PROLOGO

Se pretende que sea éste un espacio dedicado a entretener y deleitar (... a través de la fotografía fundamentalmente) ... a dar a conocer (...o traer al recuerdo) ciertos monumentos o espacios situados en el término o cercanías de Lahiguera. ...a llamar la atención por el estado de abandono y deterioro de muchos de ellos, ...y si llegara el caso, a remover la conciencia de todos los que somos "herederos" de tales monumentos y espacios, y que con nuestra aportación ayudásemos a la conservación de los mismos.

sábado, 17 de diciembre de 2016

EL INICIO DEL SERVICIO DE CORREOS EN LA HIGUERA CERCA DE ARJONA. EL NOMBRAMIENTO DEL PRIMER CARTERO EN EL AÑO 1847: LUÍS DEL POZO.



ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA CORRESPONDIENTES AL AÑO 1847. (Hay una sesión extraordinaria.)

A modo de Portada dice en el folio del inicio.
Higuera cerca de Arjona año de 1847.

Libro de actas correspondiente al espresado año.
Portada del Cuadernillo de Actas del año 1847.
ACTA DE LA PRIMERA ASESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 20 DE ENERO DEL AÑO 1847.

En esta primera sesión del año 1847, se acuerda que las reuniones ordinarias se celebren los lunes y sábados de cada semana; había que acordar los días que se reunía el cabildo municipal, según la normativa del artículo 58 del Reglamento de los Ayuntamientos Constitucionales de 1845. También se nombra como Regidor Síndico a D. Juan Estevan, Regidor Primero del Ayuntamiento según lo ordenado en el artículo 82 del mismo Reglamento citado. De todo lo cual se informa al Jefe Político Provincial, equivalente a la figura política de los Gobernadores Civiles después.  El ayuntamiento de este año esta compuesto por D. Bartolomé Mercado como Alcalde, D. Juan Ruano como Teniente de alcalde, D. Juan Estevan como Regidor Primero, D. Pedro Mercado como Regidor Segundo,  D. Pedro Galán como Regidor Tercero y D. José Barragán como Regidor Cuarto.
“Acuerdo… En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en veinte días del mes de  Enero de mil ochocientos cuarenta y siete reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia, acordaron señalar para celebrar sus reuniones ordinarias según lo prevenido en el artículo 58 del Reglamento de A. C.  de Setiembre del año pasado de 1845, los lunes y sábados de cada semana, y nombrado de Regidor Síndico a D. Juan Estevan Regidor 1º de este Ayuntamiento conforme a lo prevenido en el artículo 82 del citado Reglamento, acordando dichos SS. se dé cuenta de este acuerdo al Sor. Gefe Superior Político de esta Provincia. Así lo acordaron y firmaron de que certifico.=

Aparecen las firmas de los siguientes Sres.:
Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Pedro Mercado.  Juan Esteban.  Pedro Galán.  José Barragán. 

P. A. D. A. C. Manuel Pérez.


Acta primera y comienzo de la segunda.
ACTA DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 1847.

En esta sesión ordinaria se acordó nombrar para el cargo municipal de  Cobrador de Contribuciones de la Villa y Depositario de los Bienes Propios del municipio para este año a D. Francisco Torregimeno, persona apta, capaz y de responsabilidad para desempeñar los cargos que se le han conferido, quedando por consiguiente obligado a responder ante el municipio y autoridades con todos sus bienes habidos y por haber, de las cantidades que recaude y se le den mala inversión por su parte; así mismo queda obligado a poner los dineros de las Contribuciones bajo de la misma responsabilidad en la Tesorería de Provincia en los períodos mandados por las Instrucciones, y de cumplir con lo prevenido en el artículo 68 del Real decreto de 23 de Mayo de 1845 y en todo lo demás que sea concerniente a este particular, por cuyo trabajo se le remunerará  el cuatro por ciento de las cantidades que recaude y ponga en Tesorería por las Contribuciones, y el quince al millar por las de Bienes Propios (1,5 %). En esta sesión no está presente D. José Barragán, y está presente D. Francisco Torregimeno para aceptar su nombramiento como Cobrador de Contribuciones y depositario de los Bienes Propios del concejo municipal.

“Acuerdo… En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en trece días del mes de Febrero de Mil ochocientos cuarenta y siete reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia, en sesión ordinaria de esta día, se acordó nombrar de Cobrador de contribuciones de esta Villa Depositario de Propios para el corriente año a D. Francisco Torregimeno, persona apta, capaz y de responsabilidad para desempeñar los cargos que se le han conferido quedando por consiguiente obligado con todos sus bienes habidos y por haver, de las cantidades que recaude y se le den mala inversión por su parte; así mismo queda obligado a poner los dineros de las Contribuciones bajo de la misma responsabilidad en la Tesorería de Provincia en los períodos mandados por las Ynstrucciones, y de cumplir con lo prevenido en el artículo 68 del Real decreto de 23 de Mayo de 1845 y en todo lo demás que sea concerniente a este particular, por cuyo travajo se le remunerará  el cuatro por ciento de las cantidades que recaude y ponga en Tesorería por las Contribuciones, y el quince al millar por las de propios; así lo aceptó el nombrado y lo firma con los SS. del Ayuntamiento de que certifico.=

Aparecen las firmas de los Sres. siguientes.:
Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Pedro Mercado.  Juan Esteban.  Pedro Galán.  Francisco Torregimeno. 

P. A. D. A. C. Manuel Pérez”



Final del Acta segunda, tercera y comienzo de la cuarta.

ACTA DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 6 DE MARZO DE 1847.

Esta sesión del cabildo parece que tiene por objeto como único punto del orden del día, acordar la retirada de la licencia otorgada con anterioridad a D. Francisco Barragán por el Ayuntamiento para la construcción de una casa en la Callejuela Camino de Jaén antiguo, dado que al interceptar dicha callejuela se le infieren perjuicios de consideración a los vecinos de la calle. Por lo tanto el acuerdo municipal ordena se deje franca de paso la citada callejuela suspendiendo que se arrimen materiales al citado lugar por D. Francisco Barragán. En este caso están ausentes los regidores D. José Barragán (posiblemente hermano de D. Francisco Barragán) y D. Pedro Galán.
“Acuerdo… En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en seis días del mes de Marzo de mil ochocientos cuarenta y siete reunido los SS. del Ayuntamiento Constitucional que abajo firmaran, acordaron que a Francisco Barragán se le recoja la licencia que tiene dada por este Ayuntamiento para la construcción de una Casa en la Callejuela Camino de Jaén antiguo porque de interceptar dicha callejuela se le infiere perjuicios de consideración a haquellos Becinos por cuya razón se a acordado por el Ayuntamiento que se deje franca la espresada Callejuela suspendiendo desde luego que se arrimen materiales a dicho punto por el enunciado Francisco Barragán. Así lo acordaron y firmaron de que certifico.=
Aparecen las rúbricas de los siguientes Sres.: 
 Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Juan Esteban.  Pedro Mercado. 
P. A. D. A. C. Manuel Pérez.” 
Final del Acta cuarta y Acta quinta.
ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 29 DE MAYO DE 1847
En esta sesión ordinaria el Sr. Alcalde, como Presidente del concejo municipal dio cuenta del oficio del Señor Administrador de Correos de Andújar de fecha  veinte y siete del mes de la fecha, en que se previene el nombramiento de tres personas para que de entre estos, se sirva nombrar uno por parte de la  Dirección de Correos, para lo que se ofrecen tres nombre, de los cuales ha de quedar uno elegido como Cartero Municipal de la Villa. En virtud de la orden recibida, desde el ayuntamiento se proponen tres nombres, para que de entre los cuales quede uno elegido, y sea responsable del servicio de correos local. Las tres personas propuestas fueron:
D. Luís del Pozo.
D. José Molina.
D. Antonio Brazas.
Después de elegidos los nombres se envía propuesta de nombres a la Dirección General de Correos y elegido uno se le había de expedir el título de Cartero municipal de La Higuera cerca de Arjona. Nombramiento que sería posteriormente comunicado al Seños Administrador de Correos y sería enviado tal nombramiento al Seños Inspector de Correos y Postas de la Línea de Andalucía.
Eran estos unos años en los que se fue generalizando el sistema radial de líneas de servicios de correos por toda la península, mediante el sistema de comunicación de las Postas. A conocer todo este mundo de las comunicaciones por diligencias de viajes, y de transporte del correo dedicaremos la parte complementaria de este artículo, para así dar a conocer las realidades e  inquietudes de la población de este tiempo de nuestra historia.
“Acuerdo… En la Villa de las Higuera cerca de Arjona en veinte y nueve días del mes de Mayo de mil ochocientos cuarenta y siete reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia, en sesión ordinaria de este día, por el Sr. Presidente se dio cuenta del oficio del Sor. Administrador de Correos de Andújar de beinte y siete del que rige, en que se previene el nombramiento de tres sujetos para que de estos se sirva nombrar uno, la Dirección ofrece para Cartero de esta Villa, en su vista el Ayuntamiento se a servido nombrar y proponer para este fin los sujetos siguientes.
Luis del Pozo.
José Molina.
Antonio Brazas.
Y para que la Dirección gral. se espida el correspondiente título a la persona que recaiga el nombramiento, acordaron Smd. ( puede significar “sin mediar dilación”) se saque testimonio de este acuerdo, y se remita al Sor. Administrador de Correos de Andújar, para que por su ducto (conducto) se remita al Sor. Ynspector de Correos y Postas de esta línea de Andalucía. Así lo acordaron y firmaron los espresados SS. de que yo el Srio. de Ayuntamiento, certifico.=
Nota: No aparecen firmas.
ACTA DE LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 15 DE JULIO DE 1847.
En esta sesión del concejo municipal se da cuenta por el Delegado del Señor. Comisionado D. José María Ruiz, oficial auxiliar de la Administración de Directas de esta provincia, nombrado por el Señor Intendente se hizo presente al Ayuntamiento la necesidad en que estaba el mismo de poner en el Banco la cantidad que está debiendo esta Villa por sus Contribuciones, por un importe de nueve mil doscientos cincuenta y nueve reales con diez maravedíes para el día veinte y dos o veinte y tres del actual, debiendo hacer el ingreso sin excusa ni pretexto alguno, según las órdenes que para este efecto tenía del Señor. Intendente, por lo cual oído por el referido Ayuntamiento la pretensión justa del referido Señor Delegado Comisionado por los cual se obligaba el Ayuntamiento a su cumplimiento, y se acordó dar palabra afirmativa, por lo que quedó obligado Ayuntamiento y principalmente su Presidencia (El Alcalde) a poner en tesorería para el día señalado la cantidad referida de nueve mil doscientos cincuenta y nueve reales con diez maravedíes, sin necesidad de más aviso.
“Acuerdo… En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en quince días del Mes de Julio de mil ochocientos cuarenta y siete, reunido el Ayuntamiento con mi asistencia por el Delegado del Sor. Comisionado D. José María Ruiz oficial auxiliar de la Administración de Directas de esta provincia, nombrado por el Sor. Yntendente se hizo presente al Ayuntamiento la necesidad en que estaba el mismo, este Ayuntamiento de poner en el Banco la cantidad que está deviendo esta Villa por sus Contribuciones, importante en la cantidad de nueve mil doscientos cincuenta y nuebe reales con diez maravedíes para el día beinte y dos o beinte y tres del actual sin escusa ni pretesto alguno, según las órdenes que para este efecto tenía del Sor. Yntendente, lo cual oído por el referido Ayuntamiento la pretensión justa del referido Sor. Delegado Comisionado por los cuales obligaba su cumplimiento se acordó dar palabra afirmativa queda obligado este Ayuntamiento y principalmente su Presidencia a poner en tesorería para el día señalado la cantidad referida de nuebe mil doscientos cincuenta y nuebe reales con diez maravedíes, sin necesidad de más aviso, dándole copia de este acuerdo para quedar obligado a su cumplimiento. Así lo acordaron y firmaran de que certifico.=
Nota: No aparecen firmas.
ACTA DE LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 17 DE JULIO DE 1847.
En esta sesión se acordó nombrar con arreglo al artículo 3º del Reglamento de 16 de Septiembre de 1845 sobre organización y atribuciones de los Ayuntamientos a D. Juan Estevan y D. Pedro Galán como Regidores del Ayuntamiento, y a D. Domingo de Fuentes y D. Francisco Torregimeno como mayores contribuyentes para que asociados con el Señor Presidente rectifiquen las listas electorales según lo prevenía en dicho artículo, y en calidad de suplente a D. José Barragán Regidor del mismo  y Antonio Gavilán con el mismo carácter como mayor contribuyente para que dichos Suplentes entren a reemplazar a los propietarios siempre que falten por cualquier excusa, y se procedería a la rectificación de dichas listas en los términos prevenidos en el artículo 6 de dicho Reglamento.
“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en diez y siete días del mes de Julio de mil ochocientos cuarenta y siete, reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia en sesión ordinaria de este día se acordó nombrar con arreglo al artículo 3º del Reglamento de 16 de Septiembre de 1845 sobre organización y atribuciones de los Ayuntamientos a D. Juan Estevan y D. Pedro Galán Regidores del Ayuntamiento, y a D. Domingo de Fuentes y D. Francisco Torregimeno como mayores contribuyentes para que asociados con el Sor. Presidente rectifiquen las listas electorales según lo prevenía en dicho artículo, y en calidad de suplente a D. José Barragán Regidor del mismo  y Antonio Gavilán con el mismo carácter como mayor contribuyente para que dichos Suplentes entren a rreemplazar a los propietarios siempre que falten por cualquier escusa, y se procedería a la rectificación de dichas listas en los términos prevenidos en el artículo 6 de dicho Reglamento. Así lo acordaron y firmaran de que certifico.=
Nota: No aparecen rúbricas.
Acta Sexta y Séptima.

ACTA DE LA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 19 DE JULIO DE 1847.

Esta sesión tiene por objeto sacar a la suerte los concejales que deben salir en la renovación de la primera mitad de los regidores del consistorio municipal, conforme a lo prevenido en el artículo 60 de la ley vigente de Ayuntamientos del año 1845. Por este procedimiento de renovación de regidores municipales se sorteaban los dos concejales que tenían que salir mediante un sorteo entre los cuatro componentes que con el Alcalde y Teniente de Alcalde eran los componentes del consistorio. Realizado el sorteo resultó que los dos regidores que salieron por suerte fueron:


D. Pedro Galán.

D. Juan Estevan.


Siendo D. José Barragán y D. Pedro Mercado los Concejales que continuarían en sus puestos de regidores en el Ayuntamiento de la villa.
“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en diez y nuebe días del mes de Julio  de mil ochocientos cuarenta  y siete, reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia para sacar a la suerte los concejales que deben salir en la renobación  de la primera mitad, conforme a lo prevenido en el artículo 60 de la ley vigente de Ayuntamientos se egecutó todo en la forma que se dirá saliendo y quedando de Concejales los sugetos siguientes.


Concejales que salen por suerte.

D. Pedro Galán.

D. Juan Estevan.


Concejales que continúan en el Ayuntamiento.

D. José Barragán.

 D. Pedro Mercado.

Con lo que se concluyó esta diligencia que firman los SS. del Ayuntamiento de que certifico.=
Nota: No aparecen firmas.
ACTA DE LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 5 DE AGOSTO DE 1847.

En esta sesión ordinaria del Ayuntamiento se aborda por parte del Jefe Político Provincial la situación de impago al maestro D. Miguel Martínez, Maestro de primeras letras de esta misma Villa, y su esposa, que realizaba también la función de maestra amiga en la villa. Para dar cumplimiento a la citada orden el Alcalde Presidente de la corporación municipal, hizo referencia al escrito del citado señor de fecha 29 de julio anterior en el que se pide que los regidores del año 1840 expusieran lo que les constase acerca de los sueldos y comisión de los dos maestros de escuela de la villa, debiendo manifestar también las causas por las que no se le extendieron en las actas municipales los nombramientos de ambos como maestros de la villa, y las dotaciones económicas con las que estos fueron contratados por el Ayuntamiento. Estos dos puntos deben de ser resueltos por el acuerdo de los componentes del actual Ayuntamiento con los citados como componentes del Ayuntamiento del año 1840, emitiendo al mismo tiempo su parecer sobre la conveniencia de la continuidad de la esposa del maestro como maestra amiga, labor que venía desarrollando sin sueldo al menos desde el año 1840. En caso de continuidad de la maestra de niñas se debía acordar una dotación económica por este concepto o en caso de no continuar, se debería clarificar que era lo que convenía al vecindario. Tomada la palabra por parte de los regidores del año 1840, dijeron que en razón a los sueldos de dichos profesores no se trató mas que lo de darle cien ducados al Maestro y que esta misma cantidad le fue pagada en el año siguiente, pero que a la Maestra nada se le señaló porque ni había fondos de que pagarle, ni el Ayuntamiento la consideró acreedora a ninguna remuneración, que así mismo continuaba sin tener en el momento presente, y que si se extendió alguna acta sobre este particular de los nombramientos y sus dotaciones económicas, la única persona porque que podría dar razón de ello sería el Secretario del Ayuntamiento de entonces en el año 1840; pero que  este  señor murió y se entregó al actual secretario, debiendo figurar en el archivo municipal. Consultado el cuaderno de Actas correspondiente al año 1840, y tras comprobar que no había ninguna acta que tratase el tema, sería muy verosímil que nada se escribiese en orden a estos dos asuntos, que la única idea que tenían sobre el particular era un oficio que se le pasó a dicho profesor en fecha 28 de Octubre de ese año 1840, según aparecía en el registro, en que se le manifestaba que estando aprobados los arbitrios que el Ayuntamiento y la Junta Municipal de Beneficencia habían acordado, que se presentase en esta Villa a establecer ambas Clases, entendiéndose de lo expuesto que solamente a dicho profesor, como examinado, debía percibir el referido sueldo de cien ducados, como así se verificó la renta de cien ducados señalados por reglamento, pero no se debió proceder de igual modo con la Maestra, que carecía del requisito de haber sido examinada para el puesto de maestra amiga. Sobre el pronunciamiento acerca de la continuidad de la Maestra en su cargo, manifestaron que en cuanto a si era
conveniente que la Maestra siguiera, eran de la opinión que no era útil ni necesario su seguimiento, tanto por que no había fondos para pagarla, cuanto a que había otra de la misma clase que enseñaba lo mismo y algo más, sin más retribución que la que le daban las niñas por razón de las mensualidades, concluyendo con decir que ni el dicho profesor era útil, ni acreedor a ninguna renta por los excesos de embriaguez, como por la falta de asistencia a la clase, y los pocos adelantos que se experimentan en los niños, sobre cuyo extremo llamaban muy particularmente la atención del señor Jefe Político Provincial.

“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en cinco días del mes de Agosto de mil ochocientos Cuarenta y siete, reunidos en sesión ordinaria de este día, el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia  y el de mil ochocientos cuarenta (Nota: este texto que aparece tras asistencia y el de mil ochocientos cuarenta debió ser un error que aparece sin tacha alguna, aunque como se citó a los componentes del ayuntamiento de 1840, la anotación era valida) previa citación por escrito que al efecto se le pasó, a la que asistió tamvién D. Miguel Martínez Maestro de primeras letras de esta misma Villa, por el Sor. Presidente, se mandó leer la orden del Sor. Gefe Superior Político de esta Provincia de beinte y nuebe de Julio pasado relatiba a que por los Concejales del citado año de mil ochocientos cuarenta espongan lo que les coste (conste) a cerca de los sueldos y cumisión de los Maestros de Escuela de la misma, manifestando al mismo tiempo las causas que hubo para no haver estendido las correspondientes actas sobre el nombramiento y dotaciones a los mismos, cuyos estremos se resolberan por ambos Ayuntamientos, y emitiendo ambos su parecer, sobre si es conveniente siga de Maestra la que actualmente desempeña esta cargo, y cual haya de ser la Dotación que perciba por este concepto o lo que mejor combenga al Vecindario; de todo lo cual enterados que han sido dichos SS. unánimemente dijeron que en razón a los sueldos de dichos profesores no se trató más, que darle cien ducados al Maestro y que esta misma cantidad le fue pagada en el año siguiente, pero que a la Maestra nada se le señaló porque ni había fondos de que pagarle ni el Ayuntamiento la consideró acredora a ninguna remuneración, que así mismo no tiene presente si se extendió alguna acta sobre este particular porque el único que podría dar de esto razón escrita es el Secretario que lo fue entonces, y que este murió y se entregó el actual en el archivo, pero que cuando en el cuaderno de actas que tenemos a la vista, no hay ninguna que trate de esto, es muy verosímil que nada se escribiese en orden a estos particulares, que la única idea que tiene de esto, es un oficio que se le pasó a dicho profesor en 28 de Obre. de aquel año, según aparece del registro, en que se le manifestava que estando aprobados los arvitrios que el Ayuntamiento y la Junta Municipal de Beneficencia habían acordado, que se presentase en esta Villa a establecer hambas Clases , entendiéndose de esto que solamente a dicho profesor como examinado debía percibir como así se verificó la renta de cien ducados señalados por reglamento pero no la Maestra que carecía de este requisito; y en cuanto ha si es conveniente que la Maestra siga, somos de opinión que no es útil ni necesario de modo ninguno su seguimiento, tanto por que no hay fondos para pagarla, cuanto a que hay otra de la misma clase que enseña lo mismo y algo más, sin más retribución que la que le dan las niñas por razón de las mensualidades, concluyendo con decir que ni el dicho profesor es útil  ni acreedor a ninguna renta por los escesos de embriagez, como por la falta de asistencia en la clase, y los pocos adelantos que se esperimentan en los niños, sobre cuyo estremo llamamos , muy particularmente la atención de V, S. con lo que se concluye este acuerdo mandando Smd. se saque testimonio literal de él y se remita al Sor. Gefe Superior político para los fines convenientes. Así lo acordaron y firmaron todos los SS. de que yo el Srio. de Ayuntamiento certifico.=

Aparecen las rúbricas de los siguientes Sres.: Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  José Barragán.   Pedro Galán.  Pedro Mercado.  Dice: La X es de Sebastián de Fuentes. Francisco Martínez.
P. A. D. A. C. Manuel Pérez.”
Acta octava y Acta novena.
ACTA DE LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 1847.

Esta reunión ordinaria del Ayuntamiento está motivada por la presencia en la villa del Administrador de Impuestos y Rentas Estancadas de la Provincia, que en calidad de Intendente salió a visitar varios pueblos de la misma, que eran deudores, con objeto de hacer efectivos los descubiertos en que se encontraban, y vistas las listas cobratorias que presentó el recaudador de las enunciadas Contribuciones, que presentaba un debe por la suma de tres mil ochocientos sesenta y cinco reales por Inmuebles; veinte y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco reales con catorce maravedíes por Subsidio, y mil setecientos treinta y nueve reales con veinte y cuatro maravedíes por las sumas, que hacen un total de cinco mil novecientos cuarenta y uno reales con veinte y ocho maravedíes y oídas que fueron por la misma Corporación las razones amistosas alegadas por el referido Señor Administrador de impuestos y rentas Estancadas de la Provincia, D. Bernardino Lillo ; el Ayuntamiento acepta y se constituye en responsabilidad directa con la hacienda, y se compromete solemnemente a ingresar en la Caja del Banco Español de San Fernando en la Ciudad de Jaén para el día veinte y cuatro del mes de la fecha, la cantidad enunciada de cinco mil novecientos cuarenta y uno reales con veinte y ocho maravedíes, quedando en caso contrario en ser considerados inmersos en la prevención 5ª del artículo 14 de la Ley penal de mil ochocientos treinta.
“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en quince días del mes de Dbre de mil ochocientos cuarenta y siete reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia, se presentó el Sor. Administrador de impuestos y rentas Estancadas de la Provincia que en calidad de Yntendente ha salido a visitar barios pueblos de la misma, con objeto de hacer efectivos los descubiertos en que se encuentran, y visto tanto por las listas cobratorias que presentó el recaudador de las enunciadas Contribuciones, ser en deber la suma de tres mil ochocientos sesenta y cinco reales por inmuebles; beinte y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco reales catorce maravedíes por Subsidio, y mil setecientos treinta y nueve reales con beinte y cuatro maravedíes por las sumas, que hacen en total de cinco mil novecientos cuarenta y uno reales con veinte y ocho maravedíes y oídas que fueron por la misma Corporación las razones amistosas alegadas por el referido Sor Gefe; el Ayuntamiento otorga se constituye en responsabilidad directa con la hacienda, y se compromete solemnemente a ingresar en la Caja del Banco Español de San Fernando en la Ciudad de Jaén para el beinte y cuatro del actual la cantidad enunciada de cinco mil novecientos cuarenta y uno reales con beinte y ocho maravedíes queriendo en caso contrario ser inmersos en la prevención 5ª del artículo 14 de la Ley penal de mil ochocientos treinta. Así lo acordaron y firmaron de que yo el Srio. de Ayuntamiento certifico.=
Aparecen las rubricas de los siguientes Sres.: Bernardino Lillo.  Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Pedro Martínez.

ACTA DE LA DÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA CORRESPONDIENTE A LA FECHA DEL 20 DE DICIEMBRE DEL  AÑO 1847.

La reunión de este día tiene por objeto dar a conocer a la corporación municipal el oficio del Señor Administrador de Correos de la Ciudad de Andújar de doce del actual, en el que con fecha trece del mes de noviembre pasado, se ha servido decirle el Sr. Administrador Provincial de Bailen, que en atención haber renunciado el nombramiento de Cartero distribuidor de la Correspondencia de oficio de esta Villa, José Molina, se haga nueva propuesta al indicado fin, y que se manifiestan las causas de la renuncia hecha por el citado Molina de todo lo cual enterado de todo que han sido dicho por los citados señores, como igualmente de los expuesto por el Sr. Presidente por lo que al día siguiente de recibir dicho oficio mandó al presente Secretario pusiese Edicto en el sitio propio de esta Villa para que la persona que quisiese encargarse de la Conducción de la Correspondencia de oficio de esta Villa lo hiciese presente en el termino de seis días para proponer la terna que se manda; el cual habiendo trascurrido sin que se halla presentado más que Luís del Pozo interinamente nombrado por este Ayuntamiento, en su vista se acordó sacar testimonio de este Acuerdo, y que se remita al Sr. Administrador de Correos de Andújar, para que lo haga al principal de Bailen, de que en esta Villa no hay persona que se interese en esto, más que precitado Luís del Pozo porque este con su ejercicio de Hortelano tiene indispensablemente que ir todos los días a Andújar y se gana además la pequeña retribución que esto le puede dejar, y con respecto a José Molina debe decir este Ayuntamiento que al hacerle saber su nombramiento dijo no podía aceptarlo, ni tan solo por el poco salario si no porque habían variado las circunstancias de tener como tiene en el día más trabajo en su oficio de Zapatería, perdiendo si lo aceptaba triple de lo que podía ganar por este concepto.

“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en beinte y un días del mes de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y siete, reunidos los SS. que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma con mi asistencia por el Sor Presidente se enteró a la Corporación Municipal del oficio del Sor. Administrador de Correos de la Ciudad de Andújar de doce del actual, en el que con fecha trece de Nbre. Pasado se ha servido decirle el Sor Administrador Provincial de Baylen, que en atención haber renunciado el nombramiento de Cartero distribuidor de la Correspondencia de oficio de esta Villa José Molina, se haya nueba propuesta al indicado fin, y que se manifiestan las causas de la renuncia hecha por el citado Molina de todo lo cual enterado de todo que han sido dichos SS. como igualmente de los espuesto por el Sor. Presidente de que al día siguiente de recibir dicho oficio mandó al presente Srio. que pusiese Edicto en el sitio propio de esta Villa para que la persona que quisiese encargarse de la Conducción de la Correspondencia de oficio de esta Villa lo hiciese presente en el termino de seis días para proponer la terna que se manda; el cual habiendo trascurrido sin que se halla presentado más que Luis del Pozo interinamente nombrado por este Ayuntamiento, en su vista se acordó sacar testimonio de este Acuerdo, y que se remita al Sor Administrador de Correos de Andújar, para que lo haga al principal de Baylen, de que en esta Villa no hay persona que se interese en esto, más que precitado Luis del Pozo porque este con su ejercicio de Hortelano tiene indispensablemente que ir todos los días Andújar y se gana además la pequeña retribución que esto le puede dejar, y con respecto al José Molina debe decir este Ayuntamiento que al hacerle saber su nombramiento dijo no podía aceptarlo, ni tan solo por el poco salario si no porque habían variado las circunstancias de tener como tiene en el día más trabajo en su oficio de Zapatería, perdiendo si lo aceptaba triple de lo que podía ganar por este concepto. Así lo dijo y acordaron de que yo el Srio. de Ayuntamiento certifico.=

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 1847. ES LA UNDÉCIMA SESIÓN DEL AÑO Y LA PRIMERA EXTRAORDINARIA.

Esta última sesión del año y primera extraordinaria es convocada para dar cuenta del estado de las finanzas municipales y otros asuntos relacionados con la salida de la mitad de la corporación municipal, entre ellos el Alcalde, así como dar cuenta del estado en que se encontraba el cobro de las Contribuciones y la cobranza de propios, de que había sido su Administrador en el año pasado y en el actual el Sr. Presidente, Alcalde de la villa, que contestó que de las Contribuciones de uno y otro año se debía poco, aunque no se precisa cantidad; también se hizo referencia a las demás atenciones que había que cubrir en los presupuestos de los dos años de los cuales, todo lo que resultase por abonar, quedaba obligado a saldarlos con sus bienes y a pagar todo lo que se debiera  por los dos referidos años, y de las Contribuciones del año pasado de que fue cobrador igualmente, si es que resultase de una y otra cosa como segundo contribuyente, no siendo responsable en nada la Corporación por no haber intervenido, ni manejado ningunos fondos.
“Sesión extraordinaria…En la Higuera cerca de Arjona en treinta y un días del mes de Dbre. de mil ochocientos cuarenta y siete, reunido el Ayuntamiento  Constitucional con mi asistencia acordaron que por el Sor Presidente, se diera cuenta del estado de los negocios mediante ha que salía la mitad de la corporación y entre ellos dicho Sor. Presidente, como igualmente del estado del estado en que se encontrase las Contribuciones y la cobranza de propios, de que havía sido su Administrador en el año pasado y en el actual y enterado dicho Sor Presidente, contestó que de las Contribuciones de uno y otro año se debía poco, y de las demás atenciones que hay que cubrir en los presupuestos de los dos años todo lo que resultase por havonar, quedaba obligado a saldarlos con sus bienes y a pagar todo lo que se deviera  por los dos referidos años, y de las Contribuciones del año pasado de que fue cobrador igualmente, si es que resultase de una i (y) otra cosa como segundo contribuyente, no siendo responsable en nada la Corporación por no haber intervenido, ni manejado ningunos fondos, y dichos SS. pidieron que costase (constase) en el acta firmándola todos los SS. que certifico.=
Aparecen las rúbricas de los siguientes Sres.: Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Juan Esteban.  Pedro Mercado. José Barragán.
ACTA DE LA DOUDÉCIMA SESIÓN (UNDECIMA ORDINARIA) CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA EN FECHA 1 DE ENERO DE 1848.
Esta primera reunión del año 1848 es la que corresponde como la entrada de nuevos regidores municipales y la salida de los anteriores, para así quedar conformado el nuevo concejo municipal. En esta reunión se trata del cese del Alcalde D. Bartolomé Mercado y los regidores municipales D. Juan Ruano y D. Pedro Galán y el nombramiento del Nuevo Alcalde D. Francisco Martínez, D. Antonio Gavilán como teniente de alcalde, y los regidores D. Juan Estevan, D. Pedro Mercado y D. José Barragán. El acto concluye con la toma de juramento del anterior Alcalde al Alcalde entrante como Presidente de la nueva corporación municipal, según lo ordenado en el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Ayuntamientos. Tomado juramento al nuevo Alcalde éste procedía a tomar juramento a los compañeros miembros de la nueva corporación municipal que entrarían a ejercer sus cargos. Concluida la toma de Juramento quedaba configurado el nuevo Concejo Municipal, y se retiraban tras la firma los regidores cesantes.
“En la Villa de la Higuera cerca de Arjona en 1er días del mes de Enero de mil ochocientos cuarenta y ocho reunidos los SS. del Ayuntamiento (Nota. Aparece tachado el texto: y los que ban a cambir a sab) Constitucional con mi asistencia y los SS. que ban a entrar a saber D. Bartolomé Mercado Alcalde que cesa, D. Juan Ruano y D. Pedro Galán que también cesa, en unión de los SS. D. Francisco Martínez Alcalde que entra y D. Antonio Gavilán teniente Alcalde D. Juan Esteban, D. Pedro Mercado y D. José Barragán Regidores que continúan, por el Alcalde Saliente a mi presencia como Secretario se tomó al Sor. Alcalde  entrante (borrado: se le toma) el Juramento que previene el artículo 26 del Reglamento para la ejecución de Ayuntamientos; y después el citado Sor. Alcalde entrante tomó el mismo Juramento a los demás individuos que con el entrar a ejercer sus cargos, y se declaró instalado el nuebo Ayuntamiento firmando todos este acta para retirarse los individuos que concluyen de todo lo cual yo el Srio. de Ayuntamiento certifico.=
Aparecen las rúbricas de los siguientes Sres.:
Bartolomé Mercado.  Juan Ruano.  Francisco Martínez.  Antonio Gabilán.Juan Esteban.  Manuel Mercado. 
P. A. D. A. C. Manuel Pérez.
Dice: Concluye el Libro de actas de este presente año con ocho hojas útiles. (Se refiere a las ocho páginas escritas sin contar la portada)
 Aparece debajo la rúbrica del Secretario del Ayuntamiento:
Manuel Pérez.  

Estos años próximos a la mitad del siglo XIX vieron nacer el Servicio de correos en España y su imperio. El primer sello postal de España es del 1850 con la efigie de la Reina Isabel II. Las actas Cuarta y Décima de este año 1847 son buena prueba de ello. En la Cuarta  se trata de contratar el servicio de cartero de la villa de La Higuera cerca de Arjona, para lo que se presentan tres candidatos: Luís del Pozo, al parecer hortelano que viajaba a diario a Andujar para vender sus hortalizas; José Molina que al parecer era zapatero, y Antonio Brazas. Resulta elegido para realizar la proposición José Molina, así en la propuesta al Administrador de la Administración de Correos de Andujar se le propone el nombre de José Molina, para que pasase al Sr. Administrador Provincial de Bailen la propuesta de nombramiento. En muchos pueblos pequeños la asignación económica que se le ofrecía era de cuatrocientos reales anuales.

En el Acta décima, ante la renuncia del zapatero José Molina, fundada por lo que se expresa, en la escasa cuantía de lo asignado como sueldo, cantidad que el podía superar en mucha mayor cuantía, dadas las circunstancias de demanda de calzado en la villa, que calculaba podía llegar a ganar el triple de lo asignado, aunque no se da cantidad convenida, se abre con ello de nuevo el plazo de aspirantes mediante edicto municipal, y el único candidato que se presentó fue Luís del Pozo, el referido hortelano, que desde la renuncia de José Molina había ocupado el cargo interinamente; con lo que podemos pensar que el primer cartero que a diario recogía la correspondencia de cartas y pliegos postales en la Administración de Andujar para repartirla en La Higuera fue este paisano. Mucho debería trabajar este hortelano con el cuidado de su huerto, la recogida diaria de hortalizas, el viaje a Andujar a la venta y recogida y reparto de la correspondencia en la villa; tareas que suponemos se debían compartir y repartir entre la familia.



Desde tiempos remotos, el hombre ha necesitado comunicarse a distancia con sus semejantes, por medio de personas con mensajes orales (los comisionados verbales al uso) o por mensajeros portadores de envíos por escrito. A lo largo de la Historia, las sociedades han evolucionado a través del contacto entre sus miembros. El comercio y la comunicación han sido indispensables en ese proceso. Por ello, la transmisión de noticias es tan remota como su propia historia. Ya en el Egipto faraónico había una red de enlaces del divino soberano con los diversos territorios y provincias.

El primer establecimiento de correos de que se hace mención en la historia antigua es el de Persia, Xenofonte  lo atribuye al gran Ciro; Herodoto dice que desde las orillas del mar Egeo a Susa, corte de los reyes de Persia, había ciento cinco casas de posta, cada una a una distancia de un día de camino con la anterior y siguiente, aunque el sistema de comunicación no estaba dedicado al servicio público, era el gobierno el único que disfrutaba de tales ventajas. En Grecia a los “hemerodromos”, celebres por su incansable andar, tanto el gobierno como particulares pagaban para que les llevasen las cartas. Entre los romanos había cierto correo militar conducido por los llamados “statores”, y ciertas casas de postas con el nombre de “stationes”. Bajo el Impero de Augusto se extendió este correo a todas las provincias del imperio, al principio por mensajeros a pié, y más adelante a caballo, eran los llamados “cursores”, “viatores”, o “veredarii”. En el código de Teodosio hay una ley que fijó las distancias a que debían estar las postas y el tiempo en que se debían recorrer. Hasta entonces los correos del gobierno echaban mano de las caballerías de cualquier individuo, causando molestias y extorsiones a los ciudadanos (1).

Hispania en la época del alto imperio según Ptolomeo.
La organización del correo en España se debe a los romanos. El “cursus publicus”, como se denominaba, recorría toda la geografía de Hispania a través de una cuidada red de caminos, portando los mensajes para el ejército o los administradores romanos. En el imperio romano, Augusto organizó el correo como parte del sistema de comunicaciones militares. El escaso correo privado, o bien se acogía a este sistema, o recurría a los comerciantes en sus expediciones.
Marco Polo cuenta que el Gran Khan de los tártaros estableció un sistema de postas que, por medio de casas situadas a cortas distancias, y postillones, siempre a pié del estribo, hizo que las órdenes caminaran a razón de doscientas cincuenta millas al día. La verosimilitud de esta noticia la confirma la relación de Clavijo, embajador del rey Enrique III de Castilla ante el gran Tamerlan.
La Universidad de París fue la única que, desde esa época hasta mediados del siglo X, tuvo en Europa algún sistema ordenado de comunicaciones, un hecho bastante curioso, que el primer sistema de comunicaciones de esta naturaleza y al servicio público, se originase en la universidad; su razón era que multitud de estudiantes de todas partes iban a estudiar en sus escuelas, y era necesario o indispensable establecer un medio, para que sus alumnos se pudiesen comunicar con sus familias tan lejanas. Con tal fin la citada universidad estableció un servicio de mensajeros a pié, que según parece, estaban matriculados en la misma, según consta en los libros de aquella universidad bajo el nombre de “mensajeros volantes” o “nuntii volantes”. Así la Universidad de París gozó por mucho tiempo de las ventajas de este medio de comunicación escrita, del que se llegaron a servir tanto el gobierno de Francia como los particulares. Luís XI de Francia, aprovechándose de las postas y conductores de la Universidad  de París, generalizó a favor de todos los habitantes el servicio para todas las provincias de su reino, servicio que en un principio sólo se había planteado en beneficio de las familias de los estudiantes.
En Inglaterra, si bien hubo correos desde 1327, no existió el establecimiento de postas hasta el gobierno de Cromwel, sistema aprobado por Carlos II, mediante un acta del Parlamento en 1672, año decimosegundo de su reinado.
Si consideramos la escasez, carestía y poca conveniencia de los materiales que se requerían para escribir en aquellos tiempos, no sería fácil imaginar lo poco extendida que debió estar la correspondencia epistolar antes de la invención del papel. A finales del siglo X, se comenzó a fabricar el papel de trapo de algodón, razón suficiente para que no prosperase su uso. El gran talento de Carlo Magno estableció este sistema de comunicaciones en su vasto imperio, por las ventajas que tal medida prometía para el comercio.
Itinerario de España de Antonino.
Posteriormente, durante la Edad Media, los numerosos reinos en los que se dividió España crearon sus propios sistemas de correo. A menudo, las cartas iban encomendadas a los arrieros o recaderos, al margen del servicio real. Los mandaderos iban de una corte a otra con los encargos de sus reyes. También los comerciantes o las instituciones religiosas o universitarias tenían sus propios mensajeros. A lo largo de la historia, la velocidad del transporte ha sido llevada hasta sus límites máximos. Así, en la Edad Media, un pliego postal llegó a Bilbao desde Sevilla en menos de ocho días. Tras el primer caos medieval, los reyes organizaron sus cuerpos de correos, Alfonso el Sabio lo reguló en sus Partidas y  en Barcelona se estableció una cofradía de correos. Después de los correos reales que existieron en España, como en todos los Estados, surgió un correo civil en Barcelona en el siglo XII. Lo justificaba la importancia comercial de la ciudad. Los primeros datos históricos que en España tenemos sobre el establecimiento del correo corresponden a la terminación de la Reconquista, pues fue después de que los Reyes Católicos hubieran conquistado Granada cuando se establecía por primera vez el correo en la península. En España, los Reyes Católicos establecieron en Castilla el cargo de correo mayor,  después con los Austrias, ese cargo fue concesión a la familia Tassis para toda la Península, como después veremos.
La organización postal en España fue transformándose progresivamente con la unificación de los reinos bajo la monarquía de los Reyes Católicos, con el descubrimiento de América y luego con la ampliación de territorios en Europa durante el reinado de Carlos I.
Grabado del cartero a caballo sobre el año 1648.
Felipe el Hermoso y la reina Juana crearon el oficio de “Maestro mayor  de hostes, postas y correos de su Real casa, corte reinos y señoríos” en la persona de Francisco de Taxis o Tassis, desconociendo el título que dio lugar a tal nombramiento, ni las reglas con que debía ejercerse tal cargo. Aunque antes los Reyes Católicos habían nombrado como “Maestro Mayor de Hostes y postas de Granada a García de Ceballos (2).
Fue en 1505 cuando Felipe el Hermoso, esposo de Doña Juana, otorgó a Francisco de Tassis, en arrendamiento, el servicio de correos entre España y Flandes. Se inicia entonces el establecimiento del servicio de postas que une los lugares en donde reside la Corte española con las principales ciudades de Europa. Hacia el año 1506 la reina Juana I de Castilla nombró correo mayor de Castilla a Francisco, de la casa Thurn y Taxis o Tassis (apellido que venía de italiano Tasso), el mismo que se había destacado como organizador de los correos centroeuropeos. La concesión del privilegio real del correo a la familia Tassis, centralizó en sus manos todo el orden postal tanto en España como en Europa. Fue en 1610 cuando se implantó en España la estafeta, que entonces era la conducción de la correspondencia en valijas cerradas. Entonces, se doblaba la hoja escrita de la carta, sellándola con lacre o con obleas de harina y se escribía en ella la dirección, el sobrescrito, de donde vino la palabra sobre.
Historia del correo (Parte 1) Primera parte del vídeo del Museo Postal de Correos sobre la Historia del correo y su papel en el desarrollo del país.


Historia del correo (Parte 2) (Actualizada). Segunda parte del vídeo del Museo Postal de Correos sobre la Historia del correos y su papel en el desarrollo del pais en el ámbito económico y social.



Veamos el origen y la organización del servicio de correo de este tiempo: En el siglo XII, la familia lombarda Tasso (que significa tejón) residía en Camerata Cornello, provincia de Bérgamo en Italia. El tejón se convirtió en el escudo de armas de la familia cuando los aristócratas Tasso se establecieron en Alemania, y en 1624, se convirtieron en condes. El conde de Taxis estableció el servicio de correos a su costa en Alemania, y el emperador Mateo, que reinaba a principios del siglo XII, le confirió a él y sus herederos el encargo de director general de correos.
Hacia 1650, cambiaron su apellido italiano original “Della Torre e Tasso” a una traducción al alemán por la cual son conocidos: Thurn und Taxis. En 1695, la familia recibió el privilegio de usar el título de príncipes gracias al Emperador Leopoldo I.
Franz von Taxis.
Ruggiano de Tassis fundó un servicio postal en Italia a fines del siglo XV, alcanzando gran éxito. Más tarde, el día 11 de diciembre de 1489, en Innsbruck, Janetto von Taxis fue designado como jefe de los servicios postales del Sacro Imperio Romano Germánico. La familia conservó esa exclusiva posición durante siglos, dividiendo sus actividades comerciales en tanto los feudos del Sacro Imperio se hacían cada vez más autónomos; pese a esto, ni la Guerra de los Treinta Años, ni posteriores conflictos o conmociones, les arrebataron la dirección de los servicios postales de gran parte de Europa Central. El 12 de noviembre de 1516, la familia Thurn und Taxis estableció un servicio postal en Bruselas, que llegaba hasta Roma, Nápoles, España, Alemania y Francia a través de estafetas.
Muerta Juana fue su hijo el emperador Carlos I el que en la cédula despachada en Zaragoza el 28 de agosto de 1518, refrendada por su secretario Francisco de Cobos, los que confirieron el oficio de Correo Mayor a los hermanos Baptista Mateo y Simón de Taxis, siendo cabeza del cargo Baptista Mateo, sobrino de Francisco de Taxis. Con ello dieron poder para que “ellos despachasen los correos con la facultad de pagar a sus peones lo que les correspondiese por sus viajes. Reteniéndole correo mayor sus derechos, imponiendo la pena de 100,000 maravedíes a los que condujesen pliegos sin su licencia. Los atributos conferidos eran entre otros: Que el correo mayor pudiese crear, nombrar y recibir los correos que viese convenientes al Real servicio; que estos pudiesen llevar las armas reales y no otro alguno, ni usar de este oficio, imponiendo la pena de muerte y confiscar los bienes para la Cámara del Rey, al que sin nombramiento y solemnidad lo usase; que sus casas gozasen de la exención de alojamiento y otras cargas concejiles; que la justicia no los pudiera prender, ni detener por deudas; que a los correos que fuesen de viaje les suministrasen los mantenimientos y cabalgaduras que hubiesen menester, pagando por ellos lo justo y no mas, según lo tasase el correo mayor, con otras providencias para su seguridad e inmunidad de ellos y de sus casas: liberándolos de pechos, monedas, y de todos derechos y huéspedes, añadiendo la facultad de que pudiesen usar armas para la defensa de sus personas, así en la corte como en todo el reino, las cuales no podían ser quitadas o tomadas”(3).
Los historiadores de la conquista de Méjico explican el modo ingenioso con que Montezuma era conocedor de los movimientos, fuerzas, buques, trajes y palabras de Hernán Cortés y de su ejército. En los comentarios del Inca Garcilaso se dice: “Los reyes Incas del Perú tenían establecido bastante tiempo antes de conquistar este país los españoles, el correo de postas tan diligentes , que en casos repentinos por medio de fuegos, hacían pasar las noticias de 500 a 600 leguas en el espacio de dos o tres horas”.
El Inca Garcilaso refiere la existencia de estos correos  llamados “chasqui” de la palabra “chasqui”, que significa en lengua peruana “trocar o dar y tomar”; porque trocaban, daban y tomaban de uno en otro los recados que llevaban (Inca Garcilaso: Comentario Real de Perú, libro 6, capítulo VII) . Añade el Inca: que el recaudo o recado o mensaje que los chasquis llevaban era de palabra, porque los indios de Perú no sabían escribir, y que otros recaudos los llevaban no de palabra sino por un sistema de nudos hechos en diferentes hilos de diversos colores que iban puestos por su orden; pero no siempre en el mismo orden, sino unas veces antepuesto un color a otro y otras veces cambiados al revés. De esta manera los recados eran cifras, por las cuales se entendían el  Inca con sus gobernadores dando órdenes de lo que debían de hacer; y los nudos y los colores utilizados de los hilos significaban el número de gente, armas, vestidos, o cualquier otra cosa que se hubiese de hacer conocer o enviar con rapidez. El  mismo Garcilaso refiere que tras la conquista entre las cargas concejiles se reputaba la de ser “chasqui” o correo, como asimismo la reparación de puentes, allanar y empedrar los caminos. (El Inca Gracilazo: Comentarios, Libro 5 capítulo XVI, página 5). Entonces los chasquis o correos a pie llevaban con brevedad los mandatos del rey, y traían las nuevas noticias y avisos que hubiesen de darse a conocer por los demás reinos y provincias, de lejos o de cerca. Así establecieron cada cuarto de legua cuatro o seis indios mozos y ligeros que pernoctaban en dos chozas para resguardarse de las inclemencias del tiempo, y llevaban los recados desde su choza a la otra de media legua de distancia. Las chozas estaban colocadas el algún punto alto, de manera que se vieran unas a otras a un cuarto de legua de distancia; porque decían que esa distancia era la que un indio podía correr con ligereza y aliento sin cansarse.
Aunque los correos mejoraron notablemente con el transcurso de los años, avanzado el siglo XVI se enfrentaban a difíciles problemas como la seguridad. (4).
El servicio de postas exigía una organización compleja y eficiente. En los primeros años del siglo XVI las postas estaban al servicio exclusivo del rey. Hacia 1580, en Castilla, se generaliza el uso del servicio de correos pudiendo utilizarlo los particulares. Es entonces cuando nacen las estafetas, que era un servicio que consistía en que los postillones trasladaban la correspondencia de los particulares de una posta a la siguiente, y así sucesivamente, con lo que el recorrido de cada mensajero se reducía considerablemente.
Citando a Suárez de Figueroa manifiesta "El oficio de los mensajeros es correr la posta á caballo, cuando no caminar á pie, llevando cartas, pliegos, escrituras, dineros y cosas así, sirviendo á Príncipes, señores, caballeros y mercaderes. Padecen intolerables fatigas en los viajes, corriendo peligros de bandoleros, de ladrones, de ríos, de puentes rotos, de fortunas, de atolladeros, de calores, de hielos, nieves y vientos, sin otras mil adversidades que les impiden muchas veces los viajes, con quiebra de los mercaderes y con expresa ruina de los que esperan avisos y resoluciones de importancia"(5).
Como reflejo de esta situación hay que recordar que las noticias sobre el desenlace de la batalla de Lepanto (07/10/1571) tardaron veinte días en llegar a Madrid.
El sistema retributivo del siglo XVI, establecía que "Los Correos de a pie, que sirven los viages, que llaman á las veinte (y bien en tendido se obligan á andar veinte leguas cada veinte y cuatro horas) cumpliendo con el encargo se les ha de pagar a cuatro reales de vellon por legua. Y si es el viage yente para restituirse al parage de donde fue despachado, se les ha de dar á real de vellon por legua, pero siendo yente y viniente se han de regular las leguas de ida, y buelta a los espresados cuatro reales de vellon".
Al propio tiempo se estipulaba que: “en los viajes de quince leguas se ha de pagar a tres reales y en los de doce, a real y medio.”
Todo esto viene a demostrar que durante los siglos XVI y XVII existe en España un servicio de postas bien establecido. Pero el servicio de postas no es sólo utilizado por los reyes y funcionarios reales; sino que también es utilizado por algunos particulares, pero por su carestía, en realidad, quedaba reservado a pocas personas. Debido a los viajes por la posta, durante el siglo XVI hubo un aumento importante de las velocidades. Las velocidades de marcha de coches y a caballo eran de unas 8 leguas al día. Los caminantes a pie, por lo general, hacían 5 o 6 leguas diarias. El coste de los viajes por la posta era de 6 reales por legua a los particulares y 4 reales a los correos del rey. Cuando ya a partir del siglo XVI se mejoraron los servicios de postas, esta velocidad fue notablemente aumentada.
Las diligencias y postas de correos en publicaciones posteriores.
De esta forma, a principios del siglo XVII se encontraban unidas postalmente por el sistema de estafetas Valencia, Zaragoza y Barcelona; además, desde Madrid había correo semanal utilizando el mismo sistema hasta Zaragoza, precisándose de cuatro días para llegar a Barcelona. Desde Madrid a Valencia se tardaba otros cuatro días.
Felipe II expidió otra cédula en fecha 27 de febrero de 1556 en Amberes, refrendada de Francisco de Eraso, haciendo merced de este oficio a Don Juan de Taxis, hijo de antecesor en el cargo, dándole facultad para que pudiese usar el oficio de Maestro Mayor de hostes, postas y correos conforme a la costumbre y cédulas antecedentes, durante su vida.
Mapa de España del siglo XVI, una joya de la Cartografía española del año 1572.
Felipe III proveyó en Vacia-Madrid en fecha 4 de diciembre de 1598 el oficio de correo mayor a Don Juan de Taxis, hijo del citado antecesor, que después fue conde de Villamediana; confirmándole las mismas gracias y preeminencias, tanto al oficio de correo mayor, como a todos los que de el dependieran.
Felipe IV por cédula de fecha 4 de junio de 1642, refrendada por Don Fernando Ruiz de Contreras, confirmó a los maestros de postas, para que pudieran servir este ministerio, todas las exenciones de alojamiento de gente de guerra de asiento o de transito, y que no les pudieran tomar los carros y cabalgaduras que tuviesen para el servicio de sus carretas para bagajes ni para otros efectos , por precisos que fueran, y que gozasen de esta gracia los que tuviesen por lo menos tres caballos dedicados para sólo correr la posta; que no hallando cebada y paja para sustentarlos, pudieran valerse los maestros de postas de la embargada para el servicio del rey, dándosela a tasa, y consintiéndoles que tuvieran sus caballos en los cotos y pastos reservados que estuvieran más cerca de los lugares en que existían las postas, para que los correos no se detuvieran esperándolos; que no les repartieran oficios concejiles, ni se les alistase en ellos ni a sus postillones como soldados de Milicia, ni los sacasen a servir en ninguna parte; que a tasación se les dieran los caballos que hubiesen menester, embargándolos la justicia, y haciendo que los dueños pusieran una persona que los tasase, y otra de parte de los maestros de postas, para que sin faltar al Real Servicio se justificase el valor  y se evitasen molestias, de cuya inviolable observancia se encargaba la justicia bajo pena de 50,000 maravedíes de penalización.
A causa de no observarse los privilegios sobre el precio de la cebada y la paja para con los maestros de postas, Doña Mariana de Austria, reina gobernadora por estos años, volvió a expedir una sobrecédula en fecha 5 de abril de 1669, refrendada por su secretario Don Diego de la Torre.
Igual confirmación de preeminencias expidió el rey Carlos II a favor de los maestros de postas y postillones, con su cédula en Aranjuez, de fecha 21 de abril de 1678, refrendada por Don Antonio Lises de Lara, con la inserción de la expedida por su madre Doña Mariana de Austria, la reina gobernadora (6). 
Mapa de Carreras de Postas  de España de Thomas López del año 1760.
Hasta el año 1759 no se recibía en las diversas poblaciones del reino más de una expedición de correspondencia por semana. En esta año se comenzaron a establecer dos expediciones, y en el año inmediato de 1760 se generalizó este servicio bisemanal (7). 
Itinerario de Carreras de posta del año 1761.
Buzón de correos de piedra en una fachada de Mayorga (Valladolid) del año 1793 que pasa a ser el más antiguo del país.

En el año 1764 se estableció el correo de Indias, los paquebotes que conducían los pliegos salían de la Coruña todos los meses para diferentes puntos de América; para lo que todas las cajas le dirigían las cartas sin franquearlas, y las que venían se repartían desde la Coruña con puntualidad a las diferentes administraciones de correspondencia de la península e islas. Durante el reinado de Carlos III, durante el periodo del superintendente Florida Blanca el correo recibió un impulso extraordinario, y obtuvo mejoras considerables  de calidad en el servicio. Con el reinado de Carlos IV, se mando observar la Ordenanza General que elevó considerablemente el grado de orden y perfección del servicio.
Carruaje de Thurn und Tassis que muestra el momento de asalto a la diligencia.
La compañía Thurn und Taxis duraría hasta el siglo XVIII, cuando sus sedes en los territorios bajo dominio de España fueron compradas por el gobierno de nuestro país, dejando de operar como empresa particular en todos los territorios de los Borbones. Con los reyes Borbones, ya no hubo concesionarios de correos, sino que estos reyes se hicieron con el servicio oficial, con carteros profesionales y unas marcas de salida en las cartas.


Con el cambio de dinastía a principios del siglo XVIII, el correo dejó de ser una concesión del monarca para convertirse en una Renta Real. El 8 de julio de 1716 con el nombramiento de Juan Tomás de Goyeneche como Juez Superintendente y administrador General de las Estafetas por parte de Felipe V, el servicio de Correos se convierte en responsabilidad del Estado. Felipe V dispone convertir en Renta Real el servicio de Correos, creado por Felipe el Hermoso en el siglo XVI; aunque el conflicto con el archiduque Carlos por el trono de España pospone la efectividad de tal decisión.

Felipe V, con motivo de estar en arrendamiento las estafetas y cartas del reino de Castilla, Aragón, Indias, Italia y Flandes, y la carrera de postas establecida con una nueva cédula de confirmación de las preeminencias, en fecha 10 de septiembre de 1707, para que así se guardasen a los maestros de postas, correos y postillones que había en todas las carreras en la forma en que anteriormente se habían librado al correo mayor.

En el año 1716 El servicio postal pasa a ser responsabilidad del Estado y administrado por la Corona, una vez finalizada la Guerra de Sucesión. Desde 1716, contamos con un servicio público de todos y para todos y se universalizó la comunicación. 

Se produce el nacimiento de Correos en ese año de 1716. En el año 1850 se estableció el sello como moderna forma de pago previo de los envíos. Los primeros sellos de correos, los de Isabel II o isabelinos, comienzan a circular el 1 de enero de 1850. 
Primer sello impreso en España año 1850. Sello de seis cuartos con la efigie de Isabel II.
Primer sello de la Historia Postal de España. Comenzó a circular en fecha 1 de enero de 1850.

En 1850 aparecieron los primeros sellos de correo en España mostrando la efigie de Isabel II. Los tres sellos de la primera emisión de 1850 fueron el 6 cuartos, los 5 reales y los 6 reales.

Se hizo asequible la posibilidad de comunicación escrita, convirtiendo el sello en medio de pago. También se hizo la comunicación ágil e inmediata, introduciendo en España el telégrafo y el teléfono.

“Los abusos introducidos en el manejo de las estafetas y postas, por no haberse establecido una regla fija para los viajes, y derechos que se debían cobrar, por haber estado segregado de la real corona el oficio de correo mayor, y estar en arrendamiento después de su incorporación a ella, se estableció en fecha 23 de abril del año 1720 el “Reglamento general” para dirección y gobierno de los oficios de correo mayor y postas de España en loa viajes que se hiciesen, y de las exenciones que habían de gozar y les estaban concedidas a todos los dependientes de ellos” (8).
Guía de Caminos de España y Portugal de Pedro Pontón de 1705.
Igualmente quedaban exceptuados de la prohibición del uso de armas cortas, que eran generalizadas para el resto de la población no militar. Se declaró a favor de los correos y conductores de valijas, para que en los viajes pudieran usar y llevar consigo las armas prohibidas.
En el año 1739 se establecieron sillas de postas a los Reales sitios del Pardo, Aranjuez, San Ildefonso y el Escorial, con el deseo de facilitar en lo sucesivo igual providencia a beneficio del público en las principales carreras del reino.
Ejemplar de la Ordenanza General de Correos, Postas, Caminos y demás ramos de 1794.
Más tarde, en el año 1744, se publicaban las Ordenanzas de Correos. La ordenanza General de Correos, Postas, Caminos y demás ramos de 1794 ya se ocupaba de manera pormenorizada de los carteros estableciendo entre otras numerosas disposiciones las reglas para su nombramiento y eventual despido, así como el régimen disciplinario. Tenían  la obligación de presentarse “en los oficios los días y horas en que suelen llegar los Correos, ó se les señale por los respectivos Administradores; pero no entrarán en el despacho hasta que se les llame para entregarles las cartas que les corresponde llevar”. Se establecía que “para la más fácil y pronta distribución de cartas se dividirá por los administradores la población en quarteles ó barrios y los adjudicarán a cada uno de los carteros procurando que cada uno viva en el que le hubieran señalado.”
La retribución se determinaba de forma que  “Por cada carta ó pliego que lleven los Carteros desde los Oficios á las casas de los interesados, les permito cobren un quarto además de los señalados en el sobre, y otro quarto por cada una de las que reciban y conduzcan desde sus puestos al Correo, sin exceder de esta quota, que les señalo por premio de su trabajo.”
Caminos de ruedas para las diligencias en el siglo XVIII.
El rey Fernando VII en cédula fechada en Aranjuez el 17 de junio de 1747, repitió la confirmación de todas las preeminencias y facultades, para que la brevedad, comodidad y seguridad de las postas de a caballo, y de ruedas, valijas y correos ordinarios, tuviesen que asumir la reparación de los caminos antiguos, y la apertura de otros a costa de los pueblos o de Su Majestad.
Durante la guerra de la Independencia, los correos militares cubrían más de 300 kilómetros en una jornada, casi lo que un tren de vapor o un automóvil ordinario. De Lisboa a Sevilla las órdenes llegaron a tardar menos de 48 horas.

Tras las Guerras Napoleónicas, las actividades del servicio postal de Thurn und Taxis se concentraron en Alemania, ofreciendo un servicio privado de correos en Baden, Hesse, Württemberg, Baviera, Baja Sajonia, y Renania.

Ilustración del libro de Campomanes: Itinerario de las Carreras de postas de dentro y fuera del Reyno. Año 1761.

En 1813 la renta de correos había quedado destruida por los trastornos ocasionados en la invasión francesa, pero toda la red renació de su ruina arreglándose los servicios de administración y conducción de la correspondencia pública, se arreglaron caminos y se emprendió la construcción de otros nuevos de suma importancia y costos cuantiosos. A medida que se desocupaban las provincias de las tropas invasoras, la renta de correos iba reponiendo la administración y las casas de postas, de forma que cuando llegó Fernando VII a Madrid  en mayo de 1814, ya no había en España  administración de correos ni agregada que no tuviese su arreglo, ni carrera de postas, ni de conducciones transversales que no estuviese montada y habilitada para el servicio. En el año 1815 se publicó una nueva tarifa para el transporte de cartas, por considerarse insuficiente la establecida en 1776 por el conde de Floridablanca. Las tarifas de postas de cartas eran sin duda las menos subidas de Europa, a pesar de que los productos obtenidos no sólo servían para satisfacer los gastos habidos, sin para dedicarlos también a otros objetos de utilidad muy conocida, como la mejora de las casas de posta por el uso de carruajes y combinar el curso de la correspondencia pública con el servicio de los viajeros; con lo que se beneficiaba al público, se mantenía las compañías  y generalizaba su servicio, y se mejoraban las casas de posta, que por toda esta combinación de intereses experimentaron un aumento de las caballerías disponibles.
Mapa de las paradas de posta.

La guerra de la Independencia, que interrumpió tantas iniciativas de progreso, paralizó también estos transportes, que fueron restableciéndose a partir de 1815. Desde 1819, las líneas entre Madrid, Valencia, Barcelona y otras ciudades funcionaban ya regularmente. Más retraso sufrieron las del norte de España. En España, el sello se hizo obligatorio desde 1856, aunque todavía en la década de 1930, en ciertos casos, el cartero, al entregar la carta, pegaba y cobraba un sello especial de 5 céntimos.
Las diligencias de Andalucía sufrían los saqueos de los bandoleros.
En los años siguientes se dedicaron sumas cuantiosas al arreglo de caminos:
En 1824 se repararon 786 leguas y media de a 20,000 pies; 15 puentes; 121 alcantarillas, y 5 casas; y se construyeron 59 leguas, mas de 1582 varas de camino; 3 puentes, 35 alcantarillas y 4 casas (9).
En 1825 se repararon 823 leguas y media de 20.000 pies; 224 alcantarillas; 21 casas y 25 puentes; y se construyeron o reedificaron 67 leguas, mas 3.938 varas; 59 alcantarillas; 4 casas y 9 puentes (10). Los subdelegados especiales de Granada, Galicia y otros puntos, y las autoridades de Navarra y provincias vascongadas, dedicaron a este utilísimo objeto la suma de tres millones de reales anuales, de manera que el importe total anual de lo invertido en caminos desde el año de 1825, fue una cantidad no muy distante de los doce millones de reales (11).
Postas, valijeros y diligencias en la España del siglo XIX

En 1826 se repararon 776 leguas de 20.000 pies, y 8.875 varas de camino; 100 alcantarillas; 15 casas; 17 puentes; y se construyeron o reedificaron 44 leguas  mas 23.931 y media de vara; 54 alcantarillas; 5 casas y 18 puentes (12).

En 1827 se repararon 755 leguas de 20.000 pies; 106 alcantarillas; 15 casas: 16 puentes; y se construyeron 14 leguas mas, 19901 varas de camino; 25 alcantarillas; una casa y 3 puentes (13).

En 1928 se repararon 771 leguas de 20.000 pies; 14 alcantarillas; 20 casas; 27 puentes; y se construyeron 30 leguas y media, más 1.211 varas y un tercio; 70 alcantarillas; 2 casas y 18 puentes (14).
Tarifas de los envíos de  Correos

Desde 1750 se impone la racionalización de las tarifas, se instituye el reparto a domicilio, se crea el oficio de cartero, las bocas de buzones en las estafetas, la introducción de los primeros distritos postales, y la mejora la red viaria; reformas que auguran entre otras ventajas la modernización del servicio postal español. En núcleos rurales dispersos, alejados del servicio convencional, se organizaban puntos de entrega de los envíos, los llamados “apartados de correos”, donde acudían carteros o destinatarios a retirar personalmente la correspondencia para sus pueblos respectivos.
Publicidad del año 1871 que anuncia el viaje de Madrid para Granada en los días pares. Parada en una casa de postas del servicio de correos en paradores de las diligencias.
Por tierra las carreras de postas establecidas en todas direcciones y multiplicadas hasta lo infinito, acortaban las distancias, y ofrecían medios de llegar con prontitud a todos los puntos. Por mar los paquebotes encargados de conducir la correspondencia atravesaban el Atlántico, los cabos de Buena Esperanza y de Hornos, navegando hasta el Pacífico, y penetraban hasta los puntos más avanzados del mar del norte; de manera que la comunicación con las Indias orientales y occidentales era ahora más fluida, periódica y cierta que antaño lo fue la comunicación entre Madrid y las provincias de las naciones de Europa.
Cartero rural foto de principios del siglo XX.
Eran treinta y cuatro las Administraciones principales de correos que existían en 1829, estaban establecidas en las poblaciones siguientes: Madrid, Toledo, Manzanares, Andujar, Córdoba, Ecija, Sevilla, Cádiz, Málaga, Granada, Talavera, Trujillo, Badajoz, Tarancón, Murcia, Alicante, Valencia, Medina del Campo, Salamanca, Valladolid, Benavente, Burgos, Vitoria, Logroño, Bilbao, Pamplona, Guadalajara, Zaragoza, Lérida, Barcelona, Oviedo, Lugo, Orense y  La Coruña. Cada una de estas administraciones estaba al cargo de un Administrador principal, y se componía además de un Oficial mayor y de un número de subalternos proporcionado a su extensión y demás circunstancias, como asimismo de los conductores, porteros, mozos de oficio, carteros y demás subalternos necesarios para el servicio.
Los Administradores principales eran también los jefes inmediatos de los administraciones particulares o agregadas, y tantos los unos como los otros lo eran de todos los individuos que sirvieran en sus respectivas Administraciones. La apertura y cierre de las valijas, las clasificaciones, separación y distribución de la correspondencia pública y del gobierno, el certificado y franqueo de cartas, y la formación de listas de las que no se entregasen a los carteros, o que estos devolvieran, eran otras tantas de las operaciones propias y peculiares de cada Administración de correos sujetas de forma rigurosa a todas las reglas establecidas para su funcionamiento.
Llegada de la diligencia.
A la Administración correspondía además recibir todas las propuestas hechas a la Dirección de los porteros de postas, mozos de oficio y carteros para nombramiento del personal de sus respectivas Administraciones, debiendo residir en la casa destinada para la estafeta de su cargo que pagaba la renta, y en cuya parte principal del edificio estaban las oficinas necesarias para el mejor servicio del público. En las Administraciones donde hubiese uno o más Oficiales, el primero ejercía las funciones de Contador o Interventor, con la función de tomar conocimiento de todo lo relativo a las entradas y salidas de caudales, como lo haría igualmente de todo lo que ocurriese en la estafeta de su destino, sin perjuicio de la subordinación que debía tener al Administrador como su jefe inmediato, a quien tenía la responsabilidad de sustituir en ausencia o enfermedad del Administrador. Los demás Oficiales estaban sujetos al repartimiento de los trabajos que en cada estafeta hacía el  Administrador.
A finales del siglo XIX y principios del siglo XX se extendió por completo el sistema de carruajes como medio principal de locomoción.
De la Administración principal de Andujar dependían las Administraciones agregadas de Jaén, Baeza, Úbeda, Lucena, Baena Bailén, Cabra, Montilla, Villa del Río, Torre de don Jimeno, Estepa, Aguilar, Puente de don Gonzalo, Porcuna Benameji y Martos. La importancia de la Administración principal de Andujar se deduce al compararlas con las administraciones agregadas que tenían la anterior y posterior Administraciones principales a ella, que eran la de Manzanares y Córdoba respectivamente. Manzaneras tenía como administraciones agregadas las de Almagro, Infantes, Almodóvar, Ciudad Real, La Carolina, Alcaraz, Almaden, Almuradiel, Daimiel, Santa Cruz, La Solana y Valdepeñas. La de Córdoba tenía como Administraciones agregadas las de Fuente Ovejuna, El Carpio, La Carlota, Castro del Río y Pozoblanco.
Parada de una diligencia en el camino.
Los conductores de valijas para la correspondencia ordinaria del público tenían un uniforme particular y llevaban en el pecho en distintivo de las reales armas con un escudo en bronce amarillo y de todos ellos, tanto en Madrid como en las demás partes del reino, había una lista en la Dirección por el orden de sus nombramientos, lo que suponía un escalafón de antigüedad. De forma que se servían por turno de antigüedad, y así se atendían las vacantes de su clase que se daban en Madrid, si las solicitaban y tenían cualidades necesarias para este servicio. A los diez años de estos buenos servicios podían optar a las plazas de Gabinete, si sus circunstancias personales eran tan sobresalientes que mereciesen esta distinción, aunque no fueran nobles.
Postillón y coche de postas.
Los conductores de hijuelas o travesías gozaban también del fuero de la Renta, y tanto ellos como los conductores de valijas debían andar legua y cuarto por hora en su recorrido, o más si el tiempo y el paraje se lo permitían, sin que pudiesen ser detenidos por la justicia de los pueblos con el pretexto de deudas ni otro motivo, como no fuera cuando en su jurisdicción se hubiera cometido un delito grave, por el cual se le debía imponer una pena corporal. En el ejercicio de sus funciones debían observar escrupulosamente todo cuanto les estaba prevenido en las cédulas y leyes para un mejor desempeño según las Ordenanzas, Instrucciones y Reales órdenes. 
Anuncio en prensa de la compañía La Madrileña con servicio de escalas en poblaciones de la provincia de Cádiz.
Había también unos Visitadores de Oficio que eran nombrados en una situación de necesidad por alguna causa, en función de un expediente formalizado por la Dirección de correos, con el acuerdo del Contador y con el dictamen favorable del Fiscal de la Renta, en cuyo caso se daba cuenta en la Junta de gobierno. Eran cargos temporales nombrados por la necesidad indispensable de alguna visita a una Administración. En su título de nombramiento se expresaban sus facultades y reglas que debían observarse, (sin perjuicio de que podía recibir una instrucción reservada si el caso lo requería), extendida por la Dirección con conocimiento del Superintendente, en la que se expresaba terminantemente el fin a que la visita era dirigida y las causas que la motivaron, así como los medios que debían emplearse para realizarla con el menor costo posible por parte de la renta y en beneficio del público. Los Visitadores en funciones gozaban en lo personal del fuero y preeminencias concedidas a los dependientes de la renta durante el desempeño de sus encargos; terminada su función quedaban en todo sujetos a la jurisdicción legal ordinaria (15). 
El cartero a caballo en el reparto de las zonas rurales.
Los porteros o mozos de los oficios o de correos, tenían en su habitación en las casas donde estaban situadas las administraciones , y eran los encargados de custodiar las llaves de los oficios y piezas del despacho, cuidar del aseo y limpieza interior y exterior, de las mesas, tinteros, luces y demás utensilios que hubiese en ellas, también debían cuidar de la custodia y limpieza de las valijas y sellos, y de componerlas si estaban en mal estado, asistir al oficio en las horas de despacho, manteniéndose fuera de él a las órdenes de los dependientes o avisándoles si alguna persona quería hablarles, y no permitiendo a los extraños la entrada sin licencia. Además estaban obligados a llevar puntualmente a los interesados del pueblo los despachos o avisos que se ofrecieran pasarles de oficio, y a las respectivas escribanías los pliegos de autos que hubiesen, a la orden de su Administrador u Oficial que o sustituyese. Era también deber de los mozos de correos el de ayudar a atar los paquetes de cartas o coordinarlos en las valijas, a cargar y descargas las mismas, y a todo lo necesario para el envío o recibo de los correos, ayudando también, cuando la urgencia lo requiriera, a pesar los pliegos de la correspondencia si se les ordenaba por el Administrador. También era el encargado de correr con los gastos que ocurrieran en los oficios, haciendo las compras necesarias ordenadas por el Administrador.
El nombramiento de los mozos de correo era privativo de los Administradores. Los Administradores daban cuenta a la Dirección de correos para que aprobasen el nombramiento, ya que gozaban del fuero y demás exenciones concedidas a los dependientes de la Renta. Como dependían de los Administradores para estar a sus órdenes, estos podían suspenderlos de su oficio con justa causa, y nombrar otros, mediante la responsabilidad que se imponía por las faltas de dichos subalternos.
La diligencia como medio de transporte de viajeros y del servicio de correos.

El nombramiento de los carteros era también privativo de los Administradores, a cuyas órdenes han de prestar el servicio como responsables de su conducta, y por lo tanto tenían la facultad de despedirlos y nombrar a otros, dando parte a la Dirección de correos para que expidiese el nuevo título al presentado. Las funciones de los carteros eran las de acudir a sus oficios los días y horas en que llegaran a los correos, para recibirla correspondencia que después habían de distribuir en la población o barrio de ciudad asignado. Tenían a su cargo los puestos establecidos en las grandes poblaciones, conocidos vulgarmente como estafetas, donde los particulares dejaban las cartas, para que desde allí se levasen al correo; tanto en esta operación como en la de distribuir la correspondencia, no podían exigir mas de cuatro maravedíes de vellón por cada carta entregada. Al empleo de cartero estaba anejo el de Guardas Celadores de la Renta para aprehender y denunciar los fraudes de las cartas que se condujeran fuera de la valija oficial, y mientras se hallasen en el servicio gozaban del fuero privativo y las exenciones concedidas a los dependientes de la Renta, los que quedasen más acreditados por su mayor celo y actividad podían acceder a las vacantes que quedasen libres dentro de las administraciones de su partido. 
La diligencia llega al hostal de la parada.
Por lo general ninguna persona, sea de la clase o condición que fuese, podían conducir carta ni pliego fuera de la valija, no siendo con recado o recomendación, y en tales casos abierto, a menos que lo hiciese por mandato de la justicia o por no haber en el pueblo administración de correos, en cuyo caso cualquiera podía despachar a la persona que llevase o trajese pliegos y cartas hasta la más próxima carrera donde había de entregarlas, sin hacer de su parte negociación por su despacho ni cobranza de los portes; exigiéndose a los que contravenían la norma por cada carta un ducado de multa o imponiéndoles en su defecto la pena de una semana de cárcel o de trabajos públicos, si eran plebeyos. Si se producía reincidencia en el quebranto de la normase les agravaba el castigo con doble tiempo de cárcel o trabajos, y por la tercera reincidencia sufrían la pena de destierro por cuatro años a una distancia de cinco leguas en el contorno del pueblo de su domicilio y del que se cometía el delito. 

Diligencia de viajeros y servicio de correos del año 1830.
Las carreras generales establecidas en el país eran seis:

1ª De Madrid a Francia por Irán.

2ª De Madrid a Barcelona por Zaragoza.

3ª De Madrid a Cartagena.

4ª De Madrid a Cádiz.

5ª De Madrid a Portugal por Badajoz

6ª De Madrid a la Coruña.


La carrera cuarta de Madrid a Cádiz estaba montada para viajar a la ligera y en ruedas, con un total de leguas en su recorrido de 111 leguas de posta y media, pasaba por Aranjuez, Ocaña, Manzanares, La Carolina, Valdepeñas, Andujar, Córdoba, Ecija, Carmona, Utrera, Jerez de la Frontera, el Puerto de Santa María y la isla de León.
Las paradas de posta desde su salida de Madrid eran las siguientes: Madrid, Los Ángeles, Espartinas, Aranjuez, Ocaña, La Guardia, Tembleque, Cañada de la Higuera y Madridejos. Entre todas estas dependientes de la Administración principal de Madrid, se realizaba un recorrido de 19 leguas y media, y restaban para Cádiz 92 leguas.


De la Administración de Manzanares dependían las siguientes paradas de posta: Puerto Lapice, Villarta, Venta de Quesada, Manzanares, Nuestra Señora de la Consolación, Valdepeñas, Santa Cruz de Mudela, Almuradiel, Venta de Cárdenas y Santa Elena. Entre las diez paradas de posta se hacía un recorrido de 42 leguas, y restaba para la llegada a Cádiz la distancia de 69 leguas y media.
Diligencia de viaje y correo del siglo XVIII.
La siguiente Administración era la de Andujar y comprendía las siguientes paradas de posta: La Carolina, Guarromán, Bailén, Casa del Rey, Andujar, Santa Cecilia, y Aldea del Río. Siete paradas de postas que añadían al recorrido de 15 leguas y media, entre las cinco primeras había una distancia de dos leguas y desde Andujar con las siguientes la distancia era de dos leguas y media. Se habían recorrido desde Madrid 57 leguas y media y restaban hasta Cádiz otras 54 leguas.


Las de la Administración de Córdoba eran cuatro: El Carpio (3,5 leguas a) , Casa blanca (2,5 a), Córdoba (2,5 leguas a) Mangonegro (3 hasta La Carlota). Un total de 69 leguas desde Madrid de recorrido, restando para Cádiz 42 leguas y media.

Recorrido en el atardecer de una diligencia.
La Administración de Ecija tenía las siguientes paradas de postas: La Carlota (3 leguas a)  Ecija (4 leguas a), La Luisiana (3 leguas a), La Portuguesa (2,5 leguas a) Carmona. Hasta aquí se completaba un recorrido desde Madrid de 85 leguas y media y restaba hasta Cádiz una distancia de 28 leguas y media.
La Administración de Sevilla tenía a su servicio las paradas de postas siguientes: Mairena, Alcalá de Guadaira, Utrera, Las Torres de Alocaz y Casa del Cuervo. Con este recorrido se completaban desde Madrid un total de 99 leguas y media de viaje, y sólo restaban 15 leguas y media hasta Cádiz.

Estampas del correo. La carrera de postas en Andalucía año 1870.
La Administración de Cádiz disponía de las siguientes estaciones de postas: Jerez de la Frontera, Puerto de Santa María, Isla de León y Cádiz. Con ello se completaban las 111 leguas y media desde Madrid a esta posta final, con lo que se comenzaría el camino de regreso a Madrid con el traslado de viajeros y de las valijas postales.
También había otra red de carreras de postas de segunda clase, establecidas entre los núcleos estratégicos de paso de las carreras principales y estas que se comunicaban a su vez con otras ciudades. En ese año de 1829 eran las siguientes:

1ª De Valladolid a Burgos.

2ª De Burgos a Santander.

3ª De Barcelona a Francia por la Junquera.

4ª De Tarancón a Valencia.

5ª De Valencia a Barcelona.

6ª De Andujar a Granada.
7ª De Andujar a Málaga.
8ª De Ecija a Gibraltar.
9ª De Benavente a Santiago por Orense.
La red de Carreras de Posta fueron el germen de las carreteras radiales de España y el precedente inmediato del Plan de Carreteras de España de 1761.
Con esta nueva relación se amplia la importancia de Andujar como Administración de Primera de la red de carreras de España.
La carrera de Andujar a Granada era una carrera montada únicamente para viajar a la ligera, y pasaba por Martos, Alcaudete y Alcalá la Real. Tenía un recorrido total desde Andujar a Granada de veinte leguas.
De la Administración principal de Andujar dependían las siguientes paradas de posta: Andujar, (3 leguas a)  Escañuela, (3 leguas a) Martos. Se hacia un recorrido de seis leguas y restaban hasta Granada 14 leguas.
De la Administración principal de Granada dependían las siguientes paradas de posta: Alcaudete (3 leguas de Martos a Alcaudete), (3 leguas de Alcaudete a) Alcalá la Real, (3 leguas de Alcalá  a) Puerto Lope, ( 2 leguas y media hasta)  Pinos Puente,  y ( 2 leguas y media desde Pinos a) Granada.
Servicio postal del correo entre poblaciones en este tiempo.
La carrera de Andujar a Málaga era una carrera montada únicamente para viajar a la ligera, con un recorrido total de 27 leguas, y pasaba por Porcuna y Antequera, con las siguientes paradas de postas:
La Administración principal de correos de Andujar sólo era el lugar de inicio del recorrido.
La administración principal de correos de Málaga tenia las siguientes paradas de postas: 3 a Porcuna, 5 a Baena, 7 a Benemejí, 4 a Antequera, 3  y media a Venta de Galvez, y 4 y media Málaga.
También desde la Administración principal de correos de Andujar se realizaban periódicamente conducciones trasversales de correspondencia como las de:
1ª De Andujar a Jaén.
2ª De Jaén a Úbeda.
3ª De Jaén a Torre D. Jimeno.
4ª De Andujar a Bailen y a Úbeda.
5ª De Andujar a Baena y a Montilla.
Servicio postal y de comunicaciones.
Había igualmente una carrera de Madrid a Jaén por Andujar que seguía el camino marcado en la carrera principal el trayecto desde Madrid a Andujar, con un recorrido en este trayecto de 52 leguas y media. Un recorrido de carrera que era montada hasta Andujar y que se continuaba desde Andujar a Jaén en carruaje haciendo el recorrido desde Andujar a la Higuera con un trayecto de 2 leguas más, después desde la Higuera a Fuente del Rey dos leguas más y otras 2 que suponía el recorrido desde Fuente del Rey a Jaén; hasta completar así un recorrido desde Madrid a Jaén por Andujar -La Higuera- Fuente del Rey y Jaén de 58 leguas y media (16).
Se prepara la salida de la diligencia.
Dentro del recorrido natural del camino hasta la Higuera desde Andujar, se comprueba el paso por las inmediaciones de la Calle Mesones, nominación de calle tomada por los mesones o posadas que había en su prolongación de la calle cerca de la esquina de la Ollera, que tendrían la función de parada para Jaén, motivo de que en el callejero de 1889 se contemplara un mesón en la zona del principio de la carretera a Villanueva de la Reina, más o menos cerca de donde está hoy la cooperativa de aceite San Isidro.
Reproducción de una antigua Casa de Postas.
En el año 1830 se editó en Madrid un Mapa itinerario de los reinos de España y Portugal, al que acompañaba en  forma de desplegable una Guía general  de correos, postas y caminos del Reino de  España. Decímos que se editó en Madrid en 1830, aunque en realidad estaba fechado, igual que la guía, en 1829. Su  autor, D. Francisco J. Cabanes, era socio de la Compañía General de Diligencias, una de  las empresas de transporte de viajeros que  nacieron a partir de 1820 en España. 
Guía general  de Correos, Postas y Caminos del Reino de España con un mapa itinerario de la Península por D. Francisco Javier de Cabanes de 1830.
En esta época, el entramado de casas de posta sirvió de base para el desarrollo de las rutas de las diligencias con tracción animal, las cuales transportaban también correspondencia mediante el establecimiento de convenios con el Servicio de Correos.
Como organización directa del Estado y servicio público con periodicidad regular, el correo no nació hasta el siglo XVIII. La correspondencia se distribuía por medio de valijeros montados, que la llevaban a las respectivas estafetas. Allí las recogían los destinatarios o, en su defecto, personas previamente autorizadas enviadas desde los pueblos y aldeas, que eran denominadas “peatones”, aunque generalmente la mayoría hiciesen este servicio a caballo.
Al establecerse las diligencias, a principios del siglo XIX, sus empresarios tomaron la contrata del correo y desaparecieron los antiguos oficiales valijeros con sus privilegios e insignias reales. Los servicios regulares de diligencias comenzaron con la línea de Madrid a los Reales Sitios.
Vista de la Real Casa de Correos en la Puerta del Sol de Madrid.
Antigua Casa de Correos en Madrid, hoy sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid en la famosa Puerta del Sol.
El servicio público de Correos ha sido tradicionalmente una actividad muy reglamentada y dentro de la misma se especificaban las tareas de los carteros llamados en el Reglamento de 5 de julio de 1852 “auxiliares secundarios para la repartición de la correspondencia”, declarándose “que iban siendo cada vez más numerosos en los grandes centros de población” formando la Corporación de Carteros (luego extendida a cada Administración) cuyo número y clase así como los funcionarios y haberes se detallaban minuciosamente.
Hay que destacar que el legislador además de establecer el uso del uniforme “Reconociendo la ventaja de conceder jubilaciones a los Carteros que por su avanzada edad ó por inutilizarse para el servicio tenían que cesar en él, se autorizaban y consignaban las jubilaciones y pensiones á ellas correspondientes, según las categorías y años de servicio, que, para no ser latos, consignaremos en la siguiente tabla”.





De 10 á 14 años de servicio.
De 14 á 18 años de servicio
De 18 á 20 años de servicio
De 20 años de servicio en adelante
REALES DIARIOS DE SUELDO / ANTIGÜEDAD

Carteros mayores

Carteros
primeros

Carteros
segundos

Ayudantes primeros

Ayudantes segundos

8

10

12

14

6

8

10

12

5

6

7

9

4

5

6

7

3

4

5

6
El correo moderno nació a finales del siglo XVIII, como servicio público del Estado y con una periodicidad regular. Se sustentaba en la red de casas de posta que utilizaban las rutas de las diligencias, que transportaban correspondencia mediante convenios con el Servicio de Correos. En el siglo XVIII muchas poblaciones se dotaron de los servicios de un valijero que a pie o en cabalgadura se dirigía a otras poblaciones vecinas, que eran nudos de comunicación importantes para recoger los mensajes escritos u orales enviados en las diligencias, para la administración local o para algún vecino de su población. La contratación del valijero se hacía habitualmente cada año en el mes de enero. El valijero era el cartero de este siglo, el que conducía la valija o saca con la correspondencia, documentos y objetos de valor, que tenía que entregar y recoger en la población que tenía encomendada en su servicio, y se le compensaba económicamente por ello.
Billeta de diligencia desde Requena a Utiel (Valencia) en el año 1870.
En el siglo XVIII y parte del XIX el valijero tenía que ir una vez a la semana hasta ese nudo principal de comunicaciones de diligencias para recoger la correspondencia. Hacía un recorrido semanal, en función del día de llegada de la diligencia al lugar de parada de las diligencias, que tenían un recorrido desde Madrid a Córdoba, Sevilla y Cádiz. En la mayoría de los casos el valijero hacía el trayecto a pie, otras veces en cabalgadura; normalmente hacía un alto en el camino para descansar en alguna población intermedia, cuando el recorrido era más largo y atravesaba otras poblaciones, solía parar en esas poblaciones por seguridad y comodidad. En ese nudo de comunicaciones de la llegada de las diligencias de correo y viajeros recogía toda clase de envíos, entre ellos los resguardos de pagos de los ayuntamientos, los despachos oficiales de las autoridades provinciales y reales, y las cartas y los mensajes orales, que luego transmitía a los interesados. En cada salida semanal utilizaba varios días en su recorrido según la distancia, si salía los viernes, a mediados de la semana siguiente estaba de regreso para hacer el reparto de los envíos entre los vecinos o el concejo municipal de lo a él confiado en el pueblo o pueblos de su jurisdicción en ese servicio.
Anuncio del pago de indemnización a los viajeros en caso de extravío del equipaje en las diligencias.
El correo distribuido por sillas de postas o diligencias, tuvo su apogeo en los años del decenio de 1840. La reorganización del correo interior en 1854 dio paso a una rápida expansión del incremento de cartas y pliegos postales, reflejo de la expansión general de la economía española; fue consecuencia del giro realizado en política interior, en la que se tendió a fomentar los servicios públicos a través de la rebaja en el franqueo de los efectos postales (17).


La reorganización del correo interior se acompañó de una modernización y transformación de los servicios generales de correos, gracias sobre todo a la introducción del servicio diario entre los principales centros del país y la modernización de todo el sistema de correos, fruto, a su vez, de la mejora en los servicios interiores. La expansión del correo interior no duró mucho, al poco tiempo se produjo un crecimiento más moderado, que a juicio de Nicolás Sánchez Albornoz, se debió al analfabetismo de la población española, con unos índices cercanos al ochenta por ciento y la crisis económica y política.
Las diligencias por los caminos de España.
En el siglo XIX, Madrid tuvo pronto tres correos semanales, que luego diarios desde 1843, con las principales ciudades. El correo de Madrid a Barcelona tardaba una semana, fue entonces cuando tuvo sentido la expresión “a vuelta de correo”. Años antes Gran Bretaña iba a la cabeza de la organización postal: Rowland Hill introdujo en 1837 la práctica de que fuera el remitente quien pagara el envío, con el pago de un sello adhesivo de un penique, cantidad que hasta entonces había pagado siempre el destinatario del envío. Entre los altos funcionarios de Rowland Hill estaba el gran novelista Trollope, que inventó el buzón de tipo”de columna” en la calle. Con la creación del sello postal en Gran Bretaña el año 1840, y la primera emisión de estampillas hechas en Alemania (Baviera, el año 1849) la familia Thurn und Taxis adoptó esta innovación y emitió sus propias estampillas a partir de 1852, las cuales se emplearon profusamente en las oficinas postales de la compañía.
El triunfo de Prusia sobre Austria, en la Guerra de las Siete Semanas, causó que las tropas prusianas ocuparan toda Renania, incluyendo Frankfurt, la sede comercial de los Thurn und Taxis. Ante ello, la familia decidió vender todo su negocio postal privado al gobierno de Prusia, dejando de operar definitivamente en 1867.
Carta de Correos y Postas de las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, y Sevilla del año 1860.
En un Mapa Postal de Andalucía realizado en 1860, el itinerario se vio modificado por la aparición del ferrocarril, con otro recorrido diferente, el recorrido de las diligencias fue distinto del recorrido de la naciente red ferroviaria española, las rutas postales de los años 1840 habían cambiado considerablemente. Ampliando el mapa completo se puede apreciar como el correo español va extendiendo su red para llegar a los puntos más importantes de Andalucía.
Condiciones que se exigen a los usuarios de un billete de diligencia del año 1856.

Un ejemplo del correo de los años 1860 es esta carta enviada de Sevilla a Arahal. El destinatario es  el Sr. D. Miguel Torres, y sólo así era suficiente para que le llegara el envío. Como era habitual en aquella época, no hacían falta datos de la dirección, dada la escasez de cartas. El matasellos no se puede apreciar, pero en el sobre aparece el sello de Isabel II de 4 cuartos azul de 1865, que nos indica la cronología de este envío.

A mitad del siglo XIX, tan sólo 613 poblaciones tenían correo diario. Estaban situadas en su mayor parte en las líneas generales de ferrocarriles. Pero en el año 1866 recibían correspondencia al día 7.864 ayuntamientos, el 84% de los 9.354 que había en España, y solo carecían de él 1.490 municipios. El éxito y popularidad de la correspondencia era evidente al finalizar el siglo, aunque aún alcanzaría cotas más altas en décadas posteriores. Si en 1880 cada español enviaba 4 cartas al año, en 1913 eran ya 7,74 y en 1925 alcanzaba las 9,44. En 45 años la proporción se había multiplicado por 2,5. En 2000, la cuota por cada habitante era inferior a 1,1 (incluyendo paquetería y servicios administrativos).

Itinerario de las diligencias del correos en Andalucía a mediados del siglo XIX.
Este servicio de Correo era la única comunicación que La Higuera cerca de Arjona mantenía con Andujar, la cabeza del Partido Judicial, que hacía de subdelegación de la capital de la provincia. Ignoramos si en algún momento de nuestra historia la conexión para recibir las comunicaciones escritas u orales fue la Casa de Postas del término de Villanueva de la Reina, o si en tiempo anterior se hizo el recorrido hasta Bailén.

En ocasiones y en fechas determinadas, los valijeros estaban sometidos a peligros porque los ladrones y maleantes abundaban por los caminos, al tener que llevar en ocasiones el dinero de los impuestos; aunque raramente atacaban a los valijeros, que eran protegidos, ya que sus rutas solían estar vigiladas por la justicia. El mayor peligro para el valijero era la climatología de las estaciones climáticas más adversas, porque tenían que caminar, sin justificaciones de ese tipo, cada semana en los días señalados, lloviera, nevara, cayeran rayos o aplastara el abrasante sol del verano, a no ser que tuviera que dejar de hacerlo por causas fortuitas de falta de salud u otro motivo ampliamente justificado. Tenían que caminar siempre de día, pues así lo tenían ordenado para su propia seguridad.

Los promedios que llegaron a cubrir cotidianamente las diligencias de viajeros y correo en el siglo XIX estaban entorno a los quince kilómetros por hora. Tanto ellas como el ferrocarril, por su rapidez, regularidad de horarios y precios fijos, causaron una verdadera revolución en la industria del transporte, y en general, en toda la sociedad.
Antiguo recibo de diligencia de correos de septiembre de 1832.

Nuestra histórica conexión con Andujar, su cómoda distancia, y las relaciones de dependencia económica ancestral, nos hace pensar que como núcleo importante de comunicaciones Andujar fuese ese lugar de llegada y entrega de la correspondencia y documentos, se hiciera desde esta ciudad para La Higuera, un lugar estratégico de paso de las diligencias para Córdoba, Sevilla y Cádiz. Es de suponer que a medida que las comunicaciones fuesen mejorando, y la circulación de diligencias fuese en aumento, es posible que el número de viajes a Andujar se fuera incrementando con varios desplazamientos a la semana.
Parada y fonda en las posadas a lo largo de los caminos de Andalucía.

Los valijeros tenían que cumplir una serie de condiciones en su trabajo, exigidas por contrato por parte del Concejo municipal, en las que se señalaban los días en que tenía que marchar a recogen las cartas y documentos determinados, los días de salida y horario de la entrega de los mismos.
También era su obligación conducir contribuciones y pagos reales del pueblo o pueblos encomendados del Partido Judicial, así como traer y entregar las correspondientes cartas de pago a los pueblos y conducir los testimonios y demás asuntos que ocurrieran en los pueblos encomendados a su función.
La llegada de la diligencia.

En el caso de que se le encomendaran encargos de dinero para toda clase de pagos, se los entregarían en una fecha anterior fijada antes de la salida; porque, llegada la hora de la salida o partida, el valijero no quedaba obligado a llevarlo hasta el correo siguiente. En virtud del contrato que firmaba estaba obligado a prestar este servicio normalmente por un año prorrogable y por tanto respondía de su total cumplimiento con su persona y bienes habidos y por haber, siendo responsable de los descuidos o faltas que por su parte resultasen en perjuicio de los ayuntamientos. La duración del acuerdo firmado era habitualmente de un año, por lo que se le pagaba una cantidad anual que era alrededor de 400 reales por año, necesitando como en el caso de otras contratas de alcabalas, vinos, aceites, etc. el aval de otra persona, que con sus bienes respondía de los posibles incumplimientos del valijero no cumplidor.
Relación de paradas de postas desde Madrid a Cádiz siguiento el recorrido por Ciudad Real a Córdoba.

Cuando el servicio de diligencias como medio de transporte se fue ampliando en el siglo XIX, sus empresarios se hicieron cargo de la contrata del correo y desaparecieron los antiguos oficiales valijeros del siglo XVIII.

Los promedios en los trayectos de las diligencias de viajeros y correo en el siglo XIX estaban entorno a los quince kilómetros por hora. En correos urgentes el tiempo se acortaba. De Lisboa a Sevilla mensajes y correspondencia llegaron a tardar menos de 48 horas. Aunque normalmente la duración era mayor. A mediados de siglo XIX, había dos expediciones semanales de Madrid a Sevilla, empleándose cinco días en el viaje con descanso nocturno. Con la llegada del ferrocarril, el correo como el transporte sufriría una verdadera revolución social. La evolución del servicio postal a finales del siglo XIX se produjo con la llegada del ferrocarril; mejoró el servicio y se acortaron los tiempos de entrega de la correspondencia. Siguiendo el modelo inglés, la invención de los sellos de franqueo produjo el abaratamiento del servicio y lo extensión del mismo a nuevos sectores de la sociedad, llegándose en la segunda mitad de este siglo a la entrega de correspondencia en todos los ayuntamientos del país. 

A partir de los del decenio de 1860, con la aparición del ferrocarril, las diligencias quedaron para los caminos secundarios.
El ferrocarril del siglo XIX.

El ferrocarril constituyó la columna vertebral del transporte postal hasta los albores del cambio de milenio. El 30 de junio de 1993 partía de la terminal de Chamartín el tren expreso que arrastró la última oficina ambulante de Correos, que recorrió el territorio español, todo un clásico del ferrocarril. Aviones, camiones y furgonetas privadas sustituían a Renfe en el transporte postal e infligían una profunda herida a la operadora ferroviaria.
Llega al tren correo.
Pocas décadas antes, el ferrocarril constituía la columna vertebral del transporte postal; a mitad de siglo pasado se llegaron a efectuar hasta 246 expediciones diarias. La desaparición de los trenes correo supuso, además, la eliminación de los llamados ambulantes, un colectivo histórico formado por 1.300 trabajadores. Con su extinción, el servicio postal adelantó su declinar, hasta convertirse en un transporte casi residual.

Descarrilamiento del Tren Correo según un grabado de final de 1800. Tomado de la Iliustración Española y Americana.
El ferrocarril tuvo mucha importancia en el desarrollo del servicio postal, prácticamente desde su nacimiento. Los trenes correo, conocidos como ambulantes en la terminología postal, se implantaron desde el principio en todas las líneas ferroviarias en explotación. Se cumplía con ellos una disposición legal que obligaba a las compañías a transportar la correspondencia a la mayor velocidad posible. “La Reina ha tenido a bien mandar que el correo de la línea general de Andalucía haga su tránsito diariamente de ida y vuelta entre Madrid y Aranjuez por el camino de hierro en los términos que expresan las condiciones del adjunto pliego aprobado por Su Majestad”.
Trabajadores de Correos en el vagón de correos,  distribuyendo las cartas que han de entregar en la próxima parada del tren.

Todos estos trenes llevaban además coches de viajeros y constituían la base de este servicio obligado en cada línea de ferrocarril. En ellas, si la demanda era suficiente, se ponían en circulación otros trenes de viajeros de distintas categorías. Los trenes correo debían parar en todas las estaciones; los trenes correo-expreso, solo en determinadas paradas; y los expresos y rápidos solo se dedicaban al servicio de viajeros. 

El Estado estableció de forma regular el transporte de la correspondencia, con empleados a sueldo de la administración de Correos, creando los llamados Correos Ambulantes, que eran administraciones con trabajadores fijos. Su misión era recoger y repartir la correspondencia a bordo de los trenes, en los vagones postales o en los departamentos habilitados para ello. Los ambulantes ofrecían generalmente coches de tres clases y además su utilización era habitual con vagones de mercancías completos de detalle en el régimen de transporte de gran velocidad, cuya carga se entregaba en el mismo plazo que la del correo. Se convertían así en trenes pesados, cuyos horarios eran difíciles de cumplir por sus características de servir a distintas actividades. Circulaban generalmente por la noche. Era una institución muy querida del público porque hacían de buzón de alcance a su paso por las estaciones a las que se llevaba una carta apresurada o urgente.

Oficina ambulante del servicio de Correos de finales del siglo XIX.

La historia de los ambulantes de Correos está, pues, íntimamente ligada a la del ferrocarril. La primera estafeta ambulante española fue creada el 27 de julio de 1855 entre Madrid y Albacete; es decir, sólo siete años después de empezar a funcionar en España el primer ferrocarril peninsular (Barcelona-Mataró). Con anterioridad, ya se había conseguido transportar gratuitamente el correo por vía férrea. “La ascendente marcha de la civilización, el crecimiento de las poblaciones, de la industria, de los negocios y la internacionalización de la cultura y de los grupos humanos, crea un ingente tráfico postal”, aseguran los historiadores. Escribir una carta, meterla en un sobre y echarla al buzón, con la seguridad de que llega a su destino, que hoy parece lo más sencillo del mundo, necesitó un laborioso proceso. La idea nació en Inglaterra donde se adoptó la costumbre del sobre cerrado, antes sólo eran papeles plegados y lacrados, brotó la necesidad de la estampilla o sello adhesivo. El sobre cerrado y la norma del sello lo instauró sir Rowland Hill, director general de Correos de Gran Bretaña, con ello se estableció la inviolabilidad de la correspondencia.

Tren Correo que transportó a centenares de higuereños a otras regiones de España al mismo tiempo que porteaba las sacas de correos por todo el país, parando una a una por todas las estaciones de su recorrido para dejar las sacas, razón que hacía el recorrido interminable.

Este medio de transporte reducía los tiempos de entrega del correo, permitía el traslado de grandes cargamentos de correspondencia, además de clasificar los envíos en el propio vagón-oficina durante el trayecto, realizando los intercambios pertinentes en cada parada de la línea férrea. De su eficaz funcionamiento dependía el servicio postal, ya que organizar el sistema de transporte y distribución postal en un país como España, de gran superficie y con una accidentada orografía, era una tarea compleja, que exigía una gran planificación para coordinarse con otros trenes, conducciones, enlaces diversos y correo internacional.

El personal destinado en estos servicios móviles debía tener una gran capacidad de trabajo y sacrificio, tanto por la responsabilidad de la tarea encomendada como por lo ajustado del tiempo de recogida y entrega de la correspondencia (un retraso afectaba a otras líneas ambulantes), además de que muchos servicios eran nocturnos. Por todo ello, recibían una gratificación especial, lo que hacía que dichas plazas fueran muy codiciadas, a pesar de lo peligroso que podía resultar, a veces, el empleo. Los funcionarios ambulantes podían ser víctimas de descarrilamientos, choques, incendios, asaltos, además de los consabidos retrasos de varias horas o incluso días, por cualquier avería o desperfecto. El personal portaba armas cortas para su defensa y viajaba totalmente aislado del resto del tren en los compartimentos de Correos, cerrados desde el interior como medida de precaución, ya que no solo transportaban cartas, sino también valores, certificados, dinero en metálico y paquetería. La correspondencia entraba y salía de los vagones en cada parada. Clasificada durante el viaje, llegaba a su destino ya lista para su entrega, sin que existiera comunicación de los agentes con el exterior.
Asalto al tren Correo de Andalucía en fecha 11 de abril de 1924. Representación en el Museo de Cera de Madrid.
No es de extrañar, por tanto, que estos trenes fueron objeto de la codicia. El suceso más sonado tuvo lugar en plena dictadura de Primo de Rivera. El 11 de abril de 1924 cinco individuos protagonizaron el atraco al tren expreso de Andalucía. Planearon un asalto limpio y perfecto, pero el golpe se convirtió en una carnicería. Conocían que el correo de esa jornada llevaba toda la correspondencia que se dirigía a la capital andaluza y la que posteriormente se remitiría al norte de África, incluidas sacas precintadas recibidas en la frontera francesa vía Hendaya, con destino a Gibraltar y Tánger. Entre ellas, iban las pagas de varias compañías coloniales a sus empleados, dinero y valores por más de un millón de pesetas. Santos Lozano, de 45 años, y Ángel Ors Pérez, de 30, eran los encargados del coche correo aquel fatídico día.

En la estación de Aranjuez, tres hombres (José Sánchez Navarrete, trabajador de Correos, Antonio Teruel López y Francisco de Dios Piqueras) suben al tren. Cerca de Castillejo, los tres ladrones entran en acción y, con las pocas armas que tienen, golpean y hieren a los dos encargados del vehículo postal, llegando a matarlos con pesadas tenazas de marchamar. Una vez que Lozano y Ors están muertos, el trío abre los sobres y paquetes que se encuentran en el vagón. Cuando llegan a Alcázar de San Juan, los bandidos salen corriendo del tren dejando los envíos de más peso y valor en el tren. En esta estación les espera una cuarta persona, José Donday, conocido como “Pildorita”, para volver a Madrid en taxi. El tren continúa su recorrido hasta Córdoba donde la Guardia Civil encuentra los cadáveres de los dos conductores y pone en marcha un dispositivo policial para capturar a los asesinos.

Los atracadores, bautizados como la Banda del Expreso, llegan a Madrid y se reparten el botín en una vivienda del centro donde les espera el cerebro de la trama, Honorio Sánchez Molina, hombre de negocios que había sido candidato a concejal. La Guardia Civil da con el chofer del taxi que llevó a los asesinos desde Alcázar de San Juan, y les indica el punto final del recorrido en la calle Toledo. El lunes 21 de abril de 1924, Antonio Teruel, sintiéndose acorralado, se quita la vida. La Policía encuentra el dinero del atraco entre los tubos metálicos que forman la estructura de la cama.

El resto de la banda cae poco después. Unos son detenidos en Madrid, otros en el tren en el que pensaban huir a Portugal. Solo José Donday logra atravesar la frontera, pero se entrega voluntariamente en la embajada de España en Francia. Se celebra un juicio sumarísimo, y se condena a muerte a José María Sánchez Navarrete, Francisco Piqueras y Honorio Sánchez Molina; José Donday se libra de la muerte con una pena de treinta años.
El impacto del crimen en aquella sociedad fue tremendo. De inmediato empezaran a circular coplas de ciego, una novela y varias películas. Una reproducción de lo que pudo pasar es una de las máximas atracciones del Museo de Cera de la plaza de Colón de Madrid, que aquí hemos reproducido.
La Casa de Correos en Cibeles (Madrid). Foto de principios del siglo XX. Desde hace poco tiempo Ayuntamiento de Madrid.

Aunque el grueso del transporte de correspondencia se realizaba en los vehículos que la Dirección General de Correos y Telégrafos disponía en propiedad, en algunas líneas o trayectos con menos afluencia se utilizaban vehículos mixtos propiedad de Renfe. Los furgones postales (DGCT) constaban de varios almacenes, separados por un pasillo central, que albergan en su interior un conjunto de sacas homogéneas en su contenido y destino. A diferencia del furgón postal, el coche de correos es una auténtica oficina móvil que permite a los funcionarios clasificar la correspondencia que reciben sobre la marcha. Este coche posee dos almacenes en los extremos, donde se carga el correo ya agrupado por destinados o por encaminamientos, y una parte central, formada por varios mostradores y casilleros para la clasificación postal.
Oficina ambulante en el vagón del correo del servicio de Correos de España de finales del siglo XIX.

Se denominaba “tren correo” a los convoyes que efectuaban parada en todas las estaciones del trayecto y que llevaban coches estafeta o el furgón que dejaba y recogía el servicio postal. Eran, además, trenes de pasajeros, más lentos y con menos clase que un “rápido” o un expreso. Este último, que circulaba en horario nocturno, también solía llevar la correspondencia en un furgón especial, pero el servicio postal solo se establecía en las paradas convenidas. También circulaban los trenes postales; exclusivos para este servicio, generalmente eran radiales y variaban su composición añadiendo o soltando vagones. Solían llevar furgones cerrados y coches estafeta, con personal de Correos con labores de clasificación.

El transporte de correo por ferrocarril crece de forma simultánea al aumento del volumen postal. En los años 1970 y siguientes, este servicio se realiza mediante 5 trenes postales, 166 coches y 69 furgones, todos propiedad de Correos, y un porcentaje variable de vehículos alquilados a Renfe, entre los que se encuentran las plataformas de contenedores -que se utilizan para la correspondencia con destino a Canarias- y los vagones de madera, popularmente conocidos como “borregueros”. El ferrocarril es, con diferencia, el medio de transporte más utilizado por Correos, con un coste de 3,0501 pesetas tonelada/kilómetro. EI parque móvil ferroviario está formado por los coches de las series 1500, 3000 y 3200. La única diferencia entre ellos estriba en el tamaño y en la fecha de construcción.

En 1995 dejaron de circular. Los 74 vehículos que aún quedaban en servicio pasaron a la situación de apartados; es decir, sin poder salir a la vía. El correo abandonó el tren.

Funcionarios de correos entregando las sacas para el tren correo.
El servicio de Correos forma parte de la Historia de España con hitos tan importantes, entre ellos señalamos los que consideramos consideramos más significativos como:
1755. Racionalización de tarifas y creación de servicios de Lista, Apartados, Impresos y Periódicos.
1756. Creación del oficio de cartero.
1762. Instalación de las primeras bocas de buzones.
1850. Fue un año decisivo: dotación de flota propia de transporte para la correspondencia y nacimiento  del sello como medio de pago.
1855. Establecimiento de la primera conducción de correo ambulante. Creación del Cuerpo de Telégrafos.
1870. Reparto postal diario.
1882. Incorporación de las mujeres en plantilla.
1884. Primer servicio telefónico público de nuestro país.
1889. Nacimiento del Cuerpo de Empleados de Correos.
1911. Establecimiento de servicios innovadores  como la carta urgente, los giros y los reembolsos.
1962. instalación de los buzones domiciliarios.
1981. Invención del código postal.
Los cambios en la normativa del monopolio del servicio de correos fueron constantes para adaptarse a los avances como el precio uniforme y pago previo  mediante sellos de correos (desde el inicio de 1850), o más tarde el desarrollo de los medios de transporte  como la red básica de ferrocarriles en el último tercio del siglo XIX, que sustituyó a los sistemas tradicionales del correo en los lugares a los que llegaba, creándose la figura del cartero ambulante. A pesar de todo ello y del importante avance de las carreteras en 1920 funcionaban 108 conducciones a caballo y 3533 a pie, recorriendo estos últimos cerca de 85.000 kilómetros diarios, una media de 25 km. A partir de 1887 se puso en marcha el correo marítimo y en 1920 el aéreo.
El servicio público de correos fue dando respuesta a las nuevas y variadas necesidades y a principios del siglo XX aparecen en las grandes poblaciones "los carteros lectores”, dedicados especialmente á leer las direcciones para facilitar la distribución de la correspondencia ya que “hay que entregarla en el domicilio del destinatario a este o adultos de su familia o servicio”.
Los sueldos de los carteros de primera eran de cuatro pesetas diarias tres los de segunda y dos con cincuenta para los buzoneros. Estos haberes se pagaban con los derechos de distribución (0.05 pesetas por carta) y en la época los carteros no forman parte del Cuerpo de correos, creado en 1989, pues no tenían la categoría de funcionarios. A su vez ganaban entidad los Carteros rurales, encargados de recoger (para lo que tendrán buzón en su domicilio), recibir y distribuir la correspondencia en los pueblos asignados, y los peatones que ejercen tareas similares en lugares de menor entidad.
Después se han adoptado todo tipo de recursos tecnológicos de la modernidad.
Una serie de tratados internacionales llevaron a la Unión postal universal, basada en el principio de la reciprocidad de servicios de correos entre unos y otros países de mundo.

Granada 17 de diciembre de 2016.
Pedro Galán Galán.
 

 Bibliografía:

Artola, M.: Los ferrocarriles en España 1844-1943, 2 vols. Madrid: Banco de España. 1978.

Cordero, R. y Menéndez, F.: El sistema Ferroviario español. En Artola: Los ferrocarriles en España 1844-1943, 2 vols. Madrid: Banco de España. 1978.

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Tafunell Sambola, X. y  Carreras i Odriozola,  A. (coordinadores): Estadísticas históricas de España: siglos XIX-XX /. Vol. 2. Fundación BBVA. 2005.

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Uriol, J. I.: Los transportes interiores en el siglo XVIII y en los primeros años del siglo XIX. Públicas, julio, agosto, octubre 1979.

Vordegay y Fiscowich, Eduardo.: Historia del Correo desde los orígenes hasta nuestros días. Madrid 1894.

Referencias de citas:

(1) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 2)

(2) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 6).

(3) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 6.

(4) (Vordegay y Fiscowich, Eduardo: Historia del Correo desde los orígenes hasta nuestros días. Madrid 1894)

(5) (Suárez de Figueroa, Cristóbal: Varias noticias importantes a la humana comunicación, Madrid: Tomás de Iunti, 1621.)

(6) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Pagina 9.)

(7) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 12)

(8) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 10)

(9) Gaceta de Madrid de 14 de abril de 1825

(10) Gaceta de Madrid de 25 de abril de 1826).

(11) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 15)

(12) Gaceta de Madrid de 21 de abril de 1827.

(13) Gaceta de Madrid de 6 de mayo de 1828)

(14) Gaceta de Madrid de 21 de abril de 1829)

(15) (Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Páginas 30-31)

(16) Cabanes, Francisco J. X.: Guía general de correos, postas y caminos del Reino de España: con un mapa itinerario de la Península. Madrid. Imprenta de D. Miguel de Burgos. 1830. Página 122.)

(17) (Sánchez Albornoz, N.: El movimiento postal de España entre 1846 y 1867: correo y desarrollo. Moneda y Crédito 114 .1970, páginas 87-97).


11 comentarios:

Manuel Jiménez Barragán dijo...

Ya vimos que, por la numeración del callejero, la estafeta de correos estaba situada frente al ayuntamiento actual, la casa número 1; encrucijada de caminos.

¡Qué familiares se están haciendo los nombres conforme las fecha de las actas se acercan! Ahora, que sabemos algo más, me imagino que los «martínez» o «pérez» tendrán la continuación de (...), aparejados, también, con grandes propiedades. Lo de mayor contribuyente no me ha quedado claro.

Enhorabuena, Pedro, por tu artículo, tan minucioso y detallado, como siempre, de nuestra historia.

Esperamos las próximas actas, seguro que muy sustanciosas.

Agradeciéndote tu trabajo.

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Manolo, por todo lo que llevo trabajado sobre las actas de nuestra villa, en cada ayuntamiento se habría un expediente para hacer el reparto de las contribuciones directas que tenían que pagar los vecinos. Era el “Repartimiento de la Contribución Nacional Ordinaria” de cada año. Casi siempre se comenzaba el expediente a mediados del mes de mayo, una vez que en los Boletines Oficiales de la Provincia respectiva se diesen órdenes para que se comenzase a indicar la cuota, que por la villa en concreto debía satisfacerse cada año; para ello se nombraban los llamados “peritos repartidores”, que solían ser cuatro vecinos consideradas personas idóneas para el cabal desempeño de este cargo encomendado por el Ayuntamiento. Una vez que los “peritos repartidores” aceptaban y juraban el cargo asignado, los repartidores, asistidos por el Secretario del Ayuntamiento, pasaban a demostrar y realizar, según los datos existentes, unas anotaciones cuantitativas en unas casillas de todas las cantidades, que tenían que satisfacer cada uno de los considerados como contribuyentes, y lo que debían satisfacer por el importe o producto de los puestos públicos subastados en puja pública sobre los productos de consumo básicos a suministrar a la villa. Los vecinos que no llegaban a una cuota mínima estaban exentos del pago. Si nos damos cuenta al servicio del ayuntamiento había una serie de señores que constituirían ese número mínimo de convecinos que sabía leer y escribir y al que el ayuntamiento encomendaba unas funciones o labores administrativas de hondo calado: Contribuciones, venta y suministros de bienes de consumo, distribución de bulas, depositarios de sistema de medidas y romanas oficiales para medición y pesaje de productos a vender, etc. Como ves todo un panorama donde los mejor posicionados iban tomando posiciones de nuevo caciquismo ante el concejo. Eran muchos de los denominados “hombres cabales” de cuya honestidad podía no caber duda, quizá en la mayoría de los casos.
Después estaban los mayores contribuyentes que con frecuencia iban a suplir con cuotas los déficits del ayuntamiento. Estos serían los que eran considerados los “mayores contribuyentes”, los que permanentemente se han llevado el apodo de caciques con o sin razón, el caciquismo no es solo cuestión de posicionamiento social, hay caciques no adinerados. Nada nuevo bajo el sol que continúa también en nuestros tiempos democráticos.
Continúa…

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Continuación:
Una vez que habían hallado el cómputo y demostradas las cantidades que debían repartirse entre los contribuyentes, se procedía a hacer un listado de los Contribuyentes de la villa y se confeccionaba un listado con las cantidades que debían pagar en cada uno de sus apartados. El expediente de cada año comenzaba con el listado de “Contribuyentes vecinos” que era según población de la villa de unas siete, ocho o nueve decenas de personas, que debían satisfacer el total de la cantidad repartible por el concepto de Millones o consumos”, otros por” Alcabalas y Cientos” y otros parcialmente por el parcial de “Utensilios y Expósitos”, estos relacionados con las medidas en que se vendían los productos. El resto de la contribución a pagar según lo asignado a la villa como contribuyente global, lo debían satisfacer los considerados con el nombre de “Hacendados Forasteros”. En Lahiguera hacendados forasteros fueron el Marqués del Puente, el Marqués del Cerro, Duque de la Quintería, y otros que no viviendo en la villa tenían importantes propiedades en su término municipal según registros.
Una vez hecho el repartimiento se aprobaba el presupuesto por el ayuntamiento y se exponía al público por si hubiese alguna reclamación respecto a las cantidades asignadas, eran las llamadas “Reclamaciones de agravio” de las cuales se hacía poco uso, porque los vecinos solían aceptar los repartos. Una vez pasado el plazo de reclamaciones se remitía el presupuesto municipal a la Administración de Contribuciones Indirectas de Jaén para su examen y aprobación según estaba establecido por las leyes. Los impuestos no tenían progresividad alguna, sino que todos pagaban igual en función del capital disponible, de forma que podía darse el caso de que un reducido número de vecinos con capital en propiedades equivalente al de decenas de vecinos pagaban igual cantidad si disponían del mismo disponible, cantidades de las que eran restadas lo que se recaudaba por el arriendo municipal de los puestos públicos de la villa, que como sabemos tenían la exclusividad de venta de esos productos entre los vecinos. En este último caso nos encontramos con un impuesto prácticamente indirecto sobre el consumo, que afectaba a los sectores sociales más empobrecidos, entre otras cosas porque los que criaban productos del campo o ganado consumían de lo suyo y era un impuesto que no tenían que pagar...
Cordiales saludos.

Manuel Jiménez Barragán dijo...

Gracias, Pedro, por tu pronta y competa información. En un acta aparece el nombre de Antonio Gavilán; si es quien yo creo, me extrañaba que fuese el mayor contribuyente. De ahí mi duda. Parece más fácil que las fortunas mengüen, que crezcan.

Saludos.

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Manolo, sobre el papel de los mayores contribuyentes en los ayuntamientos de esta época, puede servir de referencia el Acta de la Primera sesión ordinaria del Ayuntamiento de nuestra Higuera cerca de Arjona del año 1859 de fecha en blanco.
“En la villa de la Higuera cerca de Arjona a los de mil ochocientos cincuenta y nueve. Reunido el Ayuntamiento Constitucional con mi asistencia, por el Sor. Presidente se dio Cuenta de la orden del Gobernador Civil de esta Provincia de veinte y nueve del procsimo mes pasado, con remisión de los ejemplares para los Espedientes de propuestas que han de formarse para cubrir el déficit que al ayuntamiento le resulta en el presupuesto Municipal del procsimo año, de mil ochocientos sesenta, y sin perjuicio de la que se tienen remitidas, y en su virtud se acordó su cumplimiento mandando, se saquen Certificado de la presente, y se ponga por Cabeza del Espediente indicado, y que para las diez de mañana, se citen para que concurran con el Ayuntamiento a este Serio., un número igual al de los seis individuos en mayores Contribuyentes, con el objeto de formar en relaciones separadas dichas propuestas y después acordar, lo que se crea más conveniente. Así lo acordaron y mandaron de que el infrascripto Serio. Certifica.
Nota: No aparecen firmas.

Como ves los escritos por muy sencillos que sean son bastante curiosos e interesantes; como la trascripción es literal te darás cuenta que la grafía x no existía en estos años, desconozco desde cuando se adoptó. Se sustituía por s o por cs, posiblemente dependiendo de su posición de la sílaba en la palabra.
No se quien piensas que es Antonio Gavilán. Buscaré de algún acta la lista de mayores contribuyentes de nuestra villa para corroborar tus pensamientos o aclararlos en lo posible.
Saludos.

Unknown dijo...

FELCIDADES POR EL TRABAJO ¡¡

He compartido un par de imágenes sobre los mapas, citando la fuente, y he enlazado la noticia en una ficha de la página web que coordino www.caminosvivos.com en el recurso casa real de postas de la Luisiana

Muchas gracias ¡¡

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Muy agradecido por la labor que desde ASAJA-Sevilla realizáis en el acercamiento al mundo rural de nuestra Andalucía, al que se acostumbra habitualmente a valorar a la baja. Las múltiples propuestas de recorridos que ofrecéis para los comprovincianos de Sevilla, y para todo el andaluz que desee conocer las esencias del mundo rural, son muy facilitadoras para el conocimiento de nuestros pueblos. Personalmente os agradezco los objetivos que pretendéis.
Nuestro objetivo altruista es dar a conocer nuestra villa a través de las publicaciones de nuestros colaboradores.
Me siento muy satisfecho de que esta entrada haya merecido vuestra atención. Espero contar con vuestra presencia reiterada en nuestro blogs.
Cordiales saludos.

Tricofilinacoppi. dijo...

Hola Pedro:
El cuerpo de carteros velocipedistas se creó el 15 de sept de 1894. Estoy interesado en saber que evolucion tuvo la bicicleta en este servicio. Sé que las primeras bicis que les asignaron a estos trabajadores eran marca Switf, y que las últimas hacia 1950 eran DAL (bicicletas Domingo ALvarez con identica estructura que las Orbea)pero durante ese periodo de tiempo me pierdo y no sé que bicicletas usaron y si se las proporcionaba el propio organismo de correos o debían comprarselas ellos como así denuncia un trabajador valenciano de reparto urgente, en un articulo de la revista Cartas y Carteros del 25 de octubre de 1930.
Muchas gracias por tu información.

javier

Agustín Castro dijo...

Estimado Sr. Mercado.

Buscando información sobre el servicio de Correos y Postas de Andalucía, particularmente de la provincia de Jaén, he tropezado con su blog https://lahiguerajaen.blogspot.com/2016/12/el-inicio-del-servicio-de-correos-en-la.html donde he podido leer su artículo del sábado, 17 de diciembre de 2016 titulado "EL INICIO DEL SERVICIO DE CORREOS EN LA HIGUERA CERCA DE ARJONA. EL MOMBRAMIENTO DEL PRIMER CARTERO EN EL AÑO 1847: LUÍS DEL POZO"
El motivo de mi búsqueda es la investigación del servicio de Correos y Postas a finales del siglo XIX principios del siglo XX. Mi investigación está basada en un hecho de la historia familiar, concretamente mi bisabuelo paterno quién administró la concesión, quizá fuera empleado, de una diligencia que hacía la ruta desde Linares (Espeluy) a Siles (Jaén) y he pensado que quizá pudiera facilitarme alguna fuente documental donde poder buscar ya que no encuentro nada al respecto.

Mi bisabuelo, Alonso Marín Brís, nació en Guarromán (Jaén) en 1877 y falleció en Sevilla en 1957.
La relación con la diligencia debió de tenerla entre 1895 y 1918 fecha en la que lo localizo en una mina de Linares junto a esposa y sus 4 hijos, entre ellos mi abuela paterna.
El periodo de tiempo anterior, 1895-1918 lo deduzco a partir de que él tuviera en torno a 20 años y el registro en Linares donde ya estaba casado y con hijos, esto es importante ya que como consecuencia del servicio de diligencia conoció a mi bisabuela en La Puerta de Segura (Jaén) y al estar trabajando en la mina y casado, entiendo que el periodo de la diligencia debió ser anterior a 1918.
También se sabe que como consecuencia del servicio de diligencia, ejerció como Cosario y/o Anticuario que fue su último oficio conocido en Sevilla anterior a su fallecimiento.

Comprendo que quizá, mi consulta, sea algo extraña pero es la única opción que me queda ya que todos los que me podrían haber facilitado más información se encuentran fallecidos, muy a mi pesar, he llegado tarde.

Con la esperanza de que quizá pudiera usted ayudarme a obtener más información al respecto, quedo a la espera de su respuesta, aprovechando la ocasión para saludarle.

Atentamente,

Agustín Castro Martínez.
Málaga.

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Agustín tal como le aclaró mi sobrino Juan José Mercado, soy el autor del artículo al que Ud. hace referencia.
Mi ayuda quedará concretada en sugerirle la lectura de algunos de los libros y documentos que refiero en la bibliografía del artículo, que no sé si llegó a ver en el final del texto del artículo, si lo hubiese hecho, hubiese comprobado que soy el firmante del artículo como autor, cosa que es lo habitual.
En el citado artículo podrá encontrar al final la bibliografía utilizada para su elaboración y las referencias de las citas de los textos que interesaron para la realización del mismo.
Hay una segunda sugerencia que puede ayudarle, en este caso me refiero a que si es usuario de Facebook, busque la página de la entrada: “Genealogía de Jaén”. En ella posiblemente pueda encontrar, información y sugerencias sobre el origen y desarrollo genealógico de los apellidos de sus bisabuelos: Alonso Marín Brís en Guarromán y su abuela en La Puerta de Segura (Jaén), así como en Linares, o en Siles.
Otra alternativa, sería desplazarse a estas localidades e investigar los rastros familiares de sus bisabuelos y sus hijos en el Archivo Local de Cada una de las poblaciones referidas.
Cordiales saludos.

PEDRO GALÁN GALÁN dijo...

Agustín, en el comentario anterior me refería al Registro Civil del Ayuntamiento de cada localidad de España, que tiene antigüedad desde 1870. El actual Registro Civil en España comenzó el 1 de enero de 1871, a raíz de la entrada en vigor de la Ley Provisional 2/1870, de 17 de junio, del Registro Civil y del Reglamento para la ejecución de las leyes de matrimonio y Registro civil, de 13 de diciembre de 1870. Esta ley exigía a todos los municipios la creación de un Registro Civil en el que se debían inscribir los datos referentes al estado civil de todos los españoles (nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.), al margen de sus creencias.
También son interesantísimos los Archivos Parroquiales de cada parroquia, unos documentos que reflejan los nacimientos, casamientos, y defunciones de los miembros de la parroquia desde el Concilio de Trento.
El Registro Civil de los Ayuntamientos y los Archivos Parroquiales son la mejor fuente de información para todos aquellos que estén interesados en la investigación de la genealogía familiar, o simplemente los datos de sus antepasados.
El Registro Civil de cada municipio es el instrumento por el que se da publicidad a los hechos relativos al estado civil de las personas y que constituye la prueba de los mismos.
De esta manera, en el Registro Civil se inscribirán los hechos concernientes al estado civil de las personas y aquellos otros que determina la Ley.
Constituye, por tanto, objeto de inscripción en el Registro Civil:
El nacimiento
La filiación
El nombre y apellidos
La emancipación y habilitación de edad.
Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
Las declaraciones de ausencia o fallecimiento
La nacionalidad y vecindad
La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.
El matrimonio y
La defunción.
El Registro Civil se regula en la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil y por el Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil.
Según la normativa vigente hasta 2014, el Registro Civil se encuentra dividido en cuatro Secciones y cada una de ellas se lleva en libros diferentes, independientes y formados con los requisitos reglamentarios, que reciben el nombre de: «nacimientos y general», la primera; «matrimonios», la segunda; «defunciones», la tercera y, finalmente, «tutelas y representaciones legales», la cuarta. La más importante de todas ellas es la de nacimientos, pues la inscripción del mismo es el centro de la vida jurídica de la persona; además, en ella también constan el sexo, la edad, el nombre, los apellidos y, en determinados casos, la filiación. También debe figurar en esta Sección la eventual modificación de la capacidad, la nacionalidad y de la vecindad civil.
La Sección de «matrimonios» se abre con la inscripción del acto de celebración de este, cualquiera que sea la forma en que se haya realizado. También debe de constar la sentencia y resoluciones sobre nulidad, divorcio o separación y todos aquellos actos que supongan el fin de la relación conyugal. También pueden inscribirse los regímenes de la sociedad conyugal y los actos y resoluciones que los alteren.
La finalidad de la Sección de «defunciones» consiste en la inscripción de la muerte de la persona, y en su caso, la declaración del fallecimiento, mientras que la Sección cuarta, la que recibe el nombre de «tutelas y representaciones legales», tiene por objeto la inscripción de la constitución de los organismos tutelares y el resto de resoluciones legales, así como su eventual modificación. No tiene cabida en esta Sección la inscripción de la patria potestad, ni las funciones tutelares que puedan corresponder a establecimientos de beneficencia.
Saludos.