Se pretende que sea éste un espacio dedicado a entretener y deleitar (... a través de la fotografía fundamentalmente) ... a dar a conocer (...o traer al recuerdo) ciertos monumentos o espacios situados en el término o cercanías de Lahiguera. ...a llamar la atención por el estado de abandono y deterioro de muchos de ellos, ...y si llegara el caso, a remover la conciencia de todos los que somos "herederos" de tales monumentos y espacios, y que con nuestra aportación ayudásemos a la conservación de los mismos.
Pasados ya algo más de dos años desde que se presentara la primera parte, viene esta otra, que espero no sea la última. Una vez más, se trata de una película compuesta por fotografías de nuestro pueblo y el entorno que lo rodea: Puentes romanos ("del gato" y "del salaillo"), Iglesia "morisca", cortijos (algunos aún existentes...otros yaciendo en el terreno que ocuparan), fauna, flora, amaneceres y puestas de sol, algunas fuentes o aljibes que siempre sustentaron la existencia de los pobladores de Lahiguera, tales como "La Noria" o "El Chorrillo". Cuánto me gustaría que su presencia estuviera más adecentada, pero lo que muestro... es lo que hay; posiblemente algún día pudieran ser, estos espacios, un orgullo y representación de nuestro pueblo, pero hoy, muestran el síntoma de abandono al que son sometidos. Campos diversificados con los cultivos de olivar, trigos, girasoles, algodones, maiz, ... todos ellos conformando un espacio muy digno de visitar y disfrutar. También una vegetación silvestre, como esos campos de amapolas, que enriquecen el lugar. Unos cauces de agua, que aunque no demasiado abundantes, conforman un entorno próspero para la vida; algunas veces, crecidos estos cauces por las precipitaciones abundantes: caso del arroyo del "salaillo" a su paso por el puente romano de "La Bobailla". Una pareja de autillos nos brindan cada año el anidamiento y crianza de esos pequeños polluelos, los cuales también se muestran en estas fotografías; mariposas, arañas, ...y una infinidad de animalillos que se nos manifiestan cada día. ...y esos olivos, algunos milenarios, que básicamente dan sustento a los actuales pobladores de Lahiguera. Todas las palabras sobran viendo la película. Si hacemos "click" en el título de color azul que se nos muestra a continuación, nos enlazará con el espacio donde se encuentra la película, pudiendo disfrutar de la alta calidad ofrecida (HD).
ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS CELEBRADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA CERCA DE
ARJONA DURANTE EL AÑO 1835.
En el verano de 1835, después de dos
años de guerra carlista tras la muerte de Fernando VII, se produjo en España
una insurrección liberal que en Andalucía llevó a la creación de la Junta Soberana de
Andújar, que pretendía la federación de las provincias independientes de la
región. Esta Junta de aspiraciones soberanas funcionó en la ciudad de Andújar
desde el 2 de septiembre hasta el 18 de octubre de 1835. En toda España el
movimiento juntero de aquel verano significó el embrión de un Estado federal.
La revolución burguesa antiabsolutista de 1835 arrancó en Madrid, aunque tuvo
sus mejores fuerzas en Cataluña y Andalucía.
Levantamiento Liberal en Barcelona año 1835.
En Andalucía comenzó el estallido en
Málaga el 23 de agosto y para fin de mes se habían sumado, sucesivamente, Cádiz, Granada,
Sevilla y Jaén. Cada provincia andaluza pasó a
"autogobernarse", desconociendo la desautorización que el presidente del
Gobierno de Madrid, José María Queipo de Llano, conde de Toreno, hace del
movimiento juntero. En junio de 1835 la Reina Gobernadora
le nombró presidente del Gobierno. Un cargo que ejerció tan sólo durante tres
meses, pues en septiembre de ese año un pronunciamiento auspiciado por los "progresistas", herederos en buena parte de los "exaltados" del Trienio, lo
desplazó del poder. Durante ese trimestre Toreno centró su acción de gobierno
en la guerra civil, con no poco éxito, pues las tropas liberales obtuvieron
sonadas victorias sobre las carlistas, sobre todo después de la muerte de
Zumalacárregui. El otro eje de su política fue el arreglo de la Hacienda, para lo que no
dudó en proseguir la desamortización de los bienes eclesiásticos e incluso en
expulsar de nuevo a los jesuitas e incautar sus bienes, como durante el reinado
de Carlos III había hecho otro conde asturiano: Campomanes. Esta medida ponía
de relieve que su gradual conversión al liberalismo conservador era muy
matizada. Lo mismo que su decisión de nombrar ministro de Hacienda a Mendizábal,
un conocido "progresista", que acabó sustituyéndolo al frente del Gobierno en
septiembre de 1835. Toreno, sin embargo, continuó en la política como destacado
miembro de la oposición conservadora, hasta que el motín de La Granja, en agosto de 1836,
le obligó a marcharse de nuevo al exilio. Pero esta vez huyendo de los "progresistas".
José María Queipo de Llano, Conde de Toreno
Simultáneamente deciden confederarse
y crear la Junta
Soberana de Andújar, en la que cada Junta provincial tuvo dos
representantes. El 2 de septiembre se creó la Junta de Andújar, presidida por
el conde de Donadío, presidente de la Junta de Jaén. Inmediatamente se decide
reclutar un ejército de treinta mil hombres.
Organización y recorrido de las Tropas Junteras camino de La Mancha.
Composición del Ejercito Juntero Andaluz acantonado en Manzanares.
A mediados de septiembre ya se
contaba con esta fuerza, al frente de la cual se colocó a Luis Antonio Pizarro,
conde de las Navas. Este salió a La
Mancha para hacer frente a un ejército enviado desde Madrid
por el Gobierno, pero antes del encuentro gran parte de las fuerzas
gubernamentales se pasaron a los rebeldes. En el movimiento juntero andaluz
participó gente como el malagueño José Salamanca, que más tarde sería marqués y
ministro de la Corona.
D. José de Salamanca en su juventud y madurez.
Blas Infante se refirió alguna vez a
que en Andújar se elaboró una «Carta de actuación andaluza», de la que no se
tiene constancia escrita en la actualidad.
Anotación tomada del Ideal Andaluz de Blas Infante.
Los objetivos de aquel movimiento
anticentralista fueron la defensa del trono constitucional de Isabel II, la
exigencia de responsabilidades al conde de Toreno, la abolición del Estatuto
Real y la convocatoria de Cortes constituyentes para «recuperar» el espíritu de
Cádiz, que daría lugar a la Constitución del 1837. Durante mes y medio, en
Andalucía cada provincia afrentó, entre otros, los problemas fiscales,
presupuestarios y de orden público y, por ejemplo, la de Córdoba dejó establecida
la libertad de imprenta. Con la llegada al poder del gaditano Mendizábal el 18
de septiembre, el movimiento se calmó en toda España, aunque en Andalucía
todavía gobernó un mes la Junta Soberana de Andújar.
Juan Álvarez de Mendizábal.
La Junta Suprema de
Andalucía fue una confederación de juntas provinciales creada en Andalucía en 1835, en el contexto del movimiento juntero liberal
surgido en España durante los primeros
momentos de la Minoría de edad de Isabel II.
El movimiento juntero se extendió por Andalucía en un momento de debilidad del
estado, mediante la creación de las juntas provinciales y de la junta suprema,
como ya había sucedido en otros momentos de crisis, tal como ocurrió durante la Invasión
Francesa y, mucho más tiempo atrás, durante la Edad
Media, con la Hermandad General de Andalucía. Tanto las juntas provinciales como la Suprema de Andalucía
fueron las más activas y las que más tardarían en disolverse en todo el Estado.
El Gobierno quiso poner
orden y controlar la atrevida iniciativa regional andaluza, por lo que envió un
ejército comandado por el General Latre
pero, al llegar a su destino, los soldados hicieron causa común con los
andaluces y sólo el general y algunos artilleros quedaron fieles al Gobierno de Madrid.
Como consecuencia de esto se produjo la caída del conde de Toreno y Mendizábal fue nombrado presidente del Gobierno. La Junta Suprema envió
a Mendizábal, a través del Conde de las Navas, sus condiciones políticas; a
saber: detención del conde de Toreno y rendición de cuentas al mismo, limpiar La
Mancha de carlistas, convocatoria de cortes
constituyentes, aprobación y mantenimiento de las
juntas y puestos en el Gobierno y en la Administración para sus miembros. Pero
Mendizábal las rechazó.
El triunfo que supuso la
caída de Toreno hizo que muchas juntas se disolvieran en España, como sucedió
en Andalucía con las juntas de Cádiz, Sevilla y Córdoba, que consideraron que tras la dimisión de Toreno
y el anuncio de Mendizábal de una nueva política, ya se habían conseguido sus
objetivos y procedían a la disolución. El Decreto de 21 de septiembre de 1835, por
el que se regulaban provisionalmente las diputaciones provinciales, fue uno de
los detonantes de la disolución de las Juntas provinciales, al ser las
diputaciones órganos estatales presididos por el gobernador civil, y por un
cuerpo de diputados elegidos por un sistema censitario indirecto y con
competencias netamente estatales. (La posterior Constitución de
1837 abundaría en el centralismo frente al desarrollo de la autonomía regional). Sin
embargo las juntas de Málaga, Granada, Almería y Jaén, (no hay datos de la de
Huelva), a pesar de las voces internas que apoyaban su disolución, decidieron
resistir de acuerdo con la
Junta Suprema de Andalucía, que quiso imponer su voluntad
sobre las demás provincias. Para ello la Suprema envió al coronel Osorio a someter Sevilla
y al coronel Lancha a Córdoba, para someterlas, resultando fallida la operación
al ser detenido el primero y, ante ello, limitarse a esperar acontecimien el segundo. El 19 de
octubre la Junta de Málaga también se sometió al Gobierno de la nación.
No obstante es
significativo como la Junta Suprema de Andalucía pasó a comportarse más como un
Gobierno regional de Andalucía que como una confederación de juntas
provinciales. En palabras de Pi y Margall: “Tuvieron
las (juntas provinciales) de Andalucía su Junta Central en Andujar y hablaron
de potencia a potencia con el Gobierno de María Cristina.” Tomado de: Nacionalidades.
Pi y Margall.
Las Juntas Provinciales
andaluzas surgieron cuando España se encontraba en un momento de crisis tras la
muerte del rey Fernando VII y las pretensiones
del Infante Carlos de ostentar el trono
español de mejor derecho que Isabel II, menor
de edad. Del lado conservador, había estallado la Primera Guerra
Carlista en el norte peninsular y existía el peligro
de que el carlismo, entendido por los liberales como una forma de absolutismo, se extendiera a otras partes del país.
Primera Guerra Carlista y Diario de Operaciones de la Guerra Carlista.
Del lado
contrario, se había establecido la división provincial en 1833, prevista en el artículo 10 de la Constitución
española de 1812, y se había promulgado el Estatuto
Real, pero los progresistas lo consideraban insuficiente,
pues abogaban por el pleno restablecimiento de "La Pepa".
Por este motivo se
constituyeron Juntas en Cataluña, Zaragoza y en Andalucía, donde se
fueron constituyendo juntas en cada una de sus ocho provincias, entre agosto y
septiembre de 1835. (El 23 de agosto se constituyeron las de Málaga y Cádiz. El
obispo de Jaén Diego Martínez Cartón, apoyó la junta provincial. En Sevilla
hubo dos intentos fallidos de constitución antes de la definitiva.
Don José de Salamanca, después Marqués de Salamanca y miembro del Gobierno del Reino.
Uno de los
representantes de la junta provincial de Almería en la Suprema de Andalucía fue
José Salamanca, malagueño y a la sazón alcalde de Vera, que con el tiempo
sería marqués de Salamanca. El Conde
de Toreno, que a la sazón presidía el Gobierno
de España, prohibió las referidas juntas, por lo que
su caída pasó a formar parte de los objetivos de las mismas.
El Conde de Toreno enemigo de los junteros andaluces.
En la reunión de la
Junta provincial de Córdoba el 29 de agosto, José
Espinosa de los Monteros propuso que todas las juntas
provinciales andaluzas concurriesen en una Junta Superior, a modo de confederación de juntas.
De esta manera se constituyó la Junta Suprema de Andalucía en Andujar el 2 de septiembre de
1835, bajo la presidencia del Conde de Donadío,
presidente de la junta provincial de Jaén. La elección de Andujar como sede se
debió a razones geoestratégicas políticas y militares: Jaén era la puerta de
Andalucía, lo que facilitaba en contacto con el Gobierno, radicado en Madrid y el eventual contraataque a las partidas carlistas, que
ya estaban en La Mancha.
Ciudad de Andújar sede de la Junta Supema de Andalucía desde 2/9/1835 a 18/10/1835
La Junta Suprema se
compuso con dos miembros de cada junta provincial, que las representaban. La
Suprema no se inmiscuía en el gobierno interno de cada una de las provinciales,
salvo en el aspecto militar. La Junta Suprema reclutó un ejército de 30.000 hombres
bajo el mando del Conde de las Navas, que fue destacado en Manzanares, con el fin de reducir
a los carlistas.
Volvió cada cual a
nombrar a su Junta y a conferirle el poder supremo; y así formadas, no
vacilaron en disponer de los caudales públicos, levantar empréstitos, exigir
tributos, proveer destinos y hasta reunir tropas con que hacer frente a las del
Estado. En la Mancha llegaron a tener las de Andalucía un cuerpo de
operaciones, que estuvo por bastante tiempo acampado en Manzanares, y obedecía
a las órdenes, no de un general, sino de un procurador en Cortes. En vano se
las quiso disolver por un decreto, ni vencer por las armas: no se logró que
desapareciesen, ni aun después de un cambio de gobierno, de la concesión de una
amnistía y de grandes reformas. (Recogido de Pi y Margall. en su obra: Nacionalidades.
Celebración en Marzo del 2010 del 175 aniversario de la constitución de la Junta Suprema de Andalucía en Andújar.
Los hechos de 1835 ocurridos en
Andalucía y en Andujar no podemos entenderlos al margen de la coyuntura
revolucionaria que se vive en Europa, en la oleada de 1830, que aunque tiene a
Francia como punto central, tiene ramificaciones por otras partes: norte de
Italia, ciudades alemanas, Bélgica, Varsovia, etc.…
El movimiento juntero manifestará,
según autores como Enrique Iniesta, cierto andalucismo, al menos como postura
común de los antiguos reinos y las recién estrenadas provincias, frente a la
crisis del poder central por un lado y al empuje de los carlistas por otro, y
será el prólogo necesario para la Revolución Cantonalista en "La
Gloriosa" y la posterior Constitución de Antequera de 1883.
Vista aérea de la ciudad de Andújar sede de la Junta Soberana en 1835.
Manifiesto de la Junta Soberana de
Andujar de 1835:
Andaluces.
La Junta Central compuesta
de los respectivos representantes de las directivas de gobierno que forman la
Federación de Andalucía acaba de instalarse en esta ciudad. Al dirigir por
primera vez su voz no puede ocultar la grata emoción que siente, viviendo la
indisoluble unidad que ofrece el pueblo andaluz, tan resuelto y decidido como
obediente y leal. El voto de los habitantes de la Bética entera es el mismo,
y su valor igual a su constancia. Firme en su propósito no vacilará un momento la Junta Central, hasta
que el éxito corone sus esfuerzos. Adhesión pura, inalterable á nuestra
inocente reina ISABEL II y á su augusta madre como Regenta del Reino: CORTES
CONSTITUYENTES que formen y establezcan un Código fundamental que fije los
derechos y deberes del Pueblo Español, y los del trono constitucional; y no
deponer las armas hasta consolidarlo y esterminar al príncipe rebelde que con
mengua del noble orgullo y valor castellano pretende sumirnos en la degradación
y el oprobio; he aquí el objeto de los conatos de vuestros representantes.
Andaluces: marchemos todos
denodadamente por el camino que nos traza la dignidad y rectitud de nuestros
principios, y nuestra proverbial fidelidad. El trono Constitucional y el Pueblo
Ibero son una misma cosa y están tan íntimamente entrelazados que no puede
existir uno sin otro. La misión de esta Junta Central no tiene otro objeto que
el de afianzar sobre bases indestructibles su seguridad y su esplendor. Para
lograrlo todo, cuenta con vuestra cooperación y esfuerzos: de ellos se
aprovechará según las circunstancias lo exijan, dirigiendo vuestra acción
irresistible al punto y que sea más digno de vuestro loable pronunciamiento, de
vuestros ardientes votos y de vuestra lealtad. Esforzados hijos del Betis,
unión y confianza: constantes en este principio y noble conducta, ensayemos
desde luego himnos patrióticos en honor y gloria del trono Constitucional y al
Pueblo Hispano, pues la victoria es cierta.
Andujar 3 de Octubre de
1835 = El Conde de Donadío, Presidente = Bartolomé Gutiérrez Acuña,
Vice-presidente = Pedro Muñoz Arroyo = Tomás Domínguez = Álvaro Pareja =
Agustín Romero = Agustín de Oviedo = Francisco Laveron = Pedro Antonio Acuña =
Manuel Parejo = Francisco de Paula Espinosa de los Monteros = Miguel de Roda,
Vocal Secretario.
(Manifiesto de la Junta de Andujar publicado por Santiago de
Córdoba en el nº 0 de Cuadernos de Historia. Andujar 1984.)
Presentación en la Universidad de Jaén del libro digital del 175 aniversario de la constitución de la Junta Superma de Andalucía.
En el archivo municipal de Andujar
no se conserva la documentación correspondiente a ese periodo; por lo que a quien quiera profundizar en este
hecho, no lo queda mas remedio que reconstruir los hechos de 1835 a partir de
noticias hemerográficas, que se han localizado en el Archivo del Canónigo (Casa
del Arcediano en Barcelona), Casa de los Tiros de Granada, y Hemeroteca
municipal de Madrid. En concreto interesa la búsqueda de las noticias referidas
a este acto de la Junta Suprema de Andalucía, dentro del movimiento juntero
andaluz, para lo que puede ser ineludible seguir lo que se cita los siguientes
periódicos de la época: El Vapor, La abeja y el Eco del Comercio.
Igualmente se podrán consultarlos fondos documentales del siglo XIX existentes en la
biblioteca de la Real Academia de la Historia. En concreto, los famosos papeles
del que fuera ministro y presidente del gobierno Istúriz, del cual, sabemos que
guardó cuidadosamente buena parte de sus papeles con el objeto de escribir su
memoria. Sería muy interesante poder consultar en esta biblioteca pues allí se
encuentran los únicos documentos originales que fueron emanados por la Junta
Central de Andujar: varias cartas de Pedro Antonio Acuña y Bartolomé Gutiérrez
Acuña, una del conde de las Navas en francés (bien por asegurarse la
confidencialidad de la misma o por afirmar sus simpatías con los
revolucionarios franceses). Así como el acta de constitución de la Junta de
Andujar del 3 de octubre de 1835, una larga exposición a la reina gobernadora
de fecha 9 de octubre y la confirmación de la disolución de la misma el día 18
de ese mes (Colección Istúriz-Bauer, Real Academia de la Historia 9-30-3-6279).
Tomás Istúriz. Museo de las Cortes de Cádiz.
En el Archivo General del Palacio
Real se puede encontrar en su Sección Histórica una serie de documentos
fechados entre junio y septiembre de 1835, relativos a las sociedades secretas
muy activas en ese periodo y que serán también uno de los factores que
aceleraran el desarrollo del movimiento juntero.
En el enfrentamiento abierto entre
isabelinos y carlistas a partir de 1833, las élites andaluzas apoyaron
mayoritariamente la causa liberal, auspiciada por una incipiente burguesía de
carácter comercial y minero, pero también por diversos grupos de inversores
agrícolas interesados en el librecambismo; al margen quedaban los sectores
populares, normalmente vinculados al cultivo de la tierra que verían como el nuevo
régimen también defraudaría sus expectativas de un verdadero cambio en la
distribución de la propiedad raíz.
Esta fortaleza de las élites
liberales andaluzas tendría en las Juntas Revolucionarias impregnadas de un
primigenio espíritu autonomista, su principal y último vehículo de expresión.
Su formación, de hecho, resulta inseparable del telón de fondo de la guerra
carlista, así como del talante moderado que la regente María Cristina había
impreso a los primeros años de su regencia, y puede situarse, con cierta
precisión, en torno al año 1835. Se constituyeron prácticamente en todas las
provincias andaluzas, dando lugar a la formación de una Junta Suprema que se
instaló en Andújar el 2 de septiembre bajo la presidencia del conde de Donadío.
Resulta extraño que a
pesar de haberse constituido la Junta Suprema de Andalucía en Andujar el 2 de septiembre de
1835, no conste en el Libro de Actas de este Ayuntamiento referencia alguna a
dicho acto, al menos en calidad de testigo o informante en un acontecimiento que
se puede considerar importante para Andalucía por la fuerza que tuvo en nuestra
región el movimiento juntero como hemos comprobado en los textos anteriores.
Aunque, no olvidemos, lo dicho anteriormente del hecho de que, en el
Ayuntamiento de Andujar no haya archivos que reflejen los actos tenidos en la
ciudad sobre las reuniones del movimiento juntero.
La primera acta de las
existentes trata de la toma de posesión del nuevo Ayuntamiento en fecha 10 de
Noviembre del año 1835, elegidos por elección popular según la Ley de Ayuntamientos
promulgada en 23 de julio de ese mismo año. Se deduce que el nuevo Ayuntamiento
está presidido por D. Pedro de Fuentes y serían los nuevos regidores o
concejales: D. Francisco Mercado, Regidor 1º y D. Bartolomé Mercado, Regidor
2º. Se deduce que el anterior alcalde sería D. Diego Ruano, que según estaba
preceptuado entregaba poderes al nuevo Alcalde D. Pedro de Fuentes.
Se aclara la ausencia
del Procurador del Común D. Salvador Martínez en el acto del día 10/11/1835,
que si se confirma en la reunión del día 12 del mismo mes, tomando posesión de
su cargo, tal como se expresa en el acta de este día.
La tercera de las actas
existentes está dedicada al nombramiento de D. Sebastián Pérez como Secretario
del Ayuntamiento según ordena la recién aprobada Ley de Ayuntamientos en su
artículo 62.
La cuarta de las actas
con la misma fecha, está dedicada a la fijación de las reuniones del
Ayuntamiento de la villa todos los martes.
La reunión del 17 de
noviembre tuvo por objeto leer los Boletines oficiales de la
Provincia de 14 y 11 de ese mes, asimismo se leyó el oficio del Sr. Subdelegado
de Rentas de este partido judicial de Andujar sobre la cobranza de las
contribuciones y se acordó contestar a dicho Sr. Subdelegado de Rentas que el
Ayuntamiento había tomado posesión de su empleo en diez del corriente mes, desde
cuyo día podría hacérsele cargo de la cobranza de las contribuciones que
comprende el 4º trimestre y asimismo al Sr. Subdelegado al Sr. Intendente al
acusar el recibo de la circular de 11 del presente se le haga igual
contestación: también acordaron se le haga saber al Ayuntamiento cesante por
medio de su presidente active reorganizar sus descubiertos y liquide en
tesorería sus años; igualmente se expida un cargárseme contra el Depositario de
los fondos de propios para que de los sobrantes que hallen en su poder los
ponga a disposición del Ayuntamiento en la cantidadde doscientos un E. para atender a los gatos
de la quinta que se estaban practicando.
En la reunión celebrada el 7 de
diciembre hizo presente era necesario saber el estado de los establecimientos
de Propios, y del Pósito manejados por el Ayuntamiento como igualmente el cobro
de las contribuciones y oído a los SS. del Ayuntamiento, se convocó a los
componentes del ayuntamiento cesante para que comparezcan en estas Salas
Capitulares y el presente Secretario les haga saber: 1º Que en razón al Estado
del pósito, en el término del tercer día de la notificación presenten un estado
demostrativo de ellos por medio de la Junta que lo ha manejado; 2º Que en razón
a los fondos de propios, en el mismo término de tiempo, presenten por medio de
su respectiva junta cuenta detallada de los fondos de que constan, las cantidades pagadas y por pagar y su inversión
legítima: y 3º Que para el día veinte y cinco del corriente presentenlas cartas de pago de haber cubierto en
tesorería los atrasos de contribuciones por todos conceptos hasta el día que
cesaron, y de observarse en ello omisión se les hiciese saber quedaba su
presidente en reclusión hasta verificarlo. Asimismo se dio cuenta de los
boletines oficiales y órdenes que contienen y se acordó su cumplimiento, como
igualmente para cobrar el 4º trimestre de contribuciones que está a cargo del
Ayuntamiento.
Se acordó nombrar a Pedro Navarro
Barragán digo García quedando la Secretaría en extender los cedulones para
proceder a su cobranza: y en cuanto al oficio del Sr. Intendente para que se
pague el trigo que S. M. repartió a los Labradores necesitados de esta villa.
Se le haga representación a S. M. rogándole por medio del mismo Sr. Intendente
se sirva esperar a esta corporación por las sesenta fanegasde trigo hasta la cosecha venidera pues ya se
a repartido a los mismos y otros que se hallaban aún más necesitados.
La nueva corporación municipal muestra cierta
actividad, algo poco habitual durante ese año por parte de los anteriores
regidores y comienza a constituir todos los órganos administrativos de gobierno
municipal, según fue dictaminado por la Ley de Ayuntamientos de 23 de Julio de
1835.
Sólo referir brevemente
que en el proyecto de reforma del régimen municipal propugnado por los
liberales de Cádiz, se mostraba un apego a la tradición, al conceder la
presidencia de los Ayuntamientos al Jefe Político, un cargo que hoy podemos
considerar como el de los Gobernadores Provinciales, aunque se vislumbraba ya
un avance en el sistema administrativo español, basado en el reconocimiento del
pueblo como unidad natural, pero contenido en el Estado y subordinado al mismo
en la Nación sola y única. La reacción absolutista anuló por dos veces, en 1814
y 1823, la obra legislativa de los hombres de Cádiz, que volvería a triunfar
tras la muerte de Fernando VII. La labor de aquellas Cortes de Cádiz sirvió de
base a las reformas político-administrativas posteriores en la España del siglo
XIX.
Uno de los pilares para
esta reforma de la administración municipal emanó del Real Decreto de 23 de
Julio de 1835, promulgado por la reina gobernadora María Cristina, que trataba
todo lo relativo a la formación y constitución de los nuevos ayuntamientos
municipales y provinciales, con toda la problemática que planteaban los puntos
de vista tan distintos entre el ala moderaday el ala progresista del liberalismo. En el decreto las normas dictadas
son recogidas en tres capítulos, y se establecen dos categorías de electores,
los censitarios formados por los propietarios de fincas rústicas, urbanas,
fábricas, comercios, etc. y la otra categoría estaba formada por aquellos otros
en los que no influía su situación de propiedad como contribuyentes, tales como
arrendatarios de fincas, colonos, etc. siempre que sus ocupacionesles permitieran vivir con independencia
económica. La composición de los nuevos Ayuntamientos quedó integrada por las
siguientes figuras: Alcalde, Teniente de Alcalde, Regidores y Procurador
Síndico, con la condición de que debían de residir en el Municipio donde
ejercían sus funcionesy ser mayores de
veinticinco años.
En cuanto a la
aplicación de este Real Decreto en nuestro pueblo supondría pasar de un
ambiente de normalidad en tiempo de paz a un ambiente de manifiesta
intranquilidad por el contexto en que se desarrollo esta novedad legislativa.
En el contexto de una guerra civil que fue la guerra carlista, apareció el Real
Decreto de 23 de julio de 1835, para el arreglo provisional de los
Ayuntamientos, un clima poco favorable para llevar a cabo una reforma
administrativa.
El proceso a seguir era
que el Gobernador Civil, comunicaba el Decreto a la Diputación Provincial y
ésta al Ayuntamiento, quien en pueblos como la Higuera cerca de Arjona, empezó
a poner lentamente en marcha la maquinaria electoral. Digo lentamente, porque
hasta finales del mes de octubre no se harían las elecciones y quedaría
constituido el nuevo Ayuntamiento Constitucional el día 10 de noviembre tal como
queda reflejado en la siguiente acta. Suponemos que la aplicación de esta
radical reforma en la composición de los ayuntamientos, con personas elegidas
libremente y distintas a las del anterior Cabildo Municipal, nos permite
suponer una gran repercusión en la vida cotidiana de la villa, pero esto no
deja de ser una aproximación o una mera suposición, que no podemos corroborar
con algún documento. Supongo que el nuevo hecho provocaría cierta expectación
en el pueblo poco acostumbrado, por novedoso en eso del juego electoral. Las
actas del nuevo ayuntamiento se limitaron a recoger de forma puntual los
nombramientos de cargos, sin conocer datos de votantes elegibles y elegidos.
Puede que la expectación
en un periodo tan convulso, no fuese muy grande entre los higuereños, ante este
nuevo derecho otorgado a los propietarios y colonos de tierras arrendadas que
les brindaba la ocasión de elegir y ser elegidos, entre una participación
ciudadana tan reducida, por la escasa posibilidad de ejercer el derecho del voto
entre un núcleo de ciudadanos más amplio, pero perteneciente al mismo sector
social de la clase media; mientras los jornaleros campesinos quedaban al
margen. El nuevo Cabildo de la Higuera cerca de Arjona había sido elegido
libremente por los Higuereños en unos momentos de tensión política, con la
sustitución en el mes de septiembre del Conde de Toreno por Juan Álvarez
Mendizábal. Imagino que la gente sencilla del pueblo, preocupada por el duro
vivir diario de su trabajo, no se preocupara por la constitución de la Junta
Suprema de Andalucía en Andujar, bastante tenía con satisfacer sus necesidades
en un periodo de escasa cosechas. Por otra parte, es de suponer que los
paisanos que componían la nueva Corporación Municipal, en unos momentos en que
los electores habían tenido la oportunidad de elegir a los componentes del
gobierno municipal de su villa, se produciría una clarificación ideológica
entre los electores propiciando la elección de los elegibles de sus mismas
ideas y que fuesen los que velaran por sus intereses, lo cual provocaría cierta
ruptura con los anteriores regidores; algo totalmente diferente del pensamiento
de los componentes del Ayuntamiento del Antiguo Régimen. El nuevo Ayuntamiento
se encargaría, tal como estaba legislado, de nombrar las distintas comisiones
encargadas de la gestión municipal.
En un pueblo como el
nuestro, predominantemente agrícola, es de suponer que los elegidos como
capitulares del Ayuntamiento fuera propietarios agrícolas y quizá algún
ganadero o comerciante de la misma clase media. La vigencia de este Real
Decreto duró aproximadamente un año, ya que en 1836 sufrió modificaciones, a
éstas modificaciones seguirían otras, era la consecuencia de la inestabilidad
política del momento que estamos comentando. Después los
ayuntamientos siguieron eligiendo mecánicamente a sus regidores,
evidenciándose, una vez más, la falta de formación administrativa de sus
componentes.
ACTA DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO
DE LA HIGUERA CERCA DE ARJONA DE FECHA 10 DE NOVIEMBRE DE 1835 PARA LA TOMA DE
POSESIÓN DEL NUEVO AYUNTAMIENTO.
“Acta de 10 de Noviembre posesión del nuevo Ayuntº…
“En la villa de la Higuera cerca de Arjona en diez días del mes de
Noviembre de mil ochocientos treinta y cinco, reunidos los Sres. del Ilustre
Ayuntamiento en su sala capitular como lo an de costumbre en virtud de citación
y con asistencia de mí el Secretario para dar posesión a los Individuos que por
Elección popular an de componer el nuevo Ayuntamiento se procedió por dichos
SS. a darles posesión de sus destinos a pesar de que a D. Salbador Martínez
procurador del común no se allaba presente acordando que los nuevos nombrados
se la den luego que se presente y en su virtud habiendo entregado la vara el
Sr. Presidente a el nuevo Alcalde D. Pedro de Fuentes se les recibió el
juramento a los SS Regidores y Alcalde bajo la fórmula prevenida por la ley
aceptando por este acto cada uno su destino y así mismo acordaron que en el día
de mañana se publique por Edicto en la forma acostumbrada. Así lo acordaron
dichos SS. y con el Sr. Presidente firmaron los nuevos elegidos de que yo el
Secretario de Ayuntamiento doy fe.=
Aparecen las rúbricas de los Sres.
siguientes:
Diego Ruano. Pedro de Fuentes.Francisco Mercado.Bartolomé Mercado.
Ante mí
Sebastián Pérez.”
ACTA DE LA REUNIÓN DE AYUNTAMIENTO
DE LA HIGUERA CERCA
DE ARJONA DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 1835 PARA DAR POSESIÓN AL PROCURADOR.
“Posesión al Procurador del
Común…
“En la villa de la Higuera cerca de Arjona en doce días del mes de
Novre.de mil ochocientos treinta y
cinco hallándose reunidos los SS. del Ayuntamiento de ella a saber D. Pedro de
Fuentes Alcalde Presidente, D. Francisco Mercado Regidor 1º y D. Francisco M
digo D. Bartolomé Mercado Regidor 2º con asistencia de mí el Secretario se le
hizo tomar asiento a D. Salbador Martínez Procurador del Común, y Smd por ante
mí le cesivieron el juramento vajo la fórmula prevenida por la Ley y echo que
se le hizo saber quedava en posesión de su empleo y que se sacase testimonio de
ello para remitirlo al Governador Civil de la Provincia. Así lo
acordaron y firmaron de que yo el Secretario de Ayuntamiento doy fe.=
Aparecen las rúbricas de los Sres.
siguientes:
Pedro
de Fuentes.Francisco Mercado.Bartolomé Mercado.Salvador Martínez.
Ante mí
Sebastián Pérez. “
ACTA DEL ACUERDO DE NOMBRAMIENTO DEL
SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO DON SEBASTIÁN PÉREZ EN FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE
1835.
“En la villa de la Higuera cerca de Arjona en doce días del mes de
Novre. de mil ochocientos treinta y cinco, reunidos los SS. del Ayuntamiento a
saber D. Pedro de Fuentes Alcalde Presidente, D. Francisco Mercado Regidor 1º,
D. Salbador Martínez Procurador del Común y D. Bartolomé Mercado Regidor 2º
junto en su sala Capitular se vio laley
de Ayuntamientos de Veinte y tres de Julio último y su artículo 62 sovre el
nombramiento de Secretario de Ayuntamiento y en su los dichos SS. acordaron
nombrar a D. Sebastián Pérez que a desempeñado estas Esnias (Puede ser
abreviatura de Escribanías)
autorizándolo para que actúe en todos los negocios del Ayuntamiento y de la
villa haciendo que sus Escritos cuanto quepa en derecho y mandándole que
autorice esta acta en prueba de su aceptación. Así lo acordaron y firmaron de
que yo como presente que fui para el autorizamiento firmo en prueba de mi
aceptación con los SS. Presidente y Procurador arreglándose a la ley.
Aparecen las rúbricas de los Sres.
siguientes:
Pedro
de Fuentes.El Procurador Común:
Salvador Martínez. Acepto y Juro este nombramiento: Sebastián Pérez.
ACTA DE LA REUNIÓN DEL
AYUNTAMIENTO DE LA HIGUERA
CERCA DE ARJONA DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 1835, PARA
PROGRAMAR SESIÓN CADA MARTES EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE AYUNTAMIENTOS.
“Acuerdo…
En la villa de la
Higuera cerca de Arjona en doce días del mes de Novre de mil
ochocientos treinta y cinco reunidos los SS. del Ayuntamiento en la sala que
sirve de capitular con asistencia de mí el Secretario acordaron que con arreglo
al artículo C2 del título 9 de la Ley de Ayuntamientos se celevre los martes de
cada semana sesión ordinaria para los negocios pendientes, así lo acordaron el
Sr. Presidente D. Pedro de Fuentes, D. Francisco Mercado Regidor 1º, D.
Salbador Martínez Procurador del Común y D. Bartolomé Mercado Regidor 2º de que
yo el Secretario de Ayuntamiento doy fe.=
Aparecen las rúbricas de los Sres.
siguientes:
Pedro
de Fuentes.Salvador Martínez.
Ante mí
Sebastián Pérez".
ACTA DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO
DE LA HIGUERA CERCA
DE ARJONA DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 1835 PARA TRATAR LA RESPUESTA AL SR.
SUBDELEGADO DE RENTAS DEL PARTIDO Y AL SR. INTENDENTE.
“Acuerdo de 17 de Novre. …
En la villa de la
Higuera cerca de Arjona en diez y siete días del mes de
Novre. de mil ochocientos treinta y cinco, reunidos los SS. del Ayuntamiento a
saber D. Pedro Fuentes Alcalde Presidente, D. Francisco Mercado Regidor 1º, D.
Salbador Martínez Procurador del Común y D. Bartolomé Mercado Regidor 2º, con
asistencia de mí el Secretario , por el Sr. Presidente se mandaron leer los
Boletines oficiales de 14 y 11 de Mes corriente y acordaron su cumplimiento
asimismo se leyó el oficio del Sr. Subdelegado de Rentas de este partido que
trata sobre la cobranza de las contribuciones y se acordó contestar a dicho Sr.
Subdelegado que este Ayuntamiento tomó posesión de su empleo en diez del
corriente desde cuyo día podrá hacérsele cargo de la cobranza de las
contrivuciones que comprende el 4º trimestre y asimismo al Sr. Subdelegado al
Sr. Intendente al acusar el recibo de la circular de 11 del presente se le haga
igual contestación: también acordaron se le haga saber al Ayuntamiento cesante
por medio de su presidente active x la reorganizar sus descubiertos y liquide
en tesorería sus años; igualmente se espida un cargareme contra el Depositario
de los fondos de propios para que de los sobrantes que allen en su poder tenga
a disposición del Ayuntamiento la cantidadde doscientos E un para atender a los gatos de la quinta que se está
practicando. Así lo acordaron y firmaran de que yo el Secretario de
Ayuntamiento doy fe.=
Aparecen las rúbricas de los Sres.
siguientes:
Pedro de Fuentes.Salvador Martínez.Ante mí
Sebastián Pérez.
Notas… Los Acuerdos sobre quintas se allan en el Espediente
formado al efecto Higuera cerca de Arjona siete de Divre. De mil chocientos
treinta y cinco.=
Rúbrica del Secretario:Pérez.”
ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EN LA HIGUERA CERCA DE
ARJONA DE FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 1835 PARA CONOCER EL ESTADO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DE PROPIOS Y DEL POSITO Y COBRO DE CONTRIBUCIONES.
“Acuerdo…
En la villa de la
Higuera cerca de Arjona en siete días del mes de Divre. De
mil ochocientos treinta y cinco, reunidos los SS. del Ayuntamiento a saber D.
Pedro Fuentes Alcalde y Presidente, D. Francisco Mercado Regidor 1º, D.
Salbador Martínez Procurador del Común y D. Bartolomé Mercado Regidor 2º, con
asistencia de mí el Secretario en la sala capitular como lo tienen de costumbre
para celebrar sesión ordinaria, por el Sr. Presidente se hizo presente era
necesario saber el estado delos establecimientos de Propios, y del Pósito
manejados por el Ayuntamiento como igualmente el covro de Las contribuciones y
oído a los SS. del Ayuntamiento cesante para que comparezcan en estas Salas
Capitulares y el presente Secretario les haga saber: 1º que en razón al Estado
del pósito en el término del tercero día de la notificación presenten un estado
demostrativo de ellos por medio de la Junta que lo a manejado; 2º que en razón
a los fondos de propios en el mismo término presenten por medio de su
respectiva junta cuenta circunstanciada de los fondos de que constan,
cantidades pagadas y por pagar y su inversión legítima: y 3º que para el día
veinte y cinco del corriente presentenlas cartas de pago de haver cubierto en tesorería los atrasos de
contribuciones por todos conceptos asta el día que cesaron, y de observarse en
ello omisión se les hiciese saber quedaba su presidente en reclusión asta
verificarlo. Asimismo se dio cuenta de los boletines oficiales y órdenes que
contienen y se acordó su cumplimiento, como igualmente para cobrar el 4º
trimestre de contribuciones que está a cargo del Ayuntamiento.
Se acordó nombrar a Pedro Navarro Barragán digo García
quedando la Secretaría
en estender los cendulones para proceder a su cobranza: y en cuanto al oficio
del Sr. Intendente para que se pague el trigo que S. M. repartió a los
Lavradores necesitados de esta villa. Se le haga representación a S. M.
rogándole por medio del mismo Sr. Intendente se sirva esperar a esta
corporación por las sesenta fanegasde
trigo asta la cosecha venidera pues ya se a repartido a los mismos y otros que
se allavan aún más necesitados. Así lo acordaron y firmaran de que yo el
Secretario de Ayuntamiento doy fe.=
Aparecen las rúbricas de los Sres.:
Pedro de Fuentes.Salvador Martínez.
Ante mi
Sebastián Pérez.”
No debemos concluir esta
retrospectiva de nuestro pueblo sin acudir de nuevo a ensamblarla en la marcha
de la política nacional: Las fuerzas de la reacción carlista dejaron sentir su
presencia tras el arranque de la primera guerra carlista. A lo largo de este
año de 1835, con independencia de que un año antes algunas partidas rurales
hubieran penetrado en Córdoba desde la Mancha, se produjeron fugaces y débiles
levantamientos espontáneos en Jaén, Tarifa, Motril y Málaga y la célebre
conspiración del brigadier Malavilla en Sevilla. Más adelante, entre junio y
diciembre de 1836, la fracasada expedición del general carlista Miguel Gómez
por el territorio de Sevilla, Cádiz, Málaga, Jaén y Córdoba será el correlato
de otros levantamientos fundamentalmente instigados por un estamento
eclesiástico que estaba disconforme con las leyes desamortizadoras de Mendizábal, pero
incapaz de obtener respaldo popular para su causa. Los movimientos auspiciados
por los dominicos en Jerez o los exhortados por el obispo de Guadix en su
diócesis constituirán en este sentido, los ejemplos más notables de una íntima
movilización carlista, que nunca en nuestra tierra allegó fuerzas relevantes a
la causa nacional y que acabó refugiada, bajo la forma de movimiento
guerrillero, entre las cumbres de la serranía de Ronda y Sierra Morena.
El Jefe Carlista General Miguel Gómez, natural de Torredonjimeno.
El predominio de la nueva clase burguesa acaparadora de
tierras, que junto a la pervivencia de la antigua nobleza latifundista
favorecen la consolidación de un modelo de propiedad agrícola socialmente
injusta, acabará dando al traste con cualquier posibilidad de progreso de las
clases sociales más débiles, a las que irremisiblemente se les relega a
situaciones de pobreza cuando no de marginalidad extremas. De entre estos
estratos más pobres de la sociedad rural, vinculados por necesidad al trabajo
en el campo en régimen de jornaleros, surgen las personas, que forzadas en un
momento determinado por una situación especialmente adversa, deciden marchar al
campo para vivir “al margen de la ley”. Se organizan en partidas, más o
menos numerosas, bajo el liderazgo de un jefe carismático, procurando
actuar casi siempre en defensa de los más débiles de la zona en la que operan,
a los que conocen y ayudan económicamente, a cambio de obtener su complicidad
en los momentos que la necesiten cuando se trate de eludir la acción de
la justicia.
No es extraño por ello, que con el tiempo, aflorase también
cierta complicidad entre las partidas de bandoleros más famosas de Andalucía y
los movimientos liberales progresistas del XIX, con cuya causa de libertad y
justicia se verían más identificados, los sectores populares del campo andaluz.
Jefes de importantes partidas como la del célebre José María Hinojosa “El
Tempranillo”, Juan Caballero o “Botija” de Torre del Campo ayudaron, en
los años de mayor actividad bandolera, de 1827 a 1832, al triunfo de
las intentonas liberales para desbancar del poder a los gobiernos fernandinos
proclives a la consolidación de las viejas estructuras políticas y sociales del
Antiguo Régimen y remisos a favorecer procesos políticos de signo liberal-democrático.
En un periodo tan convulso como el de la Primera Guerra Carlista entre
los partidarios del liberalismo y los deseosos de mantener las esencias de la
monarquía absolutista, eran frecuentes acciones bélicas y de saqueo en muchos
pueblos de España y de Andalucía, añadieron miseria y desolación a los
sectores sociales más débiles. Estas acciones bélicas y de saqueo fueron especialmente
frecuentes y temidas en toda la comarca de las poblaciones limítrofes con
Sierra Morena, por el cobijo que proporcionaba una tierra abundante en
vegetación y apartada del paso de la civilización, muy especialmente fueron
frecuentes las acciones llevadas a cabo por partidas de carlistas
rebeldes de “Los Palillos” (los hermanos Vicente y Francisco Rugero); Miguel Gómez,
Mariscal de Campo de Don Carlos; Antonio García de la Parra, el tristemente famoso
“Orejita” (otras veces “Orejitas”), y José Peñuelas. Curiosamente gran número
de estos cabecillas carlistas procedían de Ciudad Real y desde allí extendieron
sus actividades hacia la provincia de Jaén y Córdoba amparándose en los
intrincados laberintos montañosos de Sierra Morena.
Muchos de los guerrilleros que habían combatido contra la
invasión francesa, volvieron a las armas en apoyo de don Carlos el Pretendiente
al Trono de España, fuertemente respaldados y aun alentados por el clero, en
defensa de un modelo de sociedad que parecía amenazada en sus fundamentos por
los principios del régimen liberal tras la muerte de Fernando VII. A este
factor religioso y, sobre todo, clerical del carlismo manchego, hay
que añadirle para su comprensión, la
defensa de las tradicionales formas de propiedad, tanto
de la eclesiástica como de la comunal de cada pueblo, ambas objetivo de las
medidas desamortizadoras del nuevo Estado liberal. Sus militantes son partidas
de campesinos, de artesanos y de jornaleros, enardecidos por los párrocos de
los pueblos, que actuaban como expertos conocedores del terreno y de la táctica
de la guerrilla. En nombre de Carlos V (Don Carlos) levantaban partidas de
100 ó 200 hombres y su primera operación era apresar a los más pudientes
de un pueblo, exigirles grandes cantidades y repetir tales hazañas a su paso
por los pueblos de su ruta. De ahí que el propio Pirala concluyese que la
guerra de La Mancha
lo era de vandalismo y surgían diariamente nuevos partidarios que, obrando por
su cuenta cada uno, se oponían a toda unión que llevara consigo la
subordinación a un jefe carlista. Era el suyo el típico talante guerrillero.
Muchos de los hombres de aquella lucha habían sido héroes populares de la
Independencia: “El Locho”, Isidoro Mir, “Chaleco”, “Chambergo”, Peco, Doroteo,
“La Diosa”,
Revenga, Paulino, Zamarra, “El Rubio”, “El Presentado”, “Palillos”, “Orejita”.
Este crecido número de guerrilleros, con su individualismo,
su personal sentido de la lucha, su improvisación y su indisciplina, explica en
parte los continuos tropiezos de la causa carlista en La Mancha y Andalucía, en
último término, su fracaso y su carácter de lucha marginal. Esta era la causa
de que todo quedara en acciones muy puntuales, seguidas de retirada de los
pueblos a los seguros refugios de las sierras, ese laberinto impenetrable con
mansiones subterráneas, con despejadas y naturales atalayas, donde puede
acampar un batallón en el mismo terreno en que otro esté oculto con toda
seguridad.
En general podemos afirmar que la mayoría de los voluntarios
carlistas, al margen de la disciplina de sus jefes, camparon de forma autónoma
por amplias zonas del país dedicados al bandidaje y contrabando infundiendo el
miedo e inseguridad entre los vecinos de aldeas, villas, y ciudades en su afán
de proveerse de medios de subsistencia para su partida.
Los guerrilleros carlistas representaron, sin embargo, un
fenómeno a la inversa con unos fines políticos claramente contrarios a la
evolución histórica demandada por las clases populares del país. Raramente
despertaron las simpatías de los pueblos del valle del Guadalquivir pues
su motivación política quedaba lejana de las preocupaciones de la gente común
de nuestros pueblos, y sus acciones resultaron ser de puro saqueo, ya que
actuaban sin distinción de clases sociales en sus acciones de rapiña, y siendo,
en muchos casos, especialmente crueles.Aunque sus objetivos estaban basados en una ideología concreta,
la misma que sustentaba unos principios políticos en regiones de fuertes
sentimientos forales o nacionalistas como el País Vasco, Cataluña, Navarra o
Galicia, donde recaudarían grandes adhesiones. Sin embargo en nuestra región
Andaluza, de tradición más liberal, no obtendría ese eco deseado, y por tanto, su
fin último acabó siendo el robo y saqueo de las poblaciones cercanas a
Sierra Morena, desde donde actuaron y en donde encontraron seguro refugio tras
sus acciones.
El carlismo obtuvo, no obstante, algunos adeptos en la
provincia de Jaén en sectores vinculados a la iglesia como el obispo Diego
Martínez Cartón desterrado por los liberales en 1836 al ser considerado
carlista. Este tipo de conflictos entre Iglesia y Estado fueron
frecuentes, en tanto y cuanto la Iglesia se consideraba especialmente
perjudicada con la pérdida del patrimonio, que le supuso las desamortizaciones
de bienes impulsadas por los gobiernos liberales de mediados del XIX; aunque a
decir verdad también hubo otros sectores del clero secular al frente de
las parroquias de pueblos pequeños y también de ciudades medianas, que
adoptaron una práctica de apoyo incondicional a la reina Isabel II y su causa
liberal.No podemos obviar, ni tampoco
olvidar, las consecuencias sociales que produjeron en pueblos como
el nuestro, las sucesivas leyes desamortizadoras sobre los bienes de manos
muertas como capellanías, hospitales y cofradías desarrolladas
desde finales del XVIII (1798) por el gobierno de Manuel Godoy, y las
promulgadas a lo largo del XIX por gobiernos liberales de signo moderado, sobre
los bienes del clero regular impulsada por Mendizábal (1836), y de los
municipios, del ministro Pascual Madoz (1855). En la mayoría de los casos
supondrían la venta al mejor postor de muchos de estos bienes comunales, que
servían de sostén a los sectores más empobrecidos de la población y que casi
siempre pasaron a manos de una nueva clase burguesa acaparadora de tierras.
Estos procesos desamortizadores, arriba enunciados, dejaron
configurada definitivamente una estructura de propiedad latifundista en el
campo andaluz, con nuevas relaciones laborales que acabaron arrojando al paro y
desolación a una ingente masa de campesinos, antaño ocupados en el cultivo de
terrenos arrendados a bajos precios a las órdenes religiosas, así como supuso
la pérdida del disfrute de los pastos, leñas, frutos y cereales de las
dehesas de propios y bienes comunales de los municipios.
Las leyes desamortizadoras impulsadas básicamente para
sanear la hacienda pública, favorecieron la formación de la numerosa clase
jornalera campesina andaluza, que desposeída del acceso a los bienes de
producción se vería obligada a mercadear su jornal al mejor postor, planteando
por ello continuas luchas reivindicativas para poder subsistir
dignamente. Otras propuestas lanzadas desde sectores del liberalismo
progresista y defendidas por el diputado Flórez Estrada frente al decreto
desamortizador de Mendizábal, de febrero de 1836, intentaron evitar la venta de
estos bienes eclesiásticos a nobles y la burguesía adinerada, proponiendo que
las tierras se entregasen en arrendamiento, por cincuenta años, a los
mismos colonos que las estaban trabajando para la Iglesia, con la posibilidad
de renovación del contrato al expirar dicho plazo de tiempo, pero dichas
iniciativas no tuvieron en el Gobierno el éxito demandado por sus
patrocinadores. Esta situación de enquistada penuria económica y falta de
libertades, iba a sufrir a lo largo del siglo, coyunturas de crisis
políticas aún más profundas, que empeorarán la vida ya, de por sí,
bastante lastrada, de los jornaleros y pequeños artesanos de las zonas rurales.
En nuestra comarca cabe reseñar, a lo largo del XIX, varios
acontecimientos relacionados con el bandidaje aunque de naturaleza bien distinta.
Por un lado los constituidos por acciones de militares y voluntarios carlistas,
entre ellas las comandadas por los jefes carlistas ya mencionados, que se
mezclan en el tiempo y espacio geográfico a otras asociadas a un bandolerismo
local o regional, de corte más clásico, y también asociado al contrabando de productos
de importación (dicho sea de paso, muy demandados por las clases pudientes de
los pueblos como lo eran tabaco, café, y otros productos de lujo), al
robo, y a la extorsión sobre propietarios agrícolas adinerados o viajeros
de alta alcurnia (nobles, comerciantes, etc.) que transitaban las vías de
comunicación más importantes.Sierra Morena no solo se convierte
en paradigma del refugio o escondite seguro, tanto de unos como de otros,
sino que fue tradicionalmente la vía más segura del contrabando que desde
Gibraltar transitaba hacia la Meseta Castellana.
El contexto social y económico existente a la llegada de la Reina regente, María
Cristina de Borbón, no podía ser más calamitoso. Una pertinaz sequía arrastrada
desde el año 1833, derivó en una situación catastrófica en el campo en el
verano de 1834. Las cosechas de cereales apenas pudieron recolectarse y los
olivares mermaron considerablemente sus frutos. Sin apenas cosechas los
jornaleros quedaron sin trabajo avocados a la miseria más absoluta. La falta de
pan y demás productos básicos alcanzaron entonces precios elevadísimos y pronto
el fantasma del hambre asoló a las familias más humildes. Por si fuera
poco entre el 16 junio y el 28 de julio, se desató una cruel epidemia de
cólera morbo llevando a la población a la penuria más extrema. La epidemia se
extendió como la pólvora por todos los pueblos de la comarca en donde las
víctimas mortales se contaban por cientos, y los afectados por miles.
conviene recordar que desde la guerra contra el francés, las poblaciones
ribereñas del Guadalquivir habían sufrido sobre sus precarias economías fuertes
imposiciones tributarias para contribuir al sufragio de los gastos que la
contienda bélica generó, y su población masculina se vería sometida a
reclutamientos continuos con la consiguiente merma de sus efectivos más
jóvenes y productivos.
También la epidemia asoló a la ciudad de Andújar produciendo
estragos entre todos los estratos sociales, inclusive algunas de sus
autoridades municipales, como nos apunta Luis Pedro Pérez en “Andújar y el
largo siglo XIX”.
En sus correrías,
carlistas y liberales, reaccionarios y revolucionarios, habían atravesado, por
primera vez, una Andalucía en la que los viejos reinos de origen medieval
habían dado lugar a las modernas provinciasestablecidas por el motrileño Javier de Burgos.
Así, inspirándose en el modelo
administrativo liberal que ya se había consolidado en Francia y que
puntualmente se había ensayado en la España de José I y en las Cortes de Cádiz,
el ministro Javier de Burgos había dividido los cuatro reinos andaluces
(Córdoba, Jaén, Granada y Sevilla) en ocho provincias cuyos límites se afanaban
por construir nuevos equilibrios territoriales y demográficos y respetar las
identidades históricas y comarcales fraguadas durante los últimos siglos.
Javier de Burgos, renovador de la Administración del Reino, nacido en Motril.
Una
buena parte de esas identidades, sin duda, había nacido de las herencias
culturales del pasado, de la conformación del paisaje y de la evolución del
doblamiento, pero no había carecido de importancia la forma en que el
territorio había sido jurisdiccionalmente administrado y, sobre todo, el modo desigual
en que los recursos se habían distribuido y apropiado. A la altura de los años
treinta del siglo XIX, la cuestión agraria, o, lo que es lo mismo, el
cuestionamiento del desigual reparto de la propiedad de la tierra, de su
amortización y de las lacras sociales que con ello se generaban en el pueblo,
constituían heridas abiertas que los ilustrados ya habían diagnosticado y que
los liberales se afanarían de cerrar o cauterizar a su estilo, se intentaba
mejorar la productividad de la tierra, con la puesta en explotación de nuevas
tierras; pero no mejoraban los rendimientos de las mismas. Así se intentaba
facilitar la distribución del producto para garantizar el abastecimiento del
mercado interior y liberando a la propiedad agraria de sus cargas tradicionales
y gravámenes fiscales.
En un primer intento y al regular la
abolición del señorío jurisdiccional, las Cortes de Cádiz consiguieron inducir
un cierto dinamismo al mercado de la tierra, pero el mantenimiento de los
mayorazgos y la conversión del señorío territorial en propiedad efectiva
impidieron que pudiera procederse, paralelamente , a una mejor redistribución
social de la propiedad. En el decreto de 1813, los gaditanos emprenderían
también un primer ataque a los bienes de la Iglesia, concretándose en incautaciones
de los bienesde los conventos
suprimidos con motivo de los decretos afrancesados o de dotación escasa, los
pertenecientes a la extinguida Inquisición y algunos otros vinculados a las
órdenes militares, justificando estas medidas con un argumento, que llegaría a
hacerse recurrente en el reformismo liberal decimonónico, y que no era otro que
la necesidad de sanear la maltrecha Hacienda Pública.
Decreto de Abolición de la Inquisición en el año 1834.
Anulada la obra
legisladora gaditana tras el regreso al poder de Fernando VII, los posibles
efectos de estas medidas en el campo andaluz apenas fueron perceptibles, y
tampoco lo fue la recuperación de una parte de este ordenamiento durante los
años del Trienio Liberal, salvo algunos indicios fragmentarios. La propiedad
estaba muy mal repartida y masas de campesinos (en Extremadura, Castilla y
Andalucía) trabajabanrecibiendo bajos
salarios en losgrandes latifundios de
propietarios absentistas, los campesinos andaluces permanecían desempleados en la
miseria buscando un jornal o decidiendo emigrar para escaparde esa situación de pobreza.
Video breve sobre las Desamortizaciones tomado del enlace:
Habrá que esperar a la promulgación
de los famosos decretos desamortizadores de Mendizábal, para que los efectos de
este proceso de desvinculación jurídica, puedan hacerse perceptibles y nos
revelen la enorme heterogeneidad de respuestas, que la región andaluza
proporcionó.
El 19 de febrero de 1836 empieza el proceso desamortizador promovido
por el primer ministro Juan Álvarez Mendizábal. En el momento de su
llegada al poder, el año 1835, dos son los graves problemas que tiene ante sí.
El estado tiene una enorme deuda pública y la guerra entre carlista e
isabelinos.Para la solución de
ambos se necesitan enormes cantidades de dinero y una de las soluciones fue
precisamente la de la desamortización. Esta contempla, entre otras medidas, la
disolución de las congregaciones religiosas y el paso de todos sus bienes al
patrimonio del estado, para una venta posterior en subasta pública. Con estas
ventas se pretende que se compre deuda pública para el pago de estos bienes y
disminución de la deuda y por otra parte dinero para el pago de la
movilización de nuevos soldados para terminar la guerra. La medida no dio los
resultados esperados, la deuda continuó siendo enorme, se reclutaron nuevas
quintas y la guerra no finalizó.
En el caso de las propiedades nobiliarias
afectadas por la ley de 26 de agosto de 1837, las provincias de Sevilla, Cádiz
y Huelva presentaron una evidente reactivación de las ventas, que permitió a
las grandes familias propietarias hacerse con una liquidez económica, que las
protegió frente a la crisis económica originada en 1834-1836 y que les ayudó a
diversificar ocasionalmente sus nichos de inversión. Sin embargo, el
contrapunto, lo encontramos en Córdoba, donde algunos grandes apellidos
aprovecharon la coyuntura, que se les presentaba para reajustar y depurar su
propiedad de forma especulativa, es decir, deshaciéndose de sus tierras más
improductivas para ir acumulando, en cambio, las tierras de secano, que
garantizaban una renta razonablemente estable, o las fincas de olivar, que
gozaban de expectativas muy halagüeñas; o, incluso, como en Puente Genil,
empleadas para ampliar sustantivamente sus posesiones. Toda esta variedad de
circunstancias, actitudes y orientaciones multiplica la disparidad de los
resultados obtenidos, pues aunque es cierto que el mercado de la tierra y la
propiedad se movió muy intensamente en Sevilla a partir de 1835, no lo fue
menos el hecho de que la venta de grandes lotes derivó en un incremento de
muchas fortunas de los grandes terratenientes.
Hemos de entrar en la cuenta de que
las cifras globales esconden realidades muy distintas. En provincias como
Sevilla, Granada, Jaén o Córdoba, la tierra perteneciente al clero secular no
solo era abundante, sino también rica, y llegó a venderse en proporciones
superiores al 70%; mientras en Huelva, Cádiz, Málaga y Almería el escaso
patrimonio puesto a la venta y su menor valor dificultó el proceso
ralentizándolo aún más y dejando sin comprador a una buena parte del patrimonio
expropiado. En Jaén, Granada, Huelva y Sevilla, puede afirmarse que la
incidencia de la desamortización eclesiástica fue prácticamente nula, en cuanto
a mejorar el reparto de la propiedad y generar un segmento notable de mediana
propiedad; en Córdoba, algunas comarcas vieron reforzada su tendencia
latifundista, mientras que en otras comarcas como Montilla consolidaron un
minifundio de larga raigambre, y en Almería el predominio del minifundismo
tampoco sufrió menoscabo digno de mención.
Desamortizadores
Mendizábal en 1836 y Espartero en 1841
Las desamortizaciones acometidas por
Mendizábal en 1836 y por Espartero en 1841, alimentadas con los precedentes
referidos antes, asestaron un último y decisivo golpe a la propiedad
eclesiástica, englobando a la totalidad de los bienes conventuales y de las
órdenes religiosas, así como la mayoría de los bienes del clero secular. En
general, aunque la información disponible es muy fragmentada, podríamos afirmar
que tuvieron un ritmo muy retardado, y que pocas veces alcanzaron todo lo
expropiado, especialmente en el caso de los bienes seculares. En el año 1845 ya
se habían vendido 20.000 fincas y con un alto valor de remate, pero quedaban
por vender más de 16.000 y este proceso se prolongó hasta diluirse en la
desamortización general decretada por Madoz en 1855, desamortización ésta en la
que la reestructuración de la propiedad agraria tuvo una nueva oportunidad y,
así, la presión social, que comenzaba a ejercer un campesinado mayoritariamente
analfabeto y dependiente del capital, pudiera aliviarse.
La mayoría de los estudios
realizados hasta ahora muestran como los beneficiarios directos de la
desamortización fueron; en primer lugar un grupo de especuladores o
profesionales de la subasta; en segundo lugar los grupos típicamente burgueses
de comerciantes, funcionarios, industriales y políticos. Junto a ellos también
compraron bienes desamortizados las clases medias rurales y los hacendados,
persistiendo algunos compradores nobles y clérigos progresistas. Aunque también
un reducido grupo de trabajadores pudo llegar a ser propietario aunque esta no
fuese la tónica general.
Tomás y Valiente afirma que sí
existió una revolución burguesa:”Frente a quienes niegan la existencia de una
revolución burguesa en España, pienso que ésta se produjo, si bien no como un
acontecimiento catastrófico y fulgurante, sino como un proceso intermitente,
incompleto e incluso desviado o atípico respecto a cualquier posible y foráneo
modelo” (Tomas y Valiente, 1978:15).
Richard Herr considera que la
desamortización española, a pesar de que estuvo de acuerdo con la doctrina
económica del liberalismo, no formó parte de una inexistente revolución
burguesa. Herr afirma que “El liberalismo clásico no tenía signo de clase
social, sino que servía de provecho a cualquier grupo que pudiera beneficiarse
del libre empleo de los factores de producción. En un país agrario, éstos no
eran tanto los comerciantes y fabricantes como los que ya tenían interés en la
tierra” (Herr, 1974: 86) Este autor deja entrever que aquellos cuya fortuna
procedía del campo no eran burgueses. Aquí se encuentra el punto de mayor
controversia con el resto de autores. La dificultad estriba en que no existe un
criterio común entre los historiadores para llegar a delimitar quienes eran los
burgueses. Herr ha planteado la cuestión aplicándola al caso concreto de los
compradores de la desamortización. Mantiene que, si por burgueses se entienden
aquellas personas cuya fortuna procede del comercio o la industria, la mayor
parte de los compradores de bienes desamortizados no pueden considerarse sino
propietarios antiguos de tierras. Herr ha encontrado otra clase como la impulsora
del proceso desamortizador, la llamada “élite hidalga” y en ella incluye al
clero secular consideración que supone toda una innovación. Por otra parte, la
afirmación de que estos hidalgos fueron los grandes beneficiarios de la
desamortización de Carlos IV tal vez tenga validez para los estudios que Herr
realizó sobre la desamortización de Salamanca y Jaén. Sin embargo habría que
estudiar si tal afirmación puede generalizarse al resto de las provincias y
también incluso si en las provincias citadas el proceso desamortizador tuvo esa
tónica todos los años.
Para contrastar su hipótesis Herr se
basa en los estudios realizados por Lazo Díaz en la provincia de Sevilla, de
Vicente Cámara Urraca y Domingo Sánchez Zurro en los alrededores de Valladolid
y por último de José Extramiana en la provincia de Álava.
No debemos de olvidar, que el pago
de los bienes se hizo, en su mayor parte, con títulos dedeuda pública y los tenedores de éstos
títulos, no cabe identificarlos con los terratenientes rurales, tal como hace
Herr, sino más bien con comerciantes o profesionales típicamente burgueses e
incipientes capitalistas. Aun así, aunque los adquirientes de
bienes desamortizados fuesen, como es la hipótesis de Herr, antiguos
propietarios de la misma zona en donde se desamortizaron las tierras, al pasar
estas de manos muertas a los nuevos compradores, se creó una propiedad agraria
nueva: la propiedad burguesa. De este modo quienes adquirieron tierras
desamortizadas comenzaban a ser burgueses.
Técnicamente el programa desamortizador
consistía en entregar las tierras en arrendamientos enfitéuticos por un plazo
de cincuenta años a las mismas personas que trabajaban las tierras a la
Iglesia, con la posibilidad de renovar el contrato. Así todas las familias de
clase proletaria pasarían a ser dueños del dominio útil de la tierra que
cultivasen.
Tomás y Valiente, sin perjuicio de
reconocer la originalidad de las proposiciones de Herr, no parece estar de
acuerdo con las mismas, al olvidar que en la España del siglo XIX había núcleos
burgueses y afirmar que las personas con capital disponible para comprar
tierras eran los propietarios rurales, ello implica una simplificación
difícilmente admisible.
Para Tomás y Valiente, el modelo de
desamortización de Mendizábal en Salamanca muestra como los beneficiarios de la
desamortización no fueron otros que los poseedores de títulos de deuda, o
mejor, aquellos capaces de adquirirlos en el mercado de deuda, es decir la
burguesíao la nobleza, que invirtió su
dinero mediante operaciones que no siempre estaban dentro de la ley. El ejemplo
es esclarecedor, porque muestra como incluso a quienes no tenían títulos en su
poder, les convenía realizar el pago aparentemente en títulos, aunque en
realidad lo hiciesen en dinero, y no por la cuantía del precio de remate sino
en cantidad suficiente para comprar títulos. La hipótesis de Tomás y
Valientese repite en la mayor parte de
los trabajos sobre la desamortización; en Navarra Donézar aporta gran cantidad
de datos de los que se extrae la conclusión de que los principales
beneficiariosfueron las clases medias y
altas. La mayoría de los compradores fueron navarros, siendo el 90% de los
mismos electores, es decir, pertenecientes a una minoría selecta dentro de la
sociedad, con 81 que eran altos cargos militares, nobles, titulares de cargos
provinciales o municipales o máximos contribuyentes navarros.
Simón Segura hizo el estudio de la
desamortización en Madrid, donde hubo un gran número de pequeñoscompradores, 578, que adquirieron una o dos
fincas. Entre los adquirentes destacaron 79 que compraron el 58% de la
superficie de las tierras. Estos compradores eran en su mayoría personas con
profesiones liberales o bien terratenientes, clase media y burguesía, que con
la desamortización, y debido a que las fincas con el transcurso de los años se
revalorizaron, atravesaron una coyuntura favorable, que les afirmó
definitivamente en su posición y les permitió situarse en posiciones
superiores. Merino Navarroefectuó el
análisis de la desamortización de Mendizábal en Extremadura y según éste como
fenómeno general compraron las personas que ya tenían posición. María José
Gimeno Pascual destaca el relevante papel que ejerció la burguesía en la
provincia de Segovia como primer grupo comprador, en el que comerciantes y
fabricantes fueron los verdaderos protagonistas, a sus manos fueron a parar las
tierras de mejor calidad, mientras que los labradores compraron tierras más
baratas haciendo unos remates más ajustados a las tasaciones.
En Málaga se vendieron un total de 518
fincas urbanas que fueron adquiridas por 183 compradores. Cabría pensar que
existió dispersión en las compras entre un elevado número de compradores; pero
la realidad no fue esa, ya que un 14,7% de los compradores adquirieron el 47,8%
de las fincas. En este caso existió una concentración de las compras en un
reducido número de adquisidores, lo que parece indicar que su motivación
esencial no fue otra que la de utilizar estas fincas con fines comerciales, un
hecho que queda contrastado a la vista de las profesiones de los compradores.
La burguesía comercial e industrial malagueña fue quien desembolsó un
porcentaje mayor al del resto de los compradores, ya que a pesar de tener estos
compradores otra ocupación principal no desdeñaron la construcción como negocio
complementario o para disfrute personal. De todos los compradores malagueños de
bienes nacionales fue Manuel Larios Herreros el que más dinero invirtió,
provocando una revolución del suelo urbano de tal forma que la burguesía que
había tenido puestos los ojos en el campo, puso la vista en le explotación de
las propiedades urbanas bien para usarlas como almacenes, lugares donde
comenzar un nuevo negocio o para el arriendo. En Málaga las propiedades urbanas
que el clero poseía no eran tan importantes en número como en valor, por cuanto
gozaban de excelente situación los edificios y eran de gran calidad su
arquitectura. En cambio las viviendas en propiedad eran casi inexistentes para
la clase menos pudiente.
Desde su establecimiento en 1833, el
régimen liberal había optado por una opción doctrinaria, que esencialmente, se
tradujo en la implantación del sufragio censitario, es decir, en la concesión
del voto únicamente a aquellos individuos o ciudadanos varones que acreditasen
disponer de unos elevados niveles de renta, por lo que desde un punto de vista
político, la posible presión política de una sociedad predominantemente
campesina, había sido obviada por la ley y los políticos de turno. Con el
sufragio censitario y con mayor o menor rigor, los requerimientos económicos y
capacitarios, exigidos a los futuros votantes, dejaron fuera de la
participación política a un altísimo número de andaluces, limitando la
posibilidad de expresarse políticamente, pues sólo alcanzó el voto a un
estrecho segmento de la población que osciló entre el 0,7 y el 2,2% de la
población de nuestros pueblos. Los severos requerimientos impuestos a los
futuros electores y elegibles hicieron que sólo las oligarquías andaluzasy un cierto número de otros profesionales, como prósperos industriales o comerciantes pudieran alcanzar escaños parlamentarios.
La clave era que todos los instrumentos del Estado, fueron dispuestos a su
disposición para que, solamente pudieran ostentar la representación política
individuos extraídos de las élites, líderes teóricamente independientes y
supuestamente personas a las que, en exclusiva, se les atribuía la capacidad
(de ahí lo de capacitarios) de conducir a la sociedad hacia un progreso paulatino
y ordenado. A ellos les correspondía la defensa de valores incuestionables como
la familia, la propiedad o la autoridad, hasta el punto que la cultura política
generada en torno a los mecanismosde
representación política llegó a legitimar el recurso sistemático de los
electores y elegibles al fraude electoral, y también la intervención estatal en
los comicios, y el uso generalizado del clientelismo para garantizar las
victorias electorales de los grupos asentados en el poder.Quiere decirse con esto que ya en estos años,
y de una forma profusa en su uso, Andalucía y sus pueblos vivieron la expansión
del caciquismo gubernamental, maniobrado por jefes políticos o gobernadores
civiles, y la generalización de las prácticas caciquiles y clientelares entre
los notables de cada pueblo y provincia estuvieron a la orden del día.
El poder del cacique sirvió para
definir, con un matiz indudablemente peyorativo a las elites políticas locales
que no solamente ejercieron un poder político con carácter dirigente, sino abusivo
y monopolístico. El poder del cacique pudo nacer de varias fuentes:
indudablemente la economía en una de las más fuertes para su toma de fuerza,
pero también lo es el ejercer con sus representados un cierto patronazgo que
convierte a los demás en clientes. El modelo del cacique es, ante todo, el de
dispensador de favores que abarcan una amplia gama que va desde la simple
recomendación para el puesto de cartero rural, hasta la construcción de una
carretera para el distrito que el cacique representa, pasando por los
nombramientos de los cargos políticos, administrativos, judiciales e incluso
eclesiásticos. El clientelismo es incompatible con la movilización política de
las masas sociales. El carácter clientilistico de la
política a nivel local en los pueblos deriva el hecho de la corrupción, la
corrupción se convierte así en la esencia del sistema clientelar no es una
desviación del camino. El tipo de política clientelista ha existido siempre
pero lo verdaderamente característico del sistema caciquil español es que
estaba tan arraigado que llegaba a impregnar toda la vida pública y de la
perdida de la ideología de la población a nivel local, dándose por tanto la
realidad de que los partidos políticos no existían de hecho los partidos
políticos existentes no eran solamente partidos de masas, sino tampoco eran
partidos de notables, conlo que los
partidos conservadores y liberales de este tiempo se convertían en grupos de
“tertulias caciquiles”. El desarrollo de los partidos en el marco de este
sistema dio lugar a un tipo de “partidos de turno”, cuyos representantes más
claros y netos fueron el Partido Conservador y el Partido Liberal (Tuñon de
Lara, M.: (1976).
El sistema caciquil, como sistema de
vida política española de comienzos del siglo XX, hay que entenderlo, como
advierte acertadamente Tussell, no como una creación de la Restauración, sino
más bien una herencia del pasado y , además , una herencia que se adaptaba
perfectamente a la base social de la política existente en España desde 1876
hasta 1900”
El sistema caciquil tiene, por lo tanto, que ser considerado, a comienzos del
siglo XX, como un residuo difícil de extinguir, pero ya en crisis, mucho más
que como productor de la voluntad de los creadores del sistema político de la
Restauración, pensamos al respecto que no sólo es una herencia del pasado, sino
que su permanencia en el tiempo corresponde perfectamente con las condiciones
existentes de base.
Granada 12 de Enero
de 2015.
Pedro Galán Galán.
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