragán.  José Calero Martínez.  Bonoso de Lara.  Francisco Martínez.

Francisco Cárdena y Arcediano Secretario.


ACTA DE LA UNDÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA  30 DE JUNIO DE 1862.

En esa reunión se trata de dar respuesta a la circular del Gobernador Civil, en la que se previene se observen puntualmente los preceptos de la ley, no sólo en los trámites de la formación de las listas para la elección de los individuos de Ayuntamiento, sino  en las partes que deben darse al expresado Gobernador de quedar hecha las operaciones que se marcan en el Capítulo 1º de la ley de 8 de Enero de 1845, a cuya disposición y demás que se insertan en dicho reglamento sobre el particular, se dio lectura por su mandato e instruidos del contenido del contenido de la misma acordaron por unanimidad dar el debido cumplimiento a cuanto en ella se previene, nombrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º para la formación de dichas listas a los Concejales D. José Calero Martínez y D. Francisco  Martínez y como mayores Contribuyentes a D. Felipe Martínez  y D. Hipólito Martínez y suplente al Concejal D. Francisco Fernández y mayor Contribuyente a D. Juan Ramón Barragán para que asociados al Sr. Alcalde formen las listas de electores y elegibles, a quienes se les hará saber este nombramiento, a fin de que con presencia de cuantos datos se requieran, proceder a la formación de las expresadas listas para su exposición al público en los días que determina el artículo 13 de la ley, tomando por base los 77 electores que en la ya citada circular se fijan a esta Villa, quedando así cumplimentada la primera diligencia que sobre este asunto se ordena.

“Acuerdo…

En la Villa de la Higuera de Arjona á treinta de Junio de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma en su Sala Capitular bajo la presidencia de D. José Barragán Alcalde Constitucional de ella por cuyo Sor. se declaró abierta la Sesión y dando cuenta de una Circular del Sr. Gobernador Civil fecha seis del actual inserto en el Boletín oficial del lunes nueve del mismo en la que se previene se observen puntualmente los preceptos de la ley no sólo en los trámites de la formación de las listas para la elección de los individuos de Ayuntamiento, sino  en las partes que deben darse al espresado Governador de quedar hecha las operaciones que se marcan en el Capítulo 1º de la ley de 8 de Enero de 1845 á cuya disposición y demás que se insertan en dicho reglamento sobre el particular se dio lectura por su mandato e instruidos del contenido del contenido de la misma acordaron por unanimidad dar el debido cumplimiento a cuanto en ella se previene, nombrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º para la formación de dichas listas á los Concejales D. José Calero Martínez y D. Francisco  Martínez y  como mayores Contribuyentes a D. Felipe Martínez  y D. Hipólito Martínez y suplente al Concejal D. Francisco Fernández y mayor Contribuyente a D. Juan Ramón Barragán para que asociados al Sr. Alcalde formen las listas de electores y elegibles a quienes se les hará saber este nombramiento á fin de que con presencia de cuantos datos se requieran proceder á la formación de las espresadas listas para su esposición al público en los días que determina el artículo 13 de la ley tomando por base los 77 electores que en la ya citada circular se fijan á esta Villa, quedando así cumplimentada la primera diligencia que sobre este asunto se ordena. Todo así lo acordaron dichos Señores que firman los que saben hacerlo conmigo el Srio. Interino de que Certifico=

Aparecen las firmas de los siguientes señores:

José Barragán.  José Calero Martínez.  Francisco Martínez.  Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández.  Dice: Señal X del Regidor Manuel Pérez Molina. 

P. A. D. A. C. Francisco Cardeña  y Arcediano.
 
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 16 DE JULIO DE 1862.
Es la duodécima reunión del año de este Ayuntamiento.
Una vez más esta sesión extraordinaria tiene por objeto concretar aspectos relacionados con los presupuestos, que se preparan para el año próximo de 1863. Por ello el Alcalde hizo saber el déficit que resulta en el presupuesto municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y tres, el cual consiste en diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales con cincuenta céntimos. En su vista y discutido suficientemente el particular se acordó proponer los recargos ordinarios siguientes:
Diez por ciento sobre la Contribución Territorial ---------5159.
Quince por ciento sobre la de Subsidio -----------------------132.
Cincuenta por ciento sobre los ramos de Consumo -------5500.
Total-10.791.
De modo que resulta una diferencia de menos para cubrir los gastos del presupuesto Municipal de dicho año de siete mil setecientos treinta y ocho reales cincuenta céntimos, que podrá nivelarse con un recargo extraordinario sobre el bien a la Contribución Inmueble o Territorial, para cuyo fin se formará por separado la propuesta correspondiente, por lo que se dio por concluida la Sesión, acordando entre dichos Señores se remita por duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador Civil de esta Provincia para su superior aprobación.
“Sesión extraordinaria de 16 de Julio…
En la Villa de la Higuera de Arjona á diez y seis de Julio de mil ochocientos sesenta y dos reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia y como mayores Contribuyentes D. Felipe Martínez, D. Felipe Martínez Cortes, D. Bonoso de Lara, D. Juan Ramón Barragán, D. Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro, D. Bartolomé  Catalán, D. Francisco Garrido Cubillas, y D. Domingo Sebastián Fuentes con objeto de celebrar se sesión extraordinaria la que abierta por el Sr. Presidente se hizo saber el déficit que resulta en el presupuesto municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y tres, el cual consiste en diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales Cincuenta Céntimos. En su vista y discutido suficientemente el particular se acordó proponer los recargos ordinarios siguientes=
Diez por ciento sobre la Contribución Territorial ---------5159.
Quince por ciento sobre la de Subsidio -----------------------132.
Cincuenta por ciento sobre los ramos de Consumo ----------5500.
Total----------------10.791.
De modo que resulta una diferencia de menos para cubrir los gastos del presupuesto Municipal de dicho año de siete mil setecientos treinta y ocho reales cincuenta Céntimos que podrá nivelarse con un recargo extraordinario sobre el bien á la Contribución Inmueble ó Territorial para cuyo fin se formará por separado la propuesta correspondiente, por lo que se dio por concluida la Sesión acordando entre dichos SS. se remita por duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador Civil de esta Provincia para su superior aprobación y firman todos los concurrentes que saben hacerlo de que certifico =
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Francisco Martínez.  José Calero Navarro.   José Calero Martínez.  Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández.  Felipe Martínez.  Bonoso de Lara.  Bartolomé Catalán.  Hipólito Martínez. 
P. A. D. A. C. Francisco Cardeña  y Arcediano.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 16 DE JULIO DE 1862.
Otra sesión extraordinaria se celebró este día con el tema de los presupuestos. En ella el Alcalde manifestó la necesidad que había de proponer un recargo extraordinario sobre la Contribución Territorial, para cubrir el déficit de diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales cincuenta céntimos, que resultaba en el presupuesto Municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y tres, por no ser suficiente los ordinarios, ya propuestos, que importan diez mil setecientos noventa y un reales, por lo que resulta una falta de siete mil setecientos treinta y ocho reales, y discutido suficientemente el particular, dichos señores acordaron proponer un recargo extraordinario de quince por ciento sobre el bien a la Contribución Territorial del año inmediato, y con ello quedarían cubiertas del todo las obligaciones de mencionado presupuesto de mil ochocientos sesenta y tres.
“Otra del mismo día 16 de Julio…
En la Villa de la Higuera cerca de Arjona a diez y seis de Julio de mil ochocientos sesenta y dos, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia en el local acostumbrado y como mayores Contribuyentes D. Felipe Martínez, D. Felipe Martínez Cortes, D. Bonoso de Lara, D. Juan Ramón Barragán, D. Hipólito Martínez, D. José Calero Navarro, D. Bartolomé Catalán, D. Francisco Garrido Cubillas y D. Domingo Sebastián Fuentes con objeto de celebrar sesión extraordinaria la que fue abierta por el Sr. Presidente se manifestó la necesidad que había de proponer un recargo extraordinario sobre la Contribución Territorial para cubrir el déficit de diez y ocho mil quinientos veinte y nueve reales cincuenta céntimos que resulta en el presupuesto Municipal del año próximo venidero de mil ochocientos sesenta y tres por no ser suficiente los ordinarios ya propuestos que importan diez mil setecientos noventa y un reales por lo que resulta una falta de siete mil setecientos treinta y ocho reales y discutido suficientemente el particular dichos SS. acordaron proponer un recargo extraordinario de quince por ciento sobre el bien á la Contribución Territorial del año inmediato y con ello quedaran cubierta de un todo las obligaciones de mencionado presupuesto de mil ochocientos sesenta y tres, acordando á la vez los espresados SS. se remita por duplicado esta propuesta al Sr. Gobernador Civil de esta Provincia para su aprobación y demás efectos consiguientes con lo que se dio por terminado el acto que firman los SS. concurrentes que saben de que Certifico=
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  Francisco Martínez.  José Calero Navarro.  José Calero Martínez.  Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández.  Hipólito Martínez.  Bonoso de Lara.  Bartolomé Catalán.  Felipe Martínez. 
P. A. D. A. C. Francisco Cardeña  y Arcediano.



ACTA DE LA DUODÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA  20 DE JULIO DE 1862.
En esta reunión el Alcalde D. José Barragán manifestó la necesidad que había de nombrar un agente en la Capital para que evacue con prontitud cuantos negocios puedan ocurrirle a la Municipalidad a virtud a no haber ninguna persona designada. En su consecuencia la expresada Corporación acordó, nombrar a D. José Moreno para agente suyo por ser sujeto de probidad y de toda la satisfacción de la misma con la asignación anual de trescientos reales, de cuya medida se le expedirá el oportuno nombramiento.
“Acuerdo…
En la Villa de Higuera de Arjona á veinte de Julio de mil ochocientos sesenta y dos, reunido en sesión los SS. que componen el Ayuntamiento de la misma, bajo la presidencia de su Alcalde D. José Barragán con mí asistencia, por dicho Sr. se manifestó la necesidad que había de nombrar un ajente en la Capital para que evacue con prontitud cuantos negocios puedan ocurrirle á la Municipalidad a virtud á no haber ninguna persona designada. En su consecuencia la espresada Corporación acordó, nombrar á D. José Moreno para ajente suyo por ser sujeto de probidad y de toda la satisfacción de la misma con la asignación anual de trescientos reales, de cuya medida se le espedirá el oportuno nombramiento. Así lo acordaron referidos SS. que firmarán y señalarán como acostumbran de que el Srio. Certifico=
Aparecen las firmas de los señores siguientes:
José Barragán.  José Calero Martínez.  Francisco Martínez.  Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández. 
P. A. D. A. C. Francisco Cardeña  y Arcediano.

ACTA DE LA DÉCIMOTERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 27 DE JULIO DE 1862.
En esta reunión el Alcalde D. José Barragán dio cuenta de haberse terminado los presupuestos ordinarios de gasto e ingresado para el año próximo de mil ochocientos sesenta y tres, los cuales ya fueran votados y aprobados por la misma. En su virtud la Municipalidad acordó se remitiesen al Sr. Gobernador de la Provincia para su aprobación.
“Acuerdo…
En la Villa de la Higuera de Arjona a veinte y siete de Julio de mil ochocientos sesenta y tres reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma en el local de costumbre bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Barragán con mí asistencia por dicho Sr. se dio cuenta de haberse terminado los presupuestos ordinarios de gasto e ingresado para el año próximo de mil ochocientos sesenta y tres los cuales ya fueran votados y aprobados por la misma. En su virtud la Municipalidad acordó se remitiesen al Sr. Gobernador de la Provincia para su aprobación. Así lo acordaron y firman referidos SS. señalando los que saben de que yo el Srio. Certifico=”
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
José Barragán.  José Calero Martínez.  Francisco Martínez.  Dice: Señal X del Regidor Francisco Fernández. 
P. A. D. A. C. Francisco Cardeña  y Arcediano.
A continuación vienen reflejadas las siguientes notas:
Nota… y
Careciendo de asuntos de que ocuparse no hubo sesión hoy tres de Agosto de mil ochocientos Sesenta y dos de que certifico=
                             Francisco Cardeña  y Arcediano.
Otra… y
 Se anota de no haber asuntos de que ocuparse y por consiguiente no hubo sesión hoy diez de Agosto de mil ochocientos sesenta y dos de que Certifico=
                              Francisco Cardeña  y Arcediano.

Granada 19 de octubre de 2019.
Pedro Galán Galán
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