PROLOGO

Se pretende que sea éste un espacio dedicado a entretener y deleitar (... a través de la fotografía fundamentalmente) ... a dar a conocer (...o traer al recuerdo) ciertos monumentos o espacios situados en el término o cercanías de Lahiguera. ...a llamar la atención por el estado de abandono y deterioro de muchos de ellos, ...y si llegara el caso, a remover la conciencia de todos los que somos "herederos" de tales monumentos y espacios, y que con nuestra aportación ayudásemos a la conservación de los mismos.

lunes, 1 de junio de 2020

ACTAS DEL AYUNTAMIENTO DE LAHIGUERA DURANTE EL MANDATO DEL GENERAL JUAN ZABALA (DESDE EL 13 DE MAYO DE 1874 AL 3 DE SEPTIEMBRE DE 1974).

 EL GENERAL JUAN ZABALA PASA DE PRESIDENTE PROVISIONAL DE GOBIERNO (SUSTITUTO DEL GENERAL SERRANO) A TITULAR DE LA PRESIDENCIA. 
Zabala había sido Presidente interino desde 26 de febrero de 1874, y en fecha 13 de mayo pasaba a ser titular de la Presidencia del Gobierno de la nación.

Gobierno del general Juan Zabala tuvo lugar entre 13 de mayo 1874 y el 3 septiembre 1874.
Retrato del General del Ejército D. Juan Zabala y de la Puente.
Este Gobierno se caracterizó por la caída de todos los ministros del Partido Radical, que fueron sustituidos por miembros del Partido Constitucional, es decir, los progresistas fueron sustituidos por unionistas, progresistas y demócratas calificados de moderados, aunque eran netamente monárquicos.
La composición de su Gobierno fue la siguiente:
Presidente del Consejo, general Juan Zabala de la Puente, marqués de Sierra Bullones / 29 junio 1874: Práxedes Mateo Sagasta.
D. Augusto Ulloa Castañon, Ministro de Estado.
Estado, Augusto Ulloa Castañón.
D. Manuel Alonso Martínez, Ministro de Gracia y Justicia.
Gracia y Justicia, Manuel Alonso Martínez.
Guerra, Juan Zabala de la Puente, marqués de Sierra Bullones / 29 junio de 1874: general Fernando Cotoner Chacón Manrique de Lara y Despuig, marqués de Cenia y de Ariany. Partido Constitucional.
D. Rafael Rodríguez de Arias y Villavicencio, Ministro de Marina.
Marina, contraalmirante Rafael Rodríguez de Arias y Villavicencio, marqués de Blegua.
D. Juan Francisco Camacho de Alcorta, Ministro de Hacienda. Museo del Prado.
Hacienda, Juan Francisco Camacho de Alcorta.
D. Práxedes Mateo Sagasta, Ministro de Gobernación.
Gobernación, Práxedes Mateo Sagasta.
 
D. Eduardo Alonso Colmenares, Ministro de Fomento.
Fomento, Eduardo Alonso Colmenares.
D. Antonio Romero-Ortíz García, Ministro de Ultramar.
Ultramar, Antonio Romero Ortiz / 11 junio: Augusto Ulloa Castañón, interino / 21 de junio: Antonio Romero Ortiz.

El general Serrano era considerado como Presidente del República, pero su Gobierno era completamente de Ministros monárquicos.
Una vez restaurado en España un poder central en enero de 1874, el carlismo estaba condenado al fracaso, y se inició su derrota: Cataluña se manifestaba por Alfonso XII, Martínez Campos se manifestó en diciembre en Sagunto por Alfonso XII y con ello se perdieron los apoyos levantinos al carlismo. Y cuando se acabó el problema cantonalista en febrero de 1874, los carlistas debieran haber repensado sus posiciones, pero decidieron seguir.
El planteamiento de la guerra por parte del Gobierno de Madrid, fue por primera vez serio: Serrano pidió en mayo y junio de 1874 grandes cantidades de armas a Alemania, y los carlistas cometieron el error de anunciar represalias contra Alemania. Desde entonces, Alemania decidió cambiar de actitud y pasar a un apoyo decidido al Gobierno español. Del apoyo a los carlistas había pasado durante el sexenio a la neutralidad, y ahora pasaba a la oposición al carlismo. Bismarck declaró que atacando a los carlistas se atacaba a los ultramontanos de toda Europa. Alemania pensaba de nuevo en que Hohenzollern podía ser Rey de España. Cánovas pensó entonces, ante el cambio de opinión internacional, que era precisa una campaña seria a favor de su candidato, Alfonso de Borbón, y empezó a trabajar en su campaña de imagen, presentándole como serio, maduro, responsable… algo que, evidentemente, no era un niño de 15 años, ni lo fue nunca el nuevo Rey.
Manuel Alonso Martínez, Ministro de Gracia y Justicia, intentó recuperar las relaciones con la Iglesia católica rotas en febrero de 1873 y se puso al habla con Elías Bianchi. No hubo acuerdos. Esa vía de solución del problema carlista no era válida ni suficiente.
Muerte del general Manuel Gutiérrez de la Concha. Marqués del Duero. Pintura de Agrasot y Juan.
El general Manuel Gutiérrez de la Concha marqués de Duero estaba terminando las operaciones militares en el País Vasco cuando la suerte favoreció a los carlistas: El 27 de junio, fue herido mortalmente en la batalla de Estella mientras ordenaba un ataque desde su caballo. Ambos ejércitos, el carlista y el del Regente Serrano se pararon. El difunto Gutiérrez de la Concha fue sustituido por Juan Zavala, entonces ministro de la Guerra.
A su vez, en el bando carlista, Dorregaray, el carlista que había fusilado muchos prisioneros, fue sustituido por Joaquín Elío Ezpeleta como Jefe de Estado Mayor, y por Torcuato Mendiry como jefe de la División Navarra.
General D. Antonio Dorregaray y Dominguera
General D. Joaquín Elío y Ezpeleta, Jefe del Estado Mayor.

General Torcuato Mendiry y Corera, Jefe de la División Navarra.
Los carlistas se permitieron decir que  la Batalla de Estella había sido una derrota gubernamental y que el carlismo estaba a punto de vencer. Quería crear una ilusión, pero la verdad es que, en Estella, las cosas quedaron indecisas, sin triunfo definitivo de nadie. El alfonsinismo perdía a su líder militar. La guerra continuaba. Los carlistas no tenían fuerzas de reemplazo para ganar la guerra.
En julio, el general Juan Zabala tomó personalmente la dirección de la guerra contra los carlistas y dejó como encargado de Gobierno interino a Sagasta, sin dejar éste de ser Ministro de Gobernación por ello. Casi la única preocupación del Gobierno Zabala fue la Guerra Carlista.
El 16 de julio de 1874, el carlismo produjo un programa de gobierno con los siguientes puntos:
Unidad católica;
Integridad monárquica (absolutismo);
Respeto a los compradores de bienes de la Iglesia;
Instrucción pública;
Saneamiento de Hacienda;
No restablecimiento de la Inquisición;
Pacificación de Cuba.
El programa no gustó a los clérigos, que veían su parte católica un poco abandonada. No se les devolvían sus bienes y no se volvía a la Inquisición.
El 20 de julio, el carlismo hizo un alarde en Montejurra haciendo desfilar a 20.000 soldados, con ánimo de convencer al Gobierno español de que la causa carlista estaba más fuerte que nunca. Era una nimiedad, cuando el ejército gubernamental podía presentar contra ellos a 80.000 soldados. Era un efecto propagandístico.
Carlos VII estableció aduanas en País Vasco y Navarra que le servían para obtener recursos de guerra. La Corte era itinerante pero solía residir en Estella, o en Durango.
D. Rafael Tristany, Comandante en Jefe de Cataluña.
En Cataluña el organigrama carlista tenía a Rafael Tristany como Comandante en Jefe y de él dependían dos divisiones: la Primera División era mandada por Francisco Savalls (con una primera brigada de Martín Miret en Barcelona, y segunda brigada de Francisco Auguet en Gerona), y la Segunda División carlista era mandada por Francisco Tristany (con una primera brigada mandada por Ramón Tristany en Lérida, y segunda brigada mandada por José B. Moore en Tarragona).
Pero los catalanes no lograron nunca un verdadero ejército y seguían actuando al estilo guerrilla. Los grandes éxitos catalanes fueron, en marzo de 1874 el sitio y toma de Olot, que se convirtió en el centro de operaciones carlista hasta que en octubre lo fuera San Juan de las Abadesas. Y en agosto, el éxito fue la toma de Seo de Urgel.
El hombre carismático del carlismo catalán en 1874 era Francisco Savalls, pero su misma personalidad causaba motivos de discrepancia entre los carlistas.
Alfonso Carlos de Borbón.
En 1873, Carlos VII envió a su hermano Alfonso Carlos de Borbón para hacerse cargo del mando en Cataluña y éste prohibió repartir el dinero de los campesinos entre los soldados carlistas, y ejecutar prisioneros, lo cual incomodó a Savalls, que logró que Alfonso Carlos se fuera de Cataluña. Savalls se atribuyó la victoria de Alpens, en la que no estuvo, y fue nombrado marqués de Alpens en 1873. En marzo de 1874 obtuvo las victorias de Toix y Olot.
En 1875 se nombró Comandante en Jefe de Cataluña a Francisco Savalls, desplazando a Rafael Tristany. Savalls fue derrotado y llamado al País Vasco para juicio sumario al que no se presentó, sino que huyó a Niza con todo el dinero que pudo, compró una finca y una mansión, y allí vivió el resto de sus días.
D. Práxedes Mateo Sagasta que presidió el Gobierno interinamente desde el 29 de junio al 3 de septiembre de 1874, cuando (trás la muerte del Marqués del Duero) Zabala, presidente del gobierno marcha al norte a sustituirlo en la Tercera Guerra Carlista.
Del 29 de junio al 3 de septiembre, Práxedes Mateo Sagasta gobernó interinamente con los Ministros de Juan Zabala de la Puente, con excepción del Ministro de Guerra, que fue el general Fernando Cotoner Chacón Manrique de Lara y Despuig, marqués de Cenia y de Ariany, en sustitución del propio Juan Zabala. Todos eran del Partido Constitucional, y por tanto monárquicos.
General D. Fernando Cotoner Chacón Manrique de Lara y Despuig, Ministro de Guerra.
Los militares monárquicos se cansaron de la situación de interinidad en que estaba España, se cansaron de una República con Gobiernos monárquicos.
General Blas de Villate y de la Hera I conde de Balmaseda
En agosto de 1874 los militares alfonsinos del grupo del general Martínez Campos, contando ahora ya con el apoyo del grupo del general Blas de Villate y de la Hera I conde de Balmaseda, decidieron imponer a Alfonso XII. Tenían también el apoyo del Capitán General de Madrid, Primo de Rivera, que se declaró alfonsino. Temían que el gabinete republicano de Sagasta diera lugar a una nueva República. Les faltaba el apoyo de Cánovas que no quería imponer a Alfonso por la fuerza, sino por la necesidad de la historia. Amenazaron a Cánovas con imponer hechos consumados, para antes de tres meses.
Fernando Primo de Rivera y Sobremonte, Capitán General de Madrid.
El conde de Balmaseda era el líder del militarismo más duro. Había participado en la Guerra de África de 1859-1860, y había sido Capitán General de Cuba en 1867-1872, distinguiéndose por su política de acciones militares duras, sin concesiones a la diplomacia.

Mientras tanto en la vida municipal de nuestra villa se registran las siguientes actas de las reuniones ordinarias celebradas por el consistorio municipal.

ACTA DE LA VIGÉSIMO OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 26 DE JUNIO DE 1874.
“Acta de acuerdo… y En la Villa de la Higuera  de Arjona á veintiséis de Junio de mil ochocientos setenta y cuatro, se reunió el Ayuntamiento en sesión ordinaria bajo la presidencia del Sor Alcalde D. Felipe Martínez y Medina cuyos nombres de los concurrentes se espresan al margen: por dicho señor Alcalde se ordenó al Secretario diese lectura al acta anterior y verificado que fue quedó aprovada.
Diose cuenta de una solicitud suscrita por el Señor D. Felipe Martínez y Marín la cual fue remitida á esta Alcaldía por el Señor Gefe Económico de esta provincia fecha beintitrés del actual para que en vista de su contenido se informe por la corporación, y en su consecuencia se dio lectura á la misma y cerciorado del agrabio que reclama y que se le indemnizase para el próximo venidero año económico; este cuerpo provincial acordó por unanimidad dicha indemnización toda bez que sea justa como se cree para lo cual se practicase una liquidación minuciosa dado el último Amillaramiento que se hizo en el año de 1866 á 1867 y apéndices sucesivos hasta el último ó sea el del año de 1873 á 1874, a fin de que berdaderamente se conozcan los altos y bajos que á experimentado el esponente y el líquido imponible que legítimamente le corresponde por los predios rústicos y hulbanos , como igualmente por colonia y ganadería y en vista de los datos que arrogen se informe por el municipio y se debuelba á la administración Económica para que siga su tramitación. Acto seguido se procedía á liquidar y dio la operación salvo herror de pluma ó suma la cantidad de cuatro mil ochocientas sesenta y dos reales como liquidación posible que le corresponda según la riqueza amillarada debe el amillaramiento antedicho hasta el último apéndice , con inclusión y esclusión de las altas y bajas que á sufrido la riqueza legítima según los antecedentes que arrojan los padrones, por lo cual, resultando que el Ayuntamiento anterior le ha figurado en el último apéndice la suma de seis mil seiscientos ocho reales sin datos fijos más que haber sufrido sin duda una equivocación imboluntaria ó caprichosa , es visto que hoy una diferencia entre el líquido que resulte en el último apéndice y el que debe resultar según la riqueza por la suma de mil setecientos cuarenta y seis reales, y que le corresponde pagar  demás por contribución con arreglo al tanto por ciento que ha salido repartida, la cantidad de trescientas y pico de reales con más la cuarta parte de arbitrios provinciales y municipales, excepto este año que es el tres por ciento y respecto á la contribución extraordinaria lo que es consiguiente. En tal estado este cuerpo municipal unánime acuerda que le sea indemnizada por el Señor Gefe Económico por el fondo Supletorio que tiene este pueblo, ó por los medios que crea combeniente la Sección.
Al propio tiempo se dio cuenta y lectura por el Secretario de otra solicitud suscrita por D. Manuel de Rojas, vecino de Andújar en la que se interesa la indemnización inmediata de lo satisfecho de más en la contribución territorial del corriente año económico y el Ayuntamiento acordó se inspeccionaran los padrones de riqueza de esta Villa á fin de que saquen minuciosamente las fincas, que posee en este término el esponente y visto el resultado se acuerde lo que proceda. Acto seguido se han examinado detenidamente los padrones y resultas por ello que D. Manuel de Rojas, se haya suscrito en los mismos con una y media fanega de tierra en la Dehesa de este término con el líquido imponible de noventa reales, y que le corresponda  de contribución según los tantos por cientos á que á salida repartida la suma de cuatro pesetas beintisiete céntimos  y en el repartimiento territorial figura con bentiseis pesetas setenta y dos céntimos es visto que hay un agrabio en el D. Manuel de Rojas de veintidós pesetas cuarenta y cinco céntimos con más lo que pueda corresponderle por arbitrios. En su consecuencia el Ayuntamiento acordó unánime la indemnización de beinti cinco puntos por ambos conceptos, con cargo al capítulo once artículo primero del presupuesto por creer justo y razonable la reclamación, y que respecto al impuesto de Guerra que sufra las consecuencias  por algún tiempo en virtud á no ser más que un anticipo puesto que se ha de reintegrar de la cuota que anticipe al estado.
Con lo que se levantó la sesión firmando cada uno como acostumbra y de todo ello como Secretario Certifico =”
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
1er Teniente
Francisco Martínez
2º Ídem
Mateo Martínez
Sindico
José Calero
Regidores
Francisco  Barragán
Bartolomé Catalán
Francisco Fernández

Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina. Mateo Martínez. Dice: A ruego de Francisco Fernández, Testigo, Juan Ramón Barragán. José Calero. Francisco Martínez.  Bartolomé Catalán. Francisco Barragán.  
Hipólito Martínez. Secretario.
En la parte de abajo inicio de la vigésimo octava sesión ordinaria del Ayuntamiento de fecha 26 de junio de 1874.
Continuación de la vigésimo octava sesión ordinaria del Ayuntamiento de fecha 26 de junio de 1874.
Arriba parte final del acta vigésimo octava con las firmas de los asistentes y a continuación inicio del acta vigésimo novena del año 1874 de fecha 27 de junio.
ACTA DE LA VIGÉSIMO NOVENA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 27 DE JUNIO DE 1874.

“Acuerdo…y En la Villa de la Higuera de Arjona á beinte y siete de Junio de mil ochocientos setenta y cuatro, reunidos prebia citación los señores que componen el Ayuntamiento cuyos nombres de los concurrentes se expresan al margen bajo la presidencia del señor Alcalde D. Felipe Martínez Y Medina por cuyo señor se declaró habierta la sesión é hizo presente los siguientes considerandos: 1º Que en vista que no existen pesos y medidas para uso voluntario se hace indispensable acordar se hagan dos o tres pesos si necesario fuese á más de los que hay acordados anteriormente ó en su defecto hacer una romana para que el recaudador haga el uso que le combenga de conformidad al egerci(ci)o que tiene mandado y que los pesos y romanas que se han hecho sean pagados del capítulo 11 Artículo 1º del presupuesto extraordinario: esto se refiere a dos pesos que hay en la actualidad comprados y á los que se compren si se acuerda y así mismo a la romana que hay tratada.

2º. Que visto que los presupuestos municipal  para el egercicio económico d 1874 á 75 no se pueden hacer en vista de los proyectos que hay pendientes por el Ministerio de Hacienda se hace preciso regirse por el corriente hasta que se haga el de dicho año, sin perjuicio de sujetarse á lo que ordene la superioridad sobre este particular.

3º. Que siendo con esceso recargados los trabajos de la Secretaría y por lo tanto se han de ver muy apurados los Ayuntamientos, como me consta es su muestra el que presido y muy particularmente el Secretario para ejecutar cuanto se le benia en uno de estos días y siguientes. Enbueltos en los complicados trabajos de repartos de inmuebles, ídem municipales y provinciales, matrículas de subsidio que hay que reformar, nuevos proyectos de presupuestos y establecimiento de consumos, recibos estraordinarios que se anuncian con plazos sumamente cortos y comprometidos para realizar las mencionadas operaciones. En su consecuencia, opino que el Ayuntamiento, penetrándose de que es fuerza cumplir lo que se les manda, deben ser considerados y probar la Secretaría de brazos auxiliares por todo el mes de Agosto.

En tal estado y oído el parecer del señor Alcalde, los individuos de la corporación acordaron: 1º.que en vista que se han comprado dos pesos y sus pesas correspondientes que por hoy hay bastante y que se compre una romana pagada como los pesos del referido capítulo y artículo.

2º. Que no habiendo hecho el presupuesto por las razones espuestas por el señor Alcalde que se hagan los pagos y cobros rigiéndose por el actual y que tan (a) tiempo como el ministro acuerde los impuestos se proceda inmediatamente á la terminación.

3º. Que siendo muy justas las causas alegadas por el señor presidente en el tercer considerando se aprueba el aumento de dos auxiliares temporeros por el tiempo y espacio de un mes si necesario fuese hasta terminar los trabajos pendientes, por lo recargado de estos asuntos, cuyos auxiliares serán pagados con cargo al capítulo 11 artículo 1º del presupuesto extraordinario, y si no había cantidad suficiente de dicho artículo y capítulo se autorice al señor Alcalde para que transfiera créditos de ingresos de otros capítulos y artículos que no haya sido suficiente su imbersión y  como obras de reparación ú otros conceptos de presupuesto corriente ordinario ó extraordinario á fin de que sean satisfechos por el municipio los auxiliares con cargo á los espuesto anteriormente.
Acto seguido se acordó por unanimidad remitir oficio al apoderado de esta Corporación D. Ramón Muñiz en vista de la carta que dirige al señor Alcalde y ha sido puesta de manifiesto, á fin de que sin necesidad de mandar persona ni comisión alguna ponga inmediatamente la cuenta y con sobre certificado la remita á esta Alcaldía á fin de que sea examinado por el municipio y si merece su aprobación recargar sobre la suma y en su vista darle orden á quien á de entregar el resultado de la suma, por cuyo conducto recibirá copia del acta de aprobación si la necesaria.
Así mismo se autorizó al señor Alcalde para que por medio de agente de Madrid, combierta los títulos que tiene de parte Ayuntamiento el apoderado D. Ramón Muñiz, al precio de cotización previo certificado.
Al propio tiempo se acordó nombrar en comisión al Secretario de Ayuntamiento para que pase á conferenciar á Jaén con el Sor. Gefe Económico de la provincia respecto al impuesto establecido de consumos á fin de evitar las dudas que puedan surgir en los impuestos creados en Decreto de veinte y seis de Junio último; en cuyo caso se acuerda librar para gastos de comisión la suma de veinte y cinco pesetas del capítulo once artículo Primero del presupuesto extraordinario del año económico último.
Así mismo se acordó hacer ciento veinte bolas para el sorteo de asociados en virtud á haber sido quemadas con la mesa por los intransigentes las que había en este municipio á cuyo efecto se autoriza al señor Alcalde para que ordene el pago de las mismas y nombre una persona que se encargue de pasar á Andújar para su abono del capítulo de imprevistos del presupuesto estraordinario. Al efecto se nombra á d. Francisco de Zafra para dicha comisión, el cual dará cuenta ó recibo del importe de dichas bolas para unirlo al libramiento.
Todo fue acordado por unanimidad. También se acordó Nombrar para administrador del impuesto indirecto de consumos y recaudador de arbitrios provinciales y municipales durante el año económico de 1874 á 75 á D. Antonio Martínez Nabarro, quien estando presente aceptó el cargo con la remuneración del (espacio en blanco) %de todo lo mencionado.
Con lo cual se levantó la Sesión y de todo ello como Secretario Certifico = entre renglones de asociados = vale =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
1er Teniente
Francisco Martínez
2º Ídem
Mateo Martínez
Sindico
José Calero
Regidores
Bartolomé Catalán
Francisco  Barragán
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Francisco Martínez.   Bartolomé Catalán.  José Calero. Francisco Barragán.  Mateo Martínez.
Hipólito Martínez. Secretario.
En la parte de abajo inicio del acta vigésimo novena de fecha 27 de junio de 1874.
Continuación del acta vigésimo novena de fecha 27 de junio de 1874 en ambas páginas.

ACTA DE LA TRIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 4 DE JULIO DE 1874.

“Acta… y En la Villa de la Higuera de Arjona á cuatro de Julio de mil ochocientos setenta y cuatro: Reunidos prebia citación los señores que componen el Ayuntamiento bajo la presidencia del señor Alcalde por cuyo señor se declaró habierta la sesión y se ordenó se diese lectura al acta la cual quedó aprobada. Por el señor presidente se hizo presente á la corporación  la previsión y urgencia que había en acordar el número de secciones para la organización de la Junta Municipal y en su vista se acordó por unanimidad que fuesen cuatro las secciones: primero de mayores contribuyentes, 2ª de medianos; 3ª de menores; 4ª de industriales y profesionales. Acordó que fue todo por unanimidad se levantó la sesión de que yo el Secretario Certifico =

En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:

Alcalde

D. Felipe Martínez  Medina.

1er Teniente

Francisco Martínez
Sindico
José Calero
Regidores
Francisco  Barragán
Bartolomé Catalán
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  José Calero.  Francisco Barragán.  Francisco Martínez.   Bartolomé Catalán.
Hipólito Martínez. Secretario.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 25 DE JULIO DE 1874.
“Acta de acuerdo…y En la Villa de la Higuera de Arjona á veinte y cinco de Julio de mil ochocientos setenta y cuatro, se reunió el Ayuntamiento en sesión y visto el Decreto del Ministro de la Gobernación relatibo á la reserba extraordinaria de 124.000 hombres se acordó la formalización de los Alistamientos para el día 28 del actual, su notificación el día dos de Agosto, el Sorteo el día doce de dicho mes, cumpliendo así la circular del dicho ministro en fecha 18 de Julio. Al mismo tiempo se acordó nombrar un facultativo para el reconocimiento de los mozos y que se autorice al Alcalde para que le abone su trabajo del presupuesto adicional aunque tenga que transferir créditos puesto que no hay ninguno capítulo en act. para este caso.
También se acordó autorizar al Alcalde para que bacía la recaudación del impuesto del Pos y la manera de Administrar si no fuese esta bien administrada.
Al propio tiempo se acordó nombrar recaudador de arbitrios provinciales y municipales á Antonio Martínez Nabarro y que cese del cargo como tal Antonio Gabilán por no poder llebar ambos cargos, puesto que es Depositario de este Municipio, y a la bez que será más clara é inteligible la administración municipal y especialmente la contabilidad.
Del Mismo modo se acordó autorizar al Alcalde para que limpie los pozos de agua dulce del chorrillo y charcón en virtud de la sequía que se esperimenta y haberse secado dichos pozos.
El recaudador percibirá el mismo cuatro por 100 que el anterior.
Al mismo tiempo se acordó autorizar al señor Alcalde para que abone los gastos de impresiones de Quintos en la presente reserba y se justifique dicho gasto con el recibo de la imprenta.
Acordado que fue todo por unanimidad se levantó la sesión y yo el Secretario Certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
1er Teniente
Francisco Martínez
Sindico
José Calero
Regidores
Bartolomé Catalán
Francisco  Barragán
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  José Calero.  Francisco Barragán.  Francisco Martínez.   Bartolomé Catalán.
Acepto el cargo. El Recaudador Antonio Martínez
Hipólito Martínez. Secretario.
En la página de la izquierda inicio del acta trigésimo primera del año 1874 de fecha 27 de julio, acta que concluye en la página de la derecha con la firma de los asistentes.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 9 DE AGOSTO DE 1874.
“Acuerdo… y En la Higuera de Arjona á nuebe de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro, se reunió el Ayuntamiento en sesión y se ordenó al Secretario dar lectura al acta anterior la cual fue aprobada. Por el Señor Presidente se dio cuenta de barias solicitudes reclamando certificados del Amillaramiento á fin saber la riqueza imponible que tenían en este término y otras reclamando otros de ser vecinos de esta Villa más cinco á y siendo los interesados Dª Casta Mercado y Dª Ana Galán se acordó por unanimidad espedirlos, como tantos otros que pueden reclamar en lo sucesibo. Lo cual se acordó por unanimidad y se levantó la sesión de que yo el Secretario Certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
1er Teniente
Francisco Martínez
Sindico
José Calero
Bartolomé Catalán
Francisco  Barragán
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Francisco Martínez. José Calero.  Francisco Barragán.   Bartolomé Catalán.
Hipólito Martínez. Secretario.

ACTA DE LA TRIGÉSIMO TERCERA SESIÓN ORDINARIA  DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 1874.

“Acuerdo de la sesión pública tenida el día 17 á las doce del día para el sorteo de las secciones que han de asociarse al Ayuntamiento en Junta General para la votación definitiva del presupuesto y arbitrios que han de ejercitarse en el periodo económico del año de 1874 á 75.”

(Esto está escrito en la parte superior del margen izquierdo del texto del acta y a continuación, como siempre en los demás casos, vienen escritos los nombres de los miembros de la Corporación Municipal que asisten al acto.)

“En la casa consistorial á la hora de las doce del día señalada prebia los edictos y toques de campana tenidos al efecto una hora antes de las cuarenta y ocho horas, para avisar al vecindario de esta sesión pública en cumplimiento del Artículo 63 de la ley municipal vigente; se reunieron y constituyeron en sesión abierta al público bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe Martínez y Medina, los señores que suscriben y que forman el Ayuntamiento en su mayoría del número de nuebe que componen por la ley esta corporación, para celebrar el sorteo de los veinte y siete vocales que han de asociarse en el número respectibo que corresponde, a fin de que en junta general, según dispone el artículo lla citado , se proceda por mayoría absoluta de votos á la aprobación definitiva de los presupuestos y arbitrios que han de ejercitarse en el periodo económico de 1874 á 75, de conformidad con citada ley; y también las listas numeradas por su orden de los indibiduos útiles para vocales que comprende cada sección de riqueza.

Se escribieron doscientos doce números sueltos como comprenden los indibiduos útiles de cada sección igualmente numerados, para meterlos en un saco y sacar por suerte uno por uno los veinte y siete bocales en el número correspondiente á la cuantía de la riqueza y clases que corresponden a esta población, procediendo de éste modo y dando el siguiente resultado dicha operación.

En la sección de mayores contrivuyentes compuesta de setenta indibiduos útiles para vocales corresponde sortear en la proporción de su riqueza contributiba y clases Siete vocales; y en su virtud salieron por orden del saco los siguientes: numero 80 = 59 = 4 = 19 =33 = 15 =29 = que correspondieron en lista numerada á los señores D. Gregorio Nabarro =Sor Conde de la Liria = D. Felipe Martínez Loretes (Coretes, o Cortés mal escrito)= José Barragán = Pedro Galán = José Calero Martínez =

Acto seguido fueron proclamados ante el Ayuntamiento vocales asociados por sorteo. En la sección de medianos compuesta la lista de Ciento de indibiduos útiles corresponde sortear doce bocales y en su virtud salieron por su orden del saco los siguientes. Números 2 = 5 =200 = 180 = 90 = 75 = 34 = 18 = 14 = 210 = 194 = 21 = que correspondieron en lista numerada á los señores D. Manuel Martínez Medina = Juan Ramón Barragán = Sebastián Fuentes =Juan Mármol = Sebastián Pérez Serrano = Francisco Garrido Delgado = Francisco Pérez Cubillas = Emilio Martínez = José Morales = Antonio Gabilán = Francisco Zafra = Antonio Bermejo =.
En la sección de menores contribuyentes compuesto de treinta individuos útiles para bocales, corresponde sortear en la proporción de su riqueza contributiva y clase Siete vocales, y en su virtud salieron del saco por su orden los siguientes números 79 = 77 = 83 = 66 = 1 = 91 = 202 = que correspondieron en lista numerada á los señores D. Bonoso de Lara = Juan del Pozo = Antonio Ruano = José Galán Beltrán =Juan Martínez Cardeña =Antonio Martínez = José Barragán Garrido.
En la sección de profesionales compuesta de doce individuos útiles para vocales, corresponde sortear uno en la proporción de su riqueza contributiva; y en su virtud salió en número 8 que salió del saco por su orden, siendo el señor D. Juan Chica y Puente. Siendo en el acto todos los individuos de las cuatro secciones proclamados por el Ayuntamiento, vocales asociados.
Terminada esta operación de sorteo, se acordó por el Ayuntamiento que se publicara  éste resultado en los sitios de costumbre este resultado con los nombres de los vocales, y que á cada uno de estos se le pase su correspondiente oficio personal, citándole, para la primera Junta General, dentro del tercero día que se celebrase en este mismo local, disponiéndose el toque de campanas una hora antes de la reunión, para cuyos detalles de ejecución queda autorizado el Sr. Alcalde presidente, lebántose la sesión pública que firman cada uno como acostumbra de todo lo que yo el Secretario Certifico en la Higuera de Arjona á 17 de Agosto de 1874 =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
“ Francisco Martínez
“ Mateo Martínez
“ José Calero
“ Bartolomé Catalán
“ Francisco  Barragán
“ Francisco Fernández
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Mateo Martínez.  Francisco Martínez. José Calero.  Francisco Barragán.  Dice: A ruego de Francisco Catalán. Testigo, Francisco Barragán Dice: A ruego de Francisco Fernández. Testigo Francisco Fernández.
Hipólito Martínez. Secretario.
Inicio de l acta trigésimo tercera de fecha 17 de agosto del año 1874.

En la página de la izquierda parte final del acta trigésimo tercera que concluye con las firmas. En la página de la derecha inicio del acta trigésimo cuarta de fecha 21 de qagosto de 1874. En ella llama la atención la situación del empedrado de las calles, al alumbrado público y la adquisición de bombas de extración de agua para los pozos de la villa.
En la página de la izquierda parte final del acta trigésimo cuarta con las firmas correspondientes,  e inicio del acta trigésimo quinta  de fecha 22 de agosto de 1874.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 1874

“Acuerdo… y En la Villa de la Higuera de Arjona á veinte y uno de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro, el Sor Alcalde popular como presidente y los individuos que al margen se espresan como concejales y asociados, habiendo la mitad más uno de cada clase de individuos, se constituyen en sesión extraordinaria, previa combocatoria especial que se les había hecho con arreglo á la ley, y declarada abierta por el primero se expresó por el mismo á la Corporación: Que como a todos los asistentes le constaba se encuentra en malísimo estado y casi intransitable la población por el deterioro de su empedrado, en el cual hay barrancos, reundimientos, baches, y una desigualdad tal que hace imposible que se circule por las calles, sin la esposición de que á cada paso puedan ocurrir desgracia, y esto de día; pues de noche y en las que no hay luna, ó en aquellas que lluebe, aunque sea poco, entonces nadie puede salir de su casa porque  la vía pública no consiente se circule por ella, por el estado en que se pone: Que así no debe continuar por más tiempo, ni es posible siga en esa forma, tanto por la necesidad imperiosa de ebitar desgracias á los becinos, cuanto porque el decoro del pueblo exige su pronto y eficaz remedio porque media además la circunstancia de estar enclablado en medio del camino vecinal que conduce á la Capital de la Provincia y por donde continuamente están pasando muchos forasteros á dicho centro. Que además de estas obras son necesarias otras, cuales son. La de establecer el alumbrado público, necesario al vecindario, y porque hasta para la cuestión de orden público es preciso, pues á la sombra pueden cometerse desmanes y delitos, y favorecidos los agresores por la obscuridad, pueden huir quedando a salbo y sin poder la autoridad castigar y reprimir los escesos. Además hay otra obra muy necesaria, y más que todo de salubridad pública. Esta es la colocar en cada pozo una bomba para elebar el agua y llenar las vasijas, para el consumo inmediato del vecindario, preparándolas perfectamente para este obgeto. Al hacer estas propuestas, no es la mira del lujo, no otras causas parecidas, las que mueben á hacer esta proposición al Alcalde: ha dicho que es cuestión  de salubridad, y pasa á demostrarlo. Los pozos todos tienen de cinco á seis metros, una anchura ó circulo de un metro. 25 “centímetros, y el vrocal la altura de unos ochenta y cuatro centímetros, descubierto y sin otros medios de conservación. El sistema de sacar el agua se hace metiendo la misma vasija en que se conduce el agua á la población, la cual queda fregada y labrada dentro de las aguas, y con la esposición constante de que al sacar dicha vasija, como se hace á pulso, puede tirar del individuo que la sostiene, precipitándolo al fondo, y pereciendo en él como ha ocurrido más de una vez: además los muchachos, ó malos intencionados, arrojan á los pozos algunas veces inmundicias y animales muertos, huesos de estos y otras porquerías, que hacen se inutilicen sus aguas y que cuesta al Ayuntamiento, sumas considerables su limpieza y fumigación. Otra de las obras de reconocido necesidad es la de la Casa Capitular, la cual se encuentra hundida, y no contiene más que las cuatro paredes, no siendo decoroso se prolongue así su ecsistencia, y que se halle el Ayuntamiento á cada momento alquilando edificios, y mandando su archibo, lo cual puede dar lugar á la pérdida de documentos y deterioro de papeles. No siendo digno de este pueblo tener sus oficinas en una casa particular, donde no puede estar con el decoro que corresponde á la municipalidad. La otra obra de necesidad reconocida para todo el vecindario, y que es urgente, es la de establecer un reloj de torre, que sirva para que todos puedan guiarse por él y con especialidad los labradores y trabajadores en sus faenas Agrícolas, como para cuantos actos oficiales y citaciones se ofrezcan a las autoridades de la población; especialmente en todos aquellos que tienen una hora determinada, y en que pueden perjudicarse sus intereses de consideración por no saber la hora, ó que esto sirba de pretesto para promober discusiones ó pleytos, cuya responsabilidad no se sabe á quien podría alcanzar; aunque todos caminasen de la mejor buena fe: Que en el Presupuesto del egercicio corriente no había con destino á las obras que se intentaban cantidad alguna, y que por lo mismo lo ponía todo en conocimiento de la corporación Municipal y asociados para que discutiendo acordasen lo que más combeniente fuese al caso, así como los recursos de que la Corporación pudiera valerse para llebarla a efecto. En tal estado por varios de los Señores presentes se habló y discutió bastante en favor del pensamiento iniciado por el Sor. Presidente. Declarando el punto suficientemente discutido se procedió á la votación secreta, la cual dio por resultado votar todos á fabor de las obras indicadas, sin haber uno siquiera en contra, siendo por lo tanto unánimemente todos faborables al pensamiento emitido por el Presidente, el cual quedó tomado en consideración.

Acto seguido el Sor. Alcalde fue de parecer que podrían ponerse á discusión los medios de cumplir con las disposiciones  vigentes en la materia tanto de contabilidad como de otras formalidades Facultatibas, económicas y de orden para la validez de estos acuerdos y consecución del obgeto que los mismos se proponen, y después de bien discutir todo ello, se acordó por unanimidad nombrar una Comisión compuesta del Sor. Alcalde Presidente D. Felipe Martínez  Medina, del Regidor D. Bartolomé Catalán y del Síndico D. José Calero Martínez, para que designando Peritos competentes hagan estos el proyecto de las obras que se intentan, ó la comisión en su caso para los que no sea preciso este requisito, y el presupuesto de gastos que las mismas ocasionen, así como la memoria facultatiba, y que hecho todo se dé cuenta al Ayuntamiento y asociados para arbitrios y recursos  y acordar  lo demás que proceda. Aceptada por dichos Señores esta comisión se les tubo por nombrados y no habiendo otros asuntos que tratar, si bien se mandó poner por cabeza el Espediente  certificado de este acuerdo se dio por terminada la Sesión que firman los Señores concurrentes que sabían hacerlo y por el que no un testigo á su ruego, con el Sor. Presidente de que yo el Secretario Certifico.

En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:

Alcalde

D. Felipe Martínez  Medina.

“ Francisco Martínez
“ Mateo Martínez
“ Francisco  Barragán
“ Bartolomé Catalán
“ Francisco Fernández
“Francisco Catalán
Asociados
D. José Barragán
“Antonio Gavilán.
“ Antonio Bermejo.
“ Francisco Pérez
“Francisco Garrido
“Sebastián Pérez
“Manuel Martínez
“Juan Mármol
“Pedro Galán*
“Francisco Zafra
“Vicente Pancorbo
Juan Ramón Barragán.
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina. Francisco Martínez. Bartolomé Catalán.  Francisco Barragán.  Mateo Martínez.  Dice: A ruego de Francisco Catalán. Testigo, Manuel A. Ruano.  Dice: A ruego de Francisco Fernández. Testigo Bonoso de Lara.  José Barragán.  Antonio Gabilán.   Antonio Bermejo.  Dice: A ruego de Francisco Pancorbo. Testigo Vicente Pancorbo.  Dice: A ruego de Francisco Garrido. Testigo Francisco de Zafra.  Dice: A ruego de Sebastián Pérez. Testigo, Francisco Barragán.  Manuel Martínez.  Dice: A ruego de Juan Mármol. Testigo, Bartolomé Catalán.  Dice: A ruego de Pedro Galán. Testigo, Vicente Pancorbo. Francisco de Zafra.  Juan Ramón Barragán. 
Hipólito Martínez. Secretario.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 22 DE AGOSTO DE 1874.
“Acuerdo… y En la Villa de la Higuera de Arjona á veinte y dos de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro se reunió el Ayuntamiento en sesión ordinaria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe Martínez y Medina, por cuyo señor se declaró abierta la sesión y dada lectura al Acta anterior quedó aprobada. Acto seguido se hizo presente por el Sr. Presidente que D. José Calero Martínez, Sindico de la Corporación Municipal se hayaba enfermo por lo cual no pudo asistir á la sesión anterior y que siendo uno de los cargos más precisos el de Sindico no podía menos de hacer presente á la corporación que si continuaba imposibilitado por mucho tiempo se berían algunas cuentas interrumpidas por la ausencia del Caballero Sindico, en cuyo caso lo hacía presente á la corporación para que deliberase sobre este particular. Acto seguido Tomo la palabra D. Mateo Martínez Lara segundo teniente Alcalde y Dijo: Que en efecto el cargo de Sindico era uno de los más urgentes y necesarios y que conforme la enfermedad que le aqueja pudiera ser pequeña desgraciadamente se podía alargar y se berían paralizados asuntos como presupuestos, cuentas, espedientes, de información, posesión y cualquiera otra clase de asuntos, por lo cual opinaba se nombrase un Regidor Sindico Suplente tanto por su estaba mucho tiempo enfermo cuanto por su ausencia que otro caso análogo. Con esta misma opinión abundaron las de los Señores presentes y después de una suspensión de diez minutos para conformar los pareceres, se acordó por unanimidad nombrar Sindico Suplente á d. Bartolomé Catalán por su honradez y capacidad y estando presente aceptó el cargo.
Con lo cual se lebantó la sesión y de todo ello como Secretario certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
“ Francisco Martínez
“ Mateo Martínez
“ Francisco  Catalán
“ Francisco Fernández
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Francisco Martínez. Mateo Martínez.  Dice: A ruego de Francisco Catalán. Testigo, Bonoso de Lara. Dice: A ruego de Francisco Fernández. Testigo, Bonoso de Lara.
Hipólito Martínez. Secretario.
En la parte de abajo inicio del acta trigésimo quinta de fecha 22 de agosto de 1874.

ACTA DE LA TRIGÉSIMO SEXTA SESIÓN ORDINARIA  DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 1874.

“Acta de acuerdo... y En la Villa de la Higuera de Arjona á bente y tres de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro, se reunió el Ayuntamiento en sesión bajo la presidencia del señor Alcalde D. Felipe Martínez y Medina, por cuyo señor se declaró habierta la sesión hé hizo presente al Ayuntamiento la necesidad que había de nombrar un Regidor que ha de formar parte de la Junta local de instrucción pública, y que se forme una terna y remita al Gobierno de provincia para cada uno de los padres de familia que de deben pertenecer a la misma y que se esprese el nombre del párroco para que la superioridad acuerde los oportunos nombramientos.

      En su consecuencia se acordó nombrar Regidor á D. José Calero Martínez y en terna á D. Juan Barragán = D. Francisco de  Zafra = D. Pedro Galán, = D. Antonio Gabilán = D. Manuel Martínez Medina = D. José Barragán = D. Manuel Barragán = D. Antonio Bermejo = D. Ramón Pérez = y el Párroco D. Blas Cobo = Cumpliendo así el decreto del presidente del poder Egecutivo fecha cinco del actual.

      Al propio tiempo se acordó nombrar comisionado para la entrega en caja de los mozos de la reserba estraordinaria de 129.000 hombres que corresponden a este pueblo y que se le señale al comisionado la cantidad de setenta y cinco pesetas para gastos de la comisión y perjuicios del mismo y se paguen por el señor Alcalde. Al efecto queda nombrado D. Hipólito  Martínez y se queda interinamente nombrado Secretario á D. Bonoso de Lara.

      También se acordó hacerse el Ayuntamiento de un Manual de Secretaría tratado técnico práctico de administración municipal con sujeción á la ley de 20 de Agosto de 1870. Un prontuario de Hacienda municipal ó de presupuesto, ó arbitrio. Un libro de los Alcaldes, Ayuntamiento, y Secretaría, la última edición que haya salido. Un Manual de presupuestos y Contabilidad Municipal; la edición más estensa ya recopilada que hasta el día se haya publicado sobre este ramo. Todo es de urgente necesidad y se autoriza al señor Alcalde para dichos gastos.

      Al propio tiempo se dio cuenta por el Señor Alcalde  de la cuenta del apoderado primitibo D. Ramón Muñiz que presente al Ayuntamiento, en la que hace espresión de los títulos del tres por ciento consolidado que obra en su poder de los cuales resulta un saldo á fabor del Ayuntamiento de esta Villa por la cantidad  de ciento treinta y cuatro mil diez reales en títulos del tres por ciento consolidados en la forma y manera que espresa el pormenor de su cuenta. Resultando que el D. Ramón Muñiz parte por gastos de comisión del tiempo de su apoderamiento transcurrido, gastos y custodia de balores. Resultando que por dicho tiempo y custodia señala la suma de trece mil treinta reales con nobenta y un céntimos.

Y considerando muy escesibos dichos derechos por dicha comisión á agencia: el Ayuntamiento que suscribe á acordado no aprobar dicha cuenta y debolberla al apoderado por escesiba y no poder prestar su conformidad y que se sirba estampar los derechos más módicos si á de merecer nuestra aprobación. Así lo acordó el Ayuntamiento por unanimidad y se levantó la sesión de que yo la Certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
“ Francisco Martínez
“ José Calero
“ Francisco Barragán
“ Bartolomé Catalán
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Francisco Martínez.  José Calero.  Francisco Barragán.  Bartolomé Catalán
Hipólito Martínez. Secretario.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 1874.
“Acuerdo…y En la Villa de la Higuera de Arjona á veinte y nuebe de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro, reunido el Ayuntamiento en sesión ordinaria. Diose cuenta por el Señor Alcalde de la circular de la comisión Provincial inserta en el Boletín oficial del Juebes veinte y siete del actual y enterado el Ayuntamiento del contenido de la misma se procedió acto seguido á fijar definitibamente el número de alistados en esta población á fin de  poder remitir con la premura que exige la misma certificación en forma de dicho número.
En su virtud, dio la operación el siguiente resultado.
Número de mozos que debe tener presente la comisión Provincial cuarenta y cinco – 45. De forma que de los cincuenta mozos que se componía el sorteo, se eceptúan cinco: 1º. Uno por haber probado estar casado canónicamente antes de la promulgación de la ley del matrimonio cibil, segundo otro por haber sido declarado esento del servicio por inutilidad física en el remplazo de 1863, 3º. Y tres que cree esta corporación deben escluirse por haberse casado civilmente antes del 25 de Julio, salvo el parecer de la Exma. Diputación. Con lo cual se dio por terminado el acto y se lebantó la sesión de que yo el Secretario Certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
“ Francisco Martínez
“ José Calero
“ Bartolomé Catalán
“ Francisco Barragán
“ Francisco Fernández
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Francisco Martínez.  Bartolomé Catalán.  José Calero.  Dice: A ruego de Francisco Fernández. Testigo, Francisco Barragán.  Francisco Barragán.  
Hipólito Martínez. Secretario
Acta trigésimo séptima de fecha 29 de agosto de 1874, acta que concluye en la página de la derecha con las firmas de los asistentes.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 1874.
“Acuerdo… y En la Villa de la Higuera de Arjona á treinta y uno de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro, se reunió el Ayuntamiento en sesión y ordenó al Secretario diese lectura del acta anterior y verificado que fue quedó aprobada. Diose cuenta por el Señor Alcalde de varias solicitudes, la primera de Juan Cubillas García interesando certificado del pago del Ayuntamiento consiguiente al número cinco del remplazo de 1863 en el espediente general de Juntas de dicho año y el Ayuntamiento en su vista acordó se espida el certificado.
      Al propio tiempo se acordó se le espida otro certificado á Pedro Mercado de los bienes que le resultan amillarados y líquido imponible de los mismos por fincas propias y colonia, y la cantidad que paga por censos á la cuenta de propios. También se acordó espedir otros dos certificados á Pedro Galán de los bienes que constituyen el caudal de Pedro Mercado por inmuebles, cultivo y ganadería, u por otro certificado los bienes que constituían el caudal de Bartolomé Mercado el año de 1862 y la contribución que por ellos pagaba; como igualmente otro certificado de los bienes que pasaron á los hijos después del fallecimiento de Bartolomé Mercado.
Así mismo se acordó autorizar el gasto de doscientos reales más para los reconocimientos que se han practicado en la capital por los facultativos de la misma cuyo gasto se justifica con los recibos de los reconocimientos según la cuenta, que presenta el comisionado y es la siguiente = por una caballería alquilada cinco días á diez reales uno cincuenta reales = por la manutención de la misma veinte y ocho reales = por gastos de posa á ídem veinte reales = por el comisionado de quintos gastos de comida y pupilage 70 reales = por ocho suplentes á cuatro reales treinta y dos reales = por diez reconocimientos á los mozos en la capital doscientos reales. Cuyo gasto es exacto y se aprueba la cuenta á D. Hipólito Martínez comisionado de quintos en la presente reserba estraordinaria y se autoriza al señor Alcalde para que haga efectivos los doscientos reales últimos extraordinarios para los reconocimientos espresados. Se acordó gustificar al comisionado con cien reales.
      Al propio tiempo se acuerda por unanimidad abonar al médico D. Juan Bau la cantidad de cien reales por haber benido llamado por el Ayuntamiento para reconocer á los mozos, pero que habiendo hecho el biage á este tubo que emprender el reconocimiento de los mismos en vilta del Regla (mento) y cuadro para la declaración de soldados y exenciones físicas del año corriente.
En tal estado el señor Alcalde terminado y aprobado lo espuesto, hizo presente al Ayuntamiento que apesar de no haber aprobado la Municipalidad la cuenta del apoderado D. Ramón Muñiz, se le ofició al mismo no prestando la conformidad, pero que en este día se ha recibido por el correo ordinario otra carta del mismo apoderado interesando, que ve con sentimiento la negatiba del Ayuntamiento para su aprobación, cuya carta tenía fecha 28 del actual, pero que como la comisión, gastos y custodia de valores los cree equitatibos teniendo en consideración no sólo fue cumpliendo su misión como tal apoderado si que también ha continuado hecho cargo de las operaciones sucesibas de cobro y también de custodia de balores en las épocas por que hemos atravesado y por consiguiente lo grabe responsabilidad que apesado sobre el mismo y riesgos grabísimos que puede probar, cuando el único responsable á la municipalidad; en cuyo caso espera de todas estas consideraciones se apruebe la cuenta indicada. Oído el contenido y lo espuesto por el Apoderado, el Ayuntamiento en su vista acordó por unanimidad; primero que aunque efectivamente á corrido riesgos en la custodia de balores pero que poca escriba?
2º. Que los balores que obran en poder de D. Ramón Muñiz deben recogérsele inmediatamente puesto que pueden tener más riesgo los intereses del municipio, esponiéndose acaso á perderlo todo por lo cual D. José Calero Martínez tomó la palabra  y dijo, que aunque no fuera justo aprobar una cuenta que ponen derechos exorbitantes opina que más se dilate este asunto podrían resultar más perjuicios y por consiguiente no solo debe recogerse los balores nominales que obran en su poder sino que debe retirársele el poder y que no funcione más poniéndole una comisión al efecto y que por equidad debe aprobársele la cuenta para terminar de una bez con dicho apoderado. Con esta misma opinión abundaron las de los señores presentes y se aprobó por unanimidad los derechos de D. Ramón Muñiz por la cantidad que figura en el acuerdo fecha veinte y tres del corriente. Seguidamente se acordó por unanimidad que visto el mal resultado que dan los apoderamientos por los derechos escesibos que tratan de percibir, pase una comisión á Madrid á dar  presencia de la operación que ha de hacerse en los balores de títulos del 3 por ciento que se le recojan al apoderado y se vendan al precio de cotización por el agente de Madrid D. Carlos Gómez, como igualmente otros balores que se encuentran a cargo de este y en le pida certificado de la operación que presencie la comisión y de sus derechos á fin de evitar se lastimen los interés(es) de la municipalidad exorbitantemente con derechos como la cuenta del Sor. Muñiz. Al efecto se acordó nombrar para dicha comisión á D. Felipe Martínez Medina, al Regidor D. Felipe Martínez Marín y el Secretario del Ayuntamiento, como personas más instruidas  y peritos librándose al efecto la cantidad presupuestada en el ordinario para gastos y perjuicios de referida comisión, los cuales darán cuenta á su regreso para su apro(ba)ción.. Todo lo cual fue acordado y aprobado por unanimidad, con lo cual se lebantó la sesión de todo lo cual yo el Secretario Certifico =
En el margen izquierdo de esta acta aparece la relación:
Alcalde
D. Felipe Martínez  Medina.
“ Francisco Martínez
“ José Calero
“ Bartolomé Catalán
“ Francisco Barragán
“ Francisco Fernández
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina. Francisco Martínez. Francisco Barragán.  José Calero. Bartolomé Catalán. Dice: A ruego de Francisco Fernández. Testigo, Bonoso Lara
Hipólito Martínez. Secretario.
Nota a tener en cuenta en la transcripción de todas las actas.
En todos los casos la transcripción es literal, si bien se ha procedido a interpretar en algunos casos los textos confusos o ilegibles, a no utilizar las mismas abreviaturas de palabras en orden a dar claridad al texto redactado y la imposibilidad de transcribir fielmente en la abreviatura la colocación de algunas grafías manuscritas, a  acentuar las palabras que en muchos casos no figuraban acentuadas. Si se ha respetado siempre la ortografía original, las uniones indebidas de palabras y la redacción del texto en general.
Granada 1 de junio de 2020.
Pedro Galán Galán.

Bibliografía:
Archivo municipal de Lahiguera: Cuadernillo de acta número 29 correspondiente al año 1874.
Encinas Gómez, Emilio:
http://www.historiadeespananivelmedio.es/19-17-32-gob-zabala-mayo-1874/



No hay comentarios: