PROLOGO

Se pretende que sea éste un espacio dedicado a entretener y deleitar (... a través de la fotografía fundamentalmente) ... a dar a conocer (...o traer al recuerdo) ciertos monumentos o espacios situados en el término o cercanías de Lahiguera. ...a llamar la atención por el estado de abandono y deterioro de muchos de ellos, ...y si llegara el caso, a remover la conciencia de todos los que somos "herederos" de tales monumentos y espacios, y que con nuestra aportación ayudásemos a la conservación de los mismos.

lunes, 19 de octubre de 2020

EL GOBIERNO DE JOAQUÍN JOVELLAR EN SEPTIEMBRE DE 1875.


ACTAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO 1875.
En septiembre de 1875, Cánovas reunió al Consejo de Ministros para consultar cómo debían ser las elecciones próximas a celebrar. Cada uno opinó lo que quiso. Cánovas dijo que no se sentía respaldado por su equipo de Gobierno y presentó su dimisión al Rey, siguiendo que se nombrase Jefe de Gobierno a Jovellar, entonces Ministro de Guerra, un militar sin pretensiones políticas que podía hacer las elecciones por sufragio universal, para luego volver él, Cánovas.
A primeros de septiembre de 1875, Cánovas se planteó convocar elecciones. Sagasta exigió el principio de “un hombre, un voto”, es decir, sufragio universal, porque esa era la legalidad vigente, lo que decía la última Ley electoral. Ello podía romper el consenso recién estrenado entre los dos, porque Cánovas no quería el sufragio universal para su sistema de gobierno, pero tampoco quería la ilegalidad. Se inventó una treta: se harían las elecciones por sufragio universal pero no las haría el Gobierno de Cánovas. Cánovas dimitió. La convocatoria de elecciones de septiembre de 1875, la hizo el nuevo Presidente de Gobierno, Jovellar. Las elecciones, ya las hizo Cánovas en un nuevo Gobierno.
Las elecciones fueron convocadas de acuerdo a la ley vigente de 1870, que era de sufragio universal, aunque ya se anunciaba que este decreto se iba a modificar si se aprobaba la Constitución.
General Joaquín Jovellar Jover (denominado como Soler en segundo apellido en algunos documentos).
El general Joaquín Jovellar accedió, en septiembre de 1875, a la Presidencia del Gobierno, no porque hubiera dado un golpe de Estado, ni porque se impusiera un nuevo régimen militarista, sino porque Cánovas no quería presidir el Gobierno mientras se hacían unas elecciones por sufragio universal, según la legalidad vigente, porque lo primero que pensaba hacer era suprimir el sufragio universal. Cánovas no creía en el voto de los ignorantes, sobre todo tras las experiencias de 1873, cuando los ignorantes habían impuesto los Gobiernos cantonales que habían expropiado a los ricos para repartir entre los pobres, y habían causado un gran destrozo a la economía del país, y a la cultura y ciencia española. Los españoles tenían muy reciente la experiencia de un comunismo populista, y estaban de acuerdo en el gobierno de los más preparados, aunque éstos fueran corruptos y explotadores del trabajador, lo cual era una patente aplicable a todos. Pero la alternativa era peor. Jovellar debía llegar, hacer la convocatoria de elecciones, conseguir que las ganara Cánovas, y dimitir. Y así se hizo.
El 12 de septiembre de 1875, Jovellar formó Gobierno con los hombres que Cánovas le sugirió.
Gobierno conservador de Jovellar, se produjo en el periodo de tiempo entre el 12 de septiembre de 1875 y el 2 de diciembre 1875.
Joaquín Jovellar Jover (denominado Soler en otros documentos) nació en Palma de Mallorca en 1819. Colaboró en la revolución de septiembre de 1868. Fue ascendido a Teniente General en 1871 y Capitán General de Cuba en 1873, donde apresó al buque Virginius, cargado de armas para los insurrectos, y fusiló a sus marineros incluyendo británicos y estadounidenses, provocando un incidente diplomático con Estados Unidos. Apoyó la vuelta de la monarquía en la persona de Alfonso XII y fue ministro de Guerra y Presidente del gobierno en 1875. Volvió a ser Capitán General de Cuba y luchó contra los insurrectos en 1876. Fue Capitán General de Filipinas en 1883. Ministro de la Guerra en 1885 con Sagasti. Murió en Madrid en 1892.
Los miembros del Gobierno de Joaquín Jovellar Jover o Soler fueron los siguientes:
Presidente del Consejo, Joaquín Jovellar Jover o Soler.
D. Joaquín Jovellar Jover o Soler, Presidente del Consejo de Ministros.
Ministro de Estado, Adelardo López de Ayala, interino / 16 de septiembre: Emilio Alcalá Galiano, conde de Casa Valencia / 14 noviembre: Fernando Calderón Collantes, interino / 2 de diciembre de 1875: Emilio Alcalá Galiano.
D. Emilio Alcalá Galiano, conde de Casa Valencia. Ministro de Estado.
Ministro de Fomento, Cristóbal Martín de Herrera.
D. Cristóbal Martín Herrera, Ministro de Fomento.
Ministro de Guerra, Joaquín Jovellar Soler (Jover en otros documentos, se utilizan ambos apellidos indistintamente).
D. Joaquín Jovellar Jover o Soler, Ministro de Guerra.
Ministro de Marina, Santiago Durán Lira.
D. Santiago Durán Lira, Ministro de Marina.
Ministro de Hacienda, Pedro Salavarría Charitu.
D. Pedro Salavarría Charitu, Ministro de Hacienda.
Ministro de Gobernación, Francisco Romero Robledo.
D. Francisco Romero Robledo, Ministro de Gobernación.
Ministro de Gracia y Justicia, Cristóbal Martín de Herrera, interino / 16 de septiembre de 1875: Fernando Calderón Collantes.
D. Fernando Calderón Collantes, Ministro de Gracia y Justicia.
Ministro de Ultramar, Adelardo López de Ayala.
D. Adelardo López de Ayala, Ministro de Ultramar.
Tras el gran triunfo de Cánovas de 20 de mayo de 1875, y la declaración pública del pacto no escrito entre Cánovas y Sagasta, se daba el Gobierno a Joaquín Jovellar. Ello daba pie a cambiar algunos Ministros y se lanzaba un mensaje a los moderados del sector católico integrista, al mostrar que Cánovas no estaba obsesionado por el poder, sino que buscaba un nuevo sistema político.
De 1875 a 1881, gobernó realmente Cánovas, aunque por medio aparecieran Gobiernos como los de Jovellar y de Martínez Campos. Cánovas gobernaba aunque no fuera Presidente del Consejo de Ministros, porque gozaba de amplia mayoría en el Parlamento, y porque imponía su ascendiente sobre todos los Gobiernos.
El 1 de octubre de 1875, Jovellar anunció elecciones por sufragio universal. Ordenó a los Ayuntamientos hacer listas electorales bajo la Ley Electoral de 1870, por sufragio universal. Cánovas podría decir en adelante que él nunca aplicó el sufragio universal como Jefe de Gobierno. También podría decir que nunca conculcó la legalidad vigente.
Las elecciones se harían de forma fraudulenta, como se venían haciendo durante todo el siglo XIX. Se encargaron las elecciones a Romero Robledo, el experto en manipulación de elecciones.
Tras el anuncio, sería el Gobierno de Cánovas quien hiciese la convocatoria oficial, aunque “respetando los acuerdos tomados”.
Jovellar luchó contra los carlistas catalanes y acabó con el problema en esa zona carlista. El escenario de la  guerra, quedó reducido al País Vasco.
D. Antonio Cánovas del Castillo abandonó el Gobierno dos meses antes de las elecciones constituyentes en manos de Jovellar.
Un par de meses antes de las elecciones constituyentes, Cánovas abandonó momentáneamente el gobierno en manos del general Jovellar, compañero de Martínez Campos en el golpe de Estado de Sagunto, para dedicarse a la tarea de redactar el anteproyecto de nueva Constitución con el concurso de un grupo de “notables” encabezados por Alonso Martínez. El proyecto de Constitución superará el trámite de las Cortes, sin apenas modificaciones, no sin producirse antes debates muy apasionados sobre todo en torno a la cuestión de la libertad religiosa. La controversia se suscitó porque el artículo 11 del proyecto de Constitución, aunque configuraba a España como un Estado confesional y la Nación se obligaba a mantener el culto y sus ministros, proclamaba además que nadie sería molestado por sus opiniones públicas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. Y a pesar de tales pronunciamientos y de que no se permitirían otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado, votaron a favor de este artículo 221 diputados, frente a 83.
D. Práxedes Mateo Sagasta creador del Partido Liberal.
El 5 de noviembre de 1875, Sagasta declaró su fidelidad a Alfonso XII, lo cual culminaba el pacto con Cánovas y con ello empezaba a funcionar el sistema pensado por don Antonio Cánovas. Sagasta crearía el Partido Liberal Constitucional que enlazaba con el partido de tiempos de Amadeo, y con la Constitución de 1869, mientras Cánovas continuaba al frente del partido que había creado en 1869, el Partido Liberal Conservador, y quería una nueva Constitución.
Faltaba atraer a los diversos líderes a ese partido nuevo Liberal Constitucional, lo cual no se conseguiría hasta 1881. No hubo manera de poner en marcha la idea de turno pacífico de partidos hasta esta fecha.
Sagasta se dedicó a solucionar la escisión de los disidentes de su partido de mayo de 1875, los que se habían marchado del Partido Constitucional. Y el 6 de noviembre de 1875, convocó Asamblea del Partido Liberal Constitucional. Sagasta manifestó que aceptaba a Alfonso XII y que reivindicaba la Constitución de 1869 con libertad de cultos, libertad de imprenta y sufragio universal, y lo único que cambiaba era la aceptación del Rey. Se nombró nueva Junta Directiva del Partido Constitucional, presidida por Sagasta. Se envió un telegrama a Serrano de adhesión a su persona, porque los militares no podían participar en actividades políticas y Serrano no había podido asistir a esa asamblea. Con ello se trataba de demostrar que el Partido Constitucional iba en la línea de los progresistas de siempre.
La nueva Junta Directiva del Partido Constitucional envió una delegación a hablar con Cánovas. La presidía el mismo Sagasta, y hablaron con Cánovas y con Romero Robledo sobre las próximas elecciones. 
D. Francisco Romero Robledo, Ministro de Gobernacion.
Romero Robledo prometió neutralidad, mientras se tratase de partidos monárquicos que aceptasen la Constitución. Las elecciones se convocarían antes de fin de año y serían en 20 de enero de 1876.
Una vez pactadas las elecciones para 20 de enero de 1876, Jovellar dejó paso a Cánovas.
Desde el punto de vista político, el gran legado de Cánovas será la Constitución de 1876. En enero de 1876 se celebraron elecciones constituyentes por sufragio universal masculino, bajo la batuta del ministro Romero Robledo, especialista en asuntos electorales. Cánovas consiguió el respaldo de 333 diputados sobre 391. La oposición la componían distintos grupos (constitucionales, radicales, demócratas) y otros 13 de adscripciones ideológicas diversas. Conforme a la Constitución de 1869, formalmente vigente, las elecciones fueron por sufragio universal masculino, aunque la pureza del proceso electoral sería puesta en cuestión, como venía ocurriendo desde que hubo elecciones parlamentarias en España tras la muerte de Fernando VII y así seguiría siendo mientras duró el régimen de la Restauración.
Las elecciones de 1876 garantizaron una amplia mayoría al Partido Conservador con 333 diputados, y concedieron una minoría significativa al partido opositor con 40 escaños, y dejaron una pequeña representación para los partidos disidentes (seis republicanos). Hubo una abstención muy elevada, mayor del 50 por ciento y, aunque reflejaron el estado de opinión del país, estuvieron manipuladas.
Lo que no consiguió este primer período de la Restauración fue diseñar una política encaminada a lograr la pacificación social. La estructura social seguía siendo inestable y conflictiva; se mantenían situaciones de injusticia y miseria; profundos descontentos que no fueron, no ya satisfechos, sino siquiera escuchados; pero que llevarían, décadas más tarde, inevitablemente a la crisis del sistema. El régimen de Cánovas mostró una muy limitada capacidad para integrar las nuevas fuerzas sociales y políticas, y éstas, según fueron alcanzando una mayor madurez, tuvieron que buscar métodos de expresión ajenos a la legalidad vigente, bien a través de formaciones políticas no reconocidas, o bien a través de la violencia subversiva. La Federación Regional Española de la Internacional, de inspiración anarquista, aprobó en 1875 unos nuevos estatutos que regulaban su organización, y que estuvieron forzados en gran medida por la situación de clandestinidad a la que se habían visto rcluidos. Se habían cerrado sus locales y clausurado sus periódicos, y no podían celebrar congresos públicos. Ello hizo que se dividieran en comisiones comarcales, intermedias entre la Comisión Federal y las federaciones locales, y cuyas conferencias sustituían a los congresos generales.
El papel de la Comisión Federal fue reforzado, ya que era el único órgano que disponía de la información relativa a todo el país, y que podía tomar decisiones relevantes que afectaran al conjunto y paliar así la desconexión existente. Sus objetivos continuaron siendo revolucionarios , y oscilaron entre la preparación de un movimiento armado y la convocatoria de una huelga general, aunque se fue imponiendo la propaganda por el hecho, como tendencia dominante del movimiento anarquista en los tiempos iniciales de la Restauración. Sin embargo, en los primeros años del régimen, sus intenciones e iniciativas apenas tuvieron eco en la vida política de la nación. La clandestinidad y la crisis ideológica y organizativa que vivieron en esta época se tradujeron en un importante descenso de federaciones y militantes anarquistas.
Grabado de la época que reproduce el momento en que el obrero anarquista Juan Oliva Moncasi dispara contra el rey Alfonso XII de España el 25 de octubre de 1878.
El cuarto trimestre del año 1875 muestra una actividad municipal bastante activa, como lo muestra el abundante número de actas ordinarias y extraordinarias. Las actas correspondientes  a este trimestre son las siguientes:
ACTA DE LA DÉCIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE 1875.
“Acuerdo…y En la Villa de la Higuera de Arjona á primero de Octubre de mil ochocientos setenta y cinco se reunió el Ayuntamiento en sesión extraordinaria bajo la presidencia del Sr. Alcalde , por cuyo señor se declaró abierta la sesión é hizo presente la  necesidad que había de cumplir con el artículo 215 de la instrucción general de Consumos formada para el cumplimiento de lo prescrito en el Real Decreto de 8 de Mayo de este año y dada lectura que fue por el Secretario se acordó nombrar un número igual al Ayuntamiento para repartidores en que tengan representación  las diversas clases de contribuyentes á cuyo fin se designaron los indibiduos siguientes. D. Domingo Fuentes Pérez, D. Francisco García Martínez, = D. Francisco Martínez Almansa, D. Nicanor Torregimeno = D. Bernardino Pérez = y D. Antonio Bermejo, á cuyos señores se les ará saber dichos nombramientos para que den principio á su cometido. Con lo cual se lebantó la sesión de todo lo que yo el Secretario certifico =
Al final del texto aparecen las firmas de los señores siguientes:
 Juan J. Mercado. Dice: Es X A ruego de Francisco Agudo. Francisco Pérez Dice: Es X de Manuel Giménez. 
Acta de la décima sesión extraordinaria del ayuntamiento de Lahiguera de fecha 1 de octubre de 1875. En la página de la derecha inicio del acta de  la sesión ordinaria vigésimo novena de fecha 2 de octubre de 1875.
ACTA DE LA VIGÉSIMO NOVENA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 1875.
“Acta…y En la Villa de la Higuera de Arjona á dos de Octubre de mil ochocientos setenta y cinco, se reunió el Ayuntamiento en sesión ordinaria bajo la presidencia del Sr. Alcalde segundo; por cuyo señor se declaró abierta la sesión: Diose cuenta al Ayuntamiento de una carta fecha treinta y uno de Agosto último por el agente del municipio D. Carlos Gómez Samper y cuenta que el mismo presenta por la cual ha cobrado de una carpeta de la caja de Depósitos mil ciento siete reales, setenta y dos céntimos intereses del primer semestre de mil ochocientos setenta y cuatro, que negociado por el agente de Bolsa D. J. Sánchez al 87  por 100 importa nobecientos sesenta y tres reales, setenta y un céntimos, cuya suma es saldo á fabor del Ayuntamiento.
      En tal estado y vista dicha cuenta y examinada que fue la aprobó el Municipio por unanimidad y acordó se le comunique por el correo ordinario.
      Al propio tiempo se acordó librar una cantidad del capítulo 11 artículo 1º del presupuesto vigente para con su importe pagar los gastos ocasionados en la formación del censo de población para cuyo obgeto se designó á D. Manuel Fuentes Pérez y se consigna la suma  de setenta y cinco pesetas.
      Con lo cual se aprobó todo por unanimidad y firman los señores concejales de que yo el Secretario certifico =
Al final del texto aparecen las firmas de los señores siguientes:
 Juan J. Mercado.  Dice: Es X de Manuel Giménez.  Dice: Es X de Francisco Agudo. Francisco Pérez  
Hipólito Martínez. Secretario.
ACTA DE LA UNDÉCIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 4 DE OCTUBRE DE 1875.
Es la cuadragésima reunión del Ayuntamiento de este año de 1875. Con esta reunión se celebraron hasta la fecha cuarenta reuniones, de ellas veintinueve fueron ordinarias y once extraordinarias.
“Acuerdo… y En la Villa de la Higuera de Arjona á cuatro de Octubre de mil ochocientos setenta y cinco se reunió el Ayuntamiento en sesión extraordinaria bajo la presidencia del Sr. Alcalde por cuyo señor se declaró abierta la Sesión y se ordenó al Secretario diese lectura al Boletín oficial extraordinario del día de ayer, y verificado que fue se acordó la formación de las listas  electorales con arreglo á la ley de 20 de Agosto de 1870 y que se fijen en los sitios públicos de costumbre día seis del corriente y termina el 20 de dicho mes cuya formación será conforme al artículo 22  de la ley y después lo demás que proceda. Con lo cual se levantó la sesión y de todo ello como Secretario Certifico =
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
Francisco Pérez.  Juan J. Mercado.  Dice: Es X de Manuel Giménez.  Dice: Es X de Francisco Agudo.
Hipólito Martínez. Secretario.
ACTA DE LA TRIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 1875.
”Acuerdo… y En la Villa de la Higuera  de Arjona á nuebe de Octubre de mil ochocientos setenta y cinco, se reunió el Ayuntamiento en sesión bajo la presidencia del Sr. Alcalde accidental D. Juan Pérez Serrano, por cuyo señor se declaró abierta la sesión y se hizo presente que el Alguacil Pedro Alba no cumplía con su deber y lo hacía presente á la corporación para que deliberase sobre este particular. En virtud se acordó por unanimidad destituirlo del cargo de Alguacil y nombrar para su cometido á Antonio Pérez Cubillas con el haber que tiene presupuestado el que cesa.
Al propio tiempo se acordó nombrar una comisión del Ayuntamiento para que pase á la capital á conferenciar con el Sr. Gefe Económico sobre las bases que se han de adoptar para el Repartimiento de consumos y al efecto se nombró á D. Francisco Agudo, Regidor del Municipio y que se libre una cantidad de pesetas trein(ta) y dos cincuenta céntimos para los gastos que se ocasionen del artículo y capítulo respectivo á estas comisiones. Con lo cual acordado que fue por unanimidad se levantó la sesión y de todo ello como Secretario certifico =
Aparecen las firmas de los siguientes señores:
Juan J. Mercado.  Francisco Pérez. Dice. Es X de Manuel Giménez.  Dice: Es X de Francisco Agudo.
Nota: En doble folio o pliego aparte aparecen las dos actas que viene a continuación, en ambos folios aparece sobre impreso el escudo nacional y en su perímetro el texto: SELLO DE OFICIO – 6 CENT. DE PESETA 1875.
Este doble folio aparece recortado en su texto del borde derecho, consecuencia de no estar cosido al resto de libro de actas de este año de 1875 y quedar rozado y deteriorado con el paso del tiempo.
ACTA DE LA DÉCIMO SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 17 DE DICIEMBRE  DE 1875.
“Acta…y En la Villa de la Higuera de Arjona á diez y siete de Diciembre de mil ochocientos setenta y cinco, se reunió el Ayuntamiento en sesión extraordinaria bajo la presidencia del Señor Alcalde D. Domingo S. Fuentes  por cuyo Señor se declaró abierta la sesión: Diose cuenta de una orden del Señor Gobernador Civil de la Provincia fecha quince del actual por la que se admita la dimisión á los individuos que componen la corporación municipal que tienen presentada con anterioridad  de sus cargos y en si bista en uso de las facultades de que está investido el Sr. Gobernador Cibil de la Provincia  se ha dignado nombrar para remplazar al actual Ayuntamiento á los Señores del margen.
      Estando presente dichos Señores se les dio posesión de sus cargos como nuevo Ayuntamiento que aceptaron el cargo.
Por referido Ayuntamiento entrante acordó por unanimidad pasar atenta comunicación al Señor Governador Civil de la Provincia, manifestándole su adhesión y ser  fieles á las instituciones vigentes. Y  no habiendo otros asuntos de que tratar se levantó la sesión firmándolos Señores entrantes y salientes cada uno como acostumbra de que yo como Secretario Certifico =
En el margen izquierdo del texto del acta aparece la relación de los señores que componen el  Ayuntamiento entrante, a saber:
Alcalde
Presidente
D. Felipe Martínez Medina.
Teniente.
“Juan Pérez Serrano.
Concejales
“José Calero Martínez.
“Bartolomé Catalán.
“Juan Ramón Barragán.
“Juan José Mercado.
“Sebastián Pérez Mercado.
“Manuel Giménez.
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Juan Pérez Serrano.  Juan José Mercado. Dice: Es X de Manuel Giménez.  Bartolomé Catalán.  Sebastián Pérez. Juan Ramón Barragán. José Calero Martínez. Domingo S. Fuentes. Dice: Es X de Francisco Agudo.
ACTA DE LA TRIGÉSIMO PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA DE ARJONA DE FECHA 19 DE DICIEMBRE  DE 1875. Con esta última acta, que hace el número cuarenta y tres de las del año 1875, concluye este año de política municipal de nuestra villa. En este año se celebraron en el ayuntamiento treinta y una sesiones ordinarias y doce reuniones extraordinarias.
“Acuerdo… y En la Villa de la Higuera de Arjona á diez y nuebe de Diciembre de mil ochocientos setenta y cinco; Se reunió el Ayuntamiento en sesión cuyos nombres de los concurrentes se expresan al margen, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe Martínez Medina. Diose cuenta á la corporación de una comunicación fecha diez y seis (ilegible) del actual suscrita por el Sr. Gefe Económico, por la que se interesa se guarde en el Repartimiento de cupos lo ordenado en el artículo 231 de la Instrucción de consumos de 15 de Junio último, por la que devuelve al Alcalde remitente para que lo rectifique esclareciendo dicho estremo, ó que certifique bajo su responsabilidad , la de la corporación que preside y la Junta repartidora que en lo de cranceno (ilegible) se han excedido de las prescripciones de dicho acto y si todos aceptan la responsabilidad cabe de si en el día de mañana apareciera alguna reclamación por agravios inferidos en el repartimiento.
Y estando presente la corporación y Junta repartidora manifestaron que no aceptan la responsabilidad y que creen oportuno se rectifique.
Al propio tiempo el Ayuntamiento en su vista acordó se nombre un auxiliar temporero para que á la brevedad posible rectifique dicho presupuesto y se haga el presupuesto adicional consignando una partida para atender á estos trabajos. Con lo cual se levantó la sesión y de todo ello como Secretario certifico =
Al final del acta aparecen las firmas de los siguientes señores:
Felipe Martínez Medina.  Juan Ramón Barragán.  Juan José Mercado.  Bartolomé Catalán.  Dice: Es X de Manuel Giménez. 
Siguen las firmas.
Francisco García.  Francisco Martínez.   Antonio Bermejo.  Nicanor Torregimeno.  Francisco Fuentes.  Felipe Pancorbo.
Nota a tener en cuenta en la trascripción de todas las actas:
En todos los casos la trascripción es literal, si bien se ha procedido a interpretar en algunos casos los textos confusos o ilegibles, a no utilizar las mismas abreviaturas de palabras en orden a dar claridad al texto redactado y la imposibilidad de transcribir fielmente en la abreviatura la colocación de algunas grafías manuscritas, a acentuar las palabras que en muchos casos no figuraban acentuadas. Si se ha respetado siempre la ortografía original, las uniones indebidas de palabras y la redacción del texto en general.
Granada 19 de octubre de 2020.
Pedro Galán Galán.
Bibliografía:
Cuadernillo de actas del año 1875 de Lahiguera. Archivo municipal de Lahiguera.
Encinas Gómez, Emilio:
http://www.historiadeespananivelmedio.es/19-23-08-gobierno-jovellar-septiembre-1875/